Seguimos como nacionales
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Cuando se rompa la unidad de España ya estaremos todos transferidos al la respectiva nación, realidad nacional , nacionalidad o como quieran llamarla. Primero nación y después Estado. Es cuestión de cinco o diez años máximo.
En este monento ya nos queda poco como Cuerpo Nacional prometa lo que prometa el Sr. López ( al que le quedan tres telediarios ). Que otra cosa puede deducirse de los Nuevos Estatutos si la competencia sobre el personal no judicial ( no hay una sola mención al secretario judicial en ninguno), es ya exclusiva y abosoluta de las CCAA ; oferta de empleo , convocatoria , selección ( programa y oposición ) etc.
Las oposiciones en Andalucía por ejemplo serán similares a otras del grupo A de la Junta : 80 ó 90 temas, un ejercicio escrito a desarrollar uno entre dos propuestos y el resto...´"méritos".
En este monento ya nos queda poco como Cuerpo Nacional prometa lo que prometa el Sr. López ( al que le quedan tres telediarios ). Que otra cosa puede deducirse de los Nuevos Estatutos si la competencia sobre el personal no judicial ( no hay una sola mención al secretario judicial en ninguno), es ya exclusiva y abosoluta de las CCAA ; oferta de empleo , convocatoria , selección ( programa y oposición ) etc.
Las oposiciones en Andalucía por ejemplo serán similares a otras del grupo A de la Junta : 80 ó 90 temas, un ejercicio escrito a desarrollar uno entre dos propuestos y el resto...´"méritos".
Re: ¿Una duda,si se rompe España,que pasara con los funciona
Robespierre escribió:Este finde semana,en varias declaraciones,y animados por el referendum de Motenegro,tanto el PNV,como ERC,y me figuro que en general los nacionalistas de cualquier lugar,con apoyo o sin apoyo del Partido Socialista,ya plantean dirctamente la separacion del Estado y la creacion de su patria propia.
Dejando al lado sentimientos,y politica,mi duda como funcionario de justicia de un cuerpo nacional es la siguiente.
En este caso,el Ministerio de Justicia,tiene algun plan,para trasladar al territorio,de lo que quede de España, a los que no se fien de depender de otro poder politico.Me explico,tanto Catalunya,como el Pais Vasco,aunque ofrezcan garantias a los funcionarios traspasados,estas duraran creo yo,hasta que en ellos en el ejercicio de su soberania nacional,decidan lo contrario,y por ejemplo a los funcionarios procedentes del antiguo estado,decidan echarlos por no fiarse de ellos(esto ya ha pasado enotros procesos de seseción o rupturas territoriales).Digo esto por si hay gente que se cree todavia que los nacionalistas una vez ocupado plenamente su poder,van a ser respetuosos con lo derechos de los demas.Yo no me lo creo.
Pero bueno,me figuro,que el Ministerio tendra que hacerse cargo,en su territorio de los funcionarios traspasados,y que por ejemplo y en el ejercicio de su libertad,no quieran asumir su nueva nacionalidad,y prefieran mantener la española de origen.Mas que nada,porque de las leyes del estado,se fian porque ya estan,y las de lo otros no,porque es un camino nuevo.
Lo dejo para el debate,y que cada uno reflexione,como quiera,pero que cuando vote en las generales,lo tenga muy cuenta.A veces pactos con sonrisas,son lagrimas de futuro.
Para Carlos Valiña, si lo sabe, yo no lo sé ¿ Qué pasó en 1899 con los funcionarios que estaban destinados en Cuba, Filipinas y Puerto Rico cuando volvieron a España ? ¿ y con que quedaron allí , se les mantuvieron sus puestos de trabajo por EEUU ?
PESIMISMO SOBRE UNA NACION QUE SE DESTRUYE
Esto ultimo es interesante,y si no recuerdo mal,en los casos que desaperecio la soberania española en un territorio ,y consultando algun que otro libro,mas los casos más recientes de Sahara,Sidi Ifni,o Marruecos lo que paso fue lo siguiente:
1º)Los que se quedaron,pasaron a depender de las nuevas autoridades,y me figuro que los mantuvieron en los puestos,pero desde lugeo con un nuevo status,muy diferente del que habian dejado atras.Es por eejmplo lo que pasara cuando Cataluña o el Pais Vasco se constituyan en Republicas independientes.En este caso,tendran que estar pendientes de las nuevas leyes,que regulen sus funciones.Desde luego,en los propyestos de estas futuras naciones,no se contempla para nada al Secretario Judicial.En el Pasi Vasco sencillamente desaparece.En Cataluña el nuevo estatuto,que es una paso muy importante para su independencia,ni lo menciona.Habla de cuerpos propios.Me remito pues a la Ley de la funcion publica catalana,para ver por donde pueden ir las nuevas categorias.Eso si,quien no sepa catalan,que se vaya hiendo ya.
2º)En el caso de Sahara,Sidi Ifni,sencillamente los trasladaron a la peninsula,y los acloparon en las llamadas escalas especiales a desaparecer.Aqui me planteo dudas,pues si dejan los cuerpos de ser nacionales,la unica salida legal,sera que pidan el traslado a su comunidad favorita,y alli se intengren en las organizaciones autonomicas,donde quede España,o si lo aceptan las autoridades nacionales del Pais Vasco o Cataluña,en su administración.
En fin,todos nacimos españoles,aprobamos unas oposiciones para un cuerpo del estado,y al final,acabaremos recogiendo la mierda,en los nuevos paises,que se formaran en la antigua España.
Mejor no deprimerse.Queda Europa,y la posibilidad todavia de emigrar a USA,Y EMPRENDER OTRA VIDA.
1º)Los que se quedaron,pasaron a depender de las nuevas autoridades,y me figuro que los mantuvieron en los puestos,pero desde lugeo con un nuevo status,muy diferente del que habian dejado atras.Es por eejmplo lo que pasara cuando Cataluña o el Pais Vasco se constituyan en Republicas independientes.En este caso,tendran que estar pendientes de las nuevas leyes,que regulen sus funciones.Desde luego,en los propyestos de estas futuras naciones,no se contempla para nada al Secretario Judicial.En el Pasi Vasco sencillamente desaparece.En Cataluña el nuevo estatuto,que es una paso muy importante para su independencia,ni lo menciona.Habla de cuerpos propios.Me remito pues a la Ley de la funcion publica catalana,para ver por donde pueden ir las nuevas categorias.Eso si,quien no sepa catalan,que se vaya hiendo ya.
2º)En el caso de Sahara,Sidi Ifni,sencillamente los trasladaron a la peninsula,y los acloparon en las llamadas escalas especiales a desaparecer.Aqui me planteo dudas,pues si dejan los cuerpos de ser nacionales,la unica salida legal,sera que pidan el traslado a su comunidad favorita,y alli se intengren en las organizaciones autonomicas,donde quede España,o si lo aceptan las autoridades nacionales del Pais Vasco o Cataluña,en su administración.
En fin,todos nacimos españoles,aprobamos unas oposiciones para un cuerpo del estado,y al final,acabaremos recogiendo la mierda,en los nuevos paises,que se formaran en la antigua España.
Mejor no deprimerse.Queda Europa,y la posibilidad todavia de emigrar a USA,Y EMPRENDER OTRA VIDA.
Re: PESIMISMO SOBRE UNA NACION QUE SE DESTRUYE
Me gustaría ver cuántos catalanes confunden, como haces tú, el verbo "ir" con el verbo "hendir" en castellano.ROBESPIERRES escribió:Eso si,quien no sepa catalan,que se vaya hiendo ya.
Menos mal que tenemos a los defensores de la patria, nación e idioma únicos. Estamos salvados.
seguimos con el tema
Pido disculpas por las faltas.Es consecuencia de trabajar a la vez con dos lenguas.Flojeas en las dos,porque no enseñan bien ninguna.El catalan real,es una mezcla de castellano y catalan,con influencias del ingles,del arabe y de todo lo que viene por aqui.
Catalan bien escrito,solo lo escriben los de la normalizacion linguistica,y los demas vamos haciendo,y mezclando,y liando.
Catalan bien escrito,solo lo escriben los de la normalizacion linguistica,y los demas vamos haciendo,y mezclando,y liando.
25-05-06 El pasado martes día 23, hemos sabido que el grupo parlamentario de CIU presentó 130 enmiendas para la Reforma de la LOPJ en el sentido de que ésta debe adaptarse al Estatuto de Catalunya. En lo que más nos afecta, propone que "se permita la constitución de cuerpos autonómicos de personal al servicio de la Administración de Justicia". El CNSJ, asumiendo el sentir unánime del colectivo manifestado reiteradamente en foros privados y públicos, defiende y defenderá su naturaleza y ámbito de Cuerpo Nacional. En el debate respeco a la Reforma de la LOPJ se irán despejando las dudas que quedaban sobre la posición que mantiene algún grupo parlamentario respeto a una cuestión vital para todos los Secretarios Judiciales.
Los indicios sobre el camino de las transferencias siguen apuntando en sentido contrario a las promesas que en su día se hicieron. A pesar de que se nos dijo desde el Ministerio que adoptábamos una postura irracional, dado que el Ministro ha afirmado que no se van a producir las transferencias de los Secretarios Judiciales y que la palabra del Ministro quedaría en entredicho, si se produjera la conversión en cuerpo autonómico.
Si finalmente las transferencias de los Secretarios Judiciales no se producen y la palabra del Ministro queda indemne, seremos los primeros en celebrarlo.
Los indicios sobre el camino de las transferencias siguen apuntando en sentido contrario a las promesas que en su día se hicieron. A pesar de que se nos dijo desde el Ministerio que adoptábamos una postura irracional, dado que el Ministro ha afirmado que no se van a producir las transferencias de los Secretarios Judiciales y que la palabra del Ministro quedaría en entredicho, si se produjera la conversión en cuerpo autonómico.
Si finalmente las transferencias de los Secretarios Judiciales no se producen y la palabra del Ministro queda indemne, seremos los primeros en celebrarlo.
A ver si nos informamos mejor
A ver si nos informamos mejor, publicado el día 25 de www.upsj.org
El Pleno del Congreso de los Diputados del 23 de mayo pasado admitió a trámite el Proyecto de Reforma del Estatuto de Andalucía. En el texto aprobado por el Parlamento de Andalucía y cuya tramitación ante las Cortes Generales se ha iniciado, de forma mimética con el recientemente aprobado por las Cortes Proyecto de reforma del Estatuto de Cataluña, la comunidad andaluza asume extensas competencias, en materia de Administración de Justicia, sobre el “personal no judicial”.
Desde la Unión Progresista de Secretarios Judiciales queremos poner de manifiesto:
- Que la distinción entre “personal judicial” y “personal no judicial” no tiene encaje en el ordenamiento jurídico español vigente.
- Que un Estatuto de Autonomía no es norma hábil para definir ni deslindar quienes constituyen el “personal judicial” y quienes no, ni aún por la vía inductiva empleada en el estatuto catalán.
- Que sólo a la Constitución Española, y al Tribunal Constitucional como máximo intérprete de la misma, compete decidir qué autoridades y funcionarios tienen la consideración de “judiciales” y qué otros no la tienen. Defender lo contrario llevaría incluso al absurdo de que quien es “personal judicial” en una Comunidad Autónoma podría no serlo en otra.
- En todo caso, no nos cabe duda de que los Secretarios Judiciales sólo pueden ser clasificados como “personal judicial”, tanto por el hecho de que forman parte del órgano judicial, a diferencia de otras autoridades como el Ministerio Fiscal que procesal y orgánicamente son una parte ante el órgano judicial pero fuera de él, como por las funciones jurisdiccionales que ejercen los Secretarios Judiciales, que recientemente han venido a reconocer en sus conclusiones los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia en su reunión de la pasada semana.
En la web del Colegio también hay varios comunicados sobre esto de los estatutos.
Y lo de siempre: que las asociaciones hacen poco, ¿y tu? ¿has hecho algo alguna vez?
El Pleno del Congreso de los Diputados del 23 de mayo pasado admitió a trámite el Proyecto de Reforma del Estatuto de Andalucía. En el texto aprobado por el Parlamento de Andalucía y cuya tramitación ante las Cortes Generales se ha iniciado, de forma mimética con el recientemente aprobado por las Cortes Proyecto de reforma del Estatuto de Cataluña, la comunidad andaluza asume extensas competencias, en materia de Administración de Justicia, sobre el “personal no judicial”.
Desde la Unión Progresista de Secretarios Judiciales queremos poner de manifiesto:
- Que la distinción entre “personal judicial” y “personal no judicial” no tiene encaje en el ordenamiento jurídico español vigente.
- Que un Estatuto de Autonomía no es norma hábil para definir ni deslindar quienes constituyen el “personal judicial” y quienes no, ni aún por la vía inductiva empleada en el estatuto catalán.
- Que sólo a la Constitución Española, y al Tribunal Constitucional como máximo intérprete de la misma, compete decidir qué autoridades y funcionarios tienen la consideración de “judiciales” y qué otros no la tienen. Defender lo contrario llevaría incluso al absurdo de que quien es “personal judicial” en una Comunidad Autónoma podría no serlo en otra.
- En todo caso, no nos cabe duda de que los Secretarios Judiciales sólo pueden ser clasificados como “personal judicial”, tanto por el hecho de que forman parte del órgano judicial, a diferencia de otras autoridades como el Ministerio Fiscal que procesal y orgánicamente son una parte ante el órgano judicial pero fuera de él, como por las funciones jurisdiccionales que ejercen los Secretarios Judiciales, que recientemente han venido a reconocer en sus conclusiones los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia en su reunión de la pasada semana.
En la web del Colegio también hay varios comunicados sobre esto de los estatutos.
Y lo de siempre: que las asociaciones hacen poco, ¿y tu? ¿has hecho algo alguna vez?