En el Libro Blanco de la Justicia (aprobado por el pleno del CGPJ en Septiembre de 1997) se lee:
"2.4.3 Dependencia de los Secretarios Judiciales.
Como ha quedado expuesto, si la opción elegida es la de potenciar las funciones procesales de los secretarios judiciales, sin perjuicio de establecer puestos específicos de gestión en deerminadas oficinas o servicios, tal opcióm aconseja que estén vinculados a una instancia nacional.Es por ello que el Consejo General del Poder Judicial, que defiende una ampliación en la atribución competencial de las Comunidades Autónomas, reclama para así la competencia exclusiva de los secretarios judiciales..." (páginas 133,134)
"d) Secretarios judiciales.Una excepción a esta atribución de competencias a las Comunidades Autónomas debiera ser la constituida por el Cuerpo de Secretarios Judiciales, cuya configuración como cuerpo con funciones de contenido procesal(...), aconseja mantenerlo vinculado a una instancia nacional, que, ante la propuesta de cinfiguración de la oficina judicial, debería ser el Consejo General del Poder Judicial, acercándose pues el régimen de los secretarios al del personal de carácter judicial"(página 321)
Libro Blanco de la Justicia, edictado por el Consejo General del Poder Judicial en 1997.
Los propósitos del Consejo General del Poder Judicial en el año 1997 eran los que se deducen de los párrafos transcritos, pero, seamos realistas, ese "Consejo" no en este "Consejo".
DE TODAS FORMAS PUEDE QUE NO ESTE DE MAS QUE ALGUIEN REDACTE UNA INSTANCIA SOLICITANDO DEL CGPJ QUE CUMPLA CON LO QUE EL MISMO ACORDÓ Y SOLICITE DEL GOBIERNO QUE LOS SECRETARIOS JUDICIALES SE INTEGREN EN EL MISMO.
EL MODELO DE ESA INSTANCIA PODRIA COLGARSE EN INTERNET PARA QUE TODOS LOS SECRETARIOS JUDICIALES QUE QUIERAN PUEDAN REMITIRLA A ESE ORGANO.
PUEDE QUE SI ALLI VEN MUCHAS PETICIONES SE SIENTAN OBLIGADOS A DIRIGIRSE AL GOBIERNO DISCUTIENDOLO ANTES EN UN PLENO.
ES UNA FORMA DE CONJURAR EL PELIGRO DE TRANSFERENCIAS A LAS COMUNIDADES A PESAR DEL ESTATUT.
DE PASO NO ESTARIA DE MÁS QUE EL QUE PUEDA USE SUS CONOCIMIENTOS EN EL CONSEJO (ES DECIR CONSEJEROS AMIGOS O SOLO CONOCIDOS) PARA TRATAR DE INFLUIR PARA QUE EL CONSEJO SE PRONUNCIE. O SEA QUE ENTRE LOS ESCRITOS Y LAS INFLUENCIAS ACTUEMOS COMO UN LOBBY EN DEFENSA DE NUESTROS INTERESES.
AHI QUEDA ESO Y EL QUE PUEDA QUE APORTE IDEAS.
Libro Blanco de la Justicia
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