PROPOSICION DE LEY REFORMA LOPJ TRANSFERENCIA SECRETARIOS?
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PROPOSICION DE LEY REFORMA LOPJ TRANSFERENCIA SECRETARIOS?
Acabo de leer en la direccion que nos proporciona otro forero lo siguiente:
El 16 de abril el Parlamento de la Nacion Española ha admitido a tramite la proposicion de Ley, remitida por el Parlamento de Cataluña que al margen de otros extremos propone la reforma del art. 454 en los siguientes terminos:
454.1 "Bajo la denominacion de personal al servicio de la Administracion de Justicia se comprenden los secretarios judiciales y los miembros del cuerpo o los cuerpos de personal al servicio de la Administracion de justicia, asi como otros cuerpos especializados para el auxilio y la colaboracion con los jueces y tribunales y el personal laboral".
2 El cuerpo o los cuerpos de personal al servicio de la administracion de justicia, asi como los cuerpos especializados y el personal laboral, asi como los cuerpos especializados y el personal laboral, a que hace referencia el aparatado 1, dependen del Ministerio de Justicia o de las Comunidades Autonomas con competencias en la materia".
En la exposicion de motivos dice que esta reforma plantea la "supresion del caracter nacional de los cuerpos de funcionarios al servicio de la administracion de justicia" y hay una disposicion adicional que pide que se reforme "el estatuto basico del personal al servicio de la administracion de justicia" en la LOPJ en consonancia con los principios de esta ley.
La sensacion que da todo el conjunto es inquietante. No se sabe si deliberadamente o por mero defecto de tecnica, aunque en el conjunto de la proposicion parece quedar claro que lo que persigue es exclusivamene que sean los cuerpos de funcionarios en el sentido con que se usa la palabra en el foro (esto es excluidos los Secretarios), los que pierdan el caracter de cuerpos nacionales, el tocar por dos veces la expresion "personal al servicio de la administracion de justicia" donde estamos nosotros, crea una zona de peligrosisima ambiguedad que debera ser corregida luego en la practica (la dinamica generada puede ser mortal) o en la tramitacion parlamentaria, una dinamica peor aun, puesto que una vez abierto el melon puede pasar cualquier cosa.
En cuanto a los "Funcionarios", creo que lo tienen muy mal y de veras que lo siento por ellos.
En cuanto a los Secretarios ¿como lo veis?
Por supuesto en todo el texto se habla de jueces, secretarios y funcionarios con "minusculas".
http://www.congreso.es/public_oficiales ... 001-01.PDF
El 16 de abril el Parlamento de la Nacion Española ha admitido a tramite la proposicion de Ley, remitida por el Parlamento de Cataluña que al margen de otros extremos propone la reforma del art. 454 en los siguientes terminos:
454.1 "Bajo la denominacion de personal al servicio de la Administracion de Justicia se comprenden los secretarios judiciales y los miembros del cuerpo o los cuerpos de personal al servicio de la Administracion de justicia, asi como otros cuerpos especializados para el auxilio y la colaboracion con los jueces y tribunales y el personal laboral".
2 El cuerpo o los cuerpos de personal al servicio de la administracion de justicia, asi como los cuerpos especializados y el personal laboral, asi como los cuerpos especializados y el personal laboral, a que hace referencia el aparatado 1, dependen del Ministerio de Justicia o de las Comunidades Autonomas con competencias en la materia".
En la exposicion de motivos dice que esta reforma plantea la "supresion del caracter nacional de los cuerpos de funcionarios al servicio de la administracion de justicia" y hay una disposicion adicional que pide que se reforme "el estatuto basico del personal al servicio de la administracion de justicia" en la LOPJ en consonancia con los principios de esta ley.
La sensacion que da todo el conjunto es inquietante. No se sabe si deliberadamente o por mero defecto de tecnica, aunque en el conjunto de la proposicion parece quedar claro que lo que persigue es exclusivamene que sean los cuerpos de funcionarios en el sentido con que se usa la palabra en el foro (esto es excluidos los Secretarios), los que pierdan el caracter de cuerpos nacionales, el tocar por dos veces la expresion "personal al servicio de la administracion de justicia" donde estamos nosotros, crea una zona de peligrosisima ambiguedad que debera ser corregida luego en la practica (la dinamica generada puede ser mortal) o en la tramitacion parlamentaria, una dinamica peor aun, puesto que una vez abierto el melon puede pasar cualquier cosa.
En cuanto a los "Funcionarios", creo que lo tienen muy mal y de veras que lo siento por ellos.
En cuanto a los Secretarios ¿como lo veis?
Por supuesto en todo el texto se habla de jueces, secretarios y funcionarios con "minusculas".
http://www.congreso.es/public_oficiales ... 001-01.PDF
- Carlos Valiña
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El anterior invitado era yo, que medio traspuesto por la noticia, me despisté.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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Re: PROPOSICION DE LEY REFORMA LOPJ TRANSFERENCIA SECRETARIO
Más claro agua. Es la eterna reivindicación del Cataluña, en este caso su Parlamento, que es quien formula la proposición de ley, para englobar a los Secretarios Judiciales dentro del ámbito del personal al servicio de la administración de justicia, y así abrir la posibilidad de transferirnos.
Se trata de una proposición de ley de la anterior legislatura, que ahora se retoma, pero que no creo que tenga éxito en el aspecto concreto que nos afecta.
Se trata de una proposición de ley de la anterior legislatura, que ahora se retoma, pero que no creo que tenga éxito en el aspecto concreto que nos afecta.
Todavía no he leido la proposición de ley que comentais, cuando tenga un momento lo haré, pero en la página del Colegio Nacional, en su sección de noticias, comentan que en el tan magnífico e insuperable congreso pre-estival del que han disfrutado la pasada semana ha comparecido el Ministro de Justicia y ha dicho que no perderíamos el caracter de Cuerpo Nacional. A ver si se termina comiendo sus palabras con patatas.....
Jaitxatxo: Mejor es no leer la hoja parroquial. Para ellos siempre estamos en el mes de las flores aunque ya el calor las empiece a marchitar. Nunca he leido en la misma las inquietudes que en este foro se dicen y no hay información que den que ya no la conociera yo por otros conductos.
En cuanto al tema iniciado por Carlos Valiña, no me extraña que no te identificaras, pues a mi me has dado un susto de muerte con la lectura de tu comunicación.
Tras leer la propuesta del Parlamento de Cataluña (siempre dije que el peligro vendría de esa CCAA), quedo un poco más tranquilo pero desde luego con preocupación. Esto me recuerda la cuestión de las selecciones deportivas: el PSOE vota favor de que se incentiven las selecciones autonómicas para su participación en eventos internaciones y luego dice que nunca se enfrentarán las selecciones nacionales con las Autonómicas. Seguro que se retirarán las selecciones nacionales, como se están retirando las banderas.
Para empezar el comentario diré que la propuesta se caracteriza por la ambigüedad, algo muy propio de la mayoría de los partidos nacionalistas y, desde luego, su redacción, su terminología jurídica es, y perdoseme la expresión, una mierda. ¿Cómo un documento jurídico puede contener expresiones como "todo el mundo puede utilizar..." o "las personas que quieran ingresar en el Cuerpo de Secretarios ..."
Lo que me tranquiliza de la propuesta: En la exposición de motivos se dice "Es preciso resaltar que la modificación que se propone establece una nueva organización de la oficina judicial y diseña un nuevo modelo, en que se tribuyen a los Secretarios Judiciales funciones estrictamente PROCESALES, de impulso y ordenación del proceso ..." Con ello parece que se nos quiere apartar del resto de los funcionarios, en virtud de esas funciones estrictamente procesales.
Quiero aclarar que los artículos no los reflejo textualmente.
El artículo 315: los concursos de jueces y secretarios serán a instancia de la CCAA. Luego para todo lo demás es el Estado, cosa que después no dice para el resto del personal, que claramente son las CCAA quienes convocan, examinan, dan posesión, trasladan, etc. El hecho de que jueces y secretarios estemos juntos en la mención me parece positivo.
El artículo 483: el Ministerio de Justicia debe garantizar que los Secretarios Judiciales conozcan el idioma de la CCAA. El idioma es merito en concurso de traslados de Secretarios y el Ministerio programará cursos intensivos para el conocimiento del idioma. Si todo eso es competencia del Ministerio, pienso que es porque los Secretarios dependerán de él.
Y lo más decisivo, desde mi punto de vista: Los S.J. están obligados a colaborar con los órganos competentes de las CCAA. Si pertenecieramos a las CCAA sobraba esta obligación, pues va implicita la obediencia a quien perteneces.
Ahora bien, el artículo señalado por Carlos Valiña si es preocupante. El Secreario es personal al servicio de la Admón de Justicia y, según la propuesta del parlamento Catalán, el personal al servicio de la administración de justicia es competencia de las CCAA.
Como la redacción es como es, todo puede haber sido buscado de propósito para ser utilizado posteriormente como ariete para el derribo de la admistración de justicia, una de las pocas que aun es de carácter nacional.
El asalto ha comenzado. Veremos lo que hacen los sitiados.
Saludos.
En cuanto al tema iniciado por Carlos Valiña, no me extraña que no te identificaras, pues a mi me has dado un susto de muerte con la lectura de tu comunicación.
Tras leer la propuesta del Parlamento de Cataluña (siempre dije que el peligro vendría de esa CCAA), quedo un poco más tranquilo pero desde luego con preocupación. Esto me recuerda la cuestión de las selecciones deportivas: el PSOE vota favor de que se incentiven las selecciones autonómicas para su participación en eventos internaciones y luego dice que nunca se enfrentarán las selecciones nacionales con las Autonómicas. Seguro que se retirarán las selecciones nacionales, como se están retirando las banderas.
Para empezar el comentario diré que la propuesta se caracteriza por la ambigüedad, algo muy propio de la mayoría de los partidos nacionalistas y, desde luego, su redacción, su terminología jurídica es, y perdoseme la expresión, una mierda. ¿Cómo un documento jurídico puede contener expresiones como "todo el mundo puede utilizar..." o "las personas que quieran ingresar en el Cuerpo de Secretarios ..."
Lo que me tranquiliza de la propuesta: En la exposición de motivos se dice "Es preciso resaltar que la modificación que se propone establece una nueva organización de la oficina judicial y diseña un nuevo modelo, en que se tribuyen a los Secretarios Judiciales funciones estrictamente PROCESALES, de impulso y ordenación del proceso ..." Con ello parece que se nos quiere apartar del resto de los funcionarios, en virtud de esas funciones estrictamente procesales.
Quiero aclarar que los artículos no los reflejo textualmente.
El artículo 315: los concursos de jueces y secretarios serán a instancia de la CCAA. Luego para todo lo demás es el Estado, cosa que después no dice para el resto del personal, que claramente son las CCAA quienes convocan, examinan, dan posesión, trasladan, etc. El hecho de que jueces y secretarios estemos juntos en la mención me parece positivo.
El artículo 483: el Ministerio de Justicia debe garantizar que los Secretarios Judiciales conozcan el idioma de la CCAA. El idioma es merito en concurso de traslados de Secretarios y el Ministerio programará cursos intensivos para el conocimiento del idioma. Si todo eso es competencia del Ministerio, pienso que es porque los Secretarios dependerán de él.
Y lo más decisivo, desde mi punto de vista: Los S.J. están obligados a colaborar con los órganos competentes de las CCAA. Si pertenecieramos a las CCAA sobraba esta obligación, pues va implicita la obediencia a quien perteneces.
Ahora bien, el artículo señalado por Carlos Valiña si es preocupante. El Secreario es personal al servicio de la Admón de Justicia y, según la propuesta del parlamento Catalán, el personal al servicio de la administración de justicia es competencia de las CCAA.
Como la redacción es como es, todo puede haber sido buscado de propósito para ser utilizado posteriormente como ariete para el derribo de la admistración de justicia, una de las pocas que aun es de carácter nacional.
El asalto ha comenzado. Veremos lo que hacen los sitiados.
Saludos.
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
El día 1 de junio actual se debatió sobre la admisión a trámite de la propuesta del parlamento catalán que ha originado este debate.
Sin pretender ser exhaustivo ni tampoco cronista parlamentario, en todo lo referido a nosotros, el diputado del parlamento catalán, de CiU, defensor de la propuesta dice (y es importante): "Saben Sus Señorias que hay dos tipos de funcionarios; los que llevan a cabo una función jurisdiccional, es decir, Magistrados, Jueces y Secretarios de Gobiernos¿? (creo que es un lapsus) que en este caso sería parajudicial y otro tipo de funcionarios que son el personal al servicio de la administración de justicia. Me refiero a estos puestos, que los primeros, los Magistrados, Jueces y Secretarios, el Estado tiene competencia exclusiva en su regulación" Eso esta bien para los Secretarios ¿o no?.
El del partido socialista de cataluña, tambien defensor de la propuesta: hace incapie sobre el uso de la lengua ( supongo que se refiere al idioma) y solo nos menciona como "al papel de los Secretarios Judiciales, diferenciandonos del personal que el llama NO JUDICIAL. Esto me deja ni fu ni fa.
El de Izquierda Republicana, también defensor de la propuesta reconoce que la Constitución integra un cuerpo único estatal de jueces, fiscales y secretarios pero no el resto. Tampoco me parece mal. Si dice que soy cuerpo nacional, pues no voy a discutirselo.
EA y BNG: habla de cuerpos no nacionales, pero no menciona a los Secretarios ni dentro ni fuera.
Vuelve Izquierda Republicana de Cataluña; "también creemos oportuna una nueva organización de la Oficina Judicial y una REDEFINICIÓN de las funciones del Secretario Judicial, dado que la organización y la gestión de la oficina judicial ha de quedar en otras manos. Esto parece bueno, pero tratándose de Izquierda Republicana ¡vaya usted a saber".
Vuelve CiU: "dar unas potestades distintas a los Secretarios judiciales, unas potestades de impulso al proceso. Es es importante para el mejor ejercicio de su función y la propia calidad de lo que representan los Secretarios Judiciales, Desde esta cámara tenemos que trasladar una mensaje a un personal, los Secretarios Judiciales, que FORMAN PARTE DEL PODER JUDICIAL Y QUE ESTÁN ALTAMENTE CUALIFICADOS EN SUS FUNCIONES". Lo bien que me cae este diputado/a.
PP: todo lo que dice es político, no entiendo nada ni he puesto interés en ello.
PSOE: casí lo mismo que el anterior, pero dice que "respecto al carácter de cuerpos nacionales no es el momento adecuado para esa modificación. Entonces ¿si puede haber ese momento más adelante?. No menciona tema de Secretarios.
Votación: 174 votos a favor de tramitar la propuesta y 130 en contra.
Inicié con alarma la lectura de este foro y ahora me encuentro un poco más tranquilo. Pero tengo la sensación que esto es una tela de araña que nos está envolviendo a todos, incluso aunque sea a mas largo plazo, a Jueces.
Pero ahora si estoy convencido de lo acertado de la posición de Carlos Valiñas. Como no tengamos competencia jurisdiccional o cuasijurisdiccional nos vamos a CCAA. Pero el tema no es que las CCAA asuman competencias, eso es lo menos malo. Lo grave es que muchos hemos entrado en un Cuerpo y podiamos ir a cualquier destino de España y más tarde ¿podremos?. A algunos no les preocupará, pero lo que fueron destinados sin opción alguna a territorio que no querian ¿que será de ellos?
Y son mis compañeros.
Saludos.
Sin pretender ser exhaustivo ni tampoco cronista parlamentario, en todo lo referido a nosotros, el diputado del parlamento catalán, de CiU, defensor de la propuesta dice (y es importante): "Saben Sus Señorias que hay dos tipos de funcionarios; los que llevan a cabo una función jurisdiccional, es decir, Magistrados, Jueces y Secretarios de Gobiernos¿? (creo que es un lapsus) que en este caso sería parajudicial y otro tipo de funcionarios que son el personal al servicio de la administración de justicia. Me refiero a estos puestos, que los primeros, los Magistrados, Jueces y Secretarios, el Estado tiene competencia exclusiva en su regulación" Eso esta bien para los Secretarios ¿o no?.
El del partido socialista de cataluña, tambien defensor de la propuesta: hace incapie sobre el uso de la lengua ( supongo que se refiere al idioma) y solo nos menciona como "al papel de los Secretarios Judiciales, diferenciandonos del personal que el llama NO JUDICIAL. Esto me deja ni fu ni fa.
El de Izquierda Republicana, también defensor de la propuesta reconoce que la Constitución integra un cuerpo único estatal de jueces, fiscales y secretarios pero no el resto. Tampoco me parece mal. Si dice que soy cuerpo nacional, pues no voy a discutirselo.
EA y BNG: habla de cuerpos no nacionales, pero no menciona a los Secretarios ni dentro ni fuera.
Vuelve Izquierda Republicana de Cataluña; "también creemos oportuna una nueva organización de la Oficina Judicial y una REDEFINICIÓN de las funciones del Secretario Judicial, dado que la organización y la gestión de la oficina judicial ha de quedar en otras manos. Esto parece bueno, pero tratándose de Izquierda Republicana ¡vaya usted a saber".
Vuelve CiU: "dar unas potestades distintas a los Secretarios judiciales, unas potestades de impulso al proceso. Es es importante para el mejor ejercicio de su función y la propia calidad de lo que representan los Secretarios Judiciales, Desde esta cámara tenemos que trasladar una mensaje a un personal, los Secretarios Judiciales, que FORMAN PARTE DEL PODER JUDICIAL Y QUE ESTÁN ALTAMENTE CUALIFICADOS EN SUS FUNCIONES". Lo bien que me cae este diputado/a.
PP: todo lo que dice es político, no entiendo nada ni he puesto interés en ello.
PSOE: casí lo mismo que el anterior, pero dice que "respecto al carácter de cuerpos nacionales no es el momento adecuado para esa modificación. Entonces ¿si puede haber ese momento más adelante?. No menciona tema de Secretarios.
Votación: 174 votos a favor de tramitar la propuesta y 130 en contra.
Inicié con alarma la lectura de este foro y ahora me encuentro un poco más tranquilo. Pero tengo la sensación que esto es una tela de araña que nos está envolviendo a todos, incluso aunque sea a mas largo plazo, a Jueces.
Pero ahora si estoy convencido de lo acertado de la posición de Carlos Valiñas. Como no tengamos competencia jurisdiccional o cuasijurisdiccional nos vamos a CCAA. Pero el tema no es que las CCAA asuman competencias, eso es lo menos malo. Lo grave es que muchos hemos entrado en un Cuerpo y podiamos ir a cualquier destino de España y más tarde ¿podremos?. A algunos no les preocupará, pero lo que fueron destinados sin opción alguna a territorio que no querian ¿que será de ellos?
Y son mis compañeros.
Saludos.
Pero tengo la sensación que esto es una tela de araña que nos está envolviendo a todos, incluso aunque sea a mas largo plazo, a Jueces.
No te quepa duda de que es así, nosotros solo somos un paso mas en el objetivo de que en España existan 17 poderes judiciales y 17 administraciones de justicia. Solo los jueces y fiscales no se dan cuenta y siguen haciendo el bobo pensando que nunca les tocará, cuando le vean las orejas al lobo será demasiado tarde. Procurad estad cerca de casa cuando llegue la tormenta.
No te quepa duda de que es así, nosotros solo somos un paso mas en el objetivo de que en España existan 17 poderes judiciales y 17 administraciones de justicia. Solo los jueces y fiscales no se dan cuenta y siguen haciendo el bobo pensando que nunca les tocará, cuando le vean las orejas al lobo será demasiado tarde. Procurad estad cerca de casa cuando llegue la tormenta.
-
- Mensajes: 155
- Registrado: Lun 24 Nov 2003 10:20 pm
Creo que se habla mucho de la reforma propuesta por el Parlamento de Cataluña y que ha sido admitida a tramite en el Congreso pero se omite un aspecto esencial: la reforma establece en su articulado las nuevas funciones que tendrán los Secretarios Judiciales y serán:
Atribución inmediata al Secretario, sin esperar a modificación alguna de las leyes procesales, de
-TODOS los actos de jurisdición voluntaria que tramitará integramente desde el principio hasta la resolución final.
-TODA la ejecucion de TODOS los ordenes jurisdiccionales, excepto la ejecución de penas privativas de libertad. Se trata de toda la ejecución de principio a fin: despacho de ejecución, embargos, anotaciones, subastas entrega de dinero y liquidación de intereses
-El Secretario se convierte en Encargado del Registro Civil (sin intervención alguna de S.Sª Iltma)
Dado que tampoco nos transfiere a las CCAA, ¿Cual es el defecto de la reforma? yo quiero que se aprube la ley, pero ya.
Atribución inmediata al Secretario, sin esperar a modificación alguna de las leyes procesales, de
-TODOS los actos de jurisdición voluntaria que tramitará integramente desde el principio hasta la resolución final.
-TODA la ejecucion de TODOS los ordenes jurisdiccionales, excepto la ejecución de penas privativas de libertad. Se trata de toda la ejecución de principio a fin: despacho de ejecución, embargos, anotaciones, subastas entrega de dinero y liquidación de intereses
-El Secretario se convierte en Encargado del Registro Civil (sin intervención alguna de S.Sª Iltma)
Dado que tampoco nos transfiere a las CCAA, ¿Cual es el defecto de la reforma? yo quiero que se aprube la ley, pero ya.
Alberto
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Yo tambien me apunto a eso YATODOS los actos de jurisdición voluntaria que tramitará integramente desde el principio hasta la resolución final.
-TODA la ejecucion de TODOS los ordenes jurisdiccionales, excepto la ejecución de penas privativas de libertad. Se trata de toda la ejecución de principio a fin: despacho de ejecución, embargos, anotaciones, subastas entrega de dinero y liquidación de intereses
-El Secretario se convierte en Encargado del Registro Civil (sin intervención alguna de S.Sª Iltma)
Dado que tampoco nos transfiere a las CCAA, ¿Cual es el defecto de la reforma? yo quiero que se aprube la ley, pero ya.


Creo que a todos los Jueces lo que nos gusta es juzgar y estudiar el derecho, pero la ejecución siempre se vé como algo secundario a tu principal interés, y que sólo genera una molestia y trabajo adicional ( por lo menos si eres serio y quieres llevarla como está mandado ). Pero lo cierto es que es una función tanto o mas técnica que juzgar y que plantea muchas e interesantes cuestiones para el que le gusten, que de todo tiene que haber. Así que salvo el "complejo" ese de la pérdida de poder con el que se lagrimea mucho desde algunas asociaciones, no creo que sea una idea descabellada ni mucho menos, aunque eso sí, exige reforma del art. 117 CE en principio.
¿Dónde hay que firmar?
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7199
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Entre el logico entusiasmo de Magistrado Granollers por librarse de un monton de trabajo y el no menos logico entusiasmo de Alberto por pillar competencias, porque al final esto es una guerra de competencias y el que no tiene competencias se extingue, hemos olvidado que no solo importa que te den competencias sino como te las dan.
Las formas son tremendamente importantes.
Para mi cuando lei apresuradamente no era tan importante que nos dieran tal o cual competencia, cuanto que se abriera el melon de las transferencias de los Funcionarios y su perdida del caracter de cuerpo nacional, y de paso se arrojaran sombras peligrosas sobre el cuerpo, maxime cuando una vez comenzada la tramitacion puede salir cualquier cosa y por eso opte por no entrar a los "detalles" del texto.
En efecto ahi se dice que se nos dan muchas nuevas funciones, tambien se decia en la nueva L.O.P.J. y en su mayoria no aparecen por ninguna parte, pero no se si os habeis fijado en el detalle del recurso que se arbitra frente a dichas resoluciones para ante el juez. Si no recuerdo mal dice recurso de reposicion y el recurso de reposicion es un recurso tradicionalmente administrativo.
Si esa reforma sale y como dice Magistrado no se altera la constitucion y no nos hacen Jueces de Procedimiento, todo eso solo se nos puede dar por el sistema de administrativizarlo al maximo, reservando algunas quintaesencias a los jueces y dandonoslo a nosotros.
Yo creo que una de las pocas cosas que nos protege de las transferencias es precisamente que en la tarta de las funciones solo tenemos migajas, como nos den eso, pasaremos a ser "interesantes" y duraremos menos como cuerpo nacional que el caramelo a la puerta del Colegio.
A mi la propuesta me da un frio terrible y es solo abrir la partida, el resultado siempre sera peor que la foto original, y yo particularmente como desde que entre sigo apostando por un encaje diferente para el cuerpo y si no es posible por el virgencita que me dejen como estoy.
La cuestion es, ¿Le queda al cuerpo fuerza suficiente como para plantarse y empezar a hacer algo? ¿Como de cerca le tiene que pasar la guadaña para que abra los ojos o saque la cabeza de debajo del ala? ¿Van a luchar los sindicatos de funcionarios por evitar ese nuevo paso atras?
Las formas son tremendamente importantes.
Para mi cuando lei apresuradamente no era tan importante que nos dieran tal o cual competencia, cuanto que se abriera el melon de las transferencias de los Funcionarios y su perdida del caracter de cuerpo nacional, y de paso se arrojaran sombras peligrosas sobre el cuerpo, maxime cuando una vez comenzada la tramitacion puede salir cualquier cosa y por eso opte por no entrar a los "detalles" del texto.
En efecto ahi se dice que se nos dan muchas nuevas funciones, tambien se decia en la nueva L.O.P.J. y en su mayoria no aparecen por ninguna parte, pero no se si os habeis fijado en el detalle del recurso que se arbitra frente a dichas resoluciones para ante el juez. Si no recuerdo mal dice recurso de reposicion y el recurso de reposicion es un recurso tradicionalmente administrativo.
Si esa reforma sale y como dice Magistrado no se altera la constitucion y no nos hacen Jueces de Procedimiento, todo eso solo se nos puede dar por el sistema de administrativizarlo al maximo, reservando algunas quintaesencias a los jueces y dandonoslo a nosotros.
Yo creo que una de las pocas cosas que nos protege de las transferencias es precisamente que en la tarta de las funciones solo tenemos migajas, como nos den eso, pasaremos a ser "interesantes" y duraremos menos como cuerpo nacional que el caramelo a la puerta del Colegio.
A mi la propuesta me da un frio terrible y es solo abrir la partida, el resultado siempre sera peor que la foto original, y yo particularmente como desde que entre sigo apostando por un encaje diferente para el cuerpo y si no es posible por el virgencita que me dejen como estoy.
La cuestion es, ¿Le queda al cuerpo fuerza suficiente como para plantarse y empezar a hacer algo? ¿Como de cerca le tiene que pasar la guadaña para que abra los ojos o saque la cabeza de debajo del ala? ¿Van a luchar los sindicatos de funcionarios por evitar ese nuevo paso atras?
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Aunque, como ya he comentado otras veces, a mi no me preocupa mucho el tema de si somos transferidos o no, por si a alguien le sirve de consuelo, os transcribo la opinión del portavoz del PSOE en la comisión de Justicia del Congreso, respecto a la proposición de ley del parlamento de Catañuña:
P.: Su partido ha anunciado su intención de presentar enmiendas sustanciales a la proposición de ley del Parlamento de Cataluña por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, ¿me puede concretar cuál va a ser la postura de su grupo?
R.: La proposición de ley se ha tomado en consideración lo que quiere decir que se va a estudiar y a debatir, pero no que se vaya a admitir en los términos que viene. Habrá cosas en las que coincidiremos y otras que reformaremos vía enmienda. Nuestra pretensión es intentar aceptar las proposiciones que vengan de cualquier Parlamento autonómico, por una cuestión casi de estilo, con independencia de que en los contenidos discrepemos parcial o casi totalmente. En la del Parlamento de Cataluña hay temas en los que vamos a coincidir -como es el caso del derecho a utilizar en los juzgados y tribunales la lengua propia de cada comunidad autónoma- y otros bastante importantes en los que vamos a discrepar, que enmendaremos y que no vamos a aprobar. Éste es el caso de la supresión de los cuerpos nacionales de funcionarios. Nuestra opción política no es ésa. Hace unos meses pactamos con el Partido Popular la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y definimos nuestra postura al respecto. No tiene sentido que en tres meses cambiemos nuestro criterio en un asunto ya debatido a fondo.
Si alguien quiere leer la entrevista completa puede hacelro en http://www.laley.net/noticias/noticias_ ... ia_id=7853
Saludos
P.: Su partido ha anunciado su intención de presentar enmiendas sustanciales a la proposición de ley del Parlamento de Cataluña por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, ¿me puede concretar cuál va a ser la postura de su grupo?
R.: La proposición de ley se ha tomado en consideración lo que quiere decir que se va a estudiar y a debatir, pero no que se vaya a admitir en los términos que viene. Habrá cosas en las que coincidiremos y otras que reformaremos vía enmienda. Nuestra pretensión es intentar aceptar las proposiciones que vengan de cualquier Parlamento autonómico, por una cuestión casi de estilo, con independencia de que en los contenidos discrepemos parcial o casi totalmente. En la del Parlamento de Cataluña hay temas en los que vamos a coincidir -como es el caso del derecho a utilizar en los juzgados y tribunales la lengua propia de cada comunidad autónoma- y otros bastante importantes en los que vamos a discrepar, que enmendaremos y que no vamos a aprobar. Éste es el caso de la supresión de los cuerpos nacionales de funcionarios. Nuestra opción política no es ésa. Hace unos meses pactamos con el Partido Popular la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y definimos nuestra postura al respecto. No tiene sentido que en tres meses cambiemos nuestro criterio en un asunto ya debatido a fondo.
Si alguien quiere leer la entrevista completa puede hacelro en http://www.laley.net/noticias/noticias_ ... ia_id=7853
Saludos
Re: PROPOSICION DE LEY REFORMA LOPJ TRANSFERENCIA SECRETARIO
¿ De qué sirve entonces el nuevo Reglamento Organico que al parecer se encuentra para informe en el Colegio Nacional y La Union Progresista?. De éste no hemos sido informados los Colegiados.Anonymous escribió:Acabo de leer en la direccion que nos proporciona otro forero lo siguiente:
El 16 de abril el Parlamento de la Nacion Española ha admitido a tramite la proposicion de Ley, remitida por el Parlamento de Cataluña que al margen de otros extremos propone la reforma del art. 454 en los siguientes terminos:
454.1 "Bajo la denominacion de personal al servicio de la Administracion de Justicia se comprenden los secretarios judiciales y los miembros del cuerpo o los cuerpos de personal al servicio de la Administracion de justicia, asi como otros cuerpos especializados para el auxilio y la colaboracion con los jueces y tribunales y el personal laboral".
2 El cuerpo o los cuerpos de personal al servicio de la administracion de justicia, asi como los cuerpos especializados y el personal laboral, asi como los cuerpos especializados y el personal laboral, a que hace referencia el aparatado 1, dependen del Ministerio de Justicia o de las Comunidades Autonomas con competencias en la materia".
En la exposicion de motivos dice que esta reforma plantea la "supresion del caracter nacional de los cuerpos de funcionarios al servicio de la administracion de justicia" y hay una disposicion adicional que pide que se reforme "el estatuto basico del personal al servicio de la administracion de justicia" en la LOPJ en consonancia con los principios de esta ley.
La sensacion que da todo el conjunto es inquietante. No se sabe si deliberadamente o por mero defecto de tecnica, aunque en el conjunto de la proposicion parece quedar claro que lo que persigue es exclusivamene que sean los cuerpos de funcionarios en el sentido con que se usa la palabra en el foro (esto es excluidos los Secretarios), los que pierdan el caracter de cuerpos nacionales, el tocar por dos veces la expresion "personal al servicio de la administracion de justicia" donde estamos nosotros, crea una zona de peligrosisima ambiguedad que debera ser corregida luego en la practica (la dinamica generada puede ser mortal) o en la tramitacion parlamentaria, una dinamica peor aun, puesto que una vez abierto el melon puede pasar cualquier cosa.
En cuanto a los "Funcionarios", creo que lo tienen muy mal y de veras que lo siento por ellos.
En cuanto a los Secretarios ¿como lo veis?
Por supuesto en todo el texto se habla de jueces, secretarios y funcionarios con "minusculas".
http://www.congreso.es/public_oficiales ... 001-01.PDF
Lo cierto es que por ahì circula un supuesto borrador de reglamento del que se dice que era el que tenía preparado el ministerio, aunque no se si refieren al antiguo, al nuevo o a ambos.
Yo no he sido capaz de determinar
quien lo ha elaborado de lo que no cabe duda es de que se trata de un documento que ha sido informado por alguien, pero lo mismo puede ser un documento del ministerio informado por una asociación o un documeto interno de una asociación que ha sido informado por organos de la misma.
Lo cierto es que hay circulando una propuesta de borrador del que se dice que es el del ministerio.
Yo no he sido capaz de determinar

Lo cierto es que hay circulando una propuesta de borrador del que se dice que es el del ministerio.

El borrador existe y lo conocen las Asociaciones de Secretarios, por que yo lo he recibido de un asociado de la UPS, por tanto, no hay que ofenderse tanto.
Ahora bien, lo que no tengo muy seguro si el borrador es el futuro reglamento o es borrador que elaboró el gobierno que perdió las elecciones.
Por cierto, ese borrador, entre otras competencias, nos concede las del Monitorio.
Ahora bien, lo que no tengo muy seguro si el borrador es el futuro reglamento o es borrador que elaboró el gobierno que perdió las elecciones.
Por cierto, ese borrador, entre otras competencias, nos concede las del Monitorio.
FUTURO REGLAMENTO
PARA GERTRUDIS:
Disponemos del borrador del futuro Reglamento de Secretarios, si bien no podemos asegurar que sea del actual gobierno, pero en todo caso haremos algunas precisiones una vez estudiado el mismo someramente:
1º.- Es muy completo , está totalmente ultimado, y es bastante positivo para los Secretarios.
2º.- Se recoge el cambio del nombre.
3º- Atribuye las competencias que exígiamos.
4º.- Aumenta el tratamiento (Sª Ilustrísima) de los Secretarios y su autoridad.
5º.- Impone "puñetas" en la toga para los Secretarios de 2ª.
6º. Detalla ampliamente las competencias del Secretario General, de los Secretarios de Gobierno , de los Secretarios Coordinadores de los Secretarios Responsables Decanos (estos uno por por partido judicial y elegidos por el Secretario Coordinador).
7º. Se regulan las Asociaciones de Secretarios y el Consejo del Secretariado.
8º.- Se nos reconoce como Cuerpo Superios Juridíco de caracter nacional.
Solo precisaria algunos retoques a nuestro juicio, y de aprobarse el mismo saldriamos bastante favorecidos y reconocidos.
Un saludo a todos.
Un saludo a todos y suerte.
Disponemos del borrador del futuro Reglamento de Secretarios, si bien no podemos asegurar que sea del actual gobierno, pero en todo caso haremos algunas precisiones una vez estudiado el mismo someramente:
1º.- Es muy completo , está totalmente ultimado, y es bastante positivo para los Secretarios.
2º.- Se recoge el cambio del nombre.
3º- Atribuye las competencias que exígiamos.
4º.- Aumenta el tratamiento (Sª Ilustrísima) de los Secretarios y su autoridad.
5º.- Impone "puñetas" en la toga para los Secretarios de 2ª.
6º. Detalla ampliamente las competencias del Secretario General, de los Secretarios de Gobierno , de los Secretarios Coordinadores de los Secretarios Responsables Decanos (estos uno por por partido judicial y elegidos por el Secretario Coordinador).
7º. Se regulan las Asociaciones de Secretarios y el Consejo del Secretariado.
8º.- Se nos reconoce como Cuerpo Superios Juridíco de caracter nacional.
Solo precisaria algunos retoques a nuestro juicio, y de aprobarse el mismo saldriamos bastante favorecidos y reconocidos.
Un saludo a todos.
Un saludo a todos y suerte.
Pues yo creo que ese "borrador" o lo que sea o es una burla mas al Cuerpo de Secretarios si proviene del Ministerio, porque no tiene nada que ver con la percepción, si es que, en el mejor de los casos, se tiene alguna de nosotros (v.gr. lo del tratamiento y las puñetas mal pase tiene si nadie se ha querido enterar de que tenemos el de Señoría etc...); o si proviene de alguna asociación ( como creo mas probable), por lo mismo, es conmovedor.
Independientemente de que un reglamento no puede contrariar la ley que desarrolla, y que ésta nos potencie no es precisamente mi opinión ( en nada coincidente con esa común propalada oficialmente), estas pijadas del tratamiento y las puñetas ( que no lo serían de atribuírsenos funciones jurídicas de peso) veremos que lindamete se irán a hacer lo propio.
Un saludo a todos.
Independientemente de que un reglamento no puede contrariar la ley que desarrolla, y que ésta nos potencie no es precisamente mi opinión ( en nada coincidente con esa común propalada oficialmente), estas pijadas del tratamiento y las puñetas ( que no lo serían de atribuírsenos funciones jurídicas de peso) veremos que lindamete se irán a hacer lo propio.
Un saludo a todos.
El dichoso Reglamento
Lo que no puedo entender es ese silencio tan misterioso que mantienen nuestras Asociaciones, en relación al borrador de Reglamento. Porque que hay un texto en negociación es una realidad incontrovertible, pues lo viene a reconocer el ministro de la cosa en la entrevista que ha publicado Diario de Noticias de La Ley. Y si ese texto, en esquema o con un texto articulado, recorre ya los cenáculos de los asociaciones es incomperensible que no se le dé publicidad. Parece que hay un miedo atroz a los sindicatos o a quien sea. Yo no puedo entender tanto misterio. Nos tratan como a ciudadanos de segunda. ¿Es ésta la sociedad avanzada, el Estado social y de derecho, donde la participación de los ciudadanos es un elemento de progreso social ¿Por qué hablar de las funciones de los Secretarios hiere tanto a unos y a otros y hay que mantener un silencio de muerte? Yo me rebelo. Quiero luz y taquígrafos.
Animo, por otra parte, Carlos. Tienes un par de ... y te apreciamos mucho. 


Por cierto lo de las puñetas, togas y tratamientos son bobadas decimonónicas
de las que nos debemos olvidar, el prestigio se gana o se pierde en el foro. Se gana ese prestigio cuando al llegar al destino le tratan de "el secre"
y cuando te vas te tratan de Sr. Secretario
, o cuando los abogados, procuradores y, sobre todo, los funcionarios, van a tu despacho a preguntar dudas y confian en ti para solucionar los problemas que se plantean
. Las chorradas las dejamos para que las monas
se sigan vistiendo de seda.





Estoy absolutamente de acuerdo contigo Cándido en el hecho de que las puñetas y los tratamientos son estupideces arcaicas y decimonónicas, sin duda. Y también es cierto que el prestigio te lo ganas en el juzgado y frente a los funcionarios cuando participas, te implicas y resuelves cosas, si es que el de al lado no se empeña y empecina en ningunearte y desacreditarte constantemente. En estos casos todo el mundo, léase funcionarios, profesionales y justiciables, si el Juez habla se arrodillan sumisos y lo que el diga va a misa (quien es un Secretario para decir algo distinto y para hacerle caso cuando SU DIVINA SEÑORIA dice lo contrario y desdice al Secre).
Y, que conste que en múltiples ocasiones los jueces meten la zanca hasta el fondo, pero claro, no pueden rebajarse y decir, con perdón, ¡COÑO!, ME HE EQUIVOCADO, TENIA RAZON EL SECRETARIO.
Pero si hemos llegado a esta situacón tan insufrible, precisamente es, en parte, al hecho del distinto tratamiento que se nos ha venido dando respecto a sus veneradas señorías. En un juicio el público ve a dos tios con puñetas y piensan que ahí están los jefes del cotarro. Y nadie, salvo nosotros, sabe que tenemos el tratamiento de Señorías. Por eso entiendo que sin ser, ni mucho menos, lo más importante, el que llevemos puñetas va a abrir por fin los ojos a más de uno.
Y aún más estúpido me parece lo de la foto del rey y la bandera, pero como decía hace poco Carlos, la gente por lo general es muy ignorante (incluyendo a profesionales y, lo siento si hiero sensibilidades, también algunos funcionarios) y si las ven pensarán que este para ser el Secretario del Juez
debe ser importante y saber mucho.
Por todo esto entiendo que lo de las puñetas y tratamientos es una chorrada pero que nos va a venir pero que muy bien para salir del Limbo en el que estamos y en el que nunca hemos merecido estar
Por otro lado, y esto sí que es lo más importante de todo, estuve en un curso en la Escuela la semana pasada y pasó por mis manos el proyecto, o lo que sea, de nuestro Reglamento, más de 200 artículos, y todo lo que habeis comentado de él es cierto y se nos desarrollan todas esas competencias que nos da la LOPJ y alguna más (monitorio). Pero ¿qué más dará lo que en el se diga al respecto si no se modifican las Leyes de Enjuiciamiento? Será en ese caso papel mojado. Y creo que lo de esas modificaciones va para muy largo
Y, que conste que en múltiples ocasiones los jueces meten la zanca hasta el fondo, pero claro, no pueden rebajarse y decir, con perdón, ¡COÑO!, ME HE EQUIVOCADO, TENIA RAZON EL SECRETARIO.
Pero si hemos llegado a esta situacón tan insufrible, precisamente es, en parte, al hecho del distinto tratamiento que se nos ha venido dando respecto a sus veneradas señorías. En un juicio el público ve a dos tios con puñetas y piensan que ahí están los jefes del cotarro. Y nadie, salvo nosotros, sabe que tenemos el tratamiento de Señorías. Por eso entiendo que sin ser, ni mucho menos, lo más importante, el que llevemos puñetas va a abrir por fin los ojos a más de uno.
Y aún más estúpido me parece lo de la foto del rey y la bandera, pero como decía hace poco Carlos, la gente por lo general es muy ignorante (incluyendo a profesionales y, lo siento si hiero sensibilidades, también algunos funcionarios) y si las ven pensarán que este para ser el Secretario del Juez

Por todo esto entiendo que lo de las puñetas y tratamientos es una chorrada pero que nos va a venir pero que muy bien para salir del Limbo en el que estamos y en el que nunca hemos merecido estar
Por otro lado, y esto sí que es lo más importante de todo, estuve en un curso en la Escuela la semana pasada y pasó por mis manos el proyecto, o lo que sea, de nuestro Reglamento, más de 200 artículos, y todo lo que habeis comentado de él es cierto y se nos desarrollan todas esas competencias que nos da la LOPJ y alguna más (monitorio). Pero ¿qué más dará lo que en el se diga al respecto si no se modifican las Leyes de Enjuiciamiento? Será en ese caso papel mojado. Y creo que lo de esas modificaciones va para muy largo
