Actas en juicio de faltas.
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Actas en juicio de faltas.
Tengo una duda sobre lo que tiene que recoger el acta de juicio de faltas.
El artículo 972 de la L.E.Criminal lo especifica, pero hasta donde llega el término "sucintamente".
Celebramos un juicio de faltas, el juez niega al Abogado del denunciado la aportación de fotografías que considera que no son necesarios para el hecho enjuiciado, el abogado erre que erre, hace constar su protesta y solicita se ponga en el acta a fectos de apelación. Se hace.
Vuelve con el tema y pretende hacer preguntas relacionadas con las fotos que era del lugar, cuando se enjuciaba una desobediencias e insultos a la autoridad. S.Sª le niega que haga estas preguntas, él insiste y ante la negación protesta y dice que su pregunta se haga constar en acta textualmente para el recurso de apelación.
Pregunta:
Es necesario que se haga transcripción literal de cada pregunta que se formula y que S.Sª niega.
Las partes siempre piden que se haga constar en Acta y el Juez lo admite.
¿Quien es el que decide lo que se hace constar en Acta?.
¿Si me niego que consecuencias tiene?.
Muchas gracias, para todos.
Me es muy útil el foro, porque además hay diversas opiniones.
El artículo 972 de la L.E.Criminal lo especifica, pero hasta donde llega el término "sucintamente".
Celebramos un juicio de faltas, el juez niega al Abogado del denunciado la aportación de fotografías que considera que no son necesarios para el hecho enjuiciado, el abogado erre que erre, hace constar su protesta y solicita se ponga en el acta a fectos de apelación. Se hace.
Vuelve con el tema y pretende hacer preguntas relacionadas con las fotos que era del lugar, cuando se enjuciaba una desobediencias e insultos a la autoridad. S.Sª le niega que haga estas preguntas, él insiste y ante la negación protesta y dice que su pregunta se haga constar en acta textualmente para el recurso de apelación.
Pregunta:
Es necesario que se haga transcripción literal de cada pregunta que se formula y que S.Sª niega.
Las partes siempre piden que se haga constar en Acta y el Juez lo admite.
¿Quien es el que decide lo que se hace constar en Acta?.
¿Si me niego que consecuencias tiene?.
Muchas gracias, para todos.
Me es muy útil el foro, porque además hay diversas opiniones.
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7199
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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Toma mi respuesta como la de un no especialista en la materia, a pesar de que llevo muchas horas de sala...
El primer criterio como en todo debe ser el sentido comun...
Recuerdo una junta de quiebra en mi primer año de destino, donde un abogado hizo una protesta y pidio que constara en acta, y otro abogado, (el del suspenso), que era de los mas "aparatosos dicho sea cariñosamente, dijo que protestaba porque se hiciera constar la protesta del anterior, el Comisario de la quiebra me miro perplejo, como diciendo como salimos de esto, y yo le dicte al Auxiliar, mientras toda los acreedores esparaban, por el Abogado Sr. tal se hace constar protesta por tal y tal cosa y por el Abogado del Suspenso sr. tal se hace constar oportuna protesta porque se haya hecho constar la protesta del letrado sr. tal, despues mire a ambos con alguna que otra sonrisa en la Sala y la Junta continuo tranquilamente.
A mi me parece que lo mas natural es poner en el acta las cosas que pasan. Por absurdo que sea el motivo por el que un letrado pretenda hacer constar una cosa, si insiste y lo cree necesario a su derecho es mejor ponerlo, si tenia interes podra servirle y si no da lo mismo pero no se causa perjuicio.
Distinto es el caso donde se pretende que se recoja en acta algo que no se ha producido de este modo, (yo me negue una vez a que se cambiaran en su contra las palabras de un letrado que declaraba como imputado).
Tambien distinto es el caso donde el Juez quiere que se incluya en el acta algo que el Secretario considera irrelevante. El Secretario es el que confecciona el acta, (aunque en laboral y no se si en contencioso se dan facultades concretas al juez sobre el acta, hablo de memoria), pero confeccionar es algo mas que poner lo que se cree importante, es poner las incidencias. Si el Juez quiere que se haga constar expresamente un dato irrelevante, y el Secretario no quiere ponerlo no debe ponerlo, pero sí debe poner en ese mismo caso que por SSª se considera procedente incluir en el acta la siguiente manifestacion de no se quien y escribirla, porque esa es una incidencia del acta.
Evidentemente puede desvirtuarse por este metodo la potestad de redaccion del Secretario si el Magistrado quiere que se incluya todo frase, pero en ese caso se llegara al enfrentamiento y casos como ese puedes seguirlos en este otro tema del foro:
viewforum.php?f=5
En cuanto al fondo de tu pregunta, mi impresion es que el acta apenas la lee nadie, y que si el letrado tiene interes en que algo conste, lo mejor es hacerlo constar para no perjudicar el derecho de defensa de su patrocinado.
El caso limite y con esto volvemos al principio seria aquel donde el letrado quiere incorporar algo al acta y el juez no. Si es un documento, la decision del juez es inamovible, el admite las pruebas, pero tu puedes indicar que por el letrado se ha intentado incorporar una foto de tal cosa y por el juez se deniega su incorporacion. Si se trata de la respuesta de un testigo, el tema es tambien limite, la no admision de preguntas y pruebas es cosa del juez, pero esa decision no puede ser revisada con todas las garantias en apelacion si no se sabe lo que contesto el testigo a la pregunta que una vez conocida la respuesta el juez prohibio se incorporara al acta con su respuesta, en tal caso yo pondria que por el letrado se formula pregunta en el sentido tal, por el testigo se responde cual y por SSª se acuerda que tal pregunta y respuesta se tenga por no incorporada al acta (en plan americano...el jurado no tendra en cuenta....) y todos contentos o si no todos contentos, todos al menos salvando la cara.
Saludos y espero te sirva, aunque estas son nociones generales, dependiendo del tipo de Juez, del tipo de situacion, de tus caracteristicas como Secrtario, de tus relaciones con el Juez, de tu cintura, de tus tablas, etc, tendras que buscar la mejor salida.
Suerte.
El primer criterio como en todo debe ser el sentido comun...
Recuerdo una junta de quiebra en mi primer año de destino, donde un abogado hizo una protesta y pidio que constara en acta, y otro abogado, (el del suspenso), que era de los mas "aparatosos dicho sea cariñosamente, dijo que protestaba porque se hiciera constar la protesta del anterior, el Comisario de la quiebra me miro perplejo, como diciendo como salimos de esto, y yo le dicte al Auxiliar, mientras toda los acreedores esparaban, por el Abogado Sr. tal se hace constar protesta por tal y tal cosa y por el Abogado del Suspenso sr. tal se hace constar oportuna protesta porque se haya hecho constar la protesta del letrado sr. tal, despues mire a ambos con alguna que otra sonrisa en la Sala y la Junta continuo tranquilamente.
A mi me parece que lo mas natural es poner en el acta las cosas que pasan. Por absurdo que sea el motivo por el que un letrado pretenda hacer constar una cosa, si insiste y lo cree necesario a su derecho es mejor ponerlo, si tenia interes podra servirle y si no da lo mismo pero no se causa perjuicio.
Distinto es el caso donde se pretende que se recoja en acta algo que no se ha producido de este modo, (yo me negue una vez a que se cambiaran en su contra las palabras de un letrado que declaraba como imputado).
Tambien distinto es el caso donde el Juez quiere que se incluya en el acta algo que el Secretario considera irrelevante. El Secretario es el que confecciona el acta, (aunque en laboral y no se si en contencioso se dan facultades concretas al juez sobre el acta, hablo de memoria), pero confeccionar es algo mas que poner lo que se cree importante, es poner las incidencias. Si el Juez quiere que se haga constar expresamente un dato irrelevante, y el Secretario no quiere ponerlo no debe ponerlo, pero sí debe poner en ese mismo caso que por SSª se considera procedente incluir en el acta la siguiente manifestacion de no se quien y escribirla, porque esa es una incidencia del acta.
Evidentemente puede desvirtuarse por este metodo la potestad de redaccion del Secretario si el Magistrado quiere que se incluya todo frase, pero en ese caso se llegara al enfrentamiento y casos como ese puedes seguirlos en este otro tema del foro:
viewforum.php?f=5
En cuanto al fondo de tu pregunta, mi impresion es que el acta apenas la lee nadie, y que si el letrado tiene interes en que algo conste, lo mejor es hacerlo constar para no perjudicar el derecho de defensa de su patrocinado.
El caso limite y con esto volvemos al principio seria aquel donde el letrado quiere incorporar algo al acta y el juez no. Si es un documento, la decision del juez es inamovible, el admite las pruebas, pero tu puedes indicar que por el letrado se ha intentado incorporar una foto de tal cosa y por el juez se deniega su incorporacion. Si se trata de la respuesta de un testigo, el tema es tambien limite, la no admision de preguntas y pruebas es cosa del juez, pero esa decision no puede ser revisada con todas las garantias en apelacion si no se sabe lo que contesto el testigo a la pregunta que una vez conocida la respuesta el juez prohibio se incorporara al acta con su respuesta, en tal caso yo pondria que por el letrado se formula pregunta en el sentido tal, por el testigo se responde cual y por SSª se acuerda que tal pregunta y respuesta se tenga por no incorporada al acta (en plan americano...el jurado no tendra en cuenta....) y todos contentos o si no todos contentos, todos al menos salvando la cara.
Saludos y espero te sirva, aunque estas son nociones generales, dependiendo del tipo de Juez, del tipo de situacion, de tus caracteristicas como Secrtario, de tus relaciones con el Juez, de tu cintura, de tus tablas, etc, tendras que buscar la mejor salida.
Suerte.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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metodoprofesional@gmail.com
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actas en los Juicios de faltas
Por si te sirve de ayuda en el Juzgado donde presto mis servios grabamos los jucios de faltas en soporto informático esto es CD y no hay problema alguna, recogemos acta suscinta y nos evitamos problemas, es dificil recoger un acta en los Juicios de tráficos. Tenemos instrucciones de la AUdiencia Provincial donde nos indican que procedamos a la grabación de todos los juicios de faltas, pero nosotros unicamente grabamos los juicios de faltas de tráficos y aquellos que considermos más importantes y sobre todo aquellos en que intervienen muchas partes. En todos los Juzgados de mi partido Judicial actuamos así . Un saludo.
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7199
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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La tendencia es a grabar todo y a (quitarnos de alli supongo) pero ojo que recuerdo haber oido en el foro que en Barcelona la Audiencia se cargo las grabaciones en juicios de faltas... a ver si encuentro el mensaje donde lo contaba un forero..
..no lo encontre.... pero esta por algun lado..
Saludos.
..no lo encontre.... pero esta por algun lado..

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
EDITADOEs necesario que se haga transcripción literal de cada pregunta que se formula y que S.Sª niega.
Había puesto otra respuesta, pero viendo otra vez el mensaje inicial no me parecía correcta y lo he cambiado

Mi opinión en cuanto a la fé pública: El Secretario recogerá sucintamente la pregunta, la esencia jurídica de ésta, y no el tenor literal. Para eso es licenciado en derecho, para saber resumir y dar fé de lo que tiene trascendencia.
Mi opinión práctica en cuanto a la cuestión en su conjunto: No se puede fundar un recurso de apelación en la denegación de una pregunta y pretender repetir todo el juicio en base a que se practique en segunda instancia esa diligencia, que no se siquiera una prueba entera, (Admitir o no la declaración) sino una parte de la práctica de ésta. De modo que a efectos prácticos, dá igual que se protesten o no las preguntas, no sirve para fundar en ello la anulación de un juicio. Si la apelación se admite, se puede practicar la prueba en segunda instancia, pero otra vez entera, asistiendo el imputado/acusado y los intervinientes. Lo que no se vá a hacer es anular el juicio de faltas y devolverlo al Juzgado para seguir a partir de ahí por no haber admitido la pregunta, porque no hay quebrantamiento de formas esenciales de juicio, ni siquiera inadmisión de una prueba que, de ser pertinente, procederá admitir en segunda instancia, sino simplemente de una pregunta.
Y en casación (Sentencias de AP en 1ª Instancia recurridas ante el TS) el recurso no puede fundarse en valoración de prueba, así que menos aún.
Saludos
Magistrado Granollers:
Cada Juez que conoce de la apelación es dios -con minúscula- y no solo se puede cargar un juicio de falta de muchas horas -depende de la leche que tenga el día que mira el asunto- por cualquier tontería incluida la denegación de una pregunta sino que incluso te puede mandar transcribir el acta -o sea poner a máquina lo que está escrito a mano- sin importarle la dedicación de otros al asunto ni,lo que es más grave, si ese modo de quitarse aunque sea momentáneamente el asunto de encima pueda contribuir a una acertada administración de justicia.
transcribir.
(Del lat. transcribĕre).
1. tr. copiar (ǁ escribir en una parte lo escrito en otra
Cada Juez que conoce de la apelación es dios -con minúscula- y no solo se puede cargar un juicio de falta de muchas horas -depende de la leche que tenga el día que mira el asunto- por cualquier tontería incluida la denegación de una pregunta sino que incluso te puede mandar transcribir el acta -o sea poner a máquina lo que está escrito a mano- sin importarle la dedicación de otros al asunto ni,lo que es más grave, si ese modo de quitarse aunque sea momentáneamente el asunto de encima pueda contribuir a una acertada administración de justicia.
transcribir.
(Del lat. transcribĕre).
1. tr. copiar (ǁ escribir en una parte lo escrito en otra
El secretario es él que tiene que determinar que es lo realmente relevante que debe constar en acta y qué no tiene tanta importancia, es por eso por lo que se le exige una extensa preparación en derechos sustantivo y procesal, es así como consigna en el acta lo que considera debe ser tenido en cuenta a la hora de que el Juez ejerza la función jurisdicciónal de juzgar, en base a los hechos relevantes que quedaron consignados en el acta. Lo que no está en el acta no está en el mundo.yo personalmente detesto cuando dicen ¨que conste en acta¨, pero si no lo veo impotante paso de ellos y no lo hago constar, luego no se dan ni cuenta, porque efectivamente no leen el acta.Me da igual pero desde luego la confección del acta es tarea del secretario y por lo menos en las mias no se mete nadie, esa comptencia no me la quitan porque saco las uñas.
Me parece muy bien que se graven las faltas de tráfico y no entiendo, Carlos , quén se tiene que pronunciar en contra, una cosa es que esa grabación no tenga el valor que tiene en los juicios civiles ,apta para viciar de nulidad el acto, pero desde luego es un instrumento muy útil a la hora de poner la sentencia, por cosas tan tontas como ver como estaban sentados o vestidos las partes,; os explico uncaso, la semana pasada mi juez estaba poniendo una sentencia de una colisión múltiple, que yo no pude grabar por problemas técnicos, pues bien la sentencia tuvo que ser absolutoria por que no logramos adivinar quien era el primer coche y cual el último, el acta estaba prefecta con todas sus testificales y con un relato exacto de los hechos, sin embargo nadie preguntó cúal fué el primer coche que sufrió el impacto y realmente si el juicio se hubiera grabado yo lo habría recordado por la posición de los letrados..es una tonteria, yo sé que tú carlos te refieres a que la sentencia no puede recoger hechos que no figuren en acta y eso es cierto , en cuyo caso la grabación tendría poco sentido, pero te aseguro es útil.
Me parece muy bien que se graven las faltas de tráfico y no entiendo, Carlos , quén se tiene que pronunciar en contra, una cosa es que esa grabación no tenga el valor que tiene en los juicios civiles ,apta para viciar de nulidad el acto, pero desde luego es un instrumento muy útil a la hora de poner la sentencia, por cosas tan tontas como ver como estaban sentados o vestidos las partes,; os explico uncaso, la semana pasada mi juez estaba poniendo una sentencia de una colisión múltiple, que yo no pude grabar por problemas técnicos, pues bien la sentencia tuvo que ser absolutoria por que no logramos adivinar quien era el primer coche y cual el último, el acta estaba prefecta con todas sus testificales y con un relato exacto de los hechos, sin embargo nadie preguntó cúal fué el primer coche que sufrió el impacto y realmente si el juicio se hubiera grabado yo lo habría recordado por la posición de los letrados..es una tonteria, yo sé que tú carlos te refieres a que la sentencia no puede recoger hechos que no figuren en acta y eso es cierto , en cuyo caso la grabación tendría poco sentido, pero te aseguro es útil.
El secretario es él que tiene que determinar que es lo realmente relevante que debe constar en acta y qué no tiene tanta importancia, es por eso por lo que se le exige una extensa preparación en derechos sustantivo y procesal, es así como consigna en el acta lo que considera debe ser tenido en cuenta a la hora de que el Juez ejerza la función jurisdicciónal de juzgar, en base a los hechos relevantes que quedaron consignados en el acta. Lo que no está en el acta no está en el mundo.yo personalmente detesto cuando dicen ¨que conste en acta¨, pero si no lo veo impotante paso de ellos y no lo hago constar, luego no se dan ni cuenta, porque efectivamente no leen el acta.Me da igual pero desde luego la confección del acta es tarea del secretario y por lo menos en las mias no se mete nadie, esa comptencia no me la quitan porque saco las uñas.
Me parece muy bien que se graven las faltas de tráfico y no entiendo, Carlos , quén se tiene que pronunciar en contra, una cosa es que esa grabación no tenga el valor que tiene en los juicios civiles ,apta para viciar de nulidad el acto, pero desde luego es un instrumento muy útil a la hora de poner la sentencia, por cosas tan tontas como ver como estaban sentados o vestidos las partes,; os explico uncaso, la semana pasada mi juez estaba poniendo una sentencia de una colisión múltiple, que yo no pude grabar por problemas técnicos, pues bien la sentencia tuvo que ser absolutoria por que no logramos adivinar quien era el primer coche y cual el último, el acta estaba prefecta con todas sus testificales y con un relato exacto de los hechos, sin embargo nadie preguntó cúal fué el primer coche que sufrió el impacto y realmente si el juicio se hubiera grabado yo lo habría recordado por la posición de los letrados..es una tonteria, yo sé que tú carlos te refieres a que la sentencia no puede recoger hechos que no figuren en acta y eso es cierto , en cuyo caso la grabación tendría poco sentido, pero te aseguro es útil.
Me parece muy bien que se graven las faltas de tráfico y no entiendo, Carlos , quén se tiene que pronunciar en contra, una cosa es que esa grabación no tenga el valor que tiene en los juicios civiles ,apta para viciar de nulidad el acto, pero desde luego es un instrumento muy útil a la hora de poner la sentencia, por cosas tan tontas como ver como estaban sentados o vestidos las partes,; os explico uncaso, la semana pasada mi juez estaba poniendo una sentencia de una colisión múltiple, que yo no pude grabar por problemas técnicos, pues bien la sentencia tuvo que ser absolutoria por que no logramos adivinar quien era el primer coche y cual el último, el acta estaba prefecta con todas sus testificales y con un relato exacto de los hechos, sin embargo nadie preguntó cúal fué el primer coche que sufrió el impacto y realmente si el juicio se hubiera grabado yo lo habría recordado por la posición de los letrados..es una tonteria, yo sé que tú carlos te refieres a que la sentencia no puede recoger hechos que no figuren en acta y eso es cierto , en cuyo caso la grabación tendría poco sentido, pero te aseguro es útil.
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7199
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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El caso es que yo no recuerdo muy bien el asunto, pero algunos foreros estaban preguntando sobre la posibilidad de grabar juicios de faltas, y entonces alguien de Barcelona comento que algunos Secretarios de Barcelona estaban grabando los juicios de faltas y haciendo actas sucintas como en civil, y uno de esos juicios fue en Apelacion a la Audiencia y la Audiencia dijo que como eso de las grabaciones esta en la LEC que es suplente (digo supletoria hay que ver lo que te atonta el futbol
) de la laboral y la administrativa pero no de la criminal, el acta era nula y habia que repetir el juicio.
Tecnicamente el razonamiento es impecable y desde la perspectiva de la Audiencia ademas es bastante logico, porque mirarse un acta de juicio en diskette es una castaña y el acta, en el caso de que la letra se entienda, la ojeas en un instante, eso aparte de que es verdad que lo de las grabaciones hace mucho mas comodo el estar en juicios, pero tambien nos convierte en mas inutiles, puesto que se suponia que teniamos que saber derecho de fondo para poder valorar lo importante y lo que no lo es, y con esto de las grabaciones, para solo copiar los intervinientes y las incidencias... no hace falta un Secretario.
Saludos Telma y todo el foro.

Tecnicamente el razonamiento es impecable y desde la perspectiva de la Audiencia ademas es bastante logico, porque mirarse un acta de juicio en diskette es una castaña y el acta, en el caso de que la letra se entienda, la ojeas en un instante, eso aparte de que es verdad que lo de las grabaciones hace mucho mas comodo el estar en juicios, pero tambien nos convierte en mas inutiles, puesto que se suponia que teniamos que saber derecho de fondo para poder valorar lo importante y lo que no lo es, y con esto de las grabaciones, para solo copiar los intervinientes y las incidencias... no hace falta un Secretario.
Saludos Telma y todo el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
El art. 4 de la LEC 2000 dice expresamente (Lo he comprobado y estoy en lo cierto) que es supletoria a la penal, y creo que la LECRIM también lo decía de sí misma en cuanto a que la antigua LEC 1881 era supletoria (Aquí hablo de memoria y me puedo equivocar, pero estoy casi seguro de que es así).la Audiencia dijo que como eso de las grabaciones esta en la LEC que es suplente (digo supletoria hay que ver lo que te atonta el futbol ) de la laboral y la administrativa pero no de la criminal, el acta era nula y habia que repetir el juicio.
Otra cosa es que no hagan bien su trabajo y se la carguen porque les dé la gana, pero en Granollers la Sala del TSJ mandó una comunicación pidiendo que, de ser posible, grabaramos también los juicios de faltas.
Saludos
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Qué cansinos y tediosos, aparte de poco esclarecedores y pretenciosos los mensajes de Carlos Valiña. Pobres funcionarios que deben soportarlo estoicamente día tras día. En fin... Te diré como las hago yo:
_ Sólo consigno las respuestas
_ Omito los informes salvo en lo tocante a calificación falta y determinación pena
_ El Juez se hace un esquema siempre, pero yo procuro ser minuciosa. Es la esencia de la fe pca judicial: el control del juzgador
_ Si aparece algún abogado que habla muy rápido, peor para él... Tú anota lo que puedas, que somos notarios judiciales y no linotipistas
_ Mis actas de faltas no son sucintas. Son extra-detalladas. Las civiles sí son medio-sucintas
_ Levanta acta lo más detallada posible de todo lo que haga Su Señoría: ese es mi consejo, si me lo permites. Así te tendrá más respeto.
_ Sólo consigno las respuestas
_ Omito los informes salvo en lo tocante a calificación falta y determinación pena
_ El Juez se hace un esquema siempre, pero yo procuro ser minuciosa. Es la esencia de la fe pca judicial: el control del juzgador
_ Si aparece algún abogado que habla muy rápido, peor para él... Tú anota lo que puedas, que somos notarios judiciales y no linotipistas
_ Mis actas de faltas no son sucintas. Son extra-detalladas. Las civiles sí son medio-sucintas
_ Levanta acta lo más detallada posible de todo lo que haga Su Señoría: ese es mi consejo, si me lo permites. Así te tendrá más respeto.
Bravo TELMA!
Muy bien compañera. "Quod non est in actis non est in mundo": Lo que no está en el acta no está en el mundo. Chapeau! Tú eres de las mías. Ah, soy la misma del mensaje anterior.
Por favor, TELMA
No digas "mi juez", Telma, por favor... Dí mejor "el juez"... Implica una connotación afectiva,¿sabes?. Y recuerda que Sus Señorías nos miran desde arriba. Yo he sido humillada gravemente por el Juez. Pero he salido fortalecida de la lamentable experiencia, TElma. Perímetro invisible e infranqueable de seguridad me protege. Y desde que he sufrido este varapalo soy más secretaria judicial que antes, en todos los sentidos. Y si tú supieras, Telma, lo humilde que aparentaba ser... Ni te imaginas. Teatro. Menos mal que los funcionarios del juzgado en el que estoy son buenísimos. Al final he acabado llevándome bien con el juez, con mucha cordialidad y mucha hipocresía, por el bien del juzgado y sobre todo por el de los funcionarios. pero jamás le apreciaré ni le estimaré. Jamás. Nunca seré su amiga. Y aunque he recuperado el sitio que trató de quitarme impunemente, no me confío. Ni un pelo. Tengo la guardia muy pero que muy bien alta. Se perdona la ofensa, pero el daño perdura. No se borra. Cest la vie
Es verdad no debo decir ¨mi juez¨,no es correcto, aunque tambien es cierto que me une a ella una muy buena amistad, hasta que me demuestre lo contrario hoy día es de mis mejores amigas, nos llevamos bastante bien y eso repercute en el trabajo , en la buena marcha del Juzgado, aprendemos mucho la una de la otra y te aseguro no me mira por encima del hombro , además que no se le caen los anillos diciendoles a sus compis todo lo que la ayudo , y no cesa en elogios hacia mí , incluso me llama compaeñera delante de los demás jueces. no sé si será paripé , como me dice un compañero, pero yo estoy muy bien con ella.
Ah' no te metas conCarlos que te aseguro que sus funcionarios se llevan muy bien con él, ojalá hubiera muchos secretarios tan comprometidos.
Por cierto Carlos , ayer tuve discusión muy interesante con dos jueces que se oponen a tu reglamento....conclusión: que un secretario no les dice a ellos lo que tienen que hacer..ja, ja. ojalá salga adelante, que quién rie el último ...
Ah' no te metas conCarlos que te aseguro que sus funcionarios se llevan muy bien con él, ojalá hubiera muchos secretarios tan comprometidos.
Por cierto Carlos , ayer tuve discusión muy interesante con dos jueces que se oponen a tu reglamento....conclusión: que un secretario no les dice a ellos lo que tienen que hacer..ja, ja. ojalá salga adelante, que quién rie el último ...
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7199
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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Por alusiones:
Para la compañera que tilda mis mis mensajes de cansinos y pretenciosos:
En primer lugar decirle que si no gusta de leer mis mensajes basta conque no los lea, no es necesario criticarlos.
En segundo lugar decirle que si critica mis mensajes, creo que lo natural es criticar o desvirtuar lo que en ellos se dice, atacar al autor, es simplemente utilizar "argumentos ad hominem" y como ya he dicho muchas veces en este foro, esa tecnica no solo no sirve de mucho por aqui, porque la tenemos muy calada, sino que generalmente produce en el lector el efecto contrario, el de que quien la utiliza no tiene nada que oponer en cuanto al fondo y por eso se dirige contre el autor.
En tercer lugar decirle que yo no voy a criticar su mensaje. En lo esencial cuanto se afirma en el mismo es correcto (en lo de que la esencia de la Fe Publica es controlar al Juzgador habria quiza que hilar un poco mas), otra cosa es que realmente no contesta a las preguntas que hacia quien planteaba el tema. Evidentemente esta en su derecho y enriquece este foro que exponga detalladamente como recoge las actas, insisto que en lineas generales me parece una exposicion precisa y correcta, pero si viene acompañada de una critica a un mensaje donde se intentaba responder a una pregunta sobre unos problemas vidriosos con los que a menudo nos enfrentamos los Secretarios, esto es, los temas de "frontera" entre Juez y Secretario, pues creo ajustado manifestarle, que mis mensajes podran ser pretenciosos y cansinos, pero responden a la pregunta planteada, porque cuando no me creo capacitado para responder con un minimo de interes, simplemente no respondo. Es importante saber exponer pero tambien lo es saber escuchar, saber en la pregunta del invitado, un compañero probablemente novel y que realiza una exposicion y unas preguntas algo confusas, lo que realmente quiere saber, incluso abrir un poco el abanico en la respuesta, por si se ha entendido un poco mal alguna de sus preguntas que no se quede sin mas ideas y mas respuestas, incluso abrir ese abanico para enseñarle situaciones parecidas o similares a las por el vividas, que igual no se le ha ocurrido que puedan producirse, para darle asi mas perspectivas del problema y que coja mas experiencia de una tacada, en fin, que cada cual cuando responde busca ofrecer lo que cree conveniente, y en mi caso, me gusta aprender en lo que no se, que es mucho, e intentar aportar mi experiencia en la escasa medida en que pueda ser de utilidad a un compañero novel.
Finalmente decirte que no es buen camino ni es de estilo criticar a las personas por la forma en que hacen las cosas, porque estoy seguro de que a ti no te gustaria que te criticara yo porque has bailado una palabra en tu mensaje y has puesto otra parecida pero que no es la correcta.
Me gustaria que cuando tengas que criticarme por lo que digo lo hagas, incluso con dureza, que siempre hay que estar aprendiendo y revisando los propios posicionamientos, pero honradamente, atacarme por como lo digo, ni es de estilo, ni dice mucho de ti y es una pena porque pareces buena profesional.
Para Telma:
Es evidente que lo mas prudente es huir de expresiones del tipo mi Juzgado, mi Juez, o mis Funcionarios que pueden ser mal interpretadas, pero muchas veces el sentido peyorativo o no del termino dependera de quien lo diga y del contexto:
Por ejemplo un magnifico conductor recientemente jubilado me decia en Algeciras cuando me veia, y ahora tambien, hombre aqui esta mi Secretario y yo le contesto siempre, hay que ver desde que tiene Secretario no hay quien le tosa, y la broma sigue...
Lo importante es pues quien lo dice, donde lo dice, como lo dice, y sobre todo que siente cuando lo dice.
En punto al Reglamento decirte simplemente que aunque la propuesta inicial es mia, con adicion de sugerencias de Secretarios y Magistrados, el texto final se autoriza desde la Secretaria de Gobierno del T.S.J. y que el espiritu que anima esa propuesta no es otro que el de regular que cosas hace el Servicio Comun de Algeciras con el escaso personal asignado al mismo, de forma que los organos jurisdiccionales pueden contar con el Servicio en las tareas comunes que este afronta, y llevar a efecto las demas con los medios del propio organo jurisdiccional. Se trata en definitiva de un mero problema de reparto de los recursos humanos existentes para cubrir el maximo posible de competencias comunes, tratando de priorizar y atender las necesidades mas urgentes y perentorias. En consecuencia no puedo compartir un analisis como el que parece deducirse de lo que cuentas, como un problema de si es el Secretario del Servicio o el de Gobierno el que les dice a los Jueces lo que tienen que hacer.
El Reglamento simplemente dice lo que se hace en el Servicio en el Comun y con que requisitos de forma y punto.
Fuera de ese estricto ambito, cada organo jurisdiccional es soberano y conserva indemnes todas las potestades que la ley le atribuye.
Me ha parecido importante aclarar este extremo y en consecuencia no puedo compartir tu analisis de "ojala que salga adelante y quien rie el ultimo".
Te agradezco la intencion, pero hay un problema de enfoque en esta cuestion. Desde que estamos jerarquizados, nosotros podemos proponer pero no nos toca decidir. No es correcto decir ojala que salga adelante, porque el Reglamento no esta en entredicho. Simplemente ha sido dictado por autoridad competente y esta en vigor mientras no sea anulado o dejado sin efecto por la Autoridad que lo dicto. De igual modo si el mismo fuera impugnado y la autoridad que lo dicto u otra superior lo modificara, el Reglamento asi resultante seguiria siendo igual valido y aceptable, debiendo ceder todo criterio personal al hecho cierto de que la jerarquia implica que esto es asi, y yo comprendo que es dificil despues de tantos años adaptarnos a un sistema nuevo donde estamos jerarquizados pero esto es lo que marca la ley.
Tampoco puedo compartir en consecuencia la alusion a que quien rie el ultimo rie mejor. No es esta una cuestion que haya de ventilarse en terminos de risas, o de quedar por encima al final. Para mi se trata exclusivamente de un problema de aplicacion de las normas actualmente vigentes y en las que se pueden sostener de buena fe interpretaciones diferentes, debiendo prevalecer en ultimo termino la que haya considerado como mas ajustada a derecho el superior jerarquico competente y en ultimo termino, en su caso, los Tribunales de Justicia.
He sostenido reiteradamente en este foro que creo que los Secretarios deben estar en el Consejo, que creo que su unica posibilidad es establecer una alianza solida con los Jueces y con el principio de Autoridad y sobre esas bases he construido mi inicial propuesta, confiando en que todos los llamados a tener en cuenta el Reglamento aprobado por la Secretaria de Gobierno, sepan apreciar cual ha sido ese fin ultimo del mismo.
Saludos Telma y a todo el foro.
Para la compañera que tilda mis mis mensajes de cansinos y pretenciosos:
En primer lugar decirle que si no gusta de leer mis mensajes basta conque no los lea, no es necesario criticarlos.
En segundo lugar decirle que si critica mis mensajes, creo que lo natural es criticar o desvirtuar lo que en ellos se dice, atacar al autor, es simplemente utilizar "argumentos ad hominem" y como ya he dicho muchas veces en este foro, esa tecnica no solo no sirve de mucho por aqui, porque la tenemos muy calada, sino que generalmente produce en el lector el efecto contrario, el de que quien la utiliza no tiene nada que oponer en cuanto al fondo y por eso se dirige contre el autor.
En tercer lugar decirle que yo no voy a criticar su mensaje. En lo esencial cuanto se afirma en el mismo es correcto (en lo de que la esencia de la Fe Publica es controlar al Juzgador habria quiza que hilar un poco mas), otra cosa es que realmente no contesta a las preguntas que hacia quien planteaba el tema. Evidentemente esta en su derecho y enriquece este foro que exponga detalladamente como recoge las actas, insisto que en lineas generales me parece una exposicion precisa y correcta, pero si viene acompañada de una critica a un mensaje donde se intentaba responder a una pregunta sobre unos problemas vidriosos con los que a menudo nos enfrentamos los Secretarios, esto es, los temas de "frontera" entre Juez y Secretario, pues creo ajustado manifestarle, que mis mensajes podran ser pretenciosos y cansinos, pero responden a la pregunta planteada, porque cuando no me creo capacitado para responder con un minimo de interes, simplemente no respondo. Es importante saber exponer pero tambien lo es saber escuchar, saber en la pregunta del invitado, un compañero probablemente novel y que realiza una exposicion y unas preguntas algo confusas, lo que realmente quiere saber, incluso abrir un poco el abanico en la respuesta, por si se ha entendido un poco mal alguna de sus preguntas que no se quede sin mas ideas y mas respuestas, incluso abrir ese abanico para enseñarle situaciones parecidas o similares a las por el vividas, que igual no se le ha ocurrido que puedan producirse, para darle asi mas perspectivas del problema y que coja mas experiencia de una tacada, en fin, que cada cual cuando responde busca ofrecer lo que cree conveniente, y en mi caso, me gusta aprender en lo que no se, que es mucho, e intentar aportar mi experiencia en la escasa medida en que pueda ser de utilidad a un compañero novel.
Finalmente decirte que no es buen camino ni es de estilo criticar a las personas por la forma en que hacen las cosas, porque estoy seguro de que a ti no te gustaria que te criticara yo porque has bailado una palabra en tu mensaje y has puesto otra parecida pero que no es la correcta.
Me gustaria que cuando tengas que criticarme por lo que digo lo hagas, incluso con dureza, que siempre hay que estar aprendiendo y revisando los propios posicionamientos, pero honradamente, atacarme por como lo digo, ni es de estilo, ni dice mucho de ti y es una pena porque pareces buena profesional.
Para Telma:
Es evidente que lo mas prudente es huir de expresiones del tipo mi Juzgado, mi Juez, o mis Funcionarios que pueden ser mal interpretadas, pero muchas veces el sentido peyorativo o no del termino dependera de quien lo diga y del contexto:
Por ejemplo un magnifico conductor recientemente jubilado me decia en Algeciras cuando me veia, y ahora tambien, hombre aqui esta mi Secretario y yo le contesto siempre, hay que ver desde que tiene Secretario no hay quien le tosa, y la broma sigue...
Lo importante es pues quien lo dice, donde lo dice, como lo dice, y sobre todo que siente cuando lo dice.
En punto al Reglamento decirte simplemente que aunque la propuesta inicial es mia, con adicion de sugerencias de Secretarios y Magistrados, el texto final se autoriza desde la Secretaria de Gobierno del T.S.J. y que el espiritu que anima esa propuesta no es otro que el de regular que cosas hace el Servicio Comun de Algeciras con el escaso personal asignado al mismo, de forma que los organos jurisdiccionales pueden contar con el Servicio en las tareas comunes que este afronta, y llevar a efecto las demas con los medios del propio organo jurisdiccional. Se trata en definitiva de un mero problema de reparto de los recursos humanos existentes para cubrir el maximo posible de competencias comunes, tratando de priorizar y atender las necesidades mas urgentes y perentorias. En consecuencia no puedo compartir un analisis como el que parece deducirse de lo que cuentas, como un problema de si es el Secretario del Servicio o el de Gobierno el que les dice a los Jueces lo que tienen que hacer.
El Reglamento simplemente dice lo que se hace en el Servicio en el Comun y con que requisitos de forma y punto.
Fuera de ese estricto ambito, cada organo jurisdiccional es soberano y conserva indemnes todas las potestades que la ley le atribuye.
Me ha parecido importante aclarar este extremo y en consecuencia no puedo compartir tu analisis de "ojala que salga adelante y quien rie el ultimo".
Te agradezco la intencion, pero hay un problema de enfoque en esta cuestion. Desde que estamos jerarquizados, nosotros podemos proponer pero no nos toca decidir. No es correcto decir ojala que salga adelante, porque el Reglamento no esta en entredicho. Simplemente ha sido dictado por autoridad competente y esta en vigor mientras no sea anulado o dejado sin efecto por la Autoridad que lo dicto. De igual modo si el mismo fuera impugnado y la autoridad que lo dicto u otra superior lo modificara, el Reglamento asi resultante seguiria siendo igual valido y aceptable, debiendo ceder todo criterio personal al hecho cierto de que la jerarquia implica que esto es asi, y yo comprendo que es dificil despues de tantos años adaptarnos a un sistema nuevo donde estamos jerarquizados pero esto es lo que marca la ley.
Tampoco puedo compartir en consecuencia la alusion a que quien rie el ultimo rie mejor. No es esta una cuestion que haya de ventilarse en terminos de risas, o de quedar por encima al final. Para mi se trata exclusivamente de un problema de aplicacion de las normas actualmente vigentes y en las que se pueden sostener de buena fe interpretaciones diferentes, debiendo prevalecer en ultimo termino la que haya considerado como mas ajustada a derecho el superior jerarquico competente y en ultimo termino, en su caso, los Tribunales de Justicia.
He sostenido reiteradamente en este foro que creo que los Secretarios deben estar en el Consejo, que creo que su unica posibilidad es establecer una alianza solida con los Jueces y con el principio de Autoridad y sobre esas bases he construido mi inicial propuesta, confiando en que todos los llamados a tener en cuenta el Reglamento aprobado por la Secretaria de Gobierno, sepan apreciar cual ha sido ese fin ultimo del mismo.
Saludos Telma y a todo el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
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Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
- Carlos Valiña
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- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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Sira es grande.
Ahora hay que mejorar en experiencia, prudencia y bonhomia, como el buen vino y recordar los buenos consejos que han dictado algunos de los mejores sabios del pueblo chino:
- ¿Como puedes vencer a tus enemigos? Hazte mejor que ellos.
- No hay mayor desprecio que el no hacer aprecio.
- Ten cerca a tu amigo pero ten aun mas cerca a tu enemigo.
Y tres de la casa:
- Nunca hables mal de nadie.
- Haz bien y no mires a quien.
- Nadie es imprescindible
Servidor continua siendo aprendiz en estas materias, pero sigue porfiando en lograr la perfeccion. Pero lo mas importante es lo que ya se intuye en tu mensaje, el sentirte aprendiz de persona, que las experiencias negativas no te cambien, sino que te fortalezcan y que las positivas te hagan dar lo mejor de ti misma. Ese es el mejor camino.
Saludos y nos vemos por el foro.
Ahora hay que mejorar en experiencia, prudencia y bonhomia, como el buen vino y recordar los buenos consejos que han dictado algunos de los mejores sabios del pueblo chino:
- ¿Como puedes vencer a tus enemigos? Hazte mejor que ellos.
- No hay mayor desprecio que el no hacer aprecio.
- Ten cerca a tu amigo pero ten aun mas cerca a tu enemigo.
Y tres de la casa:
- Nunca hables mal de nadie.
- Haz bien y no mires a quien.
- Nadie es imprescindible
Servidor continua siendo aprendiz en estas materias, pero sigue porfiando en lograr la perfeccion. Pero lo mas importante es lo que ya se intuye en tu mensaje, el sentirte aprendiz de persona, que las experiencias negativas no te cambien, sino que te fortalezcan y que las positivas te hagan dar lo mejor de ti misma. Ese es el mejor camino.
Saludos y nos vemos por el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Sira, no te lo tomes a mal, pero ¿has pensado que tu juez podria entrar y leer esto y reconocerse? Quizas no resulta prudente que des tantos detalles de lo que ocurre en tu juzgado y figurate como te sentaria si descubrieses en una web de jueces que SSª estuviera contando su version de lo ocurrido... pues lo mismo se quedaria de pasta boniato si lo leyese el.
Entiendo que a veces una necesita desahogarse y lo de Internet es muy tentador porque da una falsa sensacion de anonimato e incluso de intimidad, pero es una sensacion engañosa y en ocasiones puede complicar las cosas innecesariamente.
Por otra parte, si reflexionas y piensas en lo que te ha ocurrido, en como tenias un mal dia, escribiste un post-exabrupto y luego te disculpaste pues lamentabas lo escrito, te daras cuenta de que podria tratarse de una situacion paralela a la que te ocurrio.
Puede que si, que SSª fuese muy competitivo o clasista y quisiese tenerte de segundona, puede que al saber que no tenias mucha experiencia creyo mejor hacer las cosas a su manera que a las de "una novata" (y lo pongo entre comillas pq no es lo que pienso de ti, ¿eh? creo que sabes mucho, creo que vales mucho y que te esfuerzas mucho por hacer las cosas bien). Pero, ¿y si no fuese asi? ¿y si tenia problemas personales y el tambien tuvo un mal dia? Si le dolio perder tu amistad es porque le importaba, al fin y al cabo.
Si tuvo el valor de pronunciar las dos palabras mas dificiles del diccionario: "lo siento" y tratar de ganarse su amistad, y decirtelo tragandose el orgullo, ¿acaso no mereceria una oportunidad?
No os conozco a ninguno de los dos pero a veces, cuando todavia no se conoce bien a una persona los malentendidos pueden hacer que se estropee una buena relacion de trabajo o amistad inicial.
Uno de mis mejores amigos estuvo a punto de no serlo por algo parecido. Pero supo disculparse y yo supe perdonarle, aunque reconozco que me costo muchisimo mas aprender a confiar.
Valio la pena.
Tambien podria ser que no, que estuvieses ante alguien hipocrita que trata de ir de coleguilla porque le interesa, pero a la que sus intereses se crucen con los tuyos de la juegue. Creo que solo hay una manera de saberlo: mantenerse a la expectativa, darle tiempo y ver si cuando las cosas van mal es capaz de dar la cara por ti. Espero que si entonces hay sorpresa sea para bien.

Entiendo que a veces una necesita desahogarse y lo de Internet es muy tentador porque da una falsa sensacion de anonimato e incluso de intimidad, pero es una sensacion engañosa y en ocasiones puede complicar las cosas innecesariamente.
Por otra parte, si reflexionas y piensas en lo que te ha ocurrido, en como tenias un mal dia, escribiste un post-exabrupto y luego te disculpaste pues lamentabas lo escrito, te daras cuenta de que podria tratarse de una situacion paralela a la que te ocurrio.
Puede que si, que SSª fuese muy competitivo o clasista y quisiese tenerte de segundona, puede que al saber que no tenias mucha experiencia creyo mejor hacer las cosas a su manera que a las de "una novata" (y lo pongo entre comillas pq no es lo que pienso de ti, ¿eh? creo que sabes mucho, creo que vales mucho y que te esfuerzas mucho por hacer las cosas bien). Pero, ¿y si no fuese asi? ¿y si tenia problemas personales y el tambien tuvo un mal dia? Si le dolio perder tu amistad es porque le importaba, al fin y al cabo.
Si tuvo el valor de pronunciar las dos palabras mas dificiles del diccionario: "lo siento" y tratar de ganarse su amistad, y decirtelo tragandose el orgullo, ¿acaso no mereceria una oportunidad?
No os conozco a ninguno de los dos pero a veces, cuando todavia no se conoce bien a una persona los malentendidos pueden hacer que se estropee una buena relacion de trabajo o amistad inicial.
Uno de mis mejores amigos estuvo a punto de no serlo por algo parecido. Pero supo disculparse y yo supe perdonarle, aunque reconozco que me costo muchisimo mas aprender a confiar.
Valio la pena.
Tambien podria ser que no, que estuvieses ante alguien hipocrita que trata de ir de coleguilla porque le interesa, pero a la que sus intereses se crucen con los tuyos de la juegue. Creo que solo hay una manera de saberlo: mantenerse a la expectativa, darle tiempo y ver si cuando las cosas van mal es capaz de dar la cara por ti. Espero que si entonces hay sorpresa sea para bien.
