Como todos sabéis, desde 1 de enero, y hasta el 31 de enero de cada año, incluidas ambas fechas, es el plazo para el cambio ordinario de entidad médica, cambio evidentemente de carácter voluntario.
El cambio de entidad permite indistintamente hacerlo de una entidad médica privada a otra o al Sistema Público de Salud (INSS).
Es fundamental comprobar, previamente a la decisión de realizar el cambio de una entidad a otra, los cuadros médicos de cada compañía, por si alguno de los facultativos que buscamos no se encuentran ya de alta en dicha compañía para atención de los mutualistas, aunque sí permanezcan en la misma compañía pero solo para atender a clientes particulares.
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MUGEJU: Cambio ordinario de entidad médica.
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.