Agradeceria información sobre el estado de los recursos contenciosos por los descuentos en la nómina desde junio del año pasado.
Yo recurrí, la Sala de Burgos acordó la remisión al Juzgado Central y no he vuelto a saber más, pese a comparecer y presentazar demanda ampliatoria por los nuevos meses.
Me han dicho que puede haber un "juicio testigo" en el que la vista esta señalada en septiembre (me parece pronto) y el otro día alguien en el foro dijo que había otorgado un poder apud acta en un Juzgado Central para un recurso de este tipo.
Recursos CA descuento nómina
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
RECORTE SALARIAL FUNCIONARIOS
Yo, SJ, también fui en C-A a la Sala de mi TSJ.
Acabo de personarme en los Jdos Centrales C-A, a donde la Sala se inhibió, para continuar sosteniendo mi pretensión.
Hoy leo lo siguiente:
El Pleno del TC de 7.6.2011 acuerda inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala Social de la A Nal. diario La ley. Fuente TC.
La misma editorial se hace eco de la renuncia de 3 magistrados. anunciada por 2 de ellos en dicho pleno. Presentada por escrito al día siguente por 1 de ellos. Y el día 14 por los otros 2.
La confianza en las instituciones es algo necesario en una democracia real.
La confianza en general es esencial para salir de cualquier crisis.
Me queda poca confianza.
Sin más comentarios
Saludos y gracias por este foro
Acabo de personarme en los Jdos Centrales C-A, a donde la Sala se inhibió, para continuar sosteniendo mi pretensión.
Hoy leo lo siguiente:
El Pleno del TC de 7.6.2011 acuerda inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala Social de la A Nal. diario La ley. Fuente TC.
La misma editorial se hace eco de la renuncia de 3 magistrados. anunciada por 2 de ellos en dicho pleno. Presentada por escrito al día siguente por 1 de ellos. Y el día 14 por los otros 2.
La confianza en las instituciones es algo necesario en una democracia real.
La confianza en general es esencial para salir de cualquier crisis.
Me queda poca confianza.
Sin más comentarios
Saludos y gracias por este foro
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
La inadmisión lo es de una cuestión basada en la negociación colectiva de empleados laborales, no de funcionarios, y el argumento es bastante razonable, pues no puede ésta ser inmune a la ley y estar por encima de ella sino al revés. Falta ahora ver que pasa con las cuestiones planteadas relativas a los funcionarios en otros procesos.
Saludos
Saludos
Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)
"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)
"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)
La Audiencia Nacional avala el Tijeretazo a los jueces: barb
CREO QUE ES MUY INTERESANTE EL CONTENIDO DE ESTE BLOG RESPECTO AL RECORTE SUFRIDO:
Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 22 de Junio de 2011 (rec.459/2010) desestima el recurso de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria frente al recorte retributivo aplicado a jueces y magistrados a golpe de Decreto-Ley.
http://contencioso.es/2011/07/07/la-aud ... ment-14470
AÑADO UN COMENTARIO DE DICHO BLOG CON EL QUE ESTOY PLENAMENTE DE ACUERDO:
"Contencioso
Publicado: julio 12, 2011 a las 10:15 am | Permalink
Ítem más: Se vulnera el principio de igualdad no sólo en cuanto a los empleados de empresas públicas, sino en cuanto a cualquiera que tenga un puesto de trabajo. Es decir ¿Por qué a un señor que cobra 50.000 Euros en una empresa privada no se le obliga a hacer un esfuerzo adicional para sostener el gasto público como exige el 31CE (“Todos contribuirán al sostenimiento del gasto público …”) y en cambio a un señor que es Juez, o Fiscal, o Abogado del Estado o Catedrático y gana esos mismos 50.000 Euros, se le atiza un 10% de confiscación? ¿Cuál es el fundamento de esto? ¿Qué circunstancia cualifica especialmente a un funcionario para que se le deba imponer una confiscación de haberes, cuando a quien gana lo mismo o incluso más en la empresa privada no se le hace? A lo mejor hay quien dice que es por la estabilidad en el empleo, argumento muy discutible, pero que en todo caso puede ser igualmente refutado ¿Y qué pasa con quienes obtienen esos mismos 50.000 Euros -y mucho más- de un elevado patrimonio, como por ejemplo la Duquesa de Alba o D. Emilio Botín, que al margen de su sueldo cobra sus buenos dividendos como accionista e inversor? Porque estabilidad desde luego no les falta, con ese patrimonio.
Vivimos en un país ciertamente sorprendente, donde a quienes trabajan como burros y han accedido a su puesto por excelencia académica se les obliga a contribuir más al sostenimiento del gasto público que a los nobles de cuna o banqueros con un patrimonio heredado … y encima eso lo ha hecho un gobierno que se autodenomina socialista!!!
Y no se vayan todavía, que aún hay mas: Si este recorte es legal y está justificado ¿Dónde queda la seguridad jurídica del 9.3 CE? ¿Qué impide mañana al Gobierno poner a los funcionarios, Jueces incluídos, a trabajar por el salario mínimo interprofesional? Respuesta: Nada. ¿Qué le impide bajar ese salario por decreto para aumentar la “competitividad de nuestra economía” y poner a todos los funcionarios a trabajar por 100 Euros al mes? Respuesta: Nada. Sencillamente, no hay límite inferior alguno, porque no está definido en ningún lado con rango constitucional (Sí con rango legal, pero eso ya vemos que se puede modificar por Decreto Ley), ni tan siquiera mediante un humilde y discutible concepto jurídico indeterminado. Mañana puede decidirse que a todos nos cueste dinero trabajar, y tras estas Sentencias resulta que no hay ya nada que lo impida.
Para salir corriendo y no parar hasta la frontera …"
Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 22 de Junio de 2011 (rec.459/2010) desestima el recurso de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria frente al recorte retributivo aplicado a jueces y magistrados a golpe de Decreto-Ley.
http://contencioso.es/2011/07/07/la-aud ... ment-14470
AÑADO UN COMENTARIO DE DICHO BLOG CON EL QUE ESTOY PLENAMENTE DE ACUERDO:
"Contencioso
Publicado: julio 12, 2011 a las 10:15 am | Permalink
Ítem más: Se vulnera el principio de igualdad no sólo en cuanto a los empleados de empresas públicas, sino en cuanto a cualquiera que tenga un puesto de trabajo. Es decir ¿Por qué a un señor que cobra 50.000 Euros en una empresa privada no se le obliga a hacer un esfuerzo adicional para sostener el gasto público como exige el 31CE (“Todos contribuirán al sostenimiento del gasto público …”) y en cambio a un señor que es Juez, o Fiscal, o Abogado del Estado o Catedrático y gana esos mismos 50.000 Euros, se le atiza un 10% de confiscación? ¿Cuál es el fundamento de esto? ¿Qué circunstancia cualifica especialmente a un funcionario para que se le deba imponer una confiscación de haberes, cuando a quien gana lo mismo o incluso más en la empresa privada no se le hace? A lo mejor hay quien dice que es por la estabilidad en el empleo, argumento muy discutible, pero que en todo caso puede ser igualmente refutado ¿Y qué pasa con quienes obtienen esos mismos 50.000 Euros -y mucho más- de un elevado patrimonio, como por ejemplo la Duquesa de Alba o D. Emilio Botín, que al margen de su sueldo cobra sus buenos dividendos como accionista e inversor? Porque estabilidad desde luego no les falta, con ese patrimonio.
Vivimos en un país ciertamente sorprendente, donde a quienes trabajan como burros y han accedido a su puesto por excelencia académica se les obliga a contribuir más al sostenimiento del gasto público que a los nobles de cuna o banqueros con un patrimonio heredado … y encima eso lo ha hecho un gobierno que se autodenomina socialista!!!
Y no se vayan todavía, que aún hay mas: Si este recorte es legal y está justificado ¿Dónde queda la seguridad jurídica del 9.3 CE? ¿Qué impide mañana al Gobierno poner a los funcionarios, Jueces incluídos, a trabajar por el salario mínimo interprofesional? Respuesta: Nada. ¿Qué le impide bajar ese salario por decreto para aumentar la “competitividad de nuestra economía” y poner a todos los funcionarios a trabajar por 100 Euros al mes? Respuesta: Nada. Sencillamente, no hay límite inferior alguno, porque no está definido en ningún lado con rango constitucional (Sí con rango legal, pero eso ya vemos que se puede modificar por Decreto Ley), ni tan siquiera mediante un humilde y discutible concepto jurídico indeterminado. Mañana puede decidirse que a todos nos cueste dinero trabajar, y tras estas Sentencias resulta que no hay ya nada que lo impida.
Para salir corriendo y no parar hasta la frontera …"
RECURSOS C-A DESCUENTO NOMINA
¿SABE ALGUIEN SI LOS JUZGADOS CENTRALES DE LO C-A HAN RESUELTO YA ALGUNO DE LOS RECURSOS QUE TIENE PENDIENTES EN ESTE TEMA?. GRACIAS.
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Ese comentario es mío, yo intervengo en ese blog como "Contencioso"AÑADO UN COMENTARIO DE DICHO BLOG CON EL QUE ESTOY PLENAMENTE DE ACUERDO:

Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)
"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)
"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)