Aparándose en la sentencia 12/12/98 del Tribunal Supremo, Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, se estan liquidando el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, y recabándose su pago de los ejecutantes de cualquier proceso. Es decir, cuando anotamos un embargo sobre un inmueble, se liquida y se exigen al trabajador los todos los gastos por la anotación. Ello nos puede llevar a que cada vez que anotemos un embargo en vez de beneficiar al ejecutante, le estemos perjudicando si la empresa es insolvente.
A pesar de todos los comentarios que me he permitido hacer al Liquidador, referente a que lo estan haciendo mal, ya que el impulso de la ejecución es toda de oficio y que el trabajador ni siquiera ha pedido la ejecución; ellos aducen que al ser la petición inicial de ejecución a instancia de parte, los trabajadores tienen que abonar los gastos de las anotaciones.
¿Qué podemos hacer al respecto?
Si alguien tiene alguna idea que la exponga.
gracias.
Liquidación de impuesto en detrimento de los ejecutantes.
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Re: Liquidación de impuesto en detrimento de los ejecutantes
Creo que se trató no hace mucho, pero no se me da muy bien el buscador. En mi caso nunca nadie ha tenido que abonar nada, citamos una serie de artículos que ahora no recuerdo y en ningún registro de España (he enviado a varios sitios se nos ha exigido). Mañana en el trabajo buscaré la redacción exacta.
Sospecho que en esto como en otras muchas cosas como te toque ¡ta tocao¡
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- Terminatrix
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Re: Liquidación de impuesto en detrimento de los ejecutantes
¿Puede ser éste el hilo?invitad@ escribió:Creo que se trató no hace mucho, pero no se me da muy bien el buscador. En mi caso nunca nadie ha tenido que abonar nada, citamos una serie de artículos que ahora no recuerdo y en ningún registro de España (he enviado a varios sitios se nos ha exigido). Mañana en el trabajo buscaré la redacción exacta.
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.