Casos prácticos de la oposición.
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Casos prácticos de la oposición.
Como algún usuario ha pedido ayuda para la preparación del tercer ejercicio de la oposición, hemos pensado que sería interesante que nos pasárais los casos que hayan ido saliendo en convocatorias anteriores.
Si conserváis el supuesto práctico y sois tan amables de compartirlo en el foro, os quedarán muy agradecidos.
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Casos prácticos de la oposición.
soy de la 36 y a mí no me lo dejaron sacar, pero fue un verbal de desahucio el caso práctico
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Re: Casos prácticos de la oposición.
Monitorio de comunidad de propietarios en el práctico de la 39 promoción.
Tampoco lo pudimos sacar pero las preguntas no eran complicadas.
Tampoco lo pudimos sacar pero las preguntas no eran complicadas.
Re: Casos prácticos de la oposición.
en la XXXV un accidente de tráfico (empezó en si iba por civil o penal , competencia.....y terminó en la ejecución calculando un embargo de salario)
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Re: Casos prácticos de la oposición.
Holaaa yo tmb he aprobado el oral de secres, como vas con el practico?? en otro foro nos dimos los nombres y tenemos un grupo de facebook, si quieres nos dices por privadoTerminatrix escribió:Como algún usuario ha pedido ayuda para la preparación del tercer ejercicio de la oposición, hemos pensado que sería interesante que nos pasárais los casos que hayan ido saliendo en convocatorias anteriores.
Si conserváis el supuesto práctico y sois tan amables de compartirlo en el foro, os quedarán muy agradecidos.
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Re: Casos prácticos de la oposición.
oposecres86, creo que te diriges a mí.
No necesito información del tercer ejercicio más que para postearla en el foro, para público conocimiento de los foreros y orientación de estos. Hace mucho, pero mucho, que aprobé el tercer ejercicio
Si quieres o queréis compartir vuestras experiencias en este foro desde el anonimato, siempre serán bienvenidas.
No necesito información del tercer ejercicio más que para postearla en el foro, para público conocimiento de los foreros y orientación de estos. Hace mucho, pero mucho, que aprobé el tercer ejercicio
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Re: Casos prácticos de la oposición.
Una amable forera que desea mantener el anonimato, nos ha remitido el tercer ejercicio de la convocatoria de 2014.
- Adjuntos
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- Tercer ejercicio Letrados de la Administración de Justicia (2014).odt
- (6.07 KiB) Descargado 1511 veces
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
EXAMEN CASO PRACTICO 2017
El examen del tercer ejercicio de la oposición por turno libre consistente en caso práctico, fue en mayo de 2017. ¿Puede alguien que disponga de él colgarlo en este foro de debate?
Muchas gracias de antemano.
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Re: Casos prácticos de la oposición.
Dejo el caso práctico de la promoción 43 TL:
Inés y Sebastián son pareja de hecho. Tienen dos hijos, Carlos (nacido el 1 de enero de 1990) y Juan (1 de febrero de 2000). Contraen matrimonio el 29 de marzo de 2017 en Alicante y fijan su vivienda en Villajoyosa (Alicante).
Tras desavenencias, se separan de hecho y Sebastián se va a vivir a Benidorm el 1 de mayo de 2018, mientras que Inés se va con Juan a Alicante. Carlos, el hijo mayor, es independiente.
Inés y Sebastián llegan a un acuerdo a través del Servicio de Mediación Familiar de Alicante para firmar su separación. Ambos presentan demanda de separación de mutuo acuerdo ante el Juez, sirviéndose del mismo abogado y procurador, acompañando convenio regulador en el que pactan una pensión de 600 euros para Juan hasta que sea independiente.
1) Juzgado competente.
2) ¿Es preceptivo abogado y procurador? ¿En qué caso, iniciado el procedimiento de mutuo acuerdo, habría de instarse por el LAJ la posibilidad de litigar cada uno con su abogado y procurador?
3) Documentos que han de acompañar a la demanda.
4) Resolución que se ha de dictar para admitir a trámite la demanda.
5) Actos procesales que han de acordarse y practicarse en el trámite del procedimiento.
6) ¿Qué ocurre si Inés no ratifica?
7) Redactar la parte dispositiva de la resolución que haya de dictarse.
8) ¿Quién es competente para resolver el proceso?
9) ¿Qué ocurre si el convenio es perjudicial o dañoso para uno de los cónyuges?
10) ¿Quién es competente para la modificación de las medidas adoptadas?
Inés y Sebastián son pareja de hecho. Tienen dos hijos, Carlos (nacido el 1 de enero de 1990) y Juan (1 de febrero de 2000). Contraen matrimonio el 29 de marzo de 2017 en Alicante y fijan su vivienda en Villajoyosa (Alicante).
Tras desavenencias, se separan de hecho y Sebastián se va a vivir a Benidorm el 1 de mayo de 2018, mientras que Inés se va con Juan a Alicante. Carlos, el hijo mayor, es independiente.
Inés y Sebastián llegan a un acuerdo a través del Servicio de Mediación Familiar de Alicante para firmar su separación. Ambos presentan demanda de separación de mutuo acuerdo ante el Juez, sirviéndose del mismo abogado y procurador, acompañando convenio regulador en el que pactan una pensión de 600 euros para Juan hasta que sea independiente.
1) Juzgado competente.
2) ¿Es preceptivo abogado y procurador? ¿En qué caso, iniciado el procedimiento de mutuo acuerdo, habría de instarse por el LAJ la posibilidad de litigar cada uno con su abogado y procurador?
3) Documentos que han de acompañar a la demanda.
4) Resolución que se ha de dictar para admitir a trámite la demanda.
5) Actos procesales que han de acordarse y practicarse en el trámite del procedimiento.
6) ¿Qué ocurre si Inés no ratifica?
7) Redactar la parte dispositiva de la resolución que haya de dictarse.
8) ¿Quién es competente para resolver el proceso?
9) ¿Qué ocurre si el convenio es perjudicial o dañoso para uno de los cónyuges?
10) ¿Quién es competente para la modificación de las medidas adoptadas?