Es una consulta relacionada con Banesto que puede afectar a cualquier orden jurisdiccional.
Yo lo tengo en Instrucción. Una ejecutoria de juicio de faltas del año catapúm paradigma de lo que es llevar una cuenta de consignaciones de forma caótica. De todo ha habido, compensaciones de pagos entre ambas partes, depósitos en cuentas equivocadas, en juzgados equivocados reiterativamente, pagos extrajudiciales, confusiones entre multas e indemnizaciones abonadas de forma desordenada....
Pero por si fuera poco los primeros pagos comenzaron en el año 2001, cuando Banesto no llevaba las cuentas del Juzgado, por lo que yo sólo tengo información de los movimientos de la cuenta de la era Banesto, no de la anterior (BBVA).
Me dice el CAU de Banesto que no hubo volcado de datos al hacer el cambio

He terminado por enviar un fax a la Subdirección General de Tecnología del Ministerio de Justicia. Bueno, imagino que lo he enviado allí porque ni eso me han facilitado con seguridad ni el CAU ni el Ministerio.
En caso de que el oficio llegue a buen puerto y sea atendido, estupendo. Pero ¿qué hago si no me hacen caso? Porque lo de requerir a las partes no lo veo útil.
Y tengo unas previas, (por aquel entonces se llamaban indeterminadas) del año 84 en las que también quiero extracto de los movimientos desde hace mil años....
