Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
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Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Alguien tiene claro cúal debe ser la cuantía a efectos de presentación de la tasa en un procedimiento de recargo de prestaciones: a) la cantidad a consignar según la capitalización de la Tesorería de la Seguridad social b) indeterminada
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Yo solo exijo los 200 ó 500 euros según sea trabajador o empresa.
Por cierto...¿Alguien sabe si las Mutuas de accidentes de trabajo están exentas del pago de la tasa? Lo digo porque en un recurso de casación del TSJ de Baleares, Sala Social de Palma Mallorca de este año, el Secre en la Diligencia de ordenación de 21.1.13 dice que sí en base art. 65 LGSS, 68 y Ley 20/11/12...
Por cierto...¿Alguien sabe si las Mutuas de accidentes de trabajo están exentas del pago de la tasa? Lo digo porque en un recurso de casación del TSJ de Baleares, Sala Social de Palma Mallorca de este año, el Secre en la Diligencia de ordenación de 21.1.13 dice que sí en base art. 65 LGSS, 68 y Ley 20/11/12...
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
El casod e las Mutuas me lo había planteado , pero en base a esos artículos ¿no estarán exentas tambiénd el depósito para recurrir y de la consignación?.
Tertuliano , si tienes más información por favor aportala.
Gracias.
Tertuliano , si tienes más información por favor aportala.
Gracias.
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Invitad: Pues mira, ya que veo que te has interesado por el tema te diré que ha llegado a mi poder copia de una cédula de notificación y emplazamiento ante el TS fechada en febrero actual del TSJ de Baleares, y es el propio Secretario quien dice en su Diligencia de ordenación "gozando las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social de la exención tributaria que, con carácter general y en la misma medida que para el Estado se estgableció para las entidades gestoras y servicios comunes en el art. 65.1º de la LGSS a cuyo texto remite especificamente el apartado 5º del art. 68 de dicha norma al conceder el beneficio también a las mutuas; teniendo en cuenta además lo dispuesto en el art. 4 nº 2 c) de la Ley 10/12 de 20 Nov, no procede efectuar trámite alguno respecto al pago de la tasa".
Espero ver si comulgas con dicho criterio.
Espero ver si comulgas con dicho criterio.
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Pero ¿es que examinais la cuantía?
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Parece que no hay más remedio que examinarla (la cuantía) porque la ley preve supuestos de devolución para aquellos casos en que inicialmente se haya ingresado un "exceso" y es competencia del secretario (certificaciones, comunicaciones a Hacienda.....etc) por lo que yo entiendo que nos trae mucha cuente eviarlos......
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Muchas gracias tertuliano por tu pronta respuesta. Tendré que estudiarmelo
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Pues invitad: Ya que te ofreces a estudiar el tema de las tasas en caso de Mutuas, te diré que existe la consulta vinculante 01845-13 de la Dirección General de Tributos de 4 de Marzo actual según la cual el Centro directivo dice que no tienen que abonarlas y se basan en el art. 89 Ley 58/03 de 17 Diciembre General Tributaria. Ya me dirás.
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Este es el problema de esta chapuza general que es la tasa, cada uno hace lo que interpreta ante las más que lagunas, lagos, en los que adolece.
Al igual que las Mutuas no estan exentos de los 300 euros de marras, tampoco lo debe estar de la tasa, ni tampoco quedan expresamente excluidas.
Por otro lado la consulta vinculante 01845-13 de la Dirección General de Tributos de 4 de Marzo, ¿vinculante para quien? para mi desde luego no. Ya sólo faltaría que vinculara a jueces y secretarios las consultas del Ministerio de Hacienda, a no ser que ahora sea fuente del derecho.
Aunque como digo cada uno puede interpretar lo que a su mejor parcer ante la desidia e incompetencia del legislador.
Al igual que las Mutuas no estan exentos de los 300 euros de marras, tampoco lo debe estar de la tasa, ni tampoco quedan expresamente excluidas.
Por otro lado la consulta vinculante 01845-13 de la Dirección General de Tributos de 4 de Marzo, ¿vinculante para quien? para mi desde luego no. Ya sólo faltaría que vinculara a jueces y secretarios las consultas del Ministerio de Hacienda, a no ser que ahora sea fuente del derecho.
Aunque como digo cada uno puede interpretar lo que a su mejor parcer ante la desidia e incompetencia del legislador.
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Pues no te falta razón, último invitado, al decir lo que dices anteriormente.
Re: Cuantía tasa procedimiento recargo de prestaciones
Contestando a la pregunta inicial, creo que tratándose de una cuantia indeterminada (recargo de prestaciones) la base imponible de la cuantia variable seria la de 18.000 euros.