Buenas tardes
Sabéis si existe algún protocolo que regule la forma de llevar a cabo las notificaciones penales a través del colegio de procuradores?
gracias
notificaciones en instrucción
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Pueden existir protocolos o acuerdos particulares Juzgados-(Decanatos)-Colegio de Procuradores , si bien entiendo que en ningún caso deberían limitar las notificaciones del ambito penal ¡pero todo es posible¡
Intuyo que tu pregunta tiene su causa en que los Procuradores admiten casi cualquier forma de notificación más agil en aquellos procedimientos del ambito "civil" con trascendencia económica para ellos pero no en otros como penal donde no es así, sobre todo porque su actuación suele ser por nombramiento de oficio. En mi opinión el sistema de notificación debe ser el mismo, por cuanto que en defecto de norma específica, creo que no existe (aunque ahora mismo no estoy en la jurisdicción penal) se aplica supletoriamente la LEC y no distingue. Por tanto, si en civil se les notifica a través del colegio en Penal debe hacerse igual. Otra cosa son las "resistencias" de hecho que aparecen en estos cambios, si es que hay que hacerlos, pero por experiencia te puedo decir que merecen la pena.
Intuyo que tu pregunta tiene su causa en que los Procuradores admiten casi cualquier forma de notificación más agil en aquellos procedimientos del ambito "civil" con trascendencia económica para ellos pero no en otros como penal donde no es así, sobre todo porque su actuación suele ser por nombramiento de oficio. En mi opinión el sistema de notificación debe ser el mismo, por cuanto que en defecto de norma específica, creo que no existe (aunque ahora mismo no estoy en la jurisdicción penal) se aplica supletoriamente la LEC y no distingue. Por tanto, si en civil se les notifica a través del colegio en Penal debe hacerse igual. Otra cosa son las "resistencias" de hecho que aparecen en estos cambios, si es que hay que hacerlos, pero por experiencia te puedo decir que merecen la pena.