Secretaria Judicial imputada

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Ojiplático

Secretaria Judicial imputada

#1 Mensaje por Ojiplático »

Compañera que, en el uso de las facultades que nos otorga el Reglamento de Aspectos Accesorio de las Actuaciones Judiciales, deniega copia de actuaciones a determinada persona.
La denegada airada se va al Juzgado de Guardia y presenta denuncia contra la Secretaria Judicial, el Juez incoa Diligencias Previas y cita para declarar como imputada a la Secretaria Judicial.

Ficción? Ya nos gustaría.

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Terminatrix
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#2 Mensaje por Terminatrix »

Una pasada :shock: Y no , no es ciencia ficción. Entre tras cosas porque lo que le está pasando al Cuerpo supera con creces la imaginación de un guionista .

Puntualizo .Creo que el Reglamento 5/1995 está derogado . La norma en vigor es la LEC arts. 140 -141 ¿ no?
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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Top Secre
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#3 Mensaje por Top Secre »

Sip.
El Reglamento 5/1995 estuvo vigente hasta el 27 de Octubre de 2005. Fue derogado por la Disposición Derogatoria del Reglamento 1/2005 de Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales. El tema en cuestión se regula en sus Artículos 1 a 6 , Sección Primera, Capítulo I, Título I, "Publicidad de las actuaciones judiciales".

http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... 2005-15939

Creo que a veces no somos muy conscientes de la pedazo espada de Damocles que tenemos sobre nuestras cabezas. Se me ponen unos nervios...
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

Malvadabrujadeloeste

#4 Mensaje por Malvadabrujadeloeste »

Acabáramos...

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Terminatrix
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Vendidos.

#5 Mensaje por Terminatrix »

TOP SECRE escribió:Sip.
El Reglamento 5/1995 estuvo vigente hasta el 27 de Octubre de 2005. Fue derogado por la Disposición Derogatoria del Reglamento 1/2005 de Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales. El tema en cuestión se regula en sus Artículos 1 a 6 , Sección Primera, Capítulo I, Título I, "Publicidad de las actuaciones judiciales".

http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... 2005-15939

Creo que a veces no somos muy conscientes de la pedazo espada de Damocles que tenemos sobre nuestras cabezas. Se me ponen unos nervios...
Sasto. Gracias por refrescarme la maltrecha memoria, TOP :wink:
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Invitado

#6 Mensaje por Invitado »

Esto no se puede consentir, donde estan las asociaciones y los sindicatos....
La resolucion de la secretaria denegando la exhibición de documental siempre tiene recurso de revision ante el Juez.

Pero en que país estamos... Compañeros hay que hacer algo..

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Procurador
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#7 Mensaje por Procurador »

Pfffffffff eso me suena.
Anda que si yo os contase....me sé de un personaje (persona sería decir demasiado de él) que fue incapacitado, a instancias del Ministerio Fiscal, para comparecer ante los tribunales. De hecho tiene terminántemente prohibido el acceso a los juzgados.
Me tocó el susodicho de turno, para su representación en una denuncia interpuesta contra un Juez (una de tantas que iba poniendo por ahí) y yo acabé denunciado ante el Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia a los dos días de ser designado...de hecho no tengo ni zorra idea de si archivaron la denuncia o no. Di que doy gracias a que me denunció porque así me lo quité de encima.
Bueno, esto viene al caso de comentar que, pese a lo desagradable e inadmisible de la conducta de quien ha denunciado a vuestra compañera, hemos de ser conscientes que en el entorno de los tribunales hay gente muy pirada que no tiene otra cosa con qué entretenerse.
Un saludo desde Zaragoza.

Invitado

#8 Mensaje por Invitado »

Si, pero una cosa es que un pirado/a denuncie y que, viendose claramente que el hecho no es constitutivo de delito, se tramite. A lo mucho, se podía amplir la declaración del denunciante para que alcarara si la denegación fue de palabra o por escrito y si recurrió, etc. Vamos a ver ¿en que artículo del C. penal se puede incardinar semejante hecho?.
Qué hubiera ocurrido si se denunciara a un juez porque denegó recibir declaración a testigo o admisión de una prueba.
Te puedo asegurar que la juez de mi juzgado fue denunciada ante el CGPJ y contestó que contra sus resoluciones no podia hacer nada, sino que se ejercieran los recursos de ley.
En otra ocasión uno denunció al Jefe provincial de Tráfico porque le habian puesto una multa. Claro que ni se oyó al denunciado, se archivó de plano.
Pero aquí, ¡oh dios!, se trata de un misero/a secretario/a, es decir, una mie..., vamos a oirla como imputado/a y ahora llega a un Fiscal descerebrado y llega hasta juicio oral. Cuando resulta que, apurando muchisimo podría ser motivo de informativas.
Estoy hasta los mismisimos ... de tanta basura

Invitado

#9 Mensaje por Invitado »

Esta noticia es un completo absurdo, no es posible.

O hay más de lo que se dice por parte de nuestra compañera, o el juez es el que debería estar en entredicho. A la ciudadana ni la menciono, la ignorancia es muy atrevida.

Invitado

#10 Mensaje por Invitado »

Es una ignorancia inexcusable de la ley, si los hechos son asi, que creo que lo son
A ver si alguien de alguna asociacion recoge el guante

Ojiplático

#11 Mensaje por Ojiplático »

Anonymous escribió:Esta noticia es un completo absurdo, no es posible.

O hay más de lo que se dice por parte de nuestra compañera, o el juez es el que debería estar en entredicho. A la ciudadana ni la menciono, la ignorancia es muy atrevida.
Tan posible como decirte que en la carpetilla donde nuestra compañera está imputada sale como tipificación "delitos indeterminados" y en la cédula de citación a la compañera se le cita como "Secretaria Judicial", simbólico y terrorífico para nuestra profesión a la vez.

De mi primer topic únicamente se ha obviado cualquier circunstancia que pueda identificar a los protagonistas y que hubo discusión verbal entre la compañera y la luego denunciante, discusión verbal en la que no se faltó al respeto a la solicitante en ningún momento.

Invitado

#12 Mensaje por Invitado »

Pues si verdaderamente es así, no me queda más remedio que quedarme también patidifusa.

Delitos "indeterminados", y tanto. Supongo que el instructor, ante la furia desatada de la airada gorgona, ha preferido no pillarse los dedos acordando el sobreseimiento de plano, no vaya a ser también blanco de sus iras. Una vez declare la compañera, tal vez se encuentre más animado a archivar. Y habrá que ver qué opina el fiscal.

Sea como sea, es una completa vergüenza. La actuación de la secretaria judicial es revisable mediante recurso, y der incorrecta más allá de una personal interpretación de la legislación aplicable, acreedora de expediente disciplinario en todo caso. La imputación por delito es una clara extralimitación.

No sé cómo estará ese juzgado si se incoan diligencias previas por cada arrebato que le dé a un justiciable estresado, ignorante y pendenciero. Los hay por decenas, y en manos del profesional está separar el trigo de la paja.

Invitado

#13 Mensaje por Invitado »

"...hemos de ser conscientes que en el entorno de los tribunales hay gente muy pirada que no tiene otra cosa con qué entretenerse. "

Lo grave del caso es que los "pirados" no vengan de fuera sino que estén dentro y muy bien asentados -o sea, que gocen del patrocinio de cierta gente con poder- y entonces sí que la hemos ca...

secrecaceres

denucia penal

#14 Mensaje por secrecaceres »

yo en el caso de la compañera, una vez archivada la causa penal interpondría una querella criminal contra el magistrado que ha abierno las diligencias penales, es una clara extralimitación en el ejercicio de poder judicial, lo que se manifiesta en una decisión manifiestamente injusta, es decir, prevaricación; ya que frente a la denuncia de la ciudadana debido de archivarse de plano la misma en el ambito penal ya que la cuestión o puramente administrativa-gubernativa ( recurso frente ante el Juez del Juzgado ) o una cuestión en el peor de los casos disciplinaria.
YA ES HORA QUE LA EXTRALIMITACIONES SE PAGUEN VENGAN DE QUIEN VENGAN. PARA TRABAJAMOS EN LA JUSTICIA, PARA CONSEGUIR LA MISMA.
Esta opinión se realiza teniendo en cuenta los datos que están publicados en este foro, desconociendose que pueda otros hechos relevantes que no conocemos.

Ojiplático

#15 Mensaje por Ojiplático »

Acabo de hablar con la compañera y me ha aclarado los hechos denunciados, la señora en cuestión no la denunció por denegar el acceso a las actuaciones sino por "trato injusto y vejatorio", cosa que, nuestra colega niega en todo momento.


Es evidente que, aún en éste caso, y en el supuesto de que sea verdad, los hechos deben ser objeto de la correspondiente apertura de informativas previa presentación de queja por parte de la "ofendida"...como bien se dice por ahí, un Juez debe saber separar el grano de la paja, y lo que es inconcebible y sangrante, es que ante semejante denuncia(denunciante, que por otra parte, y según la compañera ya había causado problemas en otras ocasiones en la Oficina Judicial) el Instructor tome la decisión de citar/humillar a la Secretaria Judicial como imputada.

¿Acaso éste Juez, por ejemplo, si le denuncian el reventón de una cañería en una casa causado por una obras llama a declarar en calidad de imputado al encargado de las mismaspor supuesta responsabilidad penal? :shock:

Invitado

#16 Mensaje por Invitado »

¿Dónde ha ocurrido este atropello?
¿Qué profesión tiene la denunciante?
¿Hay alguna relación entre la denunciante y la denunciada?
¿La resolución denegatoria de la exhibición, la denuncia y la incoación de diligencias previas ha ocurrido en el mismo día?
¿Podrías dar más datos?

Ojiplático

#17 Mensaje por Ojiplático »

El lugar voy a obviarlo.

La profesión de la denunciante la desconozco, no hay relación previa con la Secretaria Judicial, únicamente el hecho de que la señora ya había dado problemas en la Oficina Judicial de la compañera, llegando en una ocasión, según me cuenta, a tirar expedientes de una mesa.
Al parecer, la furibunda mujer pidió copias del expediente para su marido que, como parte, ya estaba personado con Letrado y Procurador, se le denegó, hubo follón en la Oficina, nuestra compañera tuvo que salir y tuvo un cruce de palabras con ella que, en ningún momento, supusieron falta de respeto hacia su persona, seguidamente la solicitante fue al Juzgado de Guardia a interponer denuncia ya que se había sentido maltratada y vejada.

La denuncia ha seguido para delante y nuestra compañera ha recibido una citación para declarar como imputada.

Invitado

#18 Mensaje por Invitado »

Qué vergüenza.
Todo mi apoyo a la compañera, ésto es intolerable ¿hasta cuándo vamos a aguantar?

Invitado

#19 Mensaje por Invitado »

Entonces si ha de acudir como imputada deberá, o bien renunciar a su derecho a ser defendida por Letrado, o buscarse deprisa y corriendo un Abogado, o ir directamente al Abogado del Estado para que la defienda. Al tratarse de una autoridad en el ejercicio de sus funciones, dependiente del Ministerio de Justicia ¿No tendría que ser el propio Ministerio quien le dotara de todos los medios para ejercer su defensa? ¿Incluso si quiere valerse de Abogado de su confianza? ¿Pertenece nuestra compañera a alguna Asociación? ¿En el caso de que no esté afiliada a ninguna, qué tiene que hacer? ¿Adonde acudir? ¿Qué decisión tomar?
Y por nuestra parte como colectivo ¿VAMOS A HACER ALGO?

Invitado

#20 Mensaje por Invitado »

Lo que deberías aclararnos es qué delito concreto se le imputa. En la cédula no puede constar de ninguna manera que se le llama a declarar como imputada en un "delito indeterminado". ¿Qué clase de indefensión es esa?

Me temo que la ciudadana es lo de menos, será el Juez quien tendrá que dar alguna explicación sobre semejante atropello.

Aquí debe haber algo más que ignoramos, insisto. ¿Estamos hablando de un juzgado servido por Juez y éste es novato? ¿Alguna animosidad entre el instructor y nuestra compañera? ¿Se conoce alguna otra extralimitación del susodicho? Esto no da ni para una falta de vejaciones injustas, ni os cuento ya para un delito. ¿No se te habrá olvidado comentar que la Secretaria Judicial de camimno que denegaba las copias apuñaló a la ofuscada?

Ojipático

#21 Mensaje por Ojipático »

Anonymous escribió:Lo que deberías aclararnos es qué delito concreto se le imputa. En la cédula no puede constar de ninguna manera que se le llama a declarar como imputada en un "delito indeterminado". ¿Qué clase de indefensión es esa?

Me temo que la ciudadana es lo de menos, será el Juez quien tendrá que dar alguna explicación sobre semejante atropello.

Aquí debe haber algo más que ignoramos, insisto. ¿Estamos hablando de un juzgado servido por Juez y éste es novato? ¿Alguna animosidad entre el instructor y nuestra compañera? ¿Se conoce alguna otra extralimitación del susodicho? Esto no da ni para una falta de vejaciones injustas, ni os cuento ya para un delito. ¿No se te habrá olvidado comentar que la Secretaria Judicial de camimno que denegaba las copias apuñaló a la ofuscada?
"Delito sin especificar" Eso es lo que pone.

Incluso pretendió citarla el propio Juez de palabra "oye, cuando te venga bien, te pasas por mi despacho, llamámos al Abogado de Oficio y hacemos la declaración"

Hasta ese momento no había ninguna mala relación entre éste Juez y nuestra compañera.

Invitado

#22 Mensaje por Invitado »

El presunto delito debe estar determinado desde el primer momento, no se puede citar a alguien como imputado ennosesabequecosa. Supongo que le habrán dado una copia de la denuncia junto con la cédula, ¿o ni eso?

Entonces ¿qué estamos? ¿Ante un PRESUNTO DELITO INDETERMINADO por el que te imputo por si acaso? Aquí las garantías brillan por su ausencia, vaya disparate. Esto sí que es de Juzgado de Guardia, pero no de uno de andar por casa.

Invitado

#23 Mensaje por Invitado »

a)
Hace unos años tuve la desgracia de tener que denunciar a un cargo político (judicial) por prevaricación.
En el procedimiento pusieron delito "indeterminado", denunciADO( sic) "XXXXX yo", denunciANTE (sic) "el político".

Las diligencias penales se archivaron tras la intervención extraprocesal de una alta autoridad nacional.

b)
Denuncié el caso al superior de esa alta autoridad y se limitó a remitir mi denuncia a esa misma alta autoridad, la cual a su vez me hizo saber que mi denuncia ya había sido debidamente archivada.

c)
Cuando denuncié estos hechos al Juez no se arriesgaron a preguntarme por las pruebas que tenía (que las tenía) y se limitaron a archivar nuevamente.

d)
Varios años después los hechos se reprodujeron y volví a presentarme en el Juzgado denunciando otra vez prevaricación contra varios altos cargos de un Ministerio.
El Juzgado xxx se "inhibe" a favor de yyyy (no mediante un auto de inhibición sino con post-it del secretario).
El juzgado yyyy se inhibe nuevamente a favor del xxxxx y en el juzgado xxxxx de momento el asunto,cachis qué mala suerte, parece que se ha "traspapelado".
Continuará......
Más información en XXXXXXXXXXXXX.
(censured for security reasons)

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PipelineR
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#24 Mensaje por PipelineR »

Fríamente lo veo así:
1) La loca denunciante pone denuncia poniendo disparates varios como que la SJ la vejó, insultó, zarandeó, etc.
2) El Juez, que sólo tiene la versión de la denunciante, no puede archivar. O lo mete como falta, con la publicidad que conlleva, o abre previas, de ahí, aunque pintoresco, lo del delito "indeterminado".
3) La SJ negará los hechos de la denuncia, como está en ejercicio de su cargo, su palabra no sólo goza de presunción de veracidad sino que ostenta la fe pública judicial, con lo que se archivará la denuncia contra la SJ, y previa querella de la SJ contra la denunciante, y posterior acumulación, seguirá el procedimiento contra la misma por acusación o denuncia falsas.
Quiero pensar esto y que a la loca denunciante se le quiten de golpe las ganas de montar el pollo. ;)
(P.D.- Edito: me autosuprimo hasta que este tema se arregle, ahora bien que la SJ vaya a declarar con un buen abogado). :wink:
(P.D.2.- Lo pongo de nuevo habida cuentade queeltema ha seguido comentándose). :roll:
Última edición por PipelineR el Vie 02 Dic 2011 1:25 am, editado 2 veces en total.
Abogado.

Invitado

Re: Denuncia falsa

#25 Mensaje por Invitado »

PipelineR escribió:Fríamente lo veo así:
1) La loca denunciante pone denuncia poniendo disparates varios como que la SJ la vejó, insultó, zarandeó, etc.

2) El Juez, que sólo tiene la versión de la denunciante, no puede archivar. O lo mete como falta, con la publicidad que conlleva, o abre previas, de ahí, aunque pintoresco, lo del delito "indeterminado".

3) La SJ negará los hechos de la denuncia, como está en ejercicio de su cargo, su palabra no sólo goza de presunción de veracidad sino que ostenta la fe pública judicial, con lo que se archivará la denuncia contra la SJ, y previa querella de la SJ contra la denunciante, y posterior acumulación, seguirá el procedimiento contra la misma por acusación o denuncia falsas.

Quiero pensar esto y que a la loca denunciante se le quiten de golpe las ganas de montar el pollo. ;)
Efectivamente, el Juez Instructor puede y debe incoar unas Diligencias Previas(no puede sin más hacer trizas y tirar a la papelera la denuncia) pero también puede y debe examinar la causa, y con su conocimiento penal, dictar un auto de sobreseimiento libre por no ser constitutivos de delito los hechos.

Lo de que el citado Juez, personalmente, intente citar de palabra a la Secretaria Judicial, habla por sí sólo...

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