Fallecimiento judicial y funeraria
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Fallecimiento judicial y funeraria
En un fallecimiento judicial, hay algun problema en que una funeraria extranjera se haga cargo del cadáver¿¿¿¿
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Re: fallecimiento judicial y funeraria
Se siguen los mismos trámites que cuando se trata de traslado de cadáver del extranjero a España. Artículos 34 y siguientes del Decreto 2263/1974, de 20 de Julio por el que se aprueba el reglamento de policía sanitaria mortuoria.
Tratándose de supuestos normales ( no enfermedades epidemiológicas etc.) yo hablaría con el Médico Forense por el tema del embalsamamiento y con el Consulado correspondiente y el Ministerio de AAEE para la autorización de salida de territorio español.
Ya nos contarás, que esto nos puede pasar a cualquiera.
Tratándose de supuestos normales ( no enfermedades epidemiológicas etc.) yo hablaría con el Médico Forense por el tema del embalsamamiento y con el Consulado correspondiente y el Ministerio de AAEE para la autorización de salida de territorio español.
Ya nos contarás, que esto nos puede pasar a cualquiera.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).