Buenas .
Supongo que a todos vosotros también os está pasando que a los actos de concilición asiste la parte conciliada pero respecto a la parte conciliante solamente asiste el procurador diciendo que el letrado no va a asistir y que él, como procurador, tiene "instrucciones".
¿Puede el procurador participar en el acto de conciliación para llegar a un acuerdo o se debe dejar constancia en el acta que no comparece la conciliante con letrado poniendo fin al acto y a continuación dictar decreto de desistimiento?
Conciliación sin letrado
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
-
Sj civile
Re: Conciliación sin letrado
No te sigo
La conciliación es un expediente de jurisdicción voluntaria donde conforme al 141.3 ljv no es necesario la postulacion con abogado y procurador
La conciliación es un expediente de jurisdicción voluntaria donde conforme al 141.3 ljv no es necesario la postulacion con abogado y procurador