Conciliación una vez dictada sentencia.

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
Invitado

Conciliación una vez dictada sentencia.

#1 Mensaje por Invitado »

¿Consideraís que es posible una conciliación una vez que ya se dictó sentencía dado el principio de disposición del procedimiento? Ante dicha posibilidad sería ante el Secretario Judicial o ante el Magistrado?
Que opinais

Invitado

Re: conciliacion

#2 Mensaje por Invitado »

Hombre,pues como que no.Opino que una conciliación puede ser judicial o extrajudicial antes de juicio o en el momento en que iba a celebrarse.Pero en la ejecución conciliarse creo que no está previsto.Cabe la transacción, que luego se homologará, y si no, que se pongan de acuerdo como quieran extra iudicem y el ejecutante que desista de la ejecución, que pida su archivo, y sin problemas se acuerda.

ignorante supino

Re: conciliacion

#3 Mensaje por ignorante supino »

Entiendo que no y estoy de acuerdo con el anterior compañero en la forma de proceder. Sería cambiar la sentencia.

Avatar de Usuario
ELY
Mensajes: 1237
Registrado: Lun 11 May 2009 7:47 pm

Re: conciliacion

#4 Mensaje por ELY »

Entiendo que si es posible entre que el juicio queda visto para sentencia y la publicacion de esta.
Una vez dictada la sentencia y publicada' ya no puede haber conciliacion que altere losterminos de la sentencia,. En ejecucion lo que podra es haber acuerdo en la ejecucion de la sentencia o desistimiento dado el principio dispositivo.

Wenceslao

Re: conciliacion

#5 Mensaje por Wenceslao »

Despues de la reforma procesal 13/2009 no es posible conciliarse después del juicio. Esta reforma se ha mantenido en la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En fase de recurso y de ejecución es posible la transacción.

Responder