Creo que sobran los comentarios, porque todos hemos padecido en nuestras carnes morenas situaciones como las descritas. O peores.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Pues yo quiero añadir que lleva mucha razón Alberto.
Parece como si a la inmensa mayoría de los abogados les interesase litigar (para minutar y pedir tasaciones de costas, presentar demandas de ETJ, etc).
Hay un indicio muy ilustrativo de ello. Reclamándose en la inmensa mayoría de los procesos civiles el pago de cantidades, incluidos los de familia, ¿cómo puede ser que en tan pocas demandas se indica el número de cuenta bancaria del que quiere cobrar?.
Debería ser un requisito de admisibilidad de las demandas en las que se reclame alguna cantidad indicar el numero de cuenta para que el reclamado pueda pagarla.
Eso evitaría en gran medidas la comentada conjugación de yo consigo, tu consignas ...
Claro a la entidad depositaria de las cuentas de consignaciones tampoco le entusiasma esa idea. Sino la contraria.
Opino.
Pesimista se queja pero acepta el viento adverso Optimista espera que cambie el viento Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte) Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos