Estimados/as Secretarios/as de Gobierno
En relación con el sistema de embargo masivo de cuentas a la vista (ECCV) de las entidades financieras adheridas al convenio firmado a tal efecto entre el CGPJ, la Asociación Española de la Banca Privada, la Confederación Española de Cajas de Ahorro y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, relativo al tratamiento de los “Cargos por Requerimiento Judicial” mediante la aplicación informática de gestión de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales, se informa de que puntualmente se produce algún corte en el suministro del servicio prestado por el CGPJ, lo que produce que muchas solicitudes de ordenes de embargo, queden en estado: *error de envío*.
Respecto a lo anterior, dado que el número de solicitudes en estado: *error de envío* cada vez es más elevado, se hace necesaria la intervención de los Secretarios Judiciales, gestores de las cuentas, en el sentido de que si al tramitar un embargo por el sistema ECCV, éste queda en estado: *error de envío*, hay que volver a reenviarlo pasado un tiempo prudencial que permita subsanar la incidencia que provocó la situación.
Como en otras ocasiones, solicitamos su colaboración para dar traslado de la necesidad mencionada en el anterior párrafo, a los Secretarios Judiciales de sus respectivos ámbitos territoriales, con el ruego de que ellos, a su vez, trasladen esta información a los Funcionarios de sus órganos judiciales.
Gracias por su colaboración.
Saludos.
Secretaría General de la Administración de Justicia
Sub. Gral. De Programación de la Modernización.
Comunicación de la SGPM sobre embargos telemáticos.
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Comunicación de la SGPM sobre embargos telemáticos.
Comunicación de la Subdirección General de Programación de la Modernización relativa a las solicitudes de embargos por la aplicación informática de gestión de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Comunicación de la SGPM sobre embargos telemáticos.
Osea, arréglame esto.
Que los reenvien los ineptos tecnicos de informática que proviocan tales errores de envío.
Qué se han creído.
Porque no transparentan la causa real de los errores de envío.
Madre mía. Qué país.
Que los reenvien los ineptos tecnicos de informática que proviocan tales errores de envío.
Qué se han creído.
Porque no transparentan la causa real de los errores de envío.
Madre mía. Qué país.
Pesimista se queja pero acepta el viento adverso
Optimista espera que cambie el viento
Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte)
Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos
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Re: Comunicación de la SGPM sobre embargos telemáticos.
Pues podrían ir arreglando ya el temita de los embargos.
Estoy hasta el gorro de rellenar varias veces los mismos datos: tantas como ejecutados y como tipo de embargo. Si en una ETJ son cuatro los ejecutados y he de embargar cuentas y AEAT, pico los mismos datos ¡¡¡¡ Ocho veces!!!!
Y que no me salgan los fundamentalistas con que eso se puede delegar en los funcionarios. No están para eso, que bastante tienen con averiguaciones domiciliarias y de patrimonio en PNJ
, ni la cuenta es algo en que debamos estar "trasteando" varios. La cuenta es "mía" y mis pifias las asumo yo sin endilgarle el muerto a nadie. Creo que es lo único de valor que me enseñaron en el CEJ. 
Estoy hasta el gorro de rellenar varias veces los mismos datos: tantas como ejecutados y como tipo de embargo. Si en una ETJ son cuatro los ejecutados y he de embargar cuentas y AEAT, pico los mismos datos ¡¡¡¡ Ocho veces!!!!

Y que no me salgan los fundamentalistas con que eso se puede delegar en los funcionarios. No están para eso, que bastante tienen con averiguaciones domiciliarias y de patrimonio en PNJ


«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Comunicación de la SGPM sobre embargos telemáticos.
Sin acritud, Termi (y esperando no me consideres un "talIvan"), soy el primero en estar conforme con la indelegabilidad de las funciones del Secrtario judicial (art. 452 LOPJ, dixit).
En el CEJ algunos también pudieron escuchar que una de las cualidades del buen lider es saber delegar.
Delegar es atribuir una competencia propia a otro, normalmente subordinado en la jerarquía de la organización. Según la Ley 30/1992 el órgano que actúa por delegación de otro, debe indicar que lo hace así, por delegación del titular de la competencia. Creoque no es nuestro caso.
Pero, no creo que encomendar a los funcionarios que se encarguen de tareas ejecutivas no resoluctorias (como es la de materializar un embargo de cuentas o devoluciones acordado en un Decreto, que encaja perfectamente entre los comentidos de los arts. 476 y 477 LOPJ) sea delegar.
El caracter directivo que el ordenamiento juridico vigente nos atribuye hay que ejerecerlo.
Eso de que "no están para eso y que bastante tienen con ..." suena a queja típica de funcionario que no quiere hacer más. Todos nos esforzamos por llegar. Yo reto al que quiera a comparar jornada realmente realizada. De responsabilidad, no quiero ni hablar.
Que no te coman el terreno, ni te dejes chantajear (si fuera el caso).
Yo también aprecio a "mis" funcionarios (y noto que es recíproco), pero de vez en cuando un refuerzo positivo por aquí y un tironcito en la "cuerda" por alla, y mano de santo oye, y cada cual en su sitio.
Pero, y creo que esto es unánime, si alguien tiene más que bastantes (funciones, cutrefunciones, etc) ese es el Secretario judicial.
Saludos
En el CEJ algunos también pudieron escuchar que una de las cualidades del buen lider es saber delegar.
Delegar es atribuir una competencia propia a otro, normalmente subordinado en la jerarquía de la organización. Según la Ley 30/1992 el órgano que actúa por delegación de otro, debe indicar que lo hace así, por delegación del titular de la competencia. Creoque no es nuestro caso.
Pero, no creo que encomendar a los funcionarios que se encarguen de tareas ejecutivas no resoluctorias (como es la de materializar un embargo de cuentas o devoluciones acordado en un Decreto, que encaja perfectamente entre los comentidos de los arts. 476 y 477 LOPJ) sea delegar.
El caracter directivo que el ordenamiento juridico vigente nos atribuye hay que ejerecerlo.
Eso de que "no están para eso y que bastante tienen con ..." suena a queja típica de funcionario que no quiere hacer más. Todos nos esforzamos por llegar. Yo reto al que quiera a comparar jornada realmente realizada. De responsabilidad, no quiero ni hablar.
Que no te coman el terreno, ni te dejes chantajear (si fuera el caso).
Yo también aprecio a "mis" funcionarios (y noto que es recíproco), pero de vez en cuando un refuerzo positivo por aquí y un tironcito en la "cuerda" por alla, y mano de santo oye, y cada cual en su sitio.
Pero, y creo que esto es unánime, si alguien tiene más que bastantes (funciones, cutrefunciones, etc) ese es el Secretario judicial.
Saludos
Pesimista se queja pero acepta el viento adverso
Optimista espera que cambie el viento
Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte)
Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos
Optimista espera que cambie el viento
Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte)
Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos
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Re: Comunicación de la SGPM sobre embargos telemáticos.
A mí es que me grabaron a fuego que la cuenta es sagrada. Y que de las ca
con la cuenta somos los únicos responsables.
Mis funcis prefieren no tocar Banesto y yo prefiero que no lo hagan.
Ni siquiera lo he hablado con ellos. Ha sido una decisión personal, sin ningún tipo de presión o chantaje. Y de veras pienso que ya van aviados con las consultas de domicilio y las averiguaciones patrimoniales, que delego con total tranquilidad, si bien aleccionando de la obligación de que exista una resolución que autorice las consultas.
Me cuesta menos esfuerzo y tiempo hacerlo yo, que perder el tiempo en comprobar que lo hayan grabado todo correctamente y luego autorizarlo. Lo que me molesta es que los creadores del programa no lo hayan adaptado ya para ahorrar tiempo.

Mis funcis prefieren no tocar Banesto y yo prefiero que no lo hagan.
Ni siquiera lo he hablado con ellos. Ha sido una decisión personal, sin ningún tipo de presión o chantaje. Y de veras pienso que ya van aviados con las consultas de domicilio y las averiguaciones patrimoniales, que delego con total tranquilidad, si bien aleccionando de la obligación de que exista una resolución que autorice las consultas.
Me cuesta menos esfuerzo y tiempo hacerlo yo, que perder el tiempo en comprobar que lo hayan grabado todo correctamente y luego autorizarlo. Lo que me molesta es que los creadores del programa no lo hayan adaptado ya para ahorrar tiempo.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.