Depósito por cámaras agrarias
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Depósito por cámaras agrarias
No sé si habeis tenido el caso. Quisiera saber si es condenada una cámara agraria y recurre en suplicación ¿si está exenta de consignar depósitos o no?
Re: Depósito por cámaras agrarias
Es que dicen que tienen justicia gratuita. No sé...Tertuliano escribió:Yo opino que no están exentas.
Re: Depósito por cámaras agrarias
También lo dicen las Mutuas, los trabajadores, los Sindicatos y algún ente más, pero creo que no están exentos de las tasas.
Re: Depósito por cámaras agrarias
Yo me refiero, más que a tasas, a los depósitos y consignaciones a que están obligados en el caso de recurso de suplicación. Si tienes JG no tienen que hacerlo pero con Cámaras Agrarias me dicen que la tienen pero que eso les exime del depósito pero no de la consignación. Nunca lo había oido pues pienso que, de estar exento, lo estas de todo.
Re: Depósito por cámaras agrarias
No es tan sencillo, por ejemplo las Mutuas no están exentas de pagar los 300 euros como depósito para recurrir y sin embargo ya el tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco se ha pronunciado en el sentido de que sí están exentas de pagar la tasa. Esto es, antes no pero ahora sí. Yo creo que en tema de tasas el Gallardón debió de tratar el asunto en una cena con la Blasa y así ha salido la cosa.
Re: Depósito por cámaras agrarias
Y el FOGASA debe consignar para recurrir en Suplicación ?
Tengo claro que el depósito del artículo 229 LJS no, pero no lo excluye expresamente el artículo 230.
Si tenéis jurisprudencia os lo agradezco.
Tengo claro que el depósito del artículo 229 LJS no, pero no lo excluye expresamente el artículo 230.
Si tenéis jurisprudencia os lo agradezco.
Re: Depósito por cámaras agrarias
Hombre, yo no tengo jurisprudencia al respecto, pero el Fogasa creo que no debe ni abonar el depósito para recurrir ni la tasa. No me planteo siquiera la duda.
Re: Depósito por cámaras agrarias
el FOGASA es un organismo del Estado no paga tasa, ni consigna