Mi duda es la siguiente: en laboral no hay obligación de que la parte traiga copia de la documental que presenta en el acto de juicio ( otra cosa es la cortesía del abogado en traerla) pero no obligación. Aportan el original, se da traslado del mismo a la contraria que lo examina y se une a los autos.
En muchas ocasiones posteriormente el letrado contrario pide al juzgado copia de esa documental. ¿ Hay obligación de dársela? Si la hay, es un chiste de escasa gracia porque ellos no tendrían obligación de hacerla y posteriormente nosotros si tedriamos que sacar la copia.
Ya me diréis algo..
Pues yo, después de la solicitud por escrito o comparecencia, acuerdo poner los autos a disposición de la parte solicitante en Secretaría y ella, a su costa, obtiene las fotocopias. Da la casualidad de que disponemos, aparte de una salita multiusos, otra para que los profesionales puedan sentarse, tomar notas y demás, donde tienen una fotocopiadora que puso el Colegio de Abogados.
A mí, sin embargo lo que me fastidia o molesta es cuando recibo exhortos de otros Juzgados -firmados por compañeros en este caso- donde me piden testimonio íntegro de las actuaciones mías para unir a las suyas y a veces son voluminosas. Retorno el despacho para que la parte o el propio exhortante me concrete los particulares que le interesan. Es muy fácil pedirlo todo...
Os pregunto que, dado que en las vistas de los juicios de lo social, no tienen obligación de traer copia para la contraria ( muchos letrados si la traen) ¿si hay obligación de dársela por el juzgado? En excesivas ocasiones nos encontramos con que, pasados unos días, nos piden copia de la documental del contrario. ¿Nos podemos negar o bien hay obligación de entregarla poniendo tiempo nuestro y folios del ministerio?
( No sé si se tocó el tema, tengo la sensación de que si pero no lo pillo)
Ni flawuars escribió:Os pregunto que, dado que en las vistas de los juicios de lo social, no tienen obligación de traer copia para la contraria ( muchos letrados si la traen) ¿si hay obligación de dársela por el juzgado? En excesivas ocasiones nos encontramos con que, pasados unos días, nos piden copia de la documental del contrario. ¿Nos podemos negar o bien hay obligación de entregarla poniendo tiempo nuestro y folios del ministerio?
( No sé si se tocó el tema, tengo la sensación de que si pero no lo pillo)
Es que no has buscado bien.Si buscas por "copias", encuentras el hilo
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Qué maravilla el trabajo de Terminatrix. Enseguida nos soluciona los problemas de consulta. Pero al compañero que ha retomado el tema le diría que si el Letrado que pide las copias está personado o ha intervenido en las actuaciones, las pongo a su disposición en el Juzgado para que a su costa, las obtenga sin más. Ya dije en su momento que disponíamos de sala multiusos con fotocopiadora del colegio de abogados.
Tenía la seguridad de que el tema estaba tratado. Como siempre os digo, salvo temas novedosisimos originados por reformas legales, casi todo ha sido tratado en alguna ocasión. Hice una busca muy precisa en el subforo de social y no encontré nada. Luego hice otra genérica por "copias" y lo encontré. El caso es intentarlo con el buscador. Como tú lo has hecho, estás totalmente exculpad@
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.