Nos conceden la Raimunda
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Nos conceden la Raimunda
El BOE de hoy publica el Real Decreto 1749/2011, de 25 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort a los Secretarios Judiciales y demás Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, con este contenido:
Por la defensa de los derechos y libertades frente a la violencia terrorista y desde el reconocimiento a todas las víctimas que permanecerán por siempre en nuestra memoria, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 25 de noviembre de 2011, vengo en conceder a los Secretarios Judiciales y demás Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort
Por la defensa de los derechos y libertades frente a la violencia terrorista y desde el reconocimiento a todas las víctimas que permanecerán por siempre en nuestra memoria, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 25 de noviembre de 2011, vengo en conceder a los Secretarios Judiciales y demás Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort
Aquí está el enlace
http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/29/p ... -18755.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/29/p ... -18755.pdf
Se la conceden a la carrera judicial, a la carrera fiscal, y a "los secretarios judiciales y demás cuerpos al servicio de la administración de justicia".
Es decir, que vamos todos en el mismo saco. En mi opinión lo correcto hubiera sido conceder una a los secretarios judiciales y otra a los demás cuerpos al servicio de la administración de justicia.
Está claro cómo nos consideran, siendo los tres cuerpos pertenecientes al grupo A de la administración de justicia los secretarios estamos en una clara situación de inferioridad, y da mucho que pensar.
Gracias y un saludo
Es decir, que vamos todos en el mismo saco. En mi opinión lo correcto hubiera sido conceder una a los secretarios judiciales y otra a los demás cuerpos al servicio de la administración de justicia.
Está claro cómo nos consideran, siendo los tres cuerpos pertenecientes al grupo A de la administración de justicia los secretarios estamos en una clara situación de inferioridad, y da mucho que pensar.
Gracias y un saludo
- Terminatrix
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Son 6 RRDD, cada uno concede una Gran Cruz (antes denominada "Cruz Meritísima"), a cada colectivo (aunque diga "a los Secretarios Judiciales y demás Cuerpos ..", quiere decir "a los funcionarios integrantes del Cuerpo de ....". pero es la constumbre y, que obviamente, tendrán que repartirse sus integrantes).
Referencia del consjeo de Ministros:
CONCESIÓN DE SEIS GRANDES CRUCES DE SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT POR LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA TERRORISTA Y EN RECONOCIMIENTO A LAS VÍCTIMAS
El Consejo de Ministros ha concedido seis Grandes Cruces de la Orden de San Raimundo de Peñafort a:
Jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.
Carrera Fiscal.
Secretarios Judiciales y demás Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Abogacía del Estado.
Cuerpo Nacional de Policía.
Guardia Civil.
Estas distinciones son otorgadas por "por la defensa de los derechos y libertades frente a la violencia terrorista y desde el reconocimiento a todas las víctimas que permanecerán por siempre en nuestra memoria". La Gran Cruz es la más alta condecoración de la Orden de San Raimundo de Peñafort, cuyos galardones están vinculados al mundo del Derecho.
CLASES
Cruces
Gran Cruz
Cruz de Honor
Cruz Distinguida de 1ª Clase
Cruz Distinguida de 2ª Clase
Cruz Sencilla
Medallas
Medalla de Oro del Mérito a la Justicia
Medalla de Plata del Mérito a la Justicia
Medalla de Bronce del Mérito a la Justicia
DESTINATARIOS:
Las Cruces se otorgan para premiar los servicios prestados y la contribución al desarrollo y perfeccionamiento del Derecho y la Jurisprudencia, entre:
Funcionarios de la Administración de Justicia.
Miembros de profesiones directamente relacionadas con la Justicia.
Personas que hayan contribuido al desarrollo del Derecho, al estudio de los Sagrados Cánones y Escrituras y a la obra legislativa y de organización del Estado.
Autores de publicaciones de carácter jurídico de relevante importancia.
Fundadores y cooperadores de Entidades e Instituciones que tengan por finalidad el perfeccionamiento de la técnica del Derecho y la Jurisprudencia.
Se pueden conceder tanto a nacionales como a extranjeros.
Las Medallas premian los años de servicio, sin nota desfavorable, prestados en las profesiones jurídicas y administrativas comprendidas dentro de la jurisdicción del Ministerio de Justicia. Su concesión y uso son compatibles con el otorgamiento de cualquiera de las otras clases de esta condecoración.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:
La Cancillería de la Orden de San Raimundo de Peñafort, dependiente de la Subsecretaría de Justicia a través de la División de Tramitación de Derechos de Gracia y Otros Derechos, inicia el expediente a instancia de los proponentes y, una vez analizados los méritos de los candidatos y su adecuación a las normas de la Cancillería de la Orden, se recaba el "placet" del Ministerio de la Presidencia por si existiera incompatibilidad legal con otras condecoraciones civiles otorgadas a la misma persona.
Instruido así el expediente, se somete a la consideración de la Subsecretaría de Justicia para su tramitación, según proceda, como Orden Ministerial o como Real Decreto (Gran Cruz).
Se concederán, con carácter ordinario, en dos fechas señaladas:
Onomástica de S. M. el Rey, el 24 de junio
Aniversario de la Constitución Española de 1978, el 6 de diciembre
Con carácter extraordinario, cuando se produzca algún hecho relevante o acontecimiento que así lo aconseje.
RESERVA NORMATIVA. FORMA DE ACREDITAR SU OTROGAMIENTO
El régimen de la concesión de la Gran Cruz, condecoración de mayor rango dentro de la Orden, revestirá forma de Real Decreto, que será aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia. Se publicará en el BOE. Su número es cerrado y su otorgamiento corresponde a circunstancias y méritos especialísimos. El número máximo de Cruces es de 200, esta limitación atiende ala finalidad de prevenir la prodigalidad en su otorgamiento, según el Decreto 3091/196, 6, de 1 de diciembre (BOE del 24), dictado por Francisco Franco, a propuesta del Ministro de Justicia, Antonio maría de Oriol y Urquijo.
La concesión del resto de condecoraciones se hará por Orden Ministerial y se publicarán en el Boletín de Información del Ministerio de Justicia.
Para acreditar el otorgamiento de la condecoración, se expedirá el correspondiente titulo autorizado con la firma del Ministro de Justicia y con la toma de razón de la Subsecretaria de Justicia.
Felicitaciones
Referencia del consjeo de Ministros:
CONCESIÓN DE SEIS GRANDES CRUCES DE SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT POR LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA TERRORISTA Y EN RECONOCIMIENTO A LAS VÍCTIMAS
El Consejo de Ministros ha concedido seis Grandes Cruces de la Orden de San Raimundo de Peñafort a:
Jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.
Carrera Fiscal.
Secretarios Judiciales y demás Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Abogacía del Estado.
Cuerpo Nacional de Policía.
Guardia Civil.
Estas distinciones son otorgadas por "por la defensa de los derechos y libertades frente a la violencia terrorista y desde el reconocimiento a todas las víctimas que permanecerán por siempre en nuestra memoria". La Gran Cruz es la más alta condecoración de la Orden de San Raimundo de Peñafort, cuyos galardones están vinculados al mundo del Derecho.
CLASES
Cruces
Gran Cruz
Cruz de Honor
Cruz Distinguida de 1ª Clase
Cruz Distinguida de 2ª Clase
Cruz Sencilla
Medallas
Medalla de Oro del Mérito a la Justicia
Medalla de Plata del Mérito a la Justicia
Medalla de Bronce del Mérito a la Justicia
DESTINATARIOS:
Las Cruces se otorgan para premiar los servicios prestados y la contribución al desarrollo y perfeccionamiento del Derecho y la Jurisprudencia, entre:
Funcionarios de la Administración de Justicia.
Miembros de profesiones directamente relacionadas con la Justicia.
Personas que hayan contribuido al desarrollo del Derecho, al estudio de los Sagrados Cánones y Escrituras y a la obra legislativa y de organización del Estado.
Autores de publicaciones de carácter jurídico de relevante importancia.
Fundadores y cooperadores de Entidades e Instituciones que tengan por finalidad el perfeccionamiento de la técnica del Derecho y la Jurisprudencia.
Se pueden conceder tanto a nacionales como a extranjeros.
Las Medallas premian los años de servicio, sin nota desfavorable, prestados en las profesiones jurídicas y administrativas comprendidas dentro de la jurisdicción del Ministerio de Justicia. Su concesión y uso son compatibles con el otorgamiento de cualquiera de las otras clases de esta condecoración.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:
La Cancillería de la Orden de San Raimundo de Peñafort, dependiente de la Subsecretaría de Justicia a través de la División de Tramitación de Derechos de Gracia y Otros Derechos, inicia el expediente a instancia de los proponentes y, una vez analizados los méritos de los candidatos y su adecuación a las normas de la Cancillería de la Orden, se recaba el "placet" del Ministerio de la Presidencia por si existiera incompatibilidad legal con otras condecoraciones civiles otorgadas a la misma persona.
Instruido así el expediente, se somete a la consideración de la Subsecretaría de Justicia para su tramitación, según proceda, como Orden Ministerial o como Real Decreto (Gran Cruz).
Se concederán, con carácter ordinario, en dos fechas señaladas:
Onomástica de S. M. el Rey, el 24 de junio
Aniversario de la Constitución Española de 1978, el 6 de diciembre
Con carácter extraordinario, cuando se produzca algún hecho relevante o acontecimiento que así lo aconseje.
RESERVA NORMATIVA. FORMA DE ACREDITAR SU OTROGAMIENTO
El régimen de la concesión de la Gran Cruz, condecoración de mayor rango dentro de la Orden, revestirá forma de Real Decreto, que será aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia. Se publicará en el BOE. Su número es cerrado y su otorgamiento corresponde a circunstancias y méritos especialísimos. El número máximo de Cruces es de 200, esta limitación atiende ala finalidad de prevenir la prodigalidad en su otorgamiento, según el Decreto 3091/196, 6, de 1 de diciembre (BOE del 24), dictado por Francisco Franco, a propuesta del Ministro de Justicia, Antonio maría de Oriol y Urquijo.
La concesión del resto de condecoraciones se hará por Orden Ministerial y se publicarán en el Boletín de Información del Ministerio de Justicia.
Para acreditar el otorgamiento de la condecoración, se expedirá el correspondiente titulo autorizado con la firma del Ministro de Justicia y con la toma de razón de la Subsecretaria de Justicia.
Felicitaciones
Buahh, otra Cruz, pero de segunda categoría
ACTO DE ENTREGA DE DESPACHOS DE LA 37 PROMOCIÓN DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES, PROMOCIÓN INTERNA.
El lunes 28 de noviembre se ha celebrado en el Anfiteatro Ramón y Cajal de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense, el acto de entrega de despachos de la 37 Promoción del Cuerpo de Secretarios Judiciales, Promoción Interna.
La entrega de despachos fue presidida por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño y la Directora del CEJ, Sofía Puente Santiago. Estuvieron también en el acto el Secretario de Estado, Juan Carlos Campo, el Secretario General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, Ignacio Sánchez Gui y el Director General de Modernización de la Administración de Justicia, José de la Mata Amaya.
El número uno de la Promoción recibió asimismo la Cruz de San Raimundo de Peñafort de segunda categoría.
El Ministro se refirió en sus palabras a los retos que deben abordar los Secretarios Judiciales en esta etapa de profunda modernización y cambio en la Administración de Justicia.
ACTO DE ENTREGA DE DESPACHOS DE LA 37 PROMOCIÓN DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES, PROMOCIÓN INTERNA.
El lunes 28 de noviembre se ha celebrado en el Anfiteatro Ramón y Cajal de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense, el acto de entrega de despachos de la 37 Promoción del Cuerpo de Secretarios Judiciales, Promoción Interna.
La entrega de despachos fue presidida por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño y la Directora del CEJ, Sofía Puente Santiago. Estuvieron también en el acto el Secretario de Estado, Juan Carlos Campo, el Secretario General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, Ignacio Sánchez Gui y el Director General de Modernización de la Administración de Justicia, José de la Mata Amaya.
El número uno de la Promoción recibió asimismo la Cruz de San Raimundo de Peñafort de segunda categoría.
El Ministro se refirió en sus palabras a los retos que deben abordar los Secretarios Judiciales en esta etapa de profunda modernización y cambio en la Administración de Justicia.
A los militares tb se les concede de forma colectiva. Por ejemplo, el extinto Cuerpo de Mutilados (quizás nuestro espejo en la carrera militar ) era titular de la Laureada de San Fernando, y por eso sus integrantes podían lucirla bordada en la manga, en lugar de en la "pechera" (reservada para las individuales)
- Terminatrix
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Muy buenosiberina77 escribió:pero van a fletar autobuses para ir a recogerla?
me viene fatal, no me llega para el ave
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Se trata de una sóla medalla O CRUZR3 para los miles de Secreatrios y funcionarios judiciales españoles (está regulado un tope cuantitativo-200- de concesión). Legalmente nadie tiene derecho al uso y reconocimiento individual de la misma, sólo el colectivo genérico e intemporal.
Es igual que cuando, por ejemplo, se concede un galardón institucional a los ciudadanos de una ciudad. Poe ejemplo a los ciudadano de Madrid cuando lo del 11M.
Es igual que cuando, por ejemplo, se concede un galardón institucional a los ciudadanos de una ciudad. Poe ejemplo a los ciudadano de Madrid cuando lo del 11M.
Este galardón está pensado para distinguir a aquellos profesionales que su por trayectoria , merito, o capacidad profesional son acreedores a ella.
Esto de igualar a todos ( desde el mas vago e incompetente hasta al mas trabajador ) es típico de este gobierno donde el merito y la capacidad para un puesto de trabajo no se valora.
Que mas da trabajar mucho poco o nada si el resultado es el mismo
No todos somos iguales y no todos merecemos el mismo trato.
Por eso , yo , humildemente no me la merezco y renuncio a ella.
Para usted Sr Ministro.
Esto de igualar a todos ( desde el mas vago e incompetente hasta al mas trabajador ) es típico de este gobierno donde el merito y la capacidad para un puesto de trabajo no se valora.
Que mas da trabajar mucho poco o nada si el resultado es el mismo
No todos somos iguales y no todos merecemos el mismo trato.
Por eso , yo , humildemente no me la merezco y renuncio a ella.
Para usted Sr Ministro.
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Algo de información sobre la Cruz:
http://www.protocolo.org/ceremonial/leg ... afort.html
Y unas imágenes. Tiene que quedar muy potita puesta por encima de la toga. Lástima que la toga ya esté guardada en el armario criando telarañas porque nunca más vamos a usarla.
http://www.coleccionesmilitares.com/med ... imundo.htm
http://www.protocolo.org/ceremonial/leg ... afort.html
Y unas imágenes. Tiene que quedar muy potita puesta por encima de la toga. Lástima que la toga ya esté guardada en el armario criando telarañas porque nunca más vamos a usarla.
http://www.coleccionesmilitares.com/med ... imundo.htm
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
Impresionante... Hasta en esto vemos donde estamos colocados...
No nos merecemos ni la de plata...Carrera judicial, Ministerio fiscal, Magistrados suplentes, Abogados en ejercicio, Registradores de la Propiedad y Notarios, Medalla de plata a los quince años de servicio y de oro a los veinticinco.
Secretario y Vicesecretario de Gobierno del Tribunal Supremo y Secretarios de Sala del mismo, Medalla de plata a los quince años y de oro a los veinticinco.
Secretarios de las Audiencias y Secretarios judiciales, Medalla de bronce de primera clase a los quince años y de oro a los veinticinco.
xx
MIXTO1, ¿recuerdas aquella máxima que dice: "no pidas para ti, lo que tu no eres capaz de concederle a los demás"?.
Te quejas de que a los secretarios os "meten en el mismo saco" con los demás, para ACTO SEGUIDO, quedarte tan pancho diciendo que que "lo correcto hubiera sido conceder una a los secretarios judiciales y otra A LOS DEMÁS cuerpos al servicio de la administración de justicia".
Entonces... tú te sientes gravemente ofendido, pero sin embargo, no tienes reparos para SÍ meternos a nosotros (gestores, tramitadores y auxilares) en el mismo saco. Curiosa contradicción.
NOTA.- Para los secretarios que quieran rebatirme esto con el argumento de que "es por SIMPLIFICAR, para no tener que mencionar a los tres cuerpos cada vez"... para todos ellos, comparto mi siguiente reflexión: si vosotros pensáis de nosotros que formamos parte del mismo saco... ¿por qué no iban a pensar eso mismo de vosotros el Ministerio y el CGPJ?.
Pues eso, aplícate tú mismo tu propia regla de tres. Y recuerda que para reclamar respeto, primero tu debes respetar a los demás (incluidos los subordinados). Por 3 razones:
1.- Porque hemos aprobado una oposición como tú, independientemente de la dureza de unas y otras.
2.- Porque formamos, cada uno de nosotros, parte de un cuerpo diferenciado y con "nombre propio"... al igual que vosotros.
3.- Porque cada uno de nuestros tres cuerpos, es tan válido y tiene tanta dignidad como el vuestro.
----------------------------------
Dicho esto, le respondo a alguien que preguntó sobre el uso individual de una condecoración concedida al colectivo:
No, NO se puede utilizar la condecoración individualmente. Tengo un conocido Guardia Civil que lo entendió así y quiso lucir una medalla concedida al colectivo. El resultado fue que recurso tras recurso (incluso contencioso-administrativo) le fue denegado llevar el distintivo. Únicamente lo podía llevar el teniente coronel de la comandancia, en representación de todos los guardias.
---------------------------------
Como dice TERMINATRIX si las medallas son de chocolate, mejor que mejor... total, para lo que sirven. Yo sinceramente hubiera preferido la devolución del 5% y que los honores y distintivos se los ponga el Ministro en la punta del bigote.
Lo que saco en claro de todo esto es que cada día que pasa, todos los operadores jurídicos estamos más divididos, los unos con los otros y los otros con los unos. Parecemos niños.
Buenas noches y un abrazo a todos los del mismo saco que leemos este foro. PD: Venga va... otro abrazo también para los secretarios, jajaja.
Te quejas de que a los secretarios os "meten en el mismo saco" con los demás, para ACTO SEGUIDO, quedarte tan pancho diciendo que que "lo correcto hubiera sido conceder una a los secretarios judiciales y otra A LOS DEMÁS cuerpos al servicio de la administración de justicia".
Entonces... tú te sientes gravemente ofendido, pero sin embargo, no tienes reparos para SÍ meternos a nosotros (gestores, tramitadores y auxilares) en el mismo saco. Curiosa contradicción.
NOTA.- Para los secretarios que quieran rebatirme esto con el argumento de que "es por SIMPLIFICAR, para no tener que mencionar a los tres cuerpos cada vez"... para todos ellos, comparto mi siguiente reflexión: si vosotros pensáis de nosotros que formamos parte del mismo saco... ¿por qué no iban a pensar eso mismo de vosotros el Ministerio y el CGPJ?.
Pues eso, aplícate tú mismo tu propia regla de tres. Y recuerda que para reclamar respeto, primero tu debes respetar a los demás (incluidos los subordinados). Por 3 razones:
1.- Porque hemos aprobado una oposición como tú, independientemente de la dureza de unas y otras.
2.- Porque formamos, cada uno de nosotros, parte de un cuerpo diferenciado y con "nombre propio"... al igual que vosotros.
3.- Porque cada uno de nuestros tres cuerpos, es tan válido y tiene tanta dignidad como el vuestro.
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Dicho esto, le respondo a alguien que preguntó sobre el uso individual de una condecoración concedida al colectivo:
No, NO se puede utilizar la condecoración individualmente. Tengo un conocido Guardia Civil que lo entendió así y quiso lucir una medalla concedida al colectivo. El resultado fue que recurso tras recurso (incluso contencioso-administrativo) le fue denegado llevar el distintivo. Únicamente lo podía llevar el teniente coronel de la comandancia, en representación de todos los guardias.
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Como dice TERMINATRIX si las medallas son de chocolate, mejor que mejor... total, para lo que sirven. Yo sinceramente hubiera preferido la devolución del 5% y que los honores y distintivos se los ponga el Ministro en la punta del bigote.
Lo que saco en claro de todo esto es que cada día que pasa, todos los operadores jurídicos estamos más divididos, los unos con los otros y los otros con los unos. Parecemos niños.
Buenas noches y un abrazo a todos los del mismo saco que leemos este foro. PD: Venga va... otro abrazo también para los secretarios, jajaja.