Sin comentarios.19645 CONFLICTO positivo de competencia núm. 6565-2000, promovido por el Gobierno de la Nación, en relación con determinados preceptos del Decreto de la Generalidad de Cataluña 278/2000, de 31 de julio, por el que se crean las Comisiones de Secretarios Judiciales de Cataluña.
El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 6565-2000, sobre los arts. 1.2; 3.b); 4.1.2.b); 4.1.3; 5; 6, y los restantes por conexión, del Decreto 278/2000, de 31 de julio, por el que se crean las Comisiones de Secretarios Judiciales de Cataluña; así como sobre la Resolución del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña de 4 de septiembre de 2000, por la que se inicia el procedimiento electoral establecido en el Decreto 278/2000 para el mantenimiento de los Secretarios Judiciales electos, declarándose extinguido el proceso. Madrid, 3 de noviembre de 2004.—La Presidenta del Tribunal Constitucional.
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