Hola, buenas tardes.
Tengo una ejecución de familia, por reclamación de alimentos. La suma adeuda por el padre de la menor, a día de la fecha, son unos cuatro mil y pico de euros.
Hace un mes, fallece la menor (tenía una enfermedad degenerativa congénita). En principio, habría que archivar la ejecución porque se extinguió la obligación del alimentante, pero qué ocurre con las pensiones atrasadas? Las podría reclamar la madre de la niña, como heredera de ésta?
Cómo lo véis?
Muchas gracias
Ejecución por alimentos; fallece la menor
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- jeni bladi
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Re: Ejecución por alimentos; fallece la menor
Perdón, Sr. administrador, pero coloqué mal el tema 

Re: Ejecución por alimentos; fallece la menor
Por supuesto que cabe reclamar los alimentos atrasados.
Durente ese tiempo la menor ha tenido que comer, digo yo, y alguien ha puesto ese dinero que correspondía al padre no?
Durente ese tiempo la menor ha tenido que comer, digo yo, y alguien ha puesto ese dinero que correspondía al padre no?