¿Transferrirá los SSJJ a las CCAA el nuevo equipo?

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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¿Transferrirá los SSJJ a las CCAA el nuevo equipo?

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LA JUSTICIA ANTE LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS DE AUTONOMIA
Centro de Estudios Jurídicos. Martes, 12 de abril de 2005

El 12 de abril de 2005, el Centro de Estudios Jurídicos bajo la dirección de D. Artemi Rallo Lombarte, Director del Centro, y la coordinación de D. Jesús Pintos vino a inaugurar unos Diálogos Jurídicos que con el título de “La Justicia ante la Reforma de los Estatutos” constituyeron un foro de debate y reflexión entre profesionales de muy diversos ámbitos.
D. Luis López Guerra, Secretario de Justicia, actuó como moderador en los Diálogos cuyo formato se organizó en torno a dos fases bien diferenciadas. En la primera fase, intervinieron como ponentes D. Luis Aguiar de Luque, D. Adolfo Prego de Oliver y D. Juan Antonio Xiol Rios exponiendo sus opiniones sobre la temática anunciada.
En una segunda fase, se produjo la intervención por turnos de los invitados a la sesión a quienes, previamente, se les había remitido una encuesta en la que se solicitaba su parecer en torno a cuatro cuestiones bien delimitadas. En primer lugar, acerca de la revisión de competencias entre Tribunales Superiores de Justicia y Tribunal Supremo; en segundo término, sobre la viabilidad constitucional de la descentralización territorial del gobierno del Poder Judicial; en tercer lugar, en torno a las competencias autonómicas sobre los medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia; y, en cuarto término, sobre la cooficialidad lingüística en la Administración de Justicia y las implicaciones constitucionales de una profundización en la normalización lingüística en este ámbito.
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En la segunda fase intervino el, hoy nombrado Secretario de estado de Justicia, J. C. Campo.

En su intervención dijo ( y no fue el único) que es posible suprimir el carácter nacional de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, siempre que se garanticen la unidad de estatuto y la movilidad en todo el territorio del estado.
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A continuación 3 párrafos del resumen del CEJ del contenido de los Diálogos jurídicos, pero el vídeo es mucho más ilustrativo


http://www.cej.justicia.es/cej/html/deb ... htm#videos

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Límites muy semejantes a los que afectan al requisito lingüístico se predicaron de la territorialización de los cuerpos de la Administración de Justicia: la garantía de la unidad de estatuto y la movilidad en todo el territorio nacional (J. C. Campo/C. Hermosín). Serían estos los límites que deberían tenerse presentes antes de abordar una posible reforma estatutaria que afectase a la gestión de medios personales aunque se abogó por una profundización en el desarrollo de las competencias de las Comunidades Autónomas en medios personales argumentándose que esto evitaría la rigidez del sistema de cuerpos nacionales que impiden una planificación adecuada en cuanto a la organización de este personal (J. Jané).
Dentro de este aspecto de gestión de medios personales, se recoge una mención especial a la figura de los secretarios judiciales – ya abordada en las ponencias – por cuanto se entiende que se configuran como un cuerpo distinto al cumplir, por un lado, con funciones muy próximas a las jurisdiccionales, lo que obligaría a integrarlos en un cuerpo único y, por otro, con competencias sobre la gestión y la organización lo que permitiría plantearse su pertenencia a la Administración autonómica (N. Cleries).
Por su parte, la gestión autonómica de los medios materiales de la Administración de Justicia no suscitó ningún debate en el sentido de que, quienes se pronunciaron sobre ella, entendieron incuestionable la competencia de las Comunidades Autónomas para incluir esta materia en las reformas estatutarias (C. Hermosín) incluso sin necesidad de previa habilitación por parte de la LOPJ (C. Viver Pi-Sunyer).
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