Saldos abandonados

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Abandonado

Saldos abandonados

#1 Mensaje por Abandonado »

Por favor, alguien sabe donde está la normativa ara transferir a la cuenta del tesoro 9999 los saldos abandonados, tengo mucho dinero en la cuenta y quisiera transferir. Gracias

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Terminatrix
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#2 Mensaje por Terminatrix »

Echa un vistazo a este enlace , página 17 de la Circular :

http://dgraj.mju.es/secretariosjudicial ... 1-2010.pdf
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

Invitado

Modo de proveer la remisión de fondos abandonados

#3 Mensaje por Invitado »

buenas:

nunca he remitido dinero a la cuenta 9999 como fondos abandonados, lo confieso, pero ahora que tengo una inspección , necesito remitir unos cuantos euros .

la pregunta es si extendeis en autos una diligencia de ordenación , constancia o qué, para remitir los fondos o cómo lo articulais , dado que se trata de dinero en ejecuciones, que se encuentran archivadas

gracias.

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Terminatrix
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#4 Mensaje por Terminatrix »

Yo pondria una diligencia de constancia y seguidamente una DIOR. Cuando sea firme ( que lo mismo se les ocurre pedirte la pasta ) transfieres.

Puesto que vas a hacer varias , puedes hacerte un modelo e ir cambiando los datos en cada caso.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

maricarmen

#5 Mensaje por maricarmen »

me dices que vas a tener inspeccion y me supongo que estas haciendo una limpieza de la cuenta y te encuentras cantidades correspondientes a mandamientos caducados.

si son pocos expedientes provees con do y luego unes la diligencia de la transferencia que te da hecha la aplicacion

si son muchos y si son de esos pequeños restos de asuntos civiles muy antiguos, no resulta practivo proveer, es mejor poner solo la dilgencia de transferencia que te da la aplicacion una vez efectues la transferencia, asi se hace cuando se limpia una cuenta en la que se tienen pequeñas cantidades restantes de ejecuciones civiles archivadas, entonces transfieres, imprimes las diligencias de trasnferencia y le das el monton y la grapadora a la funcionaria para que las cosa directamente en el archivo

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