Para Magistrado Granollers, ¿En qué norma está regulada la posibilidad de autodefensa ante los tribunales de un licenciado en Derecho?, ¿es necesario para ejercerla pedir el alta en el Colegio de Abogados o simplemente hay que aportar el título de licenciado?
Un saludos.
Autodefensa ante los tribunales de un licenciado en Derecho.
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Re: Autodefensa ante los tribunales de un licenciado en Dere
Si mal no recuerdo tienes que habilitarte para el asunto en cuestión ante el colegio de abogados que corresponda...al menos eso creo que hacía un compañero mío de carrera con el que llevé un par de asuntos personales suyos.
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Re: Autodefensa ante los tribunales de un licenciado en Dere
Gracias Procurador,
He averiguado que la habilitación viene regulada en el art. 17.5 del Estatuto General de la Abogacía.
Un saludo
He averiguado que la habilitación viene regulada en el art. 17.5 del Estatuto General de la Abogacía.
Un saludo