Los funcionarios de la Administración de Justicia (Gestores, Tramitadores y Auxilio) de Andalucía, en su nómina de Julio, han visto materializado el Recorte Rajoy 2012.
Dicho recorte se ha llevado a cabo, sobre sueldo y trienios, de tal manera que un Gestor con 30 años de servicio, la rebaja le ha supuesto más 210 euros.
Me da la impresión, que la deducción va recortar también el celo procesal de muchos funcionarios, lo que supondrá un nuevo varapalo para la endémica Administración de Justicia.
Andalucía: En nómina de Julio materialización recortes Rajoy
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Re: Andalucía: En nómina de Julio materialización recortes R
Espero que se haya tenido en cuenta la IRRETROACTIVIDAD de la aplicación de los meses de junio y julio (hasta el día 15) del RDL . No obstando se debe de tener en cuenta que la reclamación no puede producirse antes de realizarse el daño, porque, de otro modo, carece de validez, además de, dar carta de naturaleza a este recorte.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que la eliminación de la paga extra no suponga a los funcionarios de la Administración de Justicia, un mayor recorte salarial que al resto de empleados públicos, pues, derivado del recorte del gobierno de Zapatero en el 2010 que se aplicó en la AGE fundamentalmente en pagas extras mientras que en la Admón. Justicia el recorte fue el mismo en pagas extras y en mensualidades ordinarias, el porcentaje que representa la eliminación de la paga de diciembre sobre el sueldo anual para la Admon. Justicia, en todos los cuerpos, supone un 7,14% de reducción sobre el sueldo anual, mientras que en la AGE, el porcentaje es inferior según el nivel de titulación, a más titulación menor porcentaje que oscila entre el 4,29% para el A1 y el 7,07% para el C2.
Y dicha aplicación, me suena a mi, de haberla leído en este foro, extraída del BOE, s.e.u.o.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que la eliminación de la paga extra no suponga a los funcionarios de la Administración de Justicia, un mayor recorte salarial que al resto de empleados públicos, pues, derivado del recorte del gobierno de Zapatero en el 2010 que se aplicó en la AGE fundamentalmente en pagas extras mientras que en la Admón. Justicia el recorte fue el mismo en pagas extras y en mensualidades ordinarias, el porcentaje que representa la eliminación de la paga de diciembre sobre el sueldo anual para la Admon. Justicia, en todos los cuerpos, supone un 7,14% de reducción sobre el sueldo anual, mientras que en la AGE, el porcentaje es inferior según el nivel de titulación, a más titulación menor porcentaje que oscila entre el 4,29% para el A1 y el 7,07% para el C2.
Y dicha aplicación, me suena a mi, de haberla leído en este foro, extraída del BOE, s.e.u.o.
Re: Andalucía: En nómina de Julio materialización recortes R
En relación a la paga extra, adjunto enlace de FEDECA, relativa a:
Modelo en materia de Reclamación parcial de la Paga Extra de Navidad
Punto segundo:
SEGUNDO: Que el derecho al cobro de la paga extraordinaria de diciembre empieza a generarse desde el día primero de junio del ejercicio en curso hasta el día treinta de noviembre.
Que dada la entrada en vigor el día 15 de julio del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que suprime la paga extraordinaria de diciembre, no procede, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Constitución, la retroactividad de una disposición sancionadora, no favorable, o restrictiva de derechos, por tanto, los derechos a la percepción de la paga extraordinaria de diciembre generados entre los días 1 de junio de 2012 y 14 de julio de 2012, son de obligado cumplimiento por parte de la Administración, debiendo ser abonados.
http://www.fedeca.es/noticias/modelo-en ... de-navidad
Modelo en materia de Reclamación parcial de la Paga Extra de Navidad
Punto segundo:
SEGUNDO: Que el derecho al cobro de la paga extraordinaria de diciembre empieza a generarse desde el día primero de junio del ejercicio en curso hasta el día treinta de noviembre.
Que dada la entrada en vigor el día 15 de julio del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que suprime la paga extraordinaria de diciembre, no procede, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Constitución, la retroactividad de una disposición sancionadora, no favorable, o restrictiva de derechos, por tanto, los derechos a la percepción de la paga extraordinaria de diciembre generados entre los días 1 de junio de 2012 y 14 de julio de 2012, son de obligado cumplimiento por parte de la Administración, debiendo ser abonados.
http://www.fedeca.es/noticias/modelo-en ... de-navidad
Re: Andalucía: En nómina de Julio materialización recortes R
Según Instrucción conjunta de la Secretaria de Estado de las Administraciones Públicas y de la Secretaría de Estado de presupuestos y gastos para la aplicación del Título I del RDL 20/2012, parece ser que se va a abonar en la paga extra a todos los funcionarios, a excepción de los de Justicia, la diferencia ocasionada como consecuencia de la irretroactividad de este Real Decreto Ley (desde el 1 de junio hasta el 14 de julio), que hace un total de 44 días.
Por ello, a nivel tanto autonómico como estatal ha presentado esta misma mañana un escrito a las distintas Direcciones Generales y a las Gerencias exigiendo la aplicación de esta irretroactividad y el abono de dicha diferencia a nuestros cuerpos nacionales.
Por ello, a nivel tanto autonómico como estatal ha presentado esta misma mañana un escrito a las distintas Direcciones Generales y a las Gerencias exigiendo la aplicación de esta irretroactividad y el abono de dicha diferencia a nuestros cuerpos nacionales.