Reclamación honorarios x 35 LEC: ETJ sin terminar
Publicado: Dom 24 Mar 2013 5:38 pm
Tengo varios asuntos pendientes de una empresa que ha decidido cambiar de abogado sin preaviso ni nada tras presentarle yo alguna minuta y no estar de acuerdo con la misma (siguiendo estrictamente los criterios de honorarios de mi colegio).
Me enteré porque el abogado entrante se dirigió a mis procuradores para que le informaran a él de todo. Sin más. (Viva la profesionalidad!)
El caso es que me pongo a reclamar honorarios ante los juzgados y Tribunales respectivos y me asaltan millones de dudas ... nunca antes había reclamado unos honorarios, supongo que la falta de costumbre es lo que tiene.
- en la ETJ que lleva varios años pendiente, con movimientos asiduamente, vamos, que está siendo sustanciada, mi colegio dice que el 30% de los honorarios corresponde a la interposición de Ejecución y el 60% a la sustanciación. Pero, ¿Y si no se ha terminado el procedimiento? No pretendo pedir el 100% pero el 30% no me parece justo porque he sido yo quien ha solicitado todas las investigaciones y quien incluso ha investigado al ejecutado para descubrir bienes, como así fue ... ¿el 50% estaría bien para que el secretario judicial no me dijera que es abusiva?
- Y si ese 50% es superior al límite que también se establece por criterios para las Ejecuciones ... ¿minuto por ese límite o he de aplicar el 50% a ese límite?
Perdonad si no me estoy explicando muy bien, es que nunca me había visto en éstas y tengo un montón de procedimientos que reclamar y estoy un poco sobrepasada, la verdad. Después de meses discutiendo mis honorarios pendientes, de rebajárselos al moroso hasta cantidades ridículas sin que él se dignara a pagarme, termino teniendo que reclamar judicialmente.
Me enteré porque el abogado entrante se dirigió a mis procuradores para que le informaran a él de todo. Sin más. (Viva la profesionalidad!)
El caso es que me pongo a reclamar honorarios ante los juzgados y Tribunales respectivos y me asaltan millones de dudas ... nunca antes había reclamado unos honorarios, supongo que la falta de costumbre es lo que tiene.
- en la ETJ que lleva varios años pendiente, con movimientos asiduamente, vamos, que está siendo sustanciada, mi colegio dice que el 30% de los honorarios corresponde a la interposición de Ejecución y el 60% a la sustanciación. Pero, ¿Y si no se ha terminado el procedimiento? No pretendo pedir el 100% pero el 30% no me parece justo porque he sido yo quien ha solicitado todas las investigaciones y quien incluso ha investigado al ejecutado para descubrir bienes, como así fue ... ¿el 50% estaría bien para que el secretario judicial no me dijera que es abusiva?
- Y si ese 50% es superior al límite que también se establece por criterios para las Ejecuciones ... ¿minuto por ese límite o he de aplicar el 50% a ese límite?
Perdonad si no me estoy explicando muy bien, es que nunca me había visto en éstas y tengo un montón de procedimientos que reclamar y estoy un poco sobrepasada, la verdad. Después de meses discutiendo mis honorarios pendientes, de rebajárselos al moroso hasta cantidades ridículas sin que él se dignara a pagarme, termino teniendo que reclamar judicialmente.