Recortes en la MUGEJU

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Recortes en la MUGEJU

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Se suspenden las ayudas por préstamos hipotecarios, podología básica y termalismo social para mayores con efectos 1 de agosto de 2012.
El Gobierno planea suspender para el año 2013 el subsidio por jubilación y la ayuda por sepelios.
El medicamentazo supondrá incremento de la aportación a pagar por el mutualista en productos ortoprotésicos y dietéticos y en transporte sanitario no urgente, así como el pago del 100 % de muchos medicamentos.

Esta fue, sin duda, la conclusión más clara que se extrae de la Comisión Permanente de la Mutualidad General Judicial celebrada el pasado 13 de julio, reafirmada tras la Resolución de la Gerencia de la Mutualidad de 17 de julio de 2012, por la que se acuerda la suspensión de determinadas ayudas sociales, y que fue notificada en el día de ayer.

Estas son las medidas y recortes, de momento previstos, y que van a afectar a los Mutualistas:
 Con efectos 1 de agosto de 2012 se suspenden “sine die” las ayudas por préstamos hipotecarios, podología básica y termalismo para mayores. Las ayudas cuya solicitud tengan entrada en la Mugeju antes del 31 de julio se tramitarán conforme a sus normas reguladoras. La Gerencia justifica esta medida en la necesidad de garantizar todas aquellas prestaciones que resultan esenciales por afectar a situaciones de especial necesidad de los Mutualistas.

 El Gobierno ha propuesto a la Mugeju suspender durante el año 2013, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año, el reconocimiento y abono del subsidio por jubilación (sólo lo perciben los jubilados forzosos y los jubilados por incapacidad, al llegar a la edad de jubilación forzosa, y no los jubilados voluntarios porque el nuevo Reglamento del Mutualismo Judicial suprimió el subsidio para estos últimos, que habíamos logrado anteriormente por la propuesta de los compromisarios de CCOO) y las ayudas por gastos de sepelio. La Mutualidad se va a oponer a la suspensión de estas prestaciones, pero queda en manos del Gobierno del PP introducir dicha suspensión en la Ley de Presupuestos para el próximo año.

 La Gerencia informó de la casi segura modificación del subsidio por incapacidad temporal ante la reforma de las retribuciones a percibir en caso de incapacidad temporal por parte de los mutualistas. La Comisión Permanente tuvo lugar antes de la publicación del Real Decreto Ley 20/2012, que tras las correcciones de errores publicada en el BOE de 19 de julio, establece el cobro de dicho subsidio a partir del 181 día de baja.

 En materia de medicamentos, el Real Decreto Ley 16/2012 mantiene el pago del 30 % del precio de los medicamentos a los mutualistas, tanto en activo como jubilados. Ahora bien, dicho Real Decreto contiene otras medidas que sí que supondrán pagos o copagos por parte de los mutualistas a determinados medicamentos u otros productos sanitarios. Así, los mutualistas tendrán que abonar a partir del 1 de agosto de 2012 el 100 % del precio de los 425 medicamentos que han quedado excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, de cuya lista se ha dado publicidad en los medios de comunicación. Además, en desarrollo de dicho Real Decreto Ley, está pendiente de aprobar los Decretos y Ordenes Ministeriales relativos a la prestación ortoprotésica y la prestación con productos dietéticos, que implicarán copago en el sistema nacional de salud y por tanto también incremento de la aportación que hacen los mutualistas por dichas prestaciones (se calcula unos 160 €/mes de incremento del pago en el caso de los productos dietéticos). Por último, también está pendiente de regulación el copago del transporte sanitario no urgente, que si bien hoy día está recogido en el Concierto Sanitario con las entidades médicas privadas afectará directamente a los mutualistas adscritos al INSS y a medio plazo (el concierto vence el 31.12.2013) a los mutualistas adscritos a entidades médicas privadas.

Mucha más información sobre la reunión de la Comisión Permanente en el blog ccooenmugeju.blogspot.com