secretaria de gobierno de andalucia
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
secretaria de gobierno de andalucia
Alguien me podría explicar lo que está pasando con la Secretaria de Gobierno de Andalucia? gracias.
La Secretaria de Gobierno entró como un elefante en una cacharrería. Una de las primeras circulares fue la de vacaciones, un tocho, que resumiendo venía a decir que "el servicio es lo primero" y que "todos fuera en agosto, menos uno", siendo absolutamente restrictivo y limitativo, ya que para poder pedir vacaciones en otro mes de verano hay que justificarlo "con fundamento". Como ejemplo decía que no valía el tener preparado un viaje. El resto del año, ni te cuento.
Igualmente los días de asuntos propios que se suele coger todo el mundo (puentes, semana santa...) hay que pedirlos con 10 días de antelación. Y mientras que no te venga aprobada, no puedes ausentarte, que antes era la práctica habitual, porque te solían conceder el permiso a los 2 meses de haberlo disfrutado.
Luego salió otra circular según la cual cada mes hay que mandar una relación de juicios suspendidos
con el motivo de la suspensión.
Y en una reunión nos vino a decir que cuando entre la nueva oficina judicial
los puestos buenos (vulgo los bien pagaos), serán de libre designación, así que el que quiera uno tendrá que ganárselo
. Lo que no dijo es cómo. 
Igualmente los días de asuntos propios que se suele coger todo el mundo (puentes, semana santa...) hay que pedirlos con 10 días de antelación. Y mientras que no te venga aprobada, no puedes ausentarte, que antes era la práctica habitual, porque te solían conceder el permiso a los 2 meses de haberlo disfrutado.
Luego salió otra circular según la cual cada mes hay que mandar una relación de juicios suspendidos



Y en una reunión nos vino a decir que cuando entre la nueva oficina judicial



Son los aires que corren. La conclusion a la que llegan tras inspeccionar los juzgados es la siguiente: el secretario debe insistir en su básica labor de organización y dación de cuenta.
Y las quejas por dilación indebida se archivan respecto del juez y se continúa la investigación en relación al secretario si no existe una dación de cuenta "formal"
Y las quejas por dilación indebida se archivan respecto del juez y se continúa la investigación en relación al secretario si no existe una dación de cuenta "formal"
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- Registrado: Mar 09 Ene 2007 9:46 am
SIGUE IGUAL O HA IDO A PEOR.
Estaba repasando el foro y he reelido esta noticia.Si es asi como lo denuncia el compañero,tendreis que ir pensado en pararle los pies, sin contemplaciones.
Mira el punto debil de los cargos nombrados a dedo, es su capacidad de evitar los conflictos, respecto a los sectores que se les ha puesto bajo su responsabilidad. Si dan la nota, y sale en prensa, el cargo tiene los dias contados.Es cuestion de que os organizeis y le monteis una huelga, le hagais el vacio, o lo que se os ocurra. La cuestion es causarla problemas.Asi se estresera, y hara bobadas (esto es seguro), que la pondran en evidencia.Y como es normal, su superior inmediato se pondra nerviosos, no quera problemas, y ,con cambiarla ya esta.
Yo sostengo que frente a un Secretariode Gobierno indeseable no hay peor ataque que una huelga de sus propios compañeros contra su figura y sus actos. Tambien una buena pitada en actos publicos, o darle la espalda, o gestos de este tipo. Qu el sujeto o suejta, no se encuentre seguro entre sus compañeros,y se ponga nervioso o nerviosa.Es una vieja tactica militar, para cargarse al coronel del regimiento, cuando molesta. No se le discute delante, pero se le pone una mina en su coche, y se le hecha la culpa al enemigo.El siguiente coronel ya sabra a que atanerse si es listo.
Mira el punto debil de los cargos nombrados a dedo, es su capacidad de evitar los conflictos, respecto a los sectores que se les ha puesto bajo su responsabilidad. Si dan la nota, y sale en prensa, el cargo tiene los dias contados.Es cuestion de que os organizeis y le monteis una huelga, le hagais el vacio, o lo que se os ocurra. La cuestion es causarla problemas.Asi se estresera, y hara bobadas (esto es seguro), que la pondran en evidencia.Y como es normal, su superior inmediato se pondra nerviosos, no quera problemas, y ,con cambiarla ya esta.
Yo sostengo que frente a un Secretariode Gobierno indeseable no hay peor ataque que una huelga de sus propios compañeros contra su figura y sus actos. Tambien una buena pitada en actos publicos, o darle la espalda, o gestos de este tipo. Qu el sujeto o suejta, no se encuentre seguro entre sus compañeros,y se ponga nervioso o nerviosa.Es una vieja tactica militar, para cargarse al coronel del regimiento, cuando molesta. No se le discute delante, pero se le pone una mina en su coche, y se le hecha la culpa al enemigo.El siguiente coronel ya sabra a que atanerse si es listo.
Qué poco elegante la incitación al mobbing del último mensaje. Supongo que lo habrá dicho en broma...
Ahora, os propongo un juego:
¿Por qué sólo una asociación (el "colegio") ha llevado todo el peso y la campaña de las acusaciones contra la Secretaria de Gobierno de Andalucía?
Un, dos, tres, responda otra vez.
A quien primero lo acierte, premio.
Ahora, os propongo un juego:
¿Por qué sólo una asociación (el "colegio") ha llevado todo el peso y la campaña de las acusaciones contra la Secretaria de Gobierno de Andalucía?
Un, dos, tres, responda otra vez.
A quien primero lo acierte, premio.
La última de esta buena señora:
Estimados Coordinado@s, con el comienzo del año quiero comunicarles :
He venido observando que por parte de muchos Secretarios Judiciales no se ha dando cumplimiento a mi Instrucción Nº 2/2007, y siendo una de las competencias de los Secretarios Coordinadores "controlar la correcta ejecución de las Circulares e Instrucciones de servicio que dicte El Secretario de Gobierno del que dependan" .
Art. 18 b) del R.O.C.S.J. Les hago saber que deberán de cumplir con esta su obligación aquellos que no lo estén haciendo.
Igualmente les comunico que esta Secretaria de Gobierno entiende que en los supuestos de solicitud de asuntos particulares con señalamientos de vistas , el hecho de que otro Secretario tenga que sustituir produce una disfunción en su órgano judicial, y para enviar dichas disfunciones y estar en pro de un buen servicio, y salvo excepciones, no se concederán dichos permisos ,REPITO, solo por asuntos particulares, cuando haya vistas señaladas
Aurelia Lorente Lamarca
Secretaria de Gobierno y de Sala de Gobierno
Tribunal Superior de Justicia de Andalucia.
Granada.
Para evitar disfunciones...y para evitar pagar las sustituciones claro. A ver si nuestra "superiora" se toma unos asuntos particulares... hasta que se jubile.
Cada día me da más asco esta profesión.
Estimados Coordinado@s, con el comienzo del año quiero comunicarles :
He venido observando que por parte de muchos Secretarios Judiciales no se ha dando cumplimiento a mi Instrucción Nº 2/2007, y siendo una de las competencias de los Secretarios Coordinadores "controlar la correcta ejecución de las Circulares e Instrucciones de servicio que dicte El Secretario de Gobierno del que dependan" .
Art. 18 b) del R.O.C.S.J. Les hago saber que deberán de cumplir con esta su obligación aquellos que no lo estén haciendo.
Igualmente les comunico que esta Secretaria de Gobierno entiende que en los supuestos de solicitud de asuntos particulares con señalamientos de vistas , el hecho de que otro Secretario tenga que sustituir produce una disfunción en su órgano judicial, y para enviar dichas disfunciones y estar en pro de un buen servicio, y salvo excepciones, no se concederán dichos permisos ,REPITO, solo por asuntos particulares, cuando haya vistas señaladas
Aurelia Lorente Lamarca
Secretaria de Gobierno y de Sala de Gobierno
Tribunal Superior de Justicia de Andalucia.
Granada.
Para evitar disfunciones...y para evitar pagar las sustituciones claro. A ver si nuestra "superiora" se toma unos asuntos particulares... hasta que se jubile.
Cada día me da más asco esta profesión.
Esta señora tenía que haber escuchado por algún rincón los calificativos que le dedicaba la Secretaria de mi Juzgado. Al parecer, compañera suya. Caciquismo decimonónico en la Andalucía del Siglo XXI. Seguro que aspira a mantenerse en el cargo tras las próximas elecciones y está haciendo méritos frente a la voz del amo que la nombró. Estas son algunas de las lindezas que le dedicaba.
Evidentemente se tienen que dar cuenta que sustituir en otro juzgado produce disfunciones SIEMPRE y no solo cuando hay vistas. Por ello tendrían que nombrar a sustitutos que para eso están. Nosotros como cualquiera tenemos derecho a una serie de permisos, vacaciones y a ponernos enfermos y a ser sustituidos por los sustitutos valga la redundancia y no a ahorrar a cuenta de nuestras costillas. En algunas Comunidades Autónomas enseguida nombran a sustitutos cuando de jueces se trata pero para los secretarios,no. Los secretarios que se sustituyan entre si pero no si hay vistas. Hay que jod....
No os metais con la criatura que lo que único que hace es intentar trepar, y tener contentos a sus amos que son muchos (el presi, la consejera y el ministro) y si por el camino se pisa a los compis pues no pasa nada que para eso estan.
Y lo bonito que es verla tan guapa y tan bien vestida como va siempre, con esa mirada aterrodora cual furia mitologica.
Saludos sumisos.
Y lo bonito que es verla tan guapa y tan bien vestida como va siempre, con esa mirada aterrodora cual furia mitologica.
Saludos sumisos.
secretarias de gobierno
El TSJA tiene un problemilla con sus Secretarias de Gobierno.Cesaron a la de Melilla por un tema penal quien nadie se acuerda por lo de la extraterritorialidad),cesarán a la de Ceuta ahora tambien en el banquillo(vease PORNO HARCOR en este mismo foro) y ahora le toca a la de Granada Por cierto ahora que lo pienso, las dos primeras con ¡¡DIEZ SECRETARIOS!! a su cargo , frente a los casi MIL de la tercera (vease la ley de planta)
A mi me recuerdan al general de Apocallipsis now que se le fue la olla y decidio crear su propio reino de Taifas solo que aqui no se enfrentan al gobierno de los estados unidos sino a sus propios compañeros¿alguien recuerda c omo acaba la pelicula?
¿y la de Luis XVI y Maria Antonieta?
"sientate en la puerta de tu casa y veras pasar el cadaver de tu enemigo"
A mi me recuerdan al general de Apocallipsis now que se le fue la olla y decidio crear su propio reino de Taifas solo que aqui no se enfrentan al gobierno de los estados unidos sino a sus propios compañeros¿alguien recuerda c omo acaba la pelicula?
¿y la de Luis XVI y Maria Antonieta?
"sientate en la puerta de tu casa y veras pasar el cadaver de tu enemigo"
al ultimo invitado:
también tu frase es muy buena, pero recuerda que también esta frase es aplicable a tí.
( ahora paso el relevo y el siguiente participante debe decir que esta mía también es muy m,uy buena y que también se me puede aplicar a mí ,y así sucesivamente, y al llegar al participante número mil estalla el foro, de tanta estupidez)
¿a qué jugamos?.
A propósito del foro del foro quiero dar abiertamente las gracias a Valiñas porque ha sido (me refiero al foro, no a Carlos,je je ) lo mejor que ha producido el C. de Secretarios tras 15.000 millones de años de evolución,tras aquella desgracia del Big Bang.
también tu frase es muy buena, pero recuerda que también esta frase es aplicable a tí.
( ahora paso el relevo y el siguiente participante debe decir que esta mía también es muy m,uy buena y que también se me puede aplicar a mí ,y así sucesivamente, y al llegar al participante número mil estalla el foro, de tanta estupidez)
¿a qué jugamos?.
A propósito del foro del foro quiero dar abiertamente las gracias a Valiñas porque ha sido (me refiero al foro, no a Carlos,je je ) lo mejor que ha producido el C. de Secretarios tras 15.000 millones de años de evolución,tras aquella desgracia del Big Bang.
Ya lo veo más claro.
1. PREMISA A: Los Jueces son los que pueden señalar (competencia a la que se aferran y defienden con uñas y dientes).
2. PREMISA B: A los Secreatrios no se les concede permiso si hay señalamientos.
3. CONCLUSIÓN: (A+B) El Secretario sólo puede coger el permiso si el Juez quiere dejar de señalar los días que el Secretario necesite. Es decir, es el Juez quien decide cuando el SJ puede o no hacer sus días (de manera totalmente discrecional).
Curiosa manera de defender el cuerpo y la desvinculación de la autoridad del Juez.
1. PREMISA A: Los Jueces son los que pueden señalar (competencia a la que se aferran y defienden con uñas y dientes).
2. PREMISA B: A los Secreatrios no se les concede permiso si hay señalamientos.
3. CONCLUSIÓN: (A+B) El Secretario sólo puede coger el permiso si el Juez quiere dejar de señalar los días que el Secretario necesite. Es decir, es el Juez quien decide cuando el SJ puede o no hacer sus días (de manera totalmente discrecional).
Curiosa manera de defender el cuerpo y la desvinculación de la autoridad del Juez.
Pues me parece una absoluta verguenza lo que esta haciendo la Secretaria de Gobierno del TSJA con el tema de los permisos. O sea, que hay que pedir la venia de SSª para que nuestros asuntos particulares (inependientemente de la indole y urgencia que tengan)no coincidan con los señalamientos que SSª decide de forma absolutamente unilateral y ajustandose a sus necesidades de viajes, cafés, guardias, puentes etc...
Por otra parte solo se concederan de forma EXCEPCIONAL, es decir, que la Iltre. Secretaria de Gobierno (o el funcionario de turno que lo tramite) es el que decide si las circunstancias personales, familiares de cada uno tienen o no ese caracter de urgencia. Vaya resultaria mas facil que facilitaran el telefono de dicho funcionario para que pueda consultarle que dia le viene bien que lleve a mi hijo al pediatra.
Ademas, si tenemos que esperar para disfrutar el permiso a tan ansiada concesion , la misma puede que llegue un par de semanas o tres despues, es decir, anula permiso, tramitalo, esperate a una nueva concesion y asi le damos trabajo a la Coordinadora Provincial y su sequito. Esa es otra, el TSJA ha llegado a anular permisos por no tener el VºBº de la Coordinadora cuando el mismo estaba en la mesa de la funcionaria esperando salir por correo.
Pues a mi que me echen un galgo.......!!!! si mi servicio esta cubierto, mi mesa limpia, y mis juicios debidamente sustituidos por mi compañero pienso hacer uso de los dias de permiso a LOS QUE TENGO DERECHO y ya esperare "a la vuelta" el Superior criterio de quien corresponda.
Por otra parte solo se concederan de forma EXCEPCIONAL, es decir, que la Iltre. Secretaria de Gobierno (o el funcionario de turno que lo tramite) es el que decide si las circunstancias personales, familiares de cada uno tienen o no ese caracter de urgencia. Vaya resultaria mas facil que facilitaran el telefono de dicho funcionario para que pueda consultarle que dia le viene bien que lleve a mi hijo al pediatra.
Ademas, si tenemos que esperar para disfrutar el permiso a tan ansiada concesion , la misma puede que llegue un par de semanas o tres despues, es decir, anula permiso, tramitalo, esperate a una nueva concesion y asi le damos trabajo a la Coordinadora Provincial y su sequito. Esa es otra, el TSJA ha llegado a anular permisos por no tener el VºBº de la Coordinadora cuando el mismo estaba en la mesa de la funcionaria esperando salir por correo.
Pues a mi que me echen un galgo.......!!!! si mi servicio esta cubierto, mi mesa limpia, y mis juicios debidamente sustituidos por mi compañero pienso hacer uso de los dias de permiso a LOS QUE TENGO DERECHO y ya esperare "a la vuelta" el Superior criterio de quien corresponda.
Pues no queda más remedio que calificar de auténtica vergüenza, y ello por no utilizar las palabras adecuadas y correctas que describen la situación en Andalucía. Si las utilizamos el administrador del foro nos sancionaría.
Ajusta los días de permiso en función de guardias, señalamientos etc. etc.
Sollicitud al Secretario Coordinador, para que éste a su vez lo haga llegar a la Ilma. Sra. Secretaria de Gobierno.
A su vez ésta contesta por la misma vía, es decir, en la era de la informática y de la comunicación, simplificando burocracia, que se diría.
Claro, de alguna manera hay que dotar de funciones a los Secretarios Coordinadores, convertidos en auténticos recaderos, auténticos comisarios políticos como brazo ejecutor y genuflexos a la voz de su amo, que tienen que complacer a quien le nombró y ganarse la renovación, quien a su vez tiene las mismas preocupaciones. Claro que si esos méritos hay que conseguirlos a costa de pisar a los compañeros, pues apaga y vámonos.
En estas condiciones, y con estas mimbres, nos ponemos a debatir sobre el futuro del cuerpo, la fe pública judicial, etc. etc.
Adelante, que vamos por buen camino.
Ajusta los días de permiso en función de guardias, señalamientos etc. etc.
Sollicitud al Secretario Coordinador, para que éste a su vez lo haga llegar a la Ilma. Sra. Secretaria de Gobierno.
A su vez ésta contesta por la misma vía, es decir, en la era de la informática y de la comunicación, simplificando burocracia, que se diría.
Claro, de alguna manera hay que dotar de funciones a los Secretarios Coordinadores, convertidos en auténticos recaderos, auténticos comisarios políticos como brazo ejecutor y genuflexos a la voz de su amo, que tienen que complacer a quien le nombró y ganarse la renovación, quien a su vez tiene las mismas preocupaciones. Claro que si esos méritos hay que conseguirlos a costa de pisar a los compañeros, pues apaga y vámonos.
En estas condiciones, y con estas mimbres, nos ponemos a debatir sobre el futuro del cuerpo, la fe pública judicial, etc. etc.
Adelante, que vamos por buen camino.
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TENEIS UNA BUENA POR EL SUR:UN CACIQUE
Me parece compañeros andaluces, que de acuerdo con lo que dije ya en su tiempo, no teneis otro remedio, que empezar a montar una guerra contra la cordinadora.Empezar por sumaros a las huelgas de funcionarios, daros de baja de forma continua, acudir a los actos de la coordinadora para pitarla, pedirle permisos continuamente, para que se vuelva loca denegandolos, y a su vez que los recurriis, no hablarla, iganorarla, es decir macharcarla,para que el proximo o la proxima tenga otro talante. Y de paso dareis un aviso que asi no se puede ir.
Escrito elaborado por los Secretarios de Cádiz para enviar a Granada. Sería conveniente que se hiciera lo mismo en todas las provincias.
Los Secretarios Judiciales abajo firmantes, tras haber recibido de V.I la Instrucción correspondiente (permisos por asuntos particulares), le participan las siguientes consideraciones:
PRIMERA: La competencia en materia de señalamientos está atribuida al Magistrado-Juez, tanto en los días de señalamiento como en el número de vistas. Y el Magistrado-Juez, a su vez, está condicionado por el volumen de trabajo que pesa sobre el Juzgado, la urgencia del asunto o la disponibilidad de la Sala, que suele ser compartida por varios órganos.
SEGUNDA: Se señalan con mucha antelación los juicios a fin de que consten debidamente ciados todos los interesados, por o tanto es imposible de prever que para cualquiera de esos días señalados se vaya a necesitar el permiso para asuntos particulares.
TERCERA: El art. 85 del Reglamento del Cuerpo de Secretarios Judiciales es claro al respecto: "Siempre que se respeten las necesidades del servicio, el permiso será concedido por el Secretario de Gobierno respectivo, quién prestará su conformidad". Los verbos utilizados son iperativos, no se dice podrá prestar conformidad o podrá conceder. Respetado el servicio, será concedido el permsio. Además, el citado precepto dice: el Secretario podrá distruibuirlos "a su conveniencia". En definitiva, asistiendo a los señalamientos un Secretario Judciaial que le sustituya, los juicios quedan respetados.
CUARTA: Ninguna circular o instrucción puede ir contra una normativa de rango superior a través de particulares interpretaciones que no caben por los términos del artículo y mucho menos si se trata de materia de derechos que no pueden ser limitados sin cobertura expresa legalmente establecida por el legislador
Los Secretarios Judiciales abajo firmantes, tras haber recibido de V.I la Instrucción correspondiente (permisos por asuntos particulares), le participan las siguientes consideraciones:
PRIMERA: La competencia en materia de señalamientos está atribuida al Magistrado-Juez, tanto en los días de señalamiento como en el número de vistas. Y el Magistrado-Juez, a su vez, está condicionado por el volumen de trabajo que pesa sobre el Juzgado, la urgencia del asunto o la disponibilidad de la Sala, que suele ser compartida por varios órganos.
SEGUNDA: Se señalan con mucha antelación los juicios a fin de que consten debidamente ciados todos los interesados, por o tanto es imposible de prever que para cualquiera de esos días señalados se vaya a necesitar el permiso para asuntos particulares.
TERCERA: El art. 85 del Reglamento del Cuerpo de Secretarios Judiciales es claro al respecto: "Siempre que se respeten las necesidades del servicio, el permiso será concedido por el Secretario de Gobierno respectivo, quién prestará su conformidad". Los verbos utilizados son iperativos, no se dice podrá prestar conformidad o podrá conceder. Respetado el servicio, será concedido el permsio. Además, el citado precepto dice: el Secretario podrá distruibuirlos "a su conveniencia". En definitiva, asistiendo a los señalamientos un Secretario Judciaial que le sustituya, los juicios quedan respetados.
CUARTA: Ninguna circular o instrucción puede ir contra una normativa de rango superior a través de particulares interpretaciones que no caben por los términos del artículo y mucho menos si se trata de materia de derechos que no pueden ser limitados sin cobertura expresa legalmente establecida por el legislador
COLEGIO NACIONAL
DE SECRETARIOS JUDICIALES
NOTA INFORMATIVA Nº 1/08
Me dirijo a vosotros en relación a la última comunicación, recibida a través de nuestra coordinadora, de la Secretaria de Gobierno, respecto de las solicitudes de ASUNTOS PARTICULARES con SEÑALAMIENTOS DE VISTAS, en el sentido de que no se concederán dichos permisos en casos de señalamientos salvo excepciones.
Pues bien, como evidentemente no podíamos quedarnos quietos ante tal situación, aun disculpándome por el pequeño retraso en daros noticias, dado que la situación requería un reposado análisis jurídico, por medio de la presente, os informo:
1.) Que dicha decisión o acuerdo afecta directamente y vulnera manifiestamente nuestros derechos individuales reconocidos en los arts. 444 y 503 LOPJ y 85 ROCSJ, y en concreto, el número 2 de este último artículo, según el cual los días de permiso por asuntos particulares los Secretarios Judiciales podrán distribuirlos “a su conveniencia, y serán concedidos por el Secretario de Gobierno respectivo, quien prestará su conformidad a la solicitud siempre que se respeten las necesidades del servicio”.
2.) Que, desde el punto de vista legal, entendemos que la solución está en el art. 83.2 de nuestro Reglamento, donde expresamente se regula una tramitación para los casos en que órdenes o instrucciones de nuestros superiores jerárquicos se consideren contrarias a las leyes o improcedentes:
“Cuando un Secretario Judicial recibiere de un superior jerárquico una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que por cualquier otro motivo estime improcedente, lo hará saber así, mediante informe razonado, a quien la hubiere dictado, sin perjuicio de cumplir, desde luego, la orden o instrucción”.
3.) Que el mismo art. 83.2 ROCSJ resuelve el problema de a quien debe dirigirse dicho informe o recurso según que la orden provenga del Coordinador o de la Secretaria de Gobierno, estableciendo que:
3.1. Si la orden es del Secretario Coordinador (como ha sucedido en Granada y Jaén, en las que el Secretario Coordinador ha asumido como suya la orden y ha dictado su propio acuerdo), la cuestión se plantea al Secretario de Gobierno.
3.2. Si la orden es del Secretario de Gobierno (casos de Málaga, Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba y Almería –creemos-), la cuestión debe plantearse al Secretario General de la Administración de Justicia.
4.) Con fecha de hoy, Alberto y el que suscribe, en nuestra calidad de representantes del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, hemos firmado un escrito de recurso de alzada dirigido al Secretario General de la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia en Madrid, por la que se recurre el acuerdo adoptado por nuestra Secretaria de Gobierno, el cual presentaremos en los próximos días a través de la Gerencia Territorial.
5.) De dicho recurso os adjunto copia para vuestro conocimiento y para que quien quiera a título individual sumarse a la petición, pueda hacerlo, y en los próximos días de dicho recurso se dará también noticia en la página web del Colegio.
6.) Como la presente circular no he querido remitirla a todos los secretarios de Málaga, para que no pudiera acusársenos de utilizar el correo oficial con fines propagandísticos (aunque nada pueden decir de que se haga con fines asociativos o sindicales) , os ruego que deis la máxima difusión al resto de los compañeros de Málaga y provincia y de vuestras respectivas jurisdicciones.
7.) En este caso no hemos querido optar aquí por la recogida de firmas (en algunas provincias como Granada sí lo están haciendo) porque entendemos que, no es una cuestión que afecte a la esencia de nuestro cuerpo (como pasaba con la fe pública), sino que se trata, sencillamente, de una orden nula o improcedente que debe ser atacada por la vía de los recursos, sin necesidad de demostrar adhesiones generales o manifestaciones colectivas.
Quedo a vuestra disposición para cualquier aclaración o duda, con el deseo de que el año no siga tan mal como parece que ha empezado
DE SECRETARIOS JUDICIALES
NOTA INFORMATIVA Nº 1/08
Me dirijo a vosotros en relación a la última comunicación, recibida a través de nuestra coordinadora, de la Secretaria de Gobierno, respecto de las solicitudes de ASUNTOS PARTICULARES con SEÑALAMIENTOS DE VISTAS, en el sentido de que no se concederán dichos permisos en casos de señalamientos salvo excepciones.
Pues bien, como evidentemente no podíamos quedarnos quietos ante tal situación, aun disculpándome por el pequeño retraso en daros noticias, dado que la situación requería un reposado análisis jurídico, por medio de la presente, os informo:
1.) Que dicha decisión o acuerdo afecta directamente y vulnera manifiestamente nuestros derechos individuales reconocidos en los arts. 444 y 503 LOPJ y 85 ROCSJ, y en concreto, el número 2 de este último artículo, según el cual los días de permiso por asuntos particulares los Secretarios Judiciales podrán distribuirlos “a su conveniencia, y serán concedidos por el Secretario de Gobierno respectivo, quien prestará su conformidad a la solicitud siempre que se respeten las necesidades del servicio”.
2.) Que, desde el punto de vista legal, entendemos que la solución está en el art. 83.2 de nuestro Reglamento, donde expresamente se regula una tramitación para los casos en que órdenes o instrucciones de nuestros superiores jerárquicos se consideren contrarias a las leyes o improcedentes:
“Cuando un Secretario Judicial recibiere de un superior jerárquico una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que por cualquier otro motivo estime improcedente, lo hará saber así, mediante informe razonado, a quien la hubiere dictado, sin perjuicio de cumplir, desde luego, la orden o instrucción”.
3.) Que el mismo art. 83.2 ROCSJ resuelve el problema de a quien debe dirigirse dicho informe o recurso según que la orden provenga del Coordinador o de la Secretaria de Gobierno, estableciendo que:
3.1. Si la orden es del Secretario Coordinador (como ha sucedido en Granada y Jaén, en las que el Secretario Coordinador ha asumido como suya la orden y ha dictado su propio acuerdo), la cuestión se plantea al Secretario de Gobierno.
3.2. Si la orden es del Secretario de Gobierno (casos de Málaga, Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba y Almería –creemos-), la cuestión debe plantearse al Secretario General de la Administración de Justicia.
4.) Con fecha de hoy, Alberto y el que suscribe, en nuestra calidad de representantes del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, hemos firmado un escrito de recurso de alzada dirigido al Secretario General de la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia en Madrid, por la que se recurre el acuerdo adoptado por nuestra Secretaria de Gobierno, el cual presentaremos en los próximos días a través de la Gerencia Territorial.
5.) De dicho recurso os adjunto copia para vuestro conocimiento y para que quien quiera a título individual sumarse a la petición, pueda hacerlo, y en los próximos días de dicho recurso se dará también noticia en la página web del Colegio.
6.) Como la presente circular no he querido remitirla a todos los secretarios de Málaga, para que no pudiera acusársenos de utilizar el correo oficial con fines propagandísticos (aunque nada pueden decir de que se haga con fines asociativos o sindicales) , os ruego que deis la máxima difusión al resto de los compañeros de Málaga y provincia y de vuestras respectivas jurisdicciones.
7.) En este caso no hemos querido optar aquí por la recogida de firmas (en algunas provincias como Granada sí lo están haciendo) porque entendemos que, no es una cuestión que afecte a la esencia de nuestro cuerpo (como pasaba con la fe pública), sino que se trata, sencillamente, de una orden nula o improcedente que debe ser atacada por la vía de los recursos, sin necesidad de demostrar adhesiones generales o manifestaciones colectivas.
Quedo a vuestra disposición para cualquier aclaración o duda, con el deseo de que el año no siga tan mal como parece que ha empezado