Enero, conocimiento de: LOPJ, LDJ, LECR.

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Invitado

Enero, conocimiento de: LOPJ, LDJ, LECR.

#1 Mensaje por Invitado »

El Ministro de Justicia, D. Alberto Ruiz-Gallardón, asistió el día 21 de noviembre al VI Encuentro de Secretarios de Gobierno, celebrado en la Real Chancillería de Granada, sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El Ministro, en presencia del Secretario General de la Administración de Justicia, D. Joaquín Silguero Estagnan, anticipó a los Secretarios de Gobierno que en el mes de enero se darán a conocer las redacciones elaboradas por las comisiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Planta y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establecerán las líneas básicas de una Administración de Justicia propia del siglo XXI.

Destacó el papel fundamental reservado a los secretarios judiciales en este nuevo modelo de Justicia, en el que verán reforzadas sus atribuciones como directores superiores de los procedimientos judiciales, incluso en los atribuidos a la Fiscalía como consecuencia de la asunción de la actividad instructora.

También señaló que la participación de otros operadores jurídicos, como los procuradores, en la ejecución de actuaciones judiciales, respetará en todo caso las competencias de los secretarios judiciales, respecto de los cuáles aquéllos actuarán como mandatarios.

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... talle.html

Entiendo que es como dice la noticia “se dará a conocer”, puesto que de salir a delante la propuesta, se necesita previa negociación, con las partes afectadas, y una posterior reforma de la LOPJ y del reglamento.


En relación a este artículo y otras informaciones, junto a la reflexión expuesta por Carlos Valiña en el Foro General, con el título “¿Debemos dar publicidad a nuestras manifestaciones?”, en concreto en su punto g y h, coincido en una parte de las mismas, pero, desde mi punto de vista el Sr. Ministro se le ha adelantado por lo que observó, al delegar en los Secretarios de Gobierno, Secretarios Coordinadores y en los directores de las comunidades autónomas que son mayoría su partido político, lo que políticamente puede ser correcto, desde su punto de vista (para eso los tiene en el cargo, caso de los directores de CA), pero, para llegar a su realidad debe de ser negociable, me temo, que Magistrados y Fiscales para abajo, estamos en el mismo saco y en un futuro no muy lejano, a lo mejor todos, quien sabe!.

Invitado

Re: Enero, conocimiento de: LOPJ, LDJ, LECR.

#2 Mensaje por Invitado »

Mandatario: Persona que acepta del mandante su representación personal o la gestión de algún negocio.

O sea, que el mandatario, el Secretario Judicial, como director superior, elegirá a un representante que lo represente, en la ejecución de las actuaciones judiciales.

¿Cuáles son las nuevas atribuciones?:
a.- ¿Cómo Secretario Judicial?
b.- ¿Cómo Mandatario?
c.- ¿Cómo Director Superior?
d.- ¿Para todos igual, este o no este la NOJ instalada en la C.A.?.
e.- ¿Qué competencias se atribuyen a los Secretarios Judiciales en las Fiscalias?
f.- ¿El resto de plantilla, respecto a las nuevas atribuciones, qué competencias asumiran?

No entiendo nada, esto de lanzar “globos sonda”, era patrimonio de “Gónzalez”, pero, previamente tenías conocimiento de la noticia.

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