YA ASOMAN LAS OREJAS DEL LOBO...
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YA ASOMAN LAS OREJAS DEL LOBO...
ASAMBLEA SECRETARIOS JUDICIALES
BARCELONA
El CNSJ convoca a los Secretarios Judiciales de BARCELONA CIUDAD a una Asamblea que tendrá lugar el próximo viernes 24 de Marzo a las 12.30 horas en la Sala de Vistas Polivalente sita en la planta baja del Palacio de Justicia (TSJC y AP) en el Passeig Lluís Companys s/n, para informar sobre la TRANSFERENCIA DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES a la Generalitat de Cataluña y en su caso adoptar medidas al respecto.
El Ministerio de Justicia no ofrece garantías de que esta transferencia no se vaya a producir y las últimas manifestaciones de líderes de distintas formaciones políticas durante la tramitación del Estatuto de Autonomía recogidas en el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, parecen indicar que dicho traspaso ya está pactado.
Valoramos la situación actual como muy grave, por lo que nos vemos obligados a convocar asambleas en las distintas capitales de provincia catalanas con el objeto de tomar los acuerdos correspondientes.
Por todo ello, TU ASISTENCIA es importantísima, porque el futuro de nuestro colectivo está en juego y depende en gran medida de la reacción que podamos adoptar.
Para el supuesto de que no puedas acudir, por favor, DELEGA tu voto en algún compañero.
Delegación de Cataluña del CNSJ
BARCELONA
El CNSJ convoca a los Secretarios Judiciales de BARCELONA CIUDAD a una Asamblea que tendrá lugar el próximo viernes 24 de Marzo a las 12.30 horas en la Sala de Vistas Polivalente sita en la planta baja del Palacio de Justicia (TSJC y AP) en el Passeig Lluís Companys s/n, para informar sobre la TRANSFERENCIA DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES a la Generalitat de Cataluña y en su caso adoptar medidas al respecto.
El Ministerio de Justicia no ofrece garantías de que esta transferencia no se vaya a producir y las últimas manifestaciones de líderes de distintas formaciones políticas durante la tramitación del Estatuto de Autonomía recogidas en el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, parecen indicar que dicho traspaso ya está pactado.
Valoramos la situación actual como muy grave, por lo que nos vemos obligados a convocar asambleas en las distintas capitales de provincia catalanas con el objeto de tomar los acuerdos correspondientes.
Por todo ello, TU ASISTENCIA es importantísima, porque el futuro de nuestro colectivo está en juego y depende en gran medida de la reacción que podamos adoptar.
Para el supuesto de que no puedas acudir, por favor, DELEGA tu voto en algún compañero.
Delegación de Cataluña del CNSJ
¿Os acordais de que decían que Unidad de Acción era tremendista cuando prevenía sobre una posible transferencia de los Secretarios a las Comunidades Autónomas y pedía adoptar medidas para evitarlo?
¿Por qué ahora el Colegio de Secretarios convoca a los Secretarios de Barcelona y no lo hizo antes?
¿Porque no se adoptaron medidas antes?
Carlos Valiña tenía razón.
¿Por qué ahora el Colegio de Secretarios convoca a los Secretarios de Barcelona y no lo hizo antes?
¿Porque no se adoptaron medidas antes?
Carlos Valiña tenía razón.
24-03-06 El día 24 de marzo se ha celebrado convocada por el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales una Asamblea de Secretarios Judiciales de Barcelona a la que han asistido entre presentes y delegados la inmensa mayoría de los que ejercen sus funciones en esta ciudad, en total 135.
Dicha asamblea, presidida por la delegación del CNSJ en Barcelona ha aprobado por 130 votos a favor y 5 abstenciones, una nota pública, en la que se acuerdan los siguientes puntos:
“.- Mostrar, en defensa de nuestro cuerpo, de la Justicia y los derechos del ciudadano conforme a lo razonado, nuestro absoluto rechazo a cualquier tipo de transferencia de los Secretarios Judiciales a las Comunidades Autónomas, ya sea de forma expresa o encubierta, total o parcial, de competencias normativas o de gestión
.- Manifestar nuestra oposición a la creación de Cuerpos de funcionarios autonómicos que sustituyan las funciones que actualmente desarrollamos los Secretarios Judiciales disgregando las competencias que tenemos asumidas o pendientes de desarrollo en el futuro.
.- Exigir a los poderes públicos competentes la garantía de que eventuales reformas de la LOPJ no supondrán vulneración de los anteriores puntos irrenunciables para los Secretarios Judiciales.
.- Respaldar y alentar a las asociaciones para continuar con los contactos necesarios en la defensa de los postulados plasmados en este documento. Para la defensa de los anteriores derechos los Secretarios Judiciales reunidos en Asamblea manifestamos nuestra determinación de utilizar todos los medios legales a nuestro alcance en defensa de nuestros derechos.”
En dicha asamblea, se puso de manifiesto que el rechazo total a cualquier posibilidad de transferencia de los Secretarios Judiciales a las Comunidades Autónomas en el marco del proceso de reforma del Estatuto Catalán iría en detrimento de la homogeneidad del servicio público de la Administración de Justicia que prestan los Secretarios Judiciales, sus funciones procesales, de jurisdicción voluntaria, ejercicio de la Fe Pública, y dirección de las oficinas judiciales en las que se presta ese servicio público en condiciones tales que su trasferencia violaría la aplicación uniforme del derecho procesal, lo que a su vez es garantía de la homogeneidad del servicio público que presta el Poder Judicial que por el esencial carácter único del mismo, exige la LOPJ, como elemento de absoluta garantía de la igualdad de los ciudadanos ante la Justicia; igualdad que se vería de otro modo conculcada. Así, manifestaron que es por ello “de esencia de nuestro régimen constitucional y del mantenimiento del régimen de derechos y libertades de los ciudadanos en un Estado Social y democrático de Derecho, principalmente el derecho de igualdad del individuo, mantener esa homogeneidad que un cuerpo nacional, como el Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, asegura en su actual configuración legal tanto en su estatuto funcionarial como en el conjunto de las funciones que desempeña y tiene encomendadas.” Y así, “ Ante la falta de garantías que ofrece el Ministerio de Justicia para evitar que el Cuerpo de Secretarios Judiciales sea transferido a las Comunidades Autónomas, perdiendo su carácter nacional”, la Asamblea acuerda los anteriores puntos, y de ellos, se da traslado al Ministerio de Justicia, CGPJ, Departament de Justicia, a las partidos políticos y asociaciones judiciales y de secretarios judiciales para conocimiento de la opinión pública a los medios de comunicación.
La asamblea acabó con aplausos para los convocantes.
Dicha asamblea, presidida por la delegación del CNSJ en Barcelona ha aprobado por 130 votos a favor y 5 abstenciones, una nota pública, en la que se acuerdan los siguientes puntos:
“.- Mostrar, en defensa de nuestro cuerpo, de la Justicia y los derechos del ciudadano conforme a lo razonado, nuestro absoluto rechazo a cualquier tipo de transferencia de los Secretarios Judiciales a las Comunidades Autónomas, ya sea de forma expresa o encubierta, total o parcial, de competencias normativas o de gestión
.- Manifestar nuestra oposición a la creación de Cuerpos de funcionarios autonómicos que sustituyan las funciones que actualmente desarrollamos los Secretarios Judiciales disgregando las competencias que tenemos asumidas o pendientes de desarrollo en el futuro.
.- Exigir a los poderes públicos competentes la garantía de que eventuales reformas de la LOPJ no supondrán vulneración de los anteriores puntos irrenunciables para los Secretarios Judiciales.
.- Respaldar y alentar a las asociaciones para continuar con los contactos necesarios en la defensa de los postulados plasmados en este documento. Para la defensa de los anteriores derechos los Secretarios Judiciales reunidos en Asamblea manifestamos nuestra determinación de utilizar todos los medios legales a nuestro alcance en defensa de nuestros derechos.”
En dicha asamblea, se puso de manifiesto que el rechazo total a cualquier posibilidad de transferencia de los Secretarios Judiciales a las Comunidades Autónomas en el marco del proceso de reforma del Estatuto Catalán iría en detrimento de la homogeneidad del servicio público de la Administración de Justicia que prestan los Secretarios Judiciales, sus funciones procesales, de jurisdicción voluntaria, ejercicio de la Fe Pública, y dirección de las oficinas judiciales en las que se presta ese servicio público en condiciones tales que su trasferencia violaría la aplicación uniforme del derecho procesal, lo que a su vez es garantía de la homogeneidad del servicio público que presta el Poder Judicial que por el esencial carácter único del mismo, exige la LOPJ, como elemento de absoluta garantía de la igualdad de los ciudadanos ante la Justicia; igualdad que se vería de otro modo conculcada. Así, manifestaron que es por ello “de esencia de nuestro régimen constitucional y del mantenimiento del régimen de derechos y libertades de los ciudadanos en un Estado Social y democrático de Derecho, principalmente el derecho de igualdad del individuo, mantener esa homogeneidad que un cuerpo nacional, como el Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, asegura en su actual configuración legal tanto en su estatuto funcionarial como en el conjunto de las funciones que desempeña y tiene encomendadas.” Y así, “ Ante la falta de garantías que ofrece el Ministerio de Justicia para evitar que el Cuerpo de Secretarios Judiciales sea transferido a las Comunidades Autónomas, perdiendo su carácter nacional”, la Asamblea acuerda los anteriores puntos, y de ellos, se da traslado al Ministerio de Justicia, CGPJ, Departament de Justicia, a las partidos políticos y asociaciones judiciales y de secretarios judiciales para conocimiento de la opinión pública a los medios de comunicación.
La asamblea acabó con aplausos para los convocantes.
Yo ya creo que estamos transferidos, aunque el otro dia hable con Secretaria de gobierno de Cataluña y dijo que el sr Bodas (sr Bodorrios Para otros)dijo que por lo menos en esta legislatura no(JA!)Lo que es increible es que nadie hace nada y lo peor sera ya no sólo la trasferencia sino que perdamos el caracter de nacionalanonimo escribió:¿aplausos, encima?
¿para los que nos han llevado a este callejón sin salida?
Palabras, sólo palabras, y demasiado sobadas a estas alturas.
A pocos engañais ya.
La Delegación de UPSJ en Cataluña ha elaborado un comunicado haciendo referencias al dictamen de la Comisión Constitucional al Proycto de Estatuto de Cataluña, a las recomendaciones del Libro Verde, y a la Asamblea de Secretarios Judiciales de Barcelona del 24-3-06.
COMUNICADO
Barcelona, 28 de marzo de 2006.
En el presente comunicado pretendemos hacer unas referencias al contenido del Proyecto de Estatuto, a las Recomendaciones al Libro Verde, y a la Asamblea de Secretarios de Barcelona Celebrada el pasado 24-03-2006 en Barcelona.
Nuestra página Web UPSJ ya ha ido recogiendo puntualmente los documentos elaborados, las noticias, las opiniones, y el reflejo que estas han tenido en medios de comunicación, tanto del Proyecto de Estatuto como del Libro Verde. A título de ejemplo podemos mencionar : 1ª- El comunicado del Secretariado del 23-03-06 sobre las transferencias y la exigencia de idioma; 2ª- La noticia web UPSJ 15-10-2005 anunciando la incorporación en el módulo "documentos" sección "Miscelánea de interés" del Comunicado a Grupos del Parlamento Cataluña, y el documento para el Libro verde –ambos con los textos completos-; 3ª- La noticia web UPSJ 25-01-2006 sobre enmiendas al Pleno Consell de Justicia Cataluña -con el "archivo adjunto"-; 4ª- La noticia de 23-11-06 acompañada del articulo aparecido en el “suplemento jurídico” del periódico Expansión de 22-11-2005 -UPSJ contra la consideración del Estatut respecto a los Secretarios Judiciales.
DICTAMEN COMISIÓN CONSTITUCIONAL- PROYECTO ESTATUTO DE CATALUÑA
Desde el pasado 22 del presente mes, en que aparecía publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales – Congreso de los Diputados-, el Dictamen de la Comisión Constitucional de la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña –ver en www.congreso.es/publicaciones -, pensamos que era conveniente hacer un repaso a la redacción del mismo en esta fase del tramite parlamentario.
Del Dictamen de la Comisión Constitucional, se puede resaltar lo siguiente:
- En el tema lingüístico el art. 102.2 establece para Jueces y Fiscales un conocimiento adecuado y suficiente en los términos que determine la Ley, y el 102.4 para el personal, diciendo lo mismo, añade que "los hace aptos para ejercer las funciones..."; No obstante esta diferencia en estos artículos del Titulo III -“El Poder Judicial en Cataluña”-, el art. 33.3 –dentro del Titulo I “Derechos, deberes y principios rectores”- dice que los Jueces, Fiscales, Notarios, ... personal al servicio de la Administración de Justicia deben acreditar, en la forma establecida en la leyes un nivel de conocimiento adecuado y suficiente "que los hace aptos para ejercer sus funciones".
- En el tema de las competencias de la Generalitat en Justicia.
a) El artículo 103.1 y 2, ahora dice competencias normativas, dentro del respeto al estatuto jurídico de ese personal establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se ha redactado suprimiendo "incluidos los Secretarios Judiciales" que antes recogía detrás de personal no judicial al servicio de la administración de Justicia. Efectivamente la Generalitat tiene competencia sobre todo: ingreso, promoción interna, formación, destinos y ascensos, situaciones administrativas, remuneración, jornada, ordenación de la actividad profesional y las funciones, licencias, registro de personal, y régimen disciplinario.
b) El 103.3 habla de los Cuerpos que puede crear la Generalitat.
c) El 105 se dedica a la oficina judicial e instituciones y servicios de apoyo, correspondiendo a la Generalitat, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinar la creación, el diseño, la organización, la dotación y la gestión.
d) El 108 para la Justicia de Proximidad, establece que a la Generalitat "le corresponde también la creación de las secretarías y su provisión".
e) El art. 109 "cláusula subrogatoria" dice que la Generalitat ejerce, además de las competencias expresamente atribuidas por el Estatuto, “todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce al Gobierno del Estado con relación a la Administración de Justicia en Cataluña.
En definitiva, para el desarrollo del techo concedido por el Estatuto a la Generalitat ha de observarse lo establecido en la LOPJ.
El Ministerio de Justicia, el Ministro, viene reiterando públicamente el compromiso -en su día establecido en el Programa Electoral del PSOE- de mantener el carácter nacional del Cuerpo. La redacción del Proyecto de Estatuto de Cataluña, se puede leer; y habrá que continuar muy atentos a las reformas de la LOPJ.
El Departament de Justicia ha informado, que la Comisión Constitucional ha aprobado en el Titulo III del Proyecto de Estatuto una ampliación de la capacidad normativa y ejecutiva del la Comunidad autónoma para regular determinados aspecto del régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia, manteniendo en todo caso el respeto a la reserva de Ley Orgánica que sobre el estatuto jurídico del personal establece el art. 122.1 de la Constitución, y a los derechos adquiridos de los funcionarios que integran los cuerpos de personal al servicio de la Administración de justicia que eventualmente hayan de ser transferidos a la Generalitat (derechos económicos, carrera profesional, régimen de previsión social, etc). Continua, en punto y aparte, diciendo como las disfunciones que se dan en la gestión del personal viene derivadas de la confluencia de las diferentes administraciones con competencia en la materia, lo que ha provocado que no se hayan convocado en 3 años concursos de traslados, ni oposiciones, siendo la oferta de ocupación pública en Cataluña de más de 1.200 plazas, con unas 1.500 ocupadas por interinos. “Son estas las razones que aconsejan un cambió en la gestión del personal, en beneficio de los profesionales y de la Administración de justicia misma”.
La Unión Progresista de Secretarios Judiciales, insiste en los argumentos jurídicos ya reiterados en los documentos que se pueden ver en nuestra Web www.upsj.org , que impiden la transferencia de los Secretarios Judiciales, y en esta materia y en la exigencia de la lengua se puede ver el ya mencionado comunicado del Secretariado de la Asociación de 23-03-2006. Todo ello sin perjuicio de seguir colaborando con el Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas, y en Cataluña con la Generalitat, en cuantas mejoras afecten al servicio público de la Justicia.
RECOMENDACIONES AL LIBRO VERDE
Por otra parte, en el Marco del Consell de Justicia de Cataluña, se ha elaborado el Libro Verde de la Administración de Justicia. Con el trabajo más activo de su Comisión Permanente, y sometido al Pleno.
En cuanto a la composición el Consell de Justicia está Presidido por el Presidente de la Generalitat, y forman parte: 1 Conseller del Consell Consultiu; 3 vocales CGPJ, Presidenta TSJ, 4 Presidentes Audiencias Provinciales, 2 Jueces o Magistrados órganos gubernativos; Fiscal Jefe Cataluña, 3 Fiscales Jefes Audiencias Provinciales, Director IMLC, la Secretaria de Gobierno TSJ; 1 representante del MJ; 5 de Adm. Justicia Cataluña; 1 de la Federación Municipios, y 1 de la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas; De corporaciones: Presidente y 1 miembro del Consell de Colegios de Abogados de Cataluña, Presidente C. Procuradores, Decano autonómico de Registradores, Decano-Presidente Notarios Cataluña, Presidente Graduados Sociales Cataluña, Presidente Academia de Jurisprudencia y Legislación Catalana, y 1 Decano Facultades Derecho Cataluña; 1 representante por cada una de las Asociaciones de Jueces, de Fiscales, y 1 representante de la Asociación de Jueces de Paz, 1 de las Asociaciones de Secretarios Judiciales, 1 de Médicos Forenses, 1 representante sindical; 3 expertos escogidos.
Pues bien, la UPSJ Cataluña presento Observaciones y Propuestas al Libro Verde, participando en las Jornadas y debates –tenéis en la Web los documentos-. En el Pleno del 25-01-2006 se debatían las enmiendas a las Recomendaciones, entre las presentadas; solicito participar –por el turno entre Asociaciones de Secretarios Judiciales- el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, que defendió las enmiendas presentadas –las de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales UPSJ Cataluña-. Como es de ver entre los textos elaborados y las Recomendaciones aprobadas –que brevemente indicaremos a continuación- la gran parte de nuestras enmiendas no consiguieron prosperar.
Mencionemos las siguientes Recomendaciones aprobadas:
- Se dedican de la 34 a la 38 a la Judicatura y la Fiscalía.
- A la Secretaria y personal de soporte se dedican de la 39 a 47. La 39 dice “Promover una reforma de la Ley orgánica del poder judicial que permita que el régimen de personal de soporte a la acción judicial y de la fiscalía pase a ser competencia de las comunidades autónomas, a fin de asegurar una gestión integrada y efectiva de los recursos humanos de la oficina judicial”.
- A los Secretarios Judiciales se dedican del 48 a la 51. En la 48 “fijar plurianualmente los criterios para establecer las dotaciones de secretarios judiciales”. La 49, evaluar y dar nuevo impulso al acceso a Secretarios de los funcionarios del cuerpo de Gestión En la 50 se habla de establecer un 4º turno de acceso entre Licenciados en derecho con experiencia profesional consolidada como abogados, procuradores, secretarios locales, ...Y la 50 constituir una bolsa de secretarios judiciales sustitutos.
- Al personal de soporte y auxilio judicial dedican del 52 al 56. Y la 57 y 58 a los Médicos Forenses y otros profesionales.
La UPSJ Cataluña sigue manteniendo los documentos elaborados y dados a conocer en nuestra Web, así las propuestas de reforma del Libro Verde, las observaciones elaboradas, y las enmiendas presentadas para el Pleno de las Recomendaciones al Libro Verde.
ASAMBLEA DE SECRETARIOS JUDICIALES DE BARCELONA 24-03-2006
Por último queremos hacer mención a la Asamblea de Secretarios de Barcelona, que convocada por la otra Asociación –Colegio Nacional de Secretarios Judiciales-, tuvo participación de más de 150 compañeros, del CNSJ, de UPSJ, y no asociados. Por todos, tras un interesante debate, se procedió a votar un texto elaborado. El texto aprobado se adjunta al presente comunicado. Se insiste en los argumentoso legales para la no transferencia del Cuerpo de Secretarios Judiciales a las Comunidades Autónomas, y acordando actuaciones en su defensa.
COMUNICADO
Barcelona, 28 de marzo de 2006.
En el presente comunicado pretendemos hacer unas referencias al contenido del Proyecto de Estatuto, a las Recomendaciones al Libro Verde, y a la Asamblea de Secretarios de Barcelona Celebrada el pasado 24-03-2006 en Barcelona.
Nuestra página Web UPSJ ya ha ido recogiendo puntualmente los documentos elaborados, las noticias, las opiniones, y el reflejo que estas han tenido en medios de comunicación, tanto del Proyecto de Estatuto como del Libro Verde. A título de ejemplo podemos mencionar : 1ª- El comunicado del Secretariado del 23-03-06 sobre las transferencias y la exigencia de idioma; 2ª- La noticia web UPSJ 15-10-2005 anunciando la incorporación en el módulo "documentos" sección "Miscelánea de interés" del Comunicado a Grupos del Parlamento Cataluña, y el documento para el Libro verde –ambos con los textos completos-; 3ª- La noticia web UPSJ 25-01-2006 sobre enmiendas al Pleno Consell de Justicia Cataluña -con el "archivo adjunto"-; 4ª- La noticia de 23-11-06 acompañada del articulo aparecido en el “suplemento jurídico” del periódico Expansión de 22-11-2005 -UPSJ contra la consideración del Estatut respecto a los Secretarios Judiciales.
DICTAMEN COMISIÓN CONSTITUCIONAL- PROYECTO ESTATUTO DE CATALUÑA
Desde el pasado 22 del presente mes, en que aparecía publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales – Congreso de los Diputados-, el Dictamen de la Comisión Constitucional de la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña –ver en www.congreso.es/publicaciones -, pensamos que era conveniente hacer un repaso a la redacción del mismo en esta fase del tramite parlamentario.
Del Dictamen de la Comisión Constitucional, se puede resaltar lo siguiente:
- En el tema lingüístico el art. 102.2 establece para Jueces y Fiscales un conocimiento adecuado y suficiente en los términos que determine la Ley, y el 102.4 para el personal, diciendo lo mismo, añade que "los hace aptos para ejercer las funciones..."; No obstante esta diferencia en estos artículos del Titulo III -“El Poder Judicial en Cataluña”-, el art. 33.3 –dentro del Titulo I “Derechos, deberes y principios rectores”- dice que los Jueces, Fiscales, Notarios, ... personal al servicio de la Administración de Justicia deben acreditar, en la forma establecida en la leyes un nivel de conocimiento adecuado y suficiente "que los hace aptos para ejercer sus funciones".
- En el tema de las competencias de la Generalitat en Justicia.
a) El artículo 103.1 y 2, ahora dice competencias normativas, dentro del respeto al estatuto jurídico de ese personal establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se ha redactado suprimiendo "incluidos los Secretarios Judiciales" que antes recogía detrás de personal no judicial al servicio de la administración de Justicia. Efectivamente la Generalitat tiene competencia sobre todo: ingreso, promoción interna, formación, destinos y ascensos, situaciones administrativas, remuneración, jornada, ordenación de la actividad profesional y las funciones, licencias, registro de personal, y régimen disciplinario.
b) El 103.3 habla de los Cuerpos que puede crear la Generalitat.
c) El 105 se dedica a la oficina judicial e instituciones y servicios de apoyo, correspondiendo a la Generalitat, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinar la creación, el diseño, la organización, la dotación y la gestión.
d) El 108 para la Justicia de Proximidad, establece que a la Generalitat "le corresponde también la creación de las secretarías y su provisión".
e) El art. 109 "cláusula subrogatoria" dice que la Generalitat ejerce, además de las competencias expresamente atribuidas por el Estatuto, “todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce al Gobierno del Estado con relación a la Administración de Justicia en Cataluña.
En definitiva, para el desarrollo del techo concedido por el Estatuto a la Generalitat ha de observarse lo establecido en la LOPJ.
El Ministerio de Justicia, el Ministro, viene reiterando públicamente el compromiso -en su día establecido en el Programa Electoral del PSOE- de mantener el carácter nacional del Cuerpo. La redacción del Proyecto de Estatuto de Cataluña, se puede leer; y habrá que continuar muy atentos a las reformas de la LOPJ.
El Departament de Justicia ha informado, que la Comisión Constitucional ha aprobado en el Titulo III del Proyecto de Estatuto una ampliación de la capacidad normativa y ejecutiva del la Comunidad autónoma para regular determinados aspecto del régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia, manteniendo en todo caso el respeto a la reserva de Ley Orgánica que sobre el estatuto jurídico del personal establece el art. 122.1 de la Constitución, y a los derechos adquiridos de los funcionarios que integran los cuerpos de personal al servicio de la Administración de justicia que eventualmente hayan de ser transferidos a la Generalitat (derechos económicos, carrera profesional, régimen de previsión social, etc). Continua, en punto y aparte, diciendo como las disfunciones que se dan en la gestión del personal viene derivadas de la confluencia de las diferentes administraciones con competencia en la materia, lo que ha provocado que no se hayan convocado en 3 años concursos de traslados, ni oposiciones, siendo la oferta de ocupación pública en Cataluña de más de 1.200 plazas, con unas 1.500 ocupadas por interinos. “Son estas las razones que aconsejan un cambió en la gestión del personal, en beneficio de los profesionales y de la Administración de justicia misma”.
La Unión Progresista de Secretarios Judiciales, insiste en los argumentos jurídicos ya reiterados en los documentos que se pueden ver en nuestra Web www.upsj.org , que impiden la transferencia de los Secretarios Judiciales, y en esta materia y en la exigencia de la lengua se puede ver el ya mencionado comunicado del Secretariado de la Asociación de 23-03-2006. Todo ello sin perjuicio de seguir colaborando con el Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas, y en Cataluña con la Generalitat, en cuantas mejoras afecten al servicio público de la Justicia.
RECOMENDACIONES AL LIBRO VERDE
Por otra parte, en el Marco del Consell de Justicia de Cataluña, se ha elaborado el Libro Verde de la Administración de Justicia. Con el trabajo más activo de su Comisión Permanente, y sometido al Pleno.
En cuanto a la composición el Consell de Justicia está Presidido por el Presidente de la Generalitat, y forman parte: 1 Conseller del Consell Consultiu; 3 vocales CGPJ, Presidenta TSJ, 4 Presidentes Audiencias Provinciales, 2 Jueces o Magistrados órganos gubernativos; Fiscal Jefe Cataluña, 3 Fiscales Jefes Audiencias Provinciales, Director IMLC, la Secretaria de Gobierno TSJ; 1 representante del MJ; 5 de Adm. Justicia Cataluña; 1 de la Federación Municipios, y 1 de la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas; De corporaciones: Presidente y 1 miembro del Consell de Colegios de Abogados de Cataluña, Presidente C. Procuradores, Decano autonómico de Registradores, Decano-Presidente Notarios Cataluña, Presidente Graduados Sociales Cataluña, Presidente Academia de Jurisprudencia y Legislación Catalana, y 1 Decano Facultades Derecho Cataluña; 1 representante por cada una de las Asociaciones de Jueces, de Fiscales, y 1 representante de la Asociación de Jueces de Paz, 1 de las Asociaciones de Secretarios Judiciales, 1 de Médicos Forenses, 1 representante sindical; 3 expertos escogidos.
Pues bien, la UPSJ Cataluña presento Observaciones y Propuestas al Libro Verde, participando en las Jornadas y debates –tenéis en la Web los documentos-. En el Pleno del 25-01-2006 se debatían las enmiendas a las Recomendaciones, entre las presentadas; solicito participar –por el turno entre Asociaciones de Secretarios Judiciales- el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, que defendió las enmiendas presentadas –las de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales UPSJ Cataluña-. Como es de ver entre los textos elaborados y las Recomendaciones aprobadas –que brevemente indicaremos a continuación- la gran parte de nuestras enmiendas no consiguieron prosperar.
Mencionemos las siguientes Recomendaciones aprobadas:
- Se dedican de la 34 a la 38 a la Judicatura y la Fiscalía.
- A la Secretaria y personal de soporte se dedican de la 39 a 47. La 39 dice “Promover una reforma de la Ley orgánica del poder judicial que permita que el régimen de personal de soporte a la acción judicial y de la fiscalía pase a ser competencia de las comunidades autónomas, a fin de asegurar una gestión integrada y efectiva de los recursos humanos de la oficina judicial”.
- A los Secretarios Judiciales se dedican del 48 a la 51. En la 48 “fijar plurianualmente los criterios para establecer las dotaciones de secretarios judiciales”. La 49, evaluar y dar nuevo impulso al acceso a Secretarios de los funcionarios del cuerpo de Gestión En la 50 se habla de establecer un 4º turno de acceso entre Licenciados en derecho con experiencia profesional consolidada como abogados, procuradores, secretarios locales, ...Y la 50 constituir una bolsa de secretarios judiciales sustitutos.
- Al personal de soporte y auxilio judicial dedican del 52 al 56. Y la 57 y 58 a los Médicos Forenses y otros profesionales.
La UPSJ Cataluña sigue manteniendo los documentos elaborados y dados a conocer en nuestra Web, así las propuestas de reforma del Libro Verde, las observaciones elaboradas, y las enmiendas presentadas para el Pleno de las Recomendaciones al Libro Verde.
ASAMBLEA DE SECRETARIOS JUDICIALES DE BARCELONA 24-03-2006
Por último queremos hacer mención a la Asamblea de Secretarios de Barcelona, que convocada por la otra Asociación –Colegio Nacional de Secretarios Judiciales-, tuvo participación de más de 150 compañeros, del CNSJ, de UPSJ, y no asociados. Por todos, tras un interesante debate, se procedió a votar un texto elaborado. El texto aprobado se adjunta al presente comunicado. Se insiste en los argumentoso legales para la no transferencia del Cuerpo de Secretarios Judiciales a las Comunidades Autónomas, y acordando actuaciones en su defensa.
05-04-06 El pasado día 30 de Marzo el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, D. Ricardo Bodas dio una conferencia en Barcelona bajo el título “El Secretario Judicial ante la reforma de la Administración de Justicia”, acompañado de la Directora de Relaciones con la Administración de Justicia de la Generalitat y la Secretaria de Gobierno de Cataluña. No era una de las visitas a las que nos tiene últimamente acostumbrado el Director General para hablar de la oficina judicial en las distintas ciudades españolas donde se están desarrollando programas piloto, sino una ponencia, como dijo él, para hacer política judicial.
En primer lugar nos extraña que dicha intervención tenga lugar justo una semana después de la Asamblea de Secretarios de Barcelona en la que prácticamente de forma unánime, los Secretarios Judiciales dijimos no a las transferencias con la advertencia de que en caso contrario adoptaríamos medidas legales en defensa de nuestros derechos. Da la impresión, ya que parece demasiada casualidad la coincidencia en las fechas, que su visita tenía por objetivo desactivar cualquier actuación que se estuviera gestando en esta capital en contra de la transferencia de los Secretarios. Reconoció que la Asamblea de Barcelona había tenido una participación importante de Secretarios Judiciales por el número de asistentes.
En relación con el contenido de su intervención, en dos ocasiones el Director General hizo una lectura crítica del Decreto por el que se produjo el aumento salarial que los Secretarios obtuvimos en Septiembre del 2003, aduciendo que no se retribuyó la productividad, que fue una subida salarial lineal anterior en el tiempo a los cambios en la oficina judicial y que de esta forma a él le resultaba muy difícil encarar el proceso de reforma de la oficina judicial. La subida salarial que obtuvimos, reclamación histórica durante más de diez años de este colectivo, pareja a la que se hizo con los jueces, fue según el Ministerio inoportuna.
También el Director se refirió a la transferencia de los Secretarios Judiciales. Dijo que el Ministerio podía decirlo más alto, pero no más claro: que van a defender los Cuerpos Nacionales hasta donde puedan, que ese es su compromiso. Una vez más recurrió al ingenioso argumento, de que nuestra mejor opción era apoyarles en el proceso de reformas que están emprendiendo, que sino era así, nuestro destino podría ser la transferencia, y que en definitiva, dándole la vuelta a la tortilla, si nos transfieren, al final resulta que la culpa sería nuestra por no apoyarles. Los apoyos lo pidió respecto al modelo de desarrollo e implantación de la Oficina Judicial del Ministerio. El CNSJ, apoyará y colaborará en el desplieque de la Oficina Judicial, pero existe discrepancia en cuanto al modelo, estimando que debería comenzarse por los Servicios Comunes más sencillos, para implantar finalmente los más complejos.
Afirmó, frente a la petición de dimisión del Ministro, que lo veía como una postura irracional - dado que éste ha afirmado que no se van a producir las transferencias de Secretarios- , que solo se apoya en razones ideológicas. Por parte del CNSJ se afirmó que cada Secretario Judicial tiene su propia ideología u opción electoral, pero que el fundamento de la oposición rotunda a las trasferencias se debía a razones estrictamente profesionales, ya que había acuerdo practicamente unánime en este punto de todo el colectivo.
Señaló el Director General que su apuesta era el no transferirnos y que si al final no fuera así el prestigio político del Ministro quedaría en entredicho al manifestarse en reiteradas ocasiones en contra. Pero, tal como dijo el propio Director General, el Ministro es un político que ha comprometido su palabra. Cabe formular la siguiente pregunta: ¿Y si en un futuro próximo se produce su cese en el Gobierno y acepta presentarse como candidato a las elecciones autónomicas de Canarias? ¿realmente esta cuestión allí le afectaría?.
Lo cierto es que todos los indicios apuntan en dirección contraria. El Ministerio de palabra dice una cosa (la no transferencia), pero su apoyo parlamentario legisla en sentido inverso puesto que vota un Estatuto que prevé la transferencia. Y por si a alguien le quedaba dudas sobre el artículo del Estatuto en el que nos ubicamos los Secretarios Judiciales, el Director General lo dejó claro al señalar que el Estatuto por un lado hablaba de personal judicial, es decir los que ejercen funciones jurisdiccionales: jueces y magistrados y por otro lado de personal no judicial entre los que estamos nosotros.
La Directora General de Justicia de la Generalitat, Nuria Cleríes, nos dijo que estuviéramos tranquilos, que el Estatuto era una DECLARACIÓN DE INTENCIONES, que difiere la regulación de nuestro estatuto jurídico a la LOPJ (faltaría más así lo exige el art. 122 de la Constitución). El Estatuto de Autonomía es una ley orgánica, que forma parte del bloque de constitucionalidad y no cabe la menor duda, tiene efectos jurídicos. Nuestro temor fundado es pensar que quienes apoyaron este texto legal que nos transfiere, apoyen el traslado de su contenido a la LOPJ.
Por último la Secretaria de Gobierno del TSJ de Cataluña tuvo una breve intervención refiriéndose en dos ocasiones a la necesidad de redefinir la fe pública judicial. Suponemos que esta manifestación se hace a título individual y no en representación de la asociación a la que pertenece (la UPS) porque realmente cuando menos es inoportuna. Con la que está cayendo, no parece conveniente en este momento abrir un debate sobre el alcance de la fe pública judicial que es uno de los elementos vertebradores del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
En primer lugar nos extraña que dicha intervención tenga lugar justo una semana después de la Asamblea de Secretarios de Barcelona en la que prácticamente de forma unánime, los Secretarios Judiciales dijimos no a las transferencias con la advertencia de que en caso contrario adoptaríamos medidas legales en defensa de nuestros derechos. Da la impresión, ya que parece demasiada casualidad la coincidencia en las fechas, que su visita tenía por objetivo desactivar cualquier actuación que se estuviera gestando en esta capital en contra de la transferencia de los Secretarios. Reconoció que la Asamblea de Barcelona había tenido una participación importante de Secretarios Judiciales por el número de asistentes.
En relación con el contenido de su intervención, en dos ocasiones el Director General hizo una lectura crítica del Decreto por el que se produjo el aumento salarial que los Secretarios obtuvimos en Septiembre del 2003, aduciendo que no se retribuyó la productividad, que fue una subida salarial lineal anterior en el tiempo a los cambios en la oficina judicial y que de esta forma a él le resultaba muy difícil encarar el proceso de reforma de la oficina judicial. La subida salarial que obtuvimos, reclamación histórica durante más de diez años de este colectivo, pareja a la que se hizo con los jueces, fue según el Ministerio inoportuna.
También el Director se refirió a la transferencia de los Secretarios Judiciales. Dijo que el Ministerio podía decirlo más alto, pero no más claro: que van a defender los Cuerpos Nacionales hasta donde puedan, que ese es su compromiso. Una vez más recurrió al ingenioso argumento, de que nuestra mejor opción era apoyarles en el proceso de reformas que están emprendiendo, que sino era así, nuestro destino podría ser la transferencia, y que en definitiva, dándole la vuelta a la tortilla, si nos transfieren, al final resulta que la culpa sería nuestra por no apoyarles. Los apoyos lo pidió respecto al modelo de desarrollo e implantación de la Oficina Judicial del Ministerio. El CNSJ, apoyará y colaborará en el desplieque de la Oficina Judicial, pero existe discrepancia en cuanto al modelo, estimando que debería comenzarse por los Servicios Comunes más sencillos, para implantar finalmente los más complejos.
Afirmó, frente a la petición de dimisión del Ministro, que lo veía como una postura irracional - dado que éste ha afirmado que no se van a producir las transferencias de Secretarios- , que solo se apoya en razones ideológicas. Por parte del CNSJ se afirmó que cada Secretario Judicial tiene su propia ideología u opción electoral, pero que el fundamento de la oposición rotunda a las trasferencias se debía a razones estrictamente profesionales, ya que había acuerdo practicamente unánime en este punto de todo el colectivo.
Señaló el Director General que su apuesta era el no transferirnos y que si al final no fuera así el prestigio político del Ministro quedaría en entredicho al manifestarse en reiteradas ocasiones en contra. Pero, tal como dijo el propio Director General, el Ministro es un político que ha comprometido su palabra. Cabe formular la siguiente pregunta: ¿Y si en un futuro próximo se produce su cese en el Gobierno y acepta presentarse como candidato a las elecciones autónomicas de Canarias? ¿realmente esta cuestión allí le afectaría?.
Lo cierto es que todos los indicios apuntan en dirección contraria. El Ministerio de palabra dice una cosa (la no transferencia), pero su apoyo parlamentario legisla en sentido inverso puesto que vota un Estatuto que prevé la transferencia. Y por si a alguien le quedaba dudas sobre el artículo del Estatuto en el que nos ubicamos los Secretarios Judiciales, el Director General lo dejó claro al señalar que el Estatuto por un lado hablaba de personal judicial, es decir los que ejercen funciones jurisdiccionales: jueces y magistrados y por otro lado de personal no judicial entre los que estamos nosotros.
La Directora General de Justicia de la Generalitat, Nuria Cleríes, nos dijo que estuviéramos tranquilos, que el Estatuto era una DECLARACIÓN DE INTENCIONES, que difiere la regulación de nuestro estatuto jurídico a la LOPJ (faltaría más así lo exige el art. 122 de la Constitución). El Estatuto de Autonomía es una ley orgánica, que forma parte del bloque de constitucionalidad y no cabe la menor duda, tiene efectos jurídicos. Nuestro temor fundado es pensar que quienes apoyaron este texto legal que nos transfiere, apoyen el traslado de su contenido a la LOPJ.
Por último la Secretaria de Gobierno del TSJ de Cataluña tuvo una breve intervención refiriéndose en dos ocasiones a la necesidad de redefinir la fe pública judicial. Suponemos que esta manifestación se hace a título individual y no en representación de la asociación a la que pertenece (la UPS) porque realmente cuando menos es inoportuna. Con la que está cayendo, no parece conveniente en este momento abrir un debate sobre el alcance de la fe pública judicial que es uno de los elementos vertebradores del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
- Carlos Valiña
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- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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Me temo que hemos asistido a un nuevo ejemplo de actuacion segun el "libreto de Antequera". En esta ocasion, de dar por ciertas las impresiones del anonimo informante, parece que incluso los politicos vienen a intentar "canalizar" esa inquietud y "usarla" en su favor.
La tecnica se va depurando de dia en dia.
No falta como no podia ser de otro modo, el habitual tirito contra la UPS animando al debate de galgos y podencos, y como para "apuntarse" veladamente los ¿tantos?, mientras se van dando señales de que la transferencia no se quiere, pero es "posible" desde el ejecutivo, se va "informando a cuenta gotas" de que se acerca, que siempre es mejor que la gente se haya hecho ya a la idea, al tiempo que se da a entender "por omision" que de esa reunion para adoptar medidas, como era de suponer, no se ha sacado propuesta de realizacion de medida alguna.
Lo que no entiendo es porque los Secretarios de Barcelona, que son los que realmente mejor estan viendo las orejas al lobo, no se reunen por su cuenta, montan unas buenas Asambleas como las de Madrid, "sin injerencias" ni "canalizadores" y dan la ultima batalla dando ejemplo a toda España.
Saludos mas que preocupados.



No falta como no podia ser de otro modo, el habitual tirito contra la UPS animando al debate de galgos y podencos, y como para "apuntarse" veladamente los ¿tantos?, mientras se van dando señales de que la transferencia no se quiere, pero es "posible" desde el ejecutivo, se va "informando a cuenta gotas" de que se acerca, que siempre es mejor que la gente se haya hecho ya a la idea, al tiempo que se da a entender "por omision" que de esa reunion para adoptar medidas, como era de suponer, no se ha sacado propuesta de realizacion de medida alguna.
Lo que no entiendo es porque los Secretarios de Barcelona, que son los que realmente mejor estan viendo las orejas al lobo, no se reunen por su cuenta, montan unas buenas Asambleas como las de Madrid, "sin injerencias" ni "canalizadores" y dan la ultima batalla dando ejemplo a toda España.
Saludos mas que preocupados.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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