«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Buena pregunta, ¿quién determina nuestra carga de trabajo?
Pues veamos...teniendo en cuenta que nuestras asociaciones no nos defienden porque su visión de la realidad está un poco deformada, que a nuestros Secretarios Coordinadores nuestra carga de trabajo y que cada día se ve incrementada con más cutrefunciones como que no les afecta, que el Ministerio mejor que no haga nada, que la estadística judicial no refleja la realidad de nuestro trabajo y que Minerva tampoco contabiliza con exactitud ni la cantidad ni la calidad del mismo...pues no sé quién puede determinar nuestra carga de trabajo.
Quizás si elegimos criterios más objetivos y sin demasiado rigor (tipo productividad) cualquiera podría hacerlo, pero si queremos ser un poco más exactos me temo que sólo nosotros mismos podríamos hacerlo, y tengo mis dudas.
Pero bueno, sólo estaba pensando en voz alta....la carga de trabajo reconocida, regulada y retribuida adecuadamente no es para los LAJs.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.