Incomparecencia del Procurador a la vista. Cliente presente.

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Terminatrix
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Incomparecencia del Procurador a la vista. Cliente presente.

#1 Mensaje por Terminatrix »

La juez de primera instancia tuvo a la parte actora por incomparecida y solo se practicó la prueba documental propuesta por la parte demandada, desestimándose la demanda. La Audiencia Provincial confirmó posteriormente la sentencia.

Ahora, el Tribunal Supremo, en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Salas Carceller, (sentencia de fecha 15 de junio de 2016, número 402/2016) señala que si bien el artículo 432 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es clara al requerir la presencia de procurador y letrado para tener por comparecida a una parte, vistas las circunstancias del caso la decisión adoptada por la juez de primera instancia resulta desproporcionada y contraria a los derechos constitucionales de tutela judicial y defensa en juicio.

http://noticias.juridicas.com/actualida ... yndication

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Pod ... e-la-vista
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

Diggory Kirke
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Re: Incomparecencia del Procurador a la vista. Cliente prese

#2 Mensaje por Diggory Kirke »

Teniendo en cuenta que ni la juez, ni el funcionario que tramitó ese pleito seguirán en ese juzgado la única perjudicada es la parte demandante y el juzgado como entidad. Muy bien :roll:

Secretarionovato
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Re: Incomparecencia del Procurador a la vista. Cliente prese

#3 Mensaje por Secretarionovato »

Sobre esta cuestión, se pronunció una Sentencia del Tribunal Supremo hace casi 8 años, refiriendo que no era necesaria la asistencia del Procurador, si la parte iba personalmente a la Audiencia Previa.

http://www.poderjudicial.es/search/doAc ... rface=true

Habría que leer esta Sentencia detenidamente, porque parece que cambia la doctrina fijada con anterioridad.

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