¿Otra vuelta de tuerca?

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Carlos Valiña
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¿Otra vuelta de tuerca?

#1 Mensaje por Carlos Valiña »

Aunque la redaccion no puede ser mas confusa y provisional, pues se publica antes de estar completamente operativa, hoy me comentan de una nueva circular donde al parecer se preve que desde la cuenta de Banesto se van a poder y deber efectuar los embargos a los condenados de sus devoluciones ante la AEAT, asi como el lanzamiento masivo de ordenes de embargo contra cuentas corrientes de los condenados o algo asi, aunque tambien se dice que esto se hara a traves del punto neutro judicial y una vez que el CGPJ haya puesto en marcha no se que aplicativo informatico.

Si alguien tiene mas claro de que va esto seria interesante nos lo aclarara porque respecto de la AEAT entra en vigor el 23 de noviembre.

Reflexiones:

-De nuevo el Ministerio saca una norma, en este caso sin los soportes informaticos completados, despues de haber perdido el Gobierno de la Nacion, hipotecando de algun modo el trabajo del siguiente equipo.

-De nuevo, si no me equivoco mucho, se continua avanzando por la senda de la gestorizacion, pues mucho me temo que al final todo o parte de este nuevo tema recaiga sobre nosotros.

-Sorprende como este Ministerio que se supone queria pivotar sobre los Secretarios Judiciales, en vez de construir estructuras potentes dentro del ministerio, permite que el Punto Neutro Judicial se cree en el Consejo, que el espacio virtual para Secretarios de Gobierno este en el Consejo y asi sucesivamente.

Nos vamos a una norma cada pocos dias, y aparte del efecto saturacion que generan, (llega un momento en que ya no sabes ni que normativa mirar de tanta como va apareciendo) lo que verdaderamente me preocupa es todo lo que puede caer aún, de aqui a que se publiquen los ceses en el B.O.E.

No se como lo veis, pero yo no siento las piernas.
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#2 Mensaje por Invitado »

Hombre, como el tema está en embrión y es un ser vivo pero no humano, habrá que esperar a que se desarrolle... si llega a hacerlo. El Ministerio ya nos tiene acostumbrados a este tipo de cosas, primero aparece la circular y ya si eso se pondrá en marcha lo dicho.

A primera vista no me parece mal, es bastante penoso el sistema actual para conseguir la ejecución.

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Terminatrix
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#3 Mensaje por Terminatrix »

La famosa Circular :?
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En efeco, embargos telematicos, otra vuelta de tuerca

#4 Mensaje por Invitado »

Ahí (en el título) has estado acertado, Carlos.

Estoy hasta los c... de ser esa autoridad del art. 440 LOPJ.

De ese Cuerpo Superior ... Devaluado en cada vuelta que nos propina el Ministerio del que dependemos por desgracia.

No he visto cosa de la manera.

Menos mal que nos querían potenciar.

Yo creía que lo relevante era decidir o no si se decreta el embargo, determinar el objeto, contra quien, por cuanto importe, enc oncepto de qué. No expedir materialmente las ordenes de embargo.

Os imaginais al Inspector de Hacienda, jefe del Servicio de Recaudación de la AEAT, tecleando él mismo cada embargo, que él mismo ha acordado en su providencia de apremio. A que nó.

Pues aquí, ya lo ves.

¿Cómo puede concebirse al SJ como personal directivo y a la vez establecer que ha de teclear personalmente los embargos telematicos acordados la misma autoridad que los acordó, en una operativa, prevista dentro de su perfil, unico autorizado para disponer de fondos de la CDCJ?

¿Esta operativa (la de rellenar pantallitas) no debería estar en el perfíl de funcionario autorizado, y reservar la firma autorizando al SJ?

¿Es acaso, la misma persona quien hace los mandamientos al Registro de la Propiedad acordado inscripciones, anotaciones de embargo, los oficios a los bancos, etc. que quien los firma?

¿En esto consiste la Modernización de la Justicia?

¿Pero a donde vamos a llegar?

¿Se habrán quedado tan anchos y satisfechos los diseñadores del engendro -no me refiero al mecanismo, que más vale tarde que nunca, hace lustros que la Seguridad Social, AEAT y Tráfico y EELL y CCAA, embargan así, sino lo que evidencia del conceppto del SJ que tienen sus autores-?

Y es que donde no hay mata (o hay De la Mata), no hay patata

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Re: ¿Otra vuelta de tuerca?

#5 Mensaje por Invitado »

Perdona Carlos pero casi me hace ilusión que no te aclares. Creí que me pasaba unicamente a mi y tenía un complejo enorme. :?

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Terminatrix
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Hasta las narices.

#6 Mensaje por Terminatrix »

De acuerdo con invitado de las12:56 am

La ignominia ya comenzó con la aplicación de Banesto, cuando nos obligaron a teclear datos para hacerle el trabajo al banco . De entonces para acá , a tragar como las ocas , y ya sabemos cómo acaban las pobres ...
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Invitado

#7 Mensaje por Invitado »

Como continuación a mi itervención de las 12.56, añado:

En algún partido judicial, donde se ha participado en experincias piloto, en colaboración con la AEAT, desde mayo 2011 se han estado practicando embargos telemáticos de devoluciones tributarias mediante el modlo 996 de la AEAT.

Entre los días 25 y 5 del mes siguiente, a través de la oficina virtual de la agencia www.aeat.es se remitían mensualmente todos los formularios, uno por ejecución, en los que se interesaba.

Los funcionarios picaban las pantallas del 996 y remitían un envío mensual y después, en los casos en que tenían efecto, enla CDCJ se recibían las correspondientes cantidades de devoluciones retenidas por laAEAT. No permitía embargos inferiores a 300 euros.

Desde un principio vimos (los SSJJ) con claridad que al socaire de modernizar y evitar los oficios en soporte papel la AEAT, obtenía una gran ventaja (como la tuvo en su día, y mantiene el banco, BBVA y luego Banesto) en tiempo y recursos humanos dedicados a "colaborar" con los Juzgados. El giro era practicamente de 180 gados. Que se lo hagan tipo "Self service" los juzgados, es decir, que entre y lo cojan ellos mismos y, así nuestra organización y empleados/funcionarios los podemos dedicar a lo nuestro (no judicial).

Hasta ahí bueno, pero esto último, ya es el colmo. Que el salto sea, cambiar "el Juzgado", por "el Secretario judicial", como si no tuviera nada mejor que hacer, en vez de reforzar su papel directivo, ponerle ya a realizar materialmente latereas ejecutivas no resolutorias, previamente ordenadas por su propia autoridad.
Pues ya que, de paso que le den parte de los beneficios del ahorro que supone, para el Juez, comerse pracicamente entera la ejecución, de los funcionarios de la Adm. tributaria que pasana amejor vida en el tema relaciones con los tribunales, y de los gestores y tramitadores, que también pasana mejor vida, porque el SJ ya se lo hace todo el solito.

Esto me duele. Me duele que un Delegado de Hacienda osus funcionarios no sepan que, en realidad un Secretario Judicial, no es una administrtivo que trabaja en el juzgado o piensen que es un secretario "del Juez". Que los directivos y empleados de Banesto también lo ignoren, no deberían, pero puedo comprenderlo, a regañadientes.

Pero que esto se haya pergeñado dentro del Ministerio de Justicia, del que dependemos, con el asesorameinto de "compañeros" de escalafón que si deberían hacer valer la dignidad del Cuerpo, ni mas ni menos la que le da el LOPJ y el ROCSJ, es MUY FUERTE (por el carácter de troyano traidor que tiene, más que nada, lo digo, y con el beneplácito del Ministeio "potenciador" de nuestro Cuerpo).

Draco
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#8 Mensaje por Draco »

Pues yo, como que me gusta la idea. Hasta parece algo Jurídico lo de "embargos de cuentas". Pero sigamos con las importantes estadísticas que tenemos que hacer, que si la estadística del servicio común, que si la estadística de violencia sobre la mujer, que si la estadística general, que si la estadística......¿Estudié la carrera de Derecho o la de Ciencias Exáctas?. Ya no lo recuerdo.

fernández soriano
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#9 Mensaje por fernández soriano »

"Esta operativa (la de rellenar pantallitas) no debería estar en el perfíl de funcionario autorizado, y reservar la firma autorizando al SJ? "

No he leido, expresamente, en la Circular ni en la Versión 11.4 que no pueda ser como al parecer dudas.
Saludos.

Invitado

#10 Mensaje por Invitado »

Me la había imprimido y me la acabo de leer, y sorprendentemente la aplicación es muy buena, y muy útil.
Buena para el justiciable, y para hacienda y los bancos, y para el juzgado. No me vale con decir que así les haríamos su trabajo, se interactua con ellos y permite llevar orden.

Lo que es de chiste es si pretenden que sea el secretario del juzgado el que pique los datos, y controle el estado, que al menos en mi caso ni de coña. Ya me inventare algo con cierto fundamento para denegar las solicitudes de hacienda, o priorizar el resto. Y las de los bancos no es obligatorio acudir a este sistema.

Si creasen perfil para los funcionarios, y nos dejasen validarlos sin mas, seria útil, y muy aplicable.

fernández soriano
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#11 Mensaje por fernández soriano »

Compañeros, el perfil de funcionario en la aplicación Banesto existe desde su creación, lease, año 2003, no despotricar sin conocimiento de causa. Con ese perfil, los funcionarios de mi juzgado elaboran en la aplicación, desde hace más de un año, los mandamientos de pago y las transferencias, y yo los valido desde mi ordenador, los imprimo y firmo.
Esta mañana, dos funcionarios de mi juzgado, en su ordenador y con su perfil, han confeccionado en la aplicación Banesto la orden de embargo a AEAT, ha salido bien, han validado con su contraseña exclusivamente, y ha quedado enviada la orden. Yo no he tenido que validar ni hacer nada en mi ordenador.
Saludos.

Invitado

#12 Mensaje por Invitado »

Si, si. Enhorabuena Fdez. Soriano.

Pero ¿en cuantos Juzgados hay funcionarios que por ser profesionales auténticos, son designados por el SJ para operar con perfil funcionario en la aplicación de la cuenta de consignaciones?

¿En cuantos de ellos llevan al menos un año haciéndolo bien, amigados con la aplicación?

Tema para hacer una estadística (aunque en elservicio financiero del Mj lo saben

Saludos

Candido.

#13 Mensaje por Candido. »

La cuestion no es que no sepan es que no quieren que es distinto.
Pero eso es algo que hay que ir cambiando , tradicionalmente nos hemos echado a las espaldas estos asuntos por no pelear con los funcionarios. Ya va siendo hora de que los secres no despertemos y dejemos de asumir trabajo basura y se lo encarguemos a quien realmente debe hacerlo.
Porque hay secres que hacen todas las consultas patrimoniales puediendo encargarlas a los funcionarios es algo que no entiendo.
Saludos encomenderos.

Invitado

#14 Mensaje por Invitado »

Candido, llamarle trabajo basura es peyorativo. Ningún trabajo es basura, ni nadie debe hacerlo. Digamos que es una tarea impropia del S.J., cuya preparación debe ser empleada en otro tipo de actividades.

fernández soriano
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#15 Mensaje por fernández soriano »

Ni es trabajo basura, ni es tarea propia o impropia, es cuestión de priorizar mi tiempo. Actualmente, con la reforma procesal, en la ejecución los Secres tenemos una actividad brutal, y tengo que decidir si minuto todos los escritos que se presentan, hago tasaciones, resuelvo los incidentes, o ,por el contrario, me tiro tres horas diarias confeccionando mandamientos. Me decanto por lo primero, los funcionarios pueden y deben realizar la confección material del mandamiento de pago o transferencia, así lo indica la resolución del Ministerio, y no creer que fue cuestión pacifica cuando a la vuelta de vacaciones del año pasado se lo plantee a los funcionarios, deciros incluso que alguno requirió la intervención de los sindicatos (benditos paniaguados), que elevaron una queja formal y por escrito al Secretario de Gobierno, que logicamente, la resolvió y contestó como tenia que hacerlo, indicando que una cosa es la responsabilidad de la actividad y otra muy distinta la ejecución material de dicha actividad. Por lo tanto, si en vuestro Juzgado no tienen el perfil en la aplicación y la utilizan, es simplemente porque no quereis, o porque os sobra tiempo y lo haceis vosotros; yo decidi en su momento y aqui estoy. Al Punto Neutro, idem, y si se me consulta decido y valoro que bienes embargamos por decreto. Ahora con los embargos telematicos, ya veis el resultado en mi post anterior.
Saludos.

Invitado

#16 Mensaje por Invitado »

Es cierto.

Estoy con Cándido y con Fernández Soriano.

Hay cosas como esta que tienen que cambiar. Y el cambio no depende de nadie más que del SJ. Así de claro.

Si la Ley descarga al Juez en el SJ.

Si la lista de atribuciones al SJ sube y sube, y no se desarga, por ejemplo, promocionando que los Gestores y Tramitadores asuman funciones que, según la Ley, pueden y deben asumir, estallaremos.

Otra vez la falta de coraje de los SJ frente al "es que no sé", que no es excusa válida, y significa "no sé, ni quiero aprender".

Son funciones, no delegables, sino encomendables, tanto a Gestores como a Tramitadores, porque son ejecución material de lo resuelto y de apoyo a la actividad procesal de nivel superior y manejo de aplicaciones informticas para la actif¡vidad procesal (476 y 477 LOPJ)

Si el SJ autoriza a funcionario como usuario de la aplicación de la CDCJ entiendo que, el funcionario, si la orden de embargo, no requiere ser confirmada por el SJ, la responsabilidad frente a posibles errores (todos somos humanos) será de dicho usuario (siempre que el el error sea no ajustarse a lo determinado en la resolución que está desarrrollando).

Esta puede ser una vía de descarga.

En la vía papel, los oficios y mandamientos los confeciona un funcionario y los firma (es decir, visa y confirma) el SJ.

Hay muchas diligencias de constancia de unión de despachos, correspondencia, etc. podrían ser unidos por simple nota de Gestor, pero no prefieren no firmar, ni las comparecencias.

Pero si el SJ se pone ensu sitio, las tienen que asumir. Aunque se malencaren al principio.

Lo que es un "coañazo" es las órdenes recursivas a la AEAT.
Tener que reiterarlas mes tras mes. Esto debería automatizarse o semiautomatizarse.

Saludos

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Carlos Valiña
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#17 Mensaje por Carlos Valiña »

Fernande Soriano:

Buenos planteamientos los tuyos. Indiscutible.

-¿Estas realmente seguro de que esas ordenes de Embargo han salido para la AEAT?

Teniendo en cuenta que nosotros tenemos que validar las hojas de antecedentes penales, los registros de violencia domestica y los mandamientos de devolucion o transferencia, ami me sorprende que los Funcionarios puedan ellos solos enviar estos mandamientos.

Y ademas de sorprenderme tambien me plantea otra cuestion.

¿Pueden ahora Gestores y Tramitadores hacer estas cosas por si mismos?

Lo digo porque hasta ahora los actos de comunicacion eran del Secretario. A mi podra parecer absurdo, pero es lo cierto que esta era una de mis Funciones digamos de Autoridad, mientras que los Funcionarios no podian hacer otra cosa que "preparar" el mandamiento u oficio pasandolo a la firma.

¿Pueden ellos ahora cursar directa y telematicamente actos de comunicacion y ademas de este porte?

- Hay una batalla latente contra la AEAT que intenta pro todos los medios zafarse de los Juzgados. Sea por no perder tiempo haciendo comprobaciones trabajando para nosotros, sea porque la gente los pone a caldo cuando va a pillar su devolucion y la hemos trincado, en la AEAT ha habido mucha resistencia sorda al tema y en definitiva, tendian a decir que si no habia saldo en el momento en que llegaba el embargo, pues daban por contestada la peticion y no lo iban a mirar mas.

Algunos juzgados se empeñaron y mandaron oficios mucho mas claros insistiendo en que se embargaba la devolucion que hubiera ahora, o las que pudieran producirse en lo sucesivo y al parecer con exito.

Esta instruccion supondria que una vez mas perdemos otra batalla frente a Hacienda, que logicamente siempre gana porque es la que tiene la pasta y al parecer habria que reenviar estas peticiones cada mes, cosa que probablemente los Funcionarios no haran pues bastante tienen con lo que llevan como para meter un follon mas que controlar.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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fernández soriano
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#18 Mensaje por fernández soriano »

Carlos y foreros, estoy realmente seguro de que la orden de embargo a la AEAT a través de la aplicación Banesto que realizarón a modo de prueba los dos funcionarios, con mi supervisión (por eso de la primera vez) pero sin mi intervención, apareció en el listado como pendiente de envio, que es el paso previo a enviado; si veis, al final de la pag. 10 de la versión 11.4 de la aplicación Banesto, relativa a la materia, se indica que esté será el estado de la orden hasta su envio en el proceso mensual a la AEAT.
Parece que también aclara el tema de los recordatorios mensuales de dichas ordenes de embargo. En la referida versión, se indica en esa pag. 10, que "la AEAT solo recepciona las peticiones una vez al mes, unos días antes de realizar las devoluciones a los contribuyentes", y en la pag. 13, reexpedición de solicitud, se indica que "no será posible realizar reexpediciones de embargos para la AEAT, dado que el sistema automático realiza esta función", entiendo que no habria que recordar los embargos mensualmente, sino que la aplicación lo hace de manera automatica y mensualmente, hasta que demos la baja de la orden, por cumplimiento de la misma. Caben otras interpretaciones, por supuesto, pero podemos preguntar a la autoridad pertinente y salir de dudas.
Saludos.

Invitado

#19 Mensaje por Invitado »

Pues, como siempre, no está clara las acciones y funcionalidades de la aplicación, que parece haberse hecho sin conocer la realidad del "negocio". Para que luego los usuarios den incidencias que ponen en eevidencia en que nos e ajusta la herramienta al trabajo debido para elque va destinada y luego cuando es multitudinaria la cantidad de incidencias en el mismo sentido. Los diseñadores de la aplicación, si quieren, realizan los ajustes oportunos. Qué país. Siempre igual.

No me queda claro el tema de la "reexpedición de ordenes de embargo a la AEAT" (punto 7, página 13). ¿No será posible, o no será necesario? porque el sistema automático realiza esta función.

Pues parece contradecirse en la pñagina 20. Punto 11, "solicitudes recursiva de embargo a la AEAT". La solicitud se enviará (¿automáticamente?) periódicamente cada mes ... debido a que las peticiones ala AEAT tieen una vigencia de un mes (¿caducan?), pasado el cual se deberá de (sic) realizar (¿quien? ¿la máquina o el usuario? una nueva solicitud. Si se recibiera el importe antes de la fecha(¿fecha para qué?) indicada en el procedimiento automáticos y se hubiera lanzado (¿por la maquina o manualmente?) una nueva petición, el sistema lanzará de forma automática la cancelación de la petición."

La duda interpretativa debería resolverse a favor del automatismo, si se quiere que esto sea una mejora. Antes librabamos un oficio en papel y cuando había resultado positivo la AEAT nos transfería la cantidad retenida.

Ahora, parece que la AEAT exige renovar la petición de embargo mes a mes y que sea su máquina la que cruzda con la aplicación de Banesto produzca o no los resultados y seguimiento.
En cualuier caso no creo que esto deba suponer otro plus en las "vueltas de tuerca" a propinar al SJ.

Saludos trasroscados

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Carlos Valiña
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#20 Mensaje por Carlos Valiña »

Para Fernandez Soriano.

Podrias hacernos un pequeño tutorial muy simplificado de que pasos has seguido junto con los Funcionarios de tu juzgado para hacer estos embargos ante la AEAT y colgarlo en el foro de guias para general conocimiento.

Me planteo la situacion de un compañero que llega nuevo o un sustituto y es que de pronto le caen tantas cosas encima que tener unas guias realmente simplificadas a mano puede darle la vida y de paso nos ayudan a los que estamos menos puestos en unas cosas que en otras.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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octavio apalategui
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#21 Mensaje por octavio apalategui »

Podeis sacarme de dudas, ¿Que carajo somos?, juristas o tele-operadores.

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#22 Mensaje por Terminatrix »

octavio apalategui escribió:Podeis sacarme de dudas, ¿Que carajo somos?, juristas o tele-operadores.
Pues si nos ponen el pinganillo y podemos trabajar desde casa, que es lo único que nos falta, no dudes la respuesta. :cry:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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#23 Mensaje por Invitado »

Buenas :
Como cada día surgen ampliaciones de la famosa posibilidad de embargo a través de la Cuenta, el viernes salió la posibilidad de que los funcionarios autorizados accedan, no sé lo que va a ocurrir el lunes y así sucesivamente.
Y como siempre y ante cualquier novedad en que afecte a los SJ, no sabemos por dónde salir.
Entonces la pregunta es, ¿esperamos para seguir una estrategia conjunta o una "unidad de acción"?, ¿esperamos instrucciones para lo de los embargos de la AEAT?, ¿Cómo proveemos las peticiones de embargo entretanto? ¿Habéis solicitado autorización para los funcionarios ?¿Nos reunimos con los jefes? ¿Nos reunimos con Hacienda?

Invitado

#24 Mensaje por Invitado »

Yo pienso esperar a que terminen de completar tanto las instrucciones como la aplicación en cuestión. Que ya tengo experiencia en estas cosas, y si te pones desde el primer momento acabas metiendo la pata. De momento me he leído el manual, y ya iré viendo según me vayan mostrando.

Tengo funcionarios autorizados, pero hasta que no esté segura de que ha terminado el proceso no los instruiré.

odiolaestadística
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#25 Mensaje por odiolaestadística »

¿Y cómo se autoriza a los funcionarios?

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