¿Puede un Gestor firmar por el Secretario?
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¿Puede un Gestor firmar por el Secretario?
Quería hacer una consulta: si un gestor, en la práctica diaria excepcionalemtne puede poner la firma del secretario judical por ejemplo en un testimonio, exhorto o certificado, siendo evraz lo que se dice claro está) pues avece sno está el secretario etc y luego darle cuenta gracias
Si yo fuera gestor no firmaría nada que corresponde al secretarios como secretario no autorizaria que se firmara por otros lo que a mi me corresponde. Y los testimonios y exhortos los debe firmar el secretario.
Entiendo que una certificación la puede firmar un gestor como en otras administraciones lo hacen funcionarios de igual categoría, por ejemplo, que un ciudadano ha comparecido po citación en el juzgado.
Pero, ojo, igualmente, pienso que no se pueden retorcer las cosas y expedir una certificación por algo que debe ser testimoniado.
Esa es mi creencia.
Entiendo que una certificación la puede firmar un gestor como en otras administraciones lo hacen funcionarios de igual categoría, por ejemplo, que un ciudadano ha comparecido po citación en el juzgado.
Pero, ojo, igualmente, pienso que no se pueden retorcer las cosas y expedir una certificación por algo que debe ser testimoniado.
Esa es mi creencia.
- Maricarmen
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Re: ¿ Puede un Gestor firmar por el Secretario?
No, deben. Si en una inmensa mayoría de casos no firman lo propio (notas y comparecencias), como van firmar lo ajeno.
Ojito, con la buena voluntad según para qué cosas.
Una vez vi en el BOE una reseña de sentencia penal condenando al Gestor del Registro civil que firmó la carta orden "por el Juez sustituto" que no estaba, tardaba, venía poco y mal, para que no viniera, etc.
La funciones del Secretario judicial no serán objeto ni de delegación ni de habilitación (art. 452.1 LOPJ). Los Gestores sólo pueden, excepcionalmente, intervenir en calidad de fedatarios y levantar acta, por sustitución, en el caso y con los requisitos del art. 451.3 LOPJ.
Los Gestores tienen tareas procesales y funciones propias (art. 476 LOPJ) algunas de las cuales conllevan firma y, por cierto, son inéditas, después de más de 8 años, en muchísimos destinos. Entre ellas la posibilidad de ser nombrados secretarios sustitutos, siempre que reúnan los requisitos para ello y por el procedimiento establecido (art. 476.j) LOPJ).
Saludos
Ojito, con la buena voluntad según para qué cosas.
Una vez vi en el BOE una reseña de sentencia penal condenando al Gestor del Registro civil que firmó la carta orden "por el Juez sustituto" que no estaba, tardaba, venía poco y mal, para que no viniera, etc.
La funciones del Secretario judicial no serán objeto ni de delegación ni de habilitación (art. 452.1 LOPJ). Los Gestores sólo pueden, excepcionalmente, intervenir en calidad de fedatarios y levantar acta, por sustitución, en el caso y con los requisitos del art. 451.3 LOPJ.
Los Gestores tienen tareas procesales y funciones propias (art. 476 LOPJ) algunas de las cuales conllevan firma y, por cierto, son inéditas, después de más de 8 años, en muchísimos destinos. Entre ellas la posibilidad de ser nombrados secretarios sustitutos, siempre que reúnan los requisitos para ello y por el procedimiento establecido (art. 476.j) LOPJ).
Saludos
Pesimista se queja pero acepta el viento adverso
Optimista espera que cambie el viento
Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte)
Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos
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Re: ¿ Puede un Gestor firmar por el Secretario?

Sobre lo de las notas y comparecencias que indicaba cabal, lo cierto es que existe un gran desconocimiento sobre las mismas, lo que unido a la vaguedad e indefinición del artículo 476LOPJ y a la ausencia de desarrollo en las respectivas leyes procesales, está haciendo que las mismas no sean utilizadas. De hecho, en mi Juzgado soy el único que emplea las notas. El otro día, decidido a hacer uso de la comparecencia, le pregunté al Juez (la secretaria estaba de vacaciones) si consideraba correcto usarla cuando se nos solicita por el demandado que suspendamos el procedimiento por haber pedido justicia gratuita y la contestación fue un 'no' claro, por entender el Juez que dicha comparecencia debe ser efectuada bajo la fe pública del Secretario, no bastando mi capacidad de certificación como gestor (criterio que no comparto, pero que tuve que aplicar).
De todos modos, incluso hoy, que he empleado la comparecencia para recoger la solicitud de entrega de testimonio a la parte, se me ha planteado la duda de si podía poner "firmando conmigo la compareciente en prueba de su recepción".
- Maricarmen
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Re: ¿ Puede un Gestor firmar por el Secretario?
Pues claro que puedes poner eso de que firman de conformidad con la recepcion de la copia interada, lo haces como gestor, tu tienes capacidad de certificacion , eres un gestor procesal y lo terminas con un ,certifico,
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca