Buenas tardes: se ha dictado sentencia de un ordinario condenando a una empresa al pago de una cantidad. Hemos exhortado a un juzgado de paz y el resultado ha sido negativo, constando que hace un año el representante de la empresa manifestó que la vendió, y tenemos el nombre del actual comprador.
Qué hacemos? Publicamos en el Boletín de la Comunidad o notificamos al comprador de la empresa?
Gracias
Notificación sentencia ordinario
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Re: Notificación sentencia ordinario
Por seguridad BOP, BOCCAA o BOE, también un dato a tener en cuenta si la sentencia es anterior o posterior a la venta, pero por seguridad jurídica la primera opción, sino que la parte que le afecta la publicación que recurra la resolución que lo ordena y que ilumine en derecho... es mi humilde opinión.
Re: Notificación sentencia ordinario
Buenos días, que yo sepa, de una diligencia negativa de notificación hay que dar traslado a la parte actora para que inste lo que convenga.
Personalmente, siempre busco los datos del administrador (antes, por certificación registral, ahora por el propio Juzgado si el registro oculta esos datos por mor de la LOPD), ya que es el representante legal de la sociedad por imperativo de la LSC, no el socio.
Solo si no puede notificarse al administrador, entonces sí pasar a edictos.
Saludos,
Personalmente, siempre busco los datos del administrador (antes, por certificación registral, ahora por el propio Juzgado si el registro oculta esos datos por mor de la LOPD), ya que es el representante legal de la sociedad por imperativo de la LSC, no el socio.
Solo si no puede notificarse al administrador, entonces sí pasar a edictos.
Saludos,
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Re: Notificación sentencia ordinario
gracias, voy a dar traslado al actor 
