recurso de la UPSJ contra el horario
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recurso de la UPSJ contra el horario
En la página web de la UPSJ dicen que esta Asociación ha recurrido en reposición la resolución del Secretario de Estado de Justicia sobre la jornada laboral y el horario. Menos mal que alguien hace algo contra el atropello de que las CC. AA fijen nuestro horario.
- Carlos Valiña
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- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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A mi me parece muy bien que se recurran cosas, es lamentable mirar los indices de jurisprudencia y ver que apenas se ha recurrido nada por los Secretarios, cuando Jueces y Funcionarios han puesto muchisismo recursos.
Sentado lo anterior, sin ser experto en administrativo y a primera vista, me parece que este recurso tiene pocos visos de prosperar.
En esencia la autoridad que dicta la norma que es el Ministerio es competente para dictarla. Esa competencia le permite tanto fijar directamente el horario cuanto remitirse al que haya fijado la ONU o la Comunidad Autonoma.
El unico limite que hay aqui es el legal que fija un concreto y determinado total horario.
La norma en cuestion, en el punto 3º no contradice la ley pues dice que el horario maximo sera de 37 horas y media y por otra parte, en el punto segundo 2, (que imagino sera el recurrido), se limita a decir que "nos sera de aplicacion el calendario laboral, horarios fijos y flexibles y de atencion al publico y profesionales que apruebe el organo competente de la comunidad autonoma".
Parece que es de cajon que si la Comunidad Andaluza fija como festivo el dia de Andalucia, ese día no vayan los Secretarios a trabajar con el Juez, porque no habria nadie en los Juzgados, o que si se decide que el dia de San Job no vayan los Secretarios, no se presenten ese dia los Funcionarios, porque no podrian actuar sin Secretario.
Dicho de otro modo, todos tienen que tener el mismo calendario y coincidir en una parte suficiente del horario. Ergo tiene que haber un unico criterio para regular este tema.
¿Donde esta el quid del asunto? No en esta orden ministerial que, salvo mejor criterio de gente como Jose Luis Arroyo, se limita a ejercer la competencia ministerial para fijar el horario, sino en haber apoyado y firmado la UPSJ a favor de una Ley Organica que supone una importante deriva hacia posiciones autonomistas.
En Andalucia los comunicados de algunos Sindicatos de Funcionarios alertan continuamente sobre el peligro de la perdida del caracter de Cuerpos Nacionales de los Funcionarios, perdida que se alienta desde Sevilla.
La realidad del caso es que hay tres transferencias, una velada que ya se ha hecho en la ultima reforma de la Ley Organica, otra a cara descubierta, que vendra de la reforma del estatuto catalan y ley de acompañamiento y otra la que se produce todos lo dias, la transferencia encubierta, que ha empezado mucho antes, hace años, y de la que esta resolucion que ahora se recurre no es sino un diente de sierra mas.
Saludos.
Sentado lo anterior, sin ser experto en administrativo y a primera vista, me parece que este recurso tiene pocos visos de prosperar.
En esencia la autoridad que dicta la norma que es el Ministerio es competente para dictarla. Esa competencia le permite tanto fijar directamente el horario cuanto remitirse al que haya fijado la ONU o la Comunidad Autonoma.
El unico limite que hay aqui es el legal que fija un concreto y determinado total horario.
La norma en cuestion, en el punto 3º no contradice la ley pues dice que el horario maximo sera de 37 horas y media y por otra parte, en el punto segundo 2, (que imagino sera el recurrido), se limita a decir que "nos sera de aplicacion el calendario laboral, horarios fijos y flexibles y de atencion al publico y profesionales que apruebe el organo competente de la comunidad autonoma".
Parece que es de cajon que si la Comunidad Andaluza fija como festivo el dia de Andalucia, ese día no vayan los Secretarios a trabajar con el Juez, porque no habria nadie en los Juzgados, o que si se decide que el dia de San Job no vayan los Secretarios, no se presenten ese dia los Funcionarios, porque no podrian actuar sin Secretario.
Dicho de otro modo, todos tienen que tener el mismo calendario y coincidir en una parte suficiente del horario. Ergo tiene que haber un unico criterio para regular este tema.
¿Donde esta el quid del asunto? No en esta orden ministerial que, salvo mejor criterio de gente como Jose Luis Arroyo, se limita a ejercer la competencia ministerial para fijar el horario, sino en haber apoyado y firmado la UPSJ a favor de una Ley Organica que supone una importante deriva hacia posiciones autonomistas.
En Andalucia los comunicados de algunos Sindicatos de Funcionarios alertan continuamente sobre el peligro de la perdida del caracter de Cuerpos Nacionales de los Funcionarios, perdida que se alienta desde Sevilla.
La realidad del caso es que hay tres transferencias, una velada que ya se ha hecho en la ultima reforma de la Ley Organica, otra a cara descubierta, que vendra de la reforma del estatuto catalan y ley de acompañamiento y otra la que se produce todos lo dias, la transferencia encubierta, que ha empezado mucho antes, hace años, y de la que esta resolucion que ahora se recurre no es sino un diente de sierra mas.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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