El supuesto sobre el que pregunto no viene, creo, regulado. Me refiero a aquellos casos en que se dió recurso de suplicación al pie de la sentencia, la parte recurrió haciendo uso de la posibilidad dada por el juzgado, la sala consideró que no cabía y lo inadmite.
Las tasas que abonó se le deberían devolver porque le dimos recurso pero no viene el supuesto, que yo sepa recogido. ¿Sabeís si puede recobrarlas de alguna manera?
Devolución de tasa Rec. suplicación incorrectamente admitido
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Devolución de tasa Rec. suplicación incorrectamente admi
Pues así es: no viene regulado ¡como tantas cosas.
Mi opinión es que por analogía se debe tramitar como cualquier caso de devolución: no he hecho ninguno pero supuestamente si que lo voy a tener. La parte debería pedirlo y el juzgado expedir certificado de lo que ha pasado y alla se las entienda con AEAT.....
Mi opinión es que por analogía se debe tramitar como cualquier caso de devolución: no he hecho ninguno pero supuestamente si que lo voy a tener. La parte debería pedirlo y el juzgado expedir certificado de lo que ha pasado y alla se las entienda con AEAT.....