Por error se ha admitido un procedimiento monitorio; en la demanda constaba como domicilio un lugar que si nos pertenecia pero al hacer el requerimiento la diligencia levantada pone que vive en otro lugar, no se dan cuenta de esto y le requieren en un pueblo que pertenece a otro partido judicial.
Mi duda es ¿ Una vez que está hecho el requerimiento puedo dar marcha atrás y declara la falta de competencia territorial o al estar hecha esta diligencia debo de tramitar yo la E.T.J.?
FALTA DE COMPETENCIA TERRITORIAL EN MONITORIO
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Sí puedes dar la marcha atrás (si lo entiendes así) El caso es que si el deudor no vive en tu partido judicial, no sois competentes para poder tramitar el procedimiento. (art.813 LEC). Además todos los actos procesales son revisables de oficio o a instancia de parte. De todos modos, siempre queda la nulidad de actuciones.
-
- Mensajes: 59
- Registrado: Mar 20 Mar 2007 1:23 am