¿Consideraís que es posible una conciliación una vez que ya se dictó sentencía dado el principio de disposición del procedimiento? Ante dicha posibilidad sería ante el Secretario Judicial o ante el Magistrado?
Que opinais
Conciliación una vez dictada sentencia.
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: conciliacion
Hombre,pues como que no.Opino que una conciliación puede ser judicial o extrajudicial antes de juicio o en el momento en que iba a celebrarse.Pero en la ejecución conciliarse creo que no está previsto.Cabe la transacción, que luego se homologará, y si no, que se pongan de acuerdo como quieran extra iudicem y el ejecutante que desista de la ejecución, que pida su archivo, y sin problemas se acuerda.
Re: conciliacion
Entiendo que no y estoy de acuerdo con el anterior compañero en la forma de proceder. Sería cambiar la sentencia.
Re: conciliacion
Entiendo que si es posible entre que el juicio queda visto para sentencia y la publicacion de esta.
Una vez dictada la sentencia y publicada' ya no puede haber conciliacion que altere losterminos de la sentencia,. En ejecucion lo que podra es haber acuerdo en la ejecucion de la sentencia o desistimiento dado el principio dispositivo.
Una vez dictada la sentencia y publicada' ya no puede haber conciliacion que altere losterminos de la sentencia,. En ejecucion lo que podra es haber acuerdo en la ejecucion de la sentencia o desistimiento dado el principio dispositivo.
Re: conciliacion
Despues de la reforma procesal 13/2009 no es posible conciliarse después del juicio. Esta reforma se ha mantenido en la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
En fase de recurso y de ejecución es posible la transacción.
En fase de recurso y de ejecución es posible la transacción.