En marcha la nueva ley de mediación.
A más de uno le puede parecer un buen negocio. Imagino que la consulta gratuita y obligatoria para reclamnaciones inferiores a 6000 euros te la pagará el Estado.
APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES
Contribuirá a la solución de conflictos en el ámbito extrajudicial y reducirá la carga de trabajo de los tribunales al permitir a los ciudadanos solucionar sus diferencias sin necesidad de acudir al juez.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles. La iniciativa, que se enmarca en el Plan de Modernización de la Justicia 2009-2012, representa un importante impulso normativo para aliviar de carga de trabajo a juzgados y tribunales mediante la resolución de este tipo de conflictos en el ámbito extrajudicial. Por tanto, los ciudadanos podrán resolver sus diferencias sin necesidad de acudir a un juicio.
Circunscrita al ámbito de competencias del Estado, la Ley de Mediación articulará un marco mínimo para el ejercicio de la mediación sin perjuicio de las disposiciones aprobadas por las Comunidades Autónomas. Asimismo, el Proyecto incorpora al Derecho español la Directiva Comunitaria del 21 de mayo de 2008 sobre ciertos aspectos de la mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles.
Principales características de la Ley de Mediación
Se establece para asuntos civiles y mercantiles en conflictos nacionales o transfronterizos. Se excluyen expresamente la mediación laboral, penal y en materia de consumo.
Las instituciones y servicios de mediación establecidas o reconocidas por las diversas Administraciones podrán asumir las funciones de mediación, dando continuidad a la tarea que ya vienen desempeñando.
Someterse a la mediación será voluntario, excepto en los procesos de reclamación de cantidad inferiores a seis mil euros en los que se exigirá el inicio de la mediación, al menos, mediante la asistencia a la sesión informativa gratuita, como requisito previo para acudir a los tribunales.
Nadie estará obligado a concluir un acuerdo ni a mantenerse en el procedimiento de mediación.
La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la prescripción o caducidad de acciones judiciales.
El procedimiento garantiza la confidencialidad y la imparcialidad del mediador entre las partes, sin que éste pueda imponer solución o medida concreta alguna.
Se fija un plazo máximo para la mediación de dos meses, prorrogable por otro más.
Se establece la configuración del acuerdo de mediación como un título ejecutivo equiparable a los laudos arbitrales y a tal fin se introduce en la Ley de Enjuiciamiento Civil las reformas precisas.
Estatuto del mediador
Para dar garantías de profesionalidad y calidad a la actividad se regula un estatuto mínimo del mediador, con las siguientes condiciones para ejercer como tal:
Tener un seguro de responsabilidad civil.
Estar inscrito en un registro público y de información gratuita para los ciudadanos.
Se regulan también los derechos y deberes de los mediadores y el de los servicios e instituciones de mediación, que igualmente deberán inscribirse en el registro.
La Ley permitirá, igualmente, también el desarrollo de la mediación a través de medios electrónicos, siempre que se garantice la identidad de los intervinientes y el respecto a los principios de mediación.
Ley de mediación
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ley de mediación
Es una buena noticia pero sólo a medias.
La mediación ya funciona con éxito en menores y en familia ( y en penal en determinados asuntos, faltas, y aunque no se quiera entrar todavía en esos jardines, también). Así que el salto a civil y mercantil era sólo cuestión de tiempo.
Pero esto está muy verde todavía para cuajar en nuestro país. Aquí, a diferencia de EEUU, no tenemos cultura de diálogo y estamos muy acostumbrados a resolver nuestras diferencias acudiendo al Juzgado y entregando el poder de decisión al Juez. Así que si es voluntaria, como debe ser, los abogados se van a tener que poner las pilas para implantar esa cultura transaccional.
Y por otra parte, legitimar la mediación mediante su inclusión en nuestro sistema procesal va a chocar con la oposición de la mayoria del colectivo judicial y fiscal seguro, porque van a apelar a los principios de legalidad y seguridad jurídica al ver en peligro su "parcela de autoridad".
Habrá que ver qué forma le dan al invento para tener contentos a todos, porque hoy me han comentado los del servicio de mediación que están temblando con el tema de los requisitos para ser mediador: titulación, cualificación, experiencia, acceso a la profesión...
Pero en todo caso si esto sirve para modernizar la justicia sin demagogia y para descongestionar Juzgados, bienvenido sea siempre que sea regulado con rigor y sin precipitaciones, que la incontinencia legislativa de este gobierno últimamente puede llevar a otra chapuza electoralista sin pies ni cabeza.
Saludos, buen fin de semana.
La mediación ya funciona con éxito en menores y en familia ( y en penal en determinados asuntos, faltas, y aunque no se quiera entrar todavía en esos jardines, también). Así que el salto a civil y mercantil era sólo cuestión de tiempo.
Pero esto está muy verde todavía para cuajar en nuestro país. Aquí, a diferencia de EEUU, no tenemos cultura de diálogo y estamos muy acostumbrados a resolver nuestras diferencias acudiendo al Juzgado y entregando el poder de decisión al Juez. Así que si es voluntaria, como debe ser, los abogados se van a tener que poner las pilas para implantar esa cultura transaccional.
Y por otra parte, legitimar la mediación mediante su inclusión en nuestro sistema procesal va a chocar con la oposición de la mayoria del colectivo judicial y fiscal seguro, porque van a apelar a los principios de legalidad y seguridad jurídica al ver en peligro su "parcela de autoridad".
Habrá que ver qué forma le dan al invento para tener contentos a todos, porque hoy me han comentado los del servicio de mediación que están temblando con el tema de los requisitos para ser mediador: titulación, cualificación, experiencia, acceso a la profesión...
Pero en todo caso si esto sirve para modernizar la justicia sin demagogia y para descongestionar Juzgados, bienvenido sea siempre que sea regulado con rigor y sin precipitaciones, que la incontinencia legislativa de este gobierno últimamente puede llevar a otra chapuza electoralista sin pies ni cabeza.
Saludos, buen fin de semana.