No sé si esta duda va aquí. Si no, que la mueva el administrador a donde considere más adecuado.
Es una duda muy básica, fruto de mi inexperiencia y la nula formación que he recibido en el manejo de estos programas como Secretario sustituto.
Al registrar una requisitoria de búsqueda, detención y personación, ¿que domicilio se pone? Porque es un dato obligatorio, pero si se dicta esa requsitoria es evidente que no se el encuentra en ninguno de los que salen en los distintos registros públicos.
He tenido que registrar una, y he puesto el último domicilio conocido del denunciado en cuestión, ¿es correcto?
Saludos.
SIRAJ: Domicilio en registro de requisitoria.
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
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Invitado
Re: SIRAJ: Domicilio en registro de requisitoria.
Punto número 1: Al dar de alta un denunciado, si tienes NIE o NIF junto a la casilla correspondiente aparece una pequeña lupa. Si le das entras a una pantalla que te permite importar todos los datos asociados a ese NIF o NIE de la base de datos de la Dirección General de la Policía (con el consiguiente ahorro de tiempo).
Punto número 2: Pues bien, al importarlos también te importará el domicilio que figure en aquella base de datos. Mi consejo es que bien sea éste, o preferentemente el último domicilio conocido. Con eso basta.
Punto número 2: Pues bien, al importarlos también te importará el domicilio que figure en aquella base de datos. Mi consejo es que bien sea éste, o preferentemente el último domicilio conocido. Con eso basta.
Re: SIRAJ: Domicilio en registro de requisitoria.
¡Gracias por la respuesta!
No sabía lo de la lupa, me lo anoto para la próxima.
Al final puse el último domicilio conocido.
No sabía lo de la lupa, me lo anoto para la próxima.
Al final puse el último domicilio conocido.