STC poder Apud Acta PREVIO O SIMULTANEO al primer escrito

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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cabal
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STC poder Apud Acta PREVIO O SIMULTANEO al primer escrito

#1 Mensaje por cabal »

Ojo con esta interesante STC, que puede cambiar la actividad profesional de los Secretarios judiciales y de otros operadores jurídicos en la aplicación de lo establecido en el art. 24 LEC

El poderamiento <<apud acta>> deberá ser efectuado AL MISMO TIEMPO QUE LA PRESENTACION del primer escrito O, en su caso, ANTES DE LA PRIMERA ACTUACIÓN.

No posterior y en trámite de subsanación. El TC distingue y modula su doctrina sobre la subsanabilidad del defecto de poder, y alude a la del TS sobre hecho y acreditación del hecho, según se trae de primer escrito iniciador de un pleito o del escrito de interposición de un recurso.

http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/23/p ... 3-5433.pdf
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SECREDELOS80
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Re: STC poder Apud Acta PREVIO O SIMULTANEO al primer escrit

#2 Mensaje por SECREDELOS80 »

es decir, ya no tenemos que requerir para subsanar cuando falta el poder o apud acta?archivo y fuera??saludos

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ELY
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Re: STC poder Apud Acta PREVIO O SIMULTANEO al primer escrit

#3 Mensaje por ELY »

SECREDELOS80 escribió:es decir, ya no tenemos que requerir para subsanar cuando falta el poder o apud acta?archivo y fuera??saludos
Ojo pero solo en los recursos..

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