(Quien quiera ir al grano; apartados 9 y 11.)
CARLOS JUAN VALIÑA REGUERA, PRESIDENTE DEL COMITÉ DE HUELGA CONSTITUIDO POR LA ASOCIACION PROFESIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES
COMPARECE Y EXPONE:
Que a medio del presente comunica PREAVISO LEGAL DE HUELGA en los términos previstos por el Real Decreto-Ley 17/1977 de 4 de marzo sobre Relaciones de Trabajo dirigido al Ministerio de Justicia, y al que están llamados todos los Secretarios de Juzgados y Tribunales en todo el estado, con arreglo a los siguientes precedentes.
1) Desde hace varias décadas se asiste a un progresivo postergamiento de la figura del Secretario Judicial, cuyo mejor reflejo es el incremento de la diferencia retributiva entre los Secretarios Judiciales, y las Carreras Judicial y Fiscal, o la tendencia constante a igualar los sueldos de los Secretarios Judiciales con los Funcionarios de los Cuerpos de Gestión, que en casos igualan cuando no superan a los de los Secretarios Judiciales. Fiel reflejo de esta degradación lo constituyen los tristes conceptos por los que se determina la productividad, en nada relacionados con la especialización de un cuerpo superior jurídico y sí con las facultades de gestión, cuando no directamente de grabador de datos, que progresivamente se nos vienen encomendando y que en otras administraciones se afrontan por los Funcionarios de grado inferior al B. Circunstancias como que el Ministerio no autorice complementos de sueldo equivalentes a los autonómicos allí donde los Funcionarios sí los perciben; que el sueldo base siga siendo bajísimo con vistas a la jubilación, (habiendo aumentado medio punto el coeficiente de los Gestores (2,5), cuando los Secretarios pese a ser grupo A tienen coeficiente (3) y los Jueces (3,5) pese a ser grupo A igualmente), que los Secretarios de tercera sigan percibiendo unas retribuciones completamente insuficientes y en cierto modo congeladas por la consolidación de categorías; o que la acción social esté vedada a Secretarios de Segunda y Primera, por citar sólo algunos ejemplos, no vienen sino a poner de relieve, que por el Ministerio de Justicia se considera que nuestra labor no es importante y por lo mismo, la enorme pérdida de poder adquisitivo experimentada por los Secretarios, (basta comparar los sueldos actuales y los de hace veinte años con el Salario Medio Interprofesional vigente en cada momento) no es remediada en modo alguno y antes al contrario, se agrava de día en día.
2) El referido proceso de arrinconamiento se ha agravado a partir del año 2000 con la reforma de la LEC, que expresamente establece que no formamos parte del Tribunal, con la Ley Concursal, donde no se establece que reemplacemos al Comisario y con las demás reformas procesales que nos ignoran, y muy en especial, con la reforma de la LOPJ de 2003, que ha instaurado la jerarquización rompiendo el principio de antigüedad escalafonal como columna vertebral del cuerpo, ha establecido las categorías y la consolidación de las mismas (cuestión que se retiró del proyecto para la Judicatura a instancias de ésta), ha impuesto una gravísima responsabilidad disciplinaria, (al combinarse con una legislación procesal inaplicable dadas las cargas de trabajo), ha colocado a los Secretarios bajo la esfera de influencia de las comunidades Autónomas, en una suerte de transferencia en la sombra, nos ha retirado la Jefatura de Personal vaciando con ello de contenido la “Dirección Técnico Procesal”, no ha regulado un órgano de representación propio de los Secretarios de carácter negociador y no meramente consultivo, ha devaluado el cuerpo con una promoción interna desproporcionada incorporando Funcionarios que proceden de una profesión y una formación completamente diferentes, ha suprimido el derecho de Colegiación, ha politizado el cuerpo posibilitando nombramientos de cargos “de confianza”, lo que ha generado buen número de nombramientos en clave ideológica y no de mérito, al tiempo que acentúa el carácter de trampolín de las Asociaciones de Secretarios que no se proclaman exclusivamente profesionales y, como colofón, nos ha dado una supuesta capacidad de dirección técnico procesal, que en la práctica es inaplicable y viene supeditada a la voluntad de la Magistratura, que puede ignorarla dictando resoluciones jurisdiccionales, entre otros muchos aspectos negativos que podrían citarse.
3) En el campo del día a día, se ha asistido a un completo autismo de los sucesivos equipos ministeriales, consintiendo un número de vacantes escandaloso, destrozando a nuestros opositores al no convocar oposiciones durante años o endureciendo terriblemente las pruebas, (al tiempo que se facilita el acceso por otras vías), no evacuando apenas las consultas, no contestando la mayoría de los recursos (aunque pasen décadas), no estableciendo regulaciones básicas en defensa de la presunta dirección técnico procesal del Secretario y no adoptando prevención alguna para impedir la continua y reiterada invasión de competencias ministeriales por parte del Consejo General del Poder Judicial o las Comunidades Autónomas, lo que ha obligado a muchos Secretarios a tener que acudir reiteradamente a dichas instancias para dirimir sus problemas.
4) El cambio de gobierno operado en el año 2004 no se ha traducido en el cumplimiento del programa electoral del partido que sustenta al gobierno con relación a los Secretarios Judiciales, sino en su incumplimiento flagrante, ni en una especial sensibilidad hacia nuestro colectivo. Antes al contrario, casos como el de la sanción impuesta a Juana Gálvez, crucificada en los medios de comunicación por diversas autoridades públicas del partido en el Gobierno, sin haberle dado tan siquiera la oportunidad de ser oída, y sin que el nuevo equipo ministerial que prometió partir de cero, se planteara tan siquiera la revisión de la sanción absolutamente desproporcionada que se le impuso, (cual han puesto de relieve las sentencias recaídas en los Tribunales y con independencia de lo que haya pesado en el ánimo de estos Tribunales una opinión pública ávida de castigo), el de la retirada del proyecto de ley de jurisdicción voluntaria, el de la negativa reiterada a instaurar un órgano representativo propio de los Secretarios, (terminando con nuestra presencia en esa especie de Sindicato Vertical que son las Juntas de Personal), o el hecho de que el actual Ministro de Justicia se reuniera con una parte de los representantes de las Asociaciones de Secretarios, después de haberse reunido con todas las Asociaciones de Jueces y, lo fundamental, después de haber expuesto en el Parlamento las líneas directrices del proyecto del Ministerio, (todas en clave judicial), ponen de relieve que nada ha cambiado y que bajo la apariencia de un futuro mejor y grandes promesas, todo sigue igual para nosotros o va directamente a peor y para ello no hay sino que fijarse en el trato que se está dispensando por determinados Secretarios de Gobierno y Coordinadores a los Secretarios de base.
5) La reforma de las leyes procesales, constituye la última oportunidad perdida por hacer algo que realmente cambie las cosas y entendemos que se falta a la verdad a la ciudadanía cuando se le promete una mejora de la justicia que por ese medio no podrá lograrse, cuando es lo cierto que si no se corrigen los déficit estructurales, con esa sola reforma la situación empeorará gravemente, cuando es lo cierto que la adjudicación a los Secretarios Judiciales de un trabajo de segunda fila, que actualmente desarrollan en su práctica totalidad los Funcionarios, cambiando el nombre del firmante, en nada va a solucionar los problemas de la justicia, sino mas bien todo lo contrario y cuando se olvida que en el orden penal, contencioso, social, y en los órganos colegiados (donde o la ejecución se realiza en su mayoría por organismos públicos o no hay ejecución), todo seguirá igual, con la agravante de que la infumable transacción operada en el tema de la presencia del Secretario en las Vistas, supone un golpe de muerte para nuestro cuerpo, desde el momento en que desaparecemos del “escenario de la justicia”, pues es evidente que dicha salida vendrá acompañada de un nuevo incremento de tareas no jurídicas, con ahorro del correspondiente personal administrativo y la subsiguiente exigencia de responsabilidad al Secretario por esas nuevas tareas, lo que nos obligará a sacar tiempo de lo que se nos promete como opcional, permanecer en la Sala. Años de dura lucha de generaciones de Secretarios para conseguir estar en los estrados de las Salas van a ser tirados a la basura de un plumazo, sin tan siquiera conocer lo que costó esa pequeña conquista y ni tan siquiera se reviste este lamentable paso de un mínimo de coherencia legal y garantías, pues nuestra salida, o no, de las Salas quedará al albur de los Letrados, de las videoconferencias, de que haya que leer declaraciones del sumario y de mil y una incidencias que se irán añadiendo sobre la marcha, desvirtuando la declaración legal, dando lugar a toda clase de conflictos, impidiendo al Secretario un mínimo de organización en su trabajo y, en definitiva, desprestigiando gravísimamente nuestra actuación.
6) Consideramos que, en realidad, desde hace tiempo asistimos a un proceso de voladura controlada del Cuerpo de Secretarios que nos resulta completamente incomprensible. Un cuerpo que está completamente desaprovechado en tareas de grabar de datos, apagar fuegos, contar palotes, cuando no ser mero correveidile de unas y otras administraciones, pues una cosa son las grandilocuentes declaraciones legales y otra la realidad de las funciones burocráticas que a diario se nos imponen en los reglamentos y entendemos que esta humillación diaria y constante no debe de continuar y que es nuestra obligación moral, ya que otros no lo hacen, situar a cada Secretario ante su propia responsabilidad y darle la oportunidad de mostrar su protesta en una huelga que no se interrumpa a las primeras de cambio, sino que se plantee con vocación de permanencia en el tiempo, en tanto en cuanto no se produzca un cambio de rumbo decisivo por parte de la administración, y no en el terreno de las promesas, que ya hemos cubierto el cupo con creces, sino en el de los hechos tangibles y normas promulgadas y no se nos podrá acusar de impaciencia, o falta de diálogo, pues llevamos décadas porfiando y sólo vemos paso atrás, sobre paso atrás.
7) Si alguna duda se podía albergar en orden al absoluto desprecio con el que es tratada la figura del Secretario Judicial, baste citar la proliferación de Reglamentos aprobados por el C.G.P.J. o las Comunidades Autónomas, regulando cuestiones que afectan a los Secretarios y distribuyendo incluso las plazas de Secretarios según su particular criterio, sin que por parte del Ministerio, ni se regule el tema, ni se interpongan los oportunos recursos, o el reciente y sangrante caso de los cursos “formativos” en reformas procesales y nueva oficina judicial, de los que se predica su carácter obligatorio, a base de “órdenes verbales”, “comunicaciones telefónicas”, “correos electrónicos”, etc. y con diferencias evidentes entre los Secretarios de unas provincias y otras, por no hablar de los acuerdos establecidos con los Sindicatos para impedir la movilidad de los Funcionarios a órdenes jurisdiccionales diferentes y que no encuentran igual vara de medir en el caso de los Secretarios Judiciales.
8) El resultado de todo lo antedicho es simple: El Secretario Judicial tiene lo peor de los Jueces (incompatibilidades y prohibiciones), lo peor de los Fiscales (jerarquía) y lo peor de los Funcionarios (responsabilidad disciplinaria), pero agravada porque la ley le atribuye la responsabilidad por todo, sea o no de su competencia, y sin darle los medios para hacer que los demás integrantes del órgano cumplan con sus cometidos. El Secretario ve como todo lo que le afecta se negocia con los Sindicatos de Funcionarios, ve como la mayoría de los Secretarios con cargos jerárquicos no vela por la defensa del “status jurídico” del Secretario judicial, sino que se convierte en correa de transmisión de las órdenes de la administración, e incluso las desborda según su particular “entusiasmo”, y como finalmente los recursos administrativos mueren en el Ministerio o son resueltos por los Jueces es decir, por el otro sector implicado en la administración de Justicia y muchas veces con el carácter de “juez y parte”. Los Secretarios quedan así, mudos, porque cuando se les imponen comportamientos antijurídicos de nada sirven los recursos que no tienen respuesta, sordos, porque como nadie contesta a sus peticiones, consultas y recursos, pierden la facultad de oír de puro desuso, y, ciegos, porque de tanto vivir en la oscuridad del atropello diario, ya no abren los ojos, pues han visto de este Ministerio de Justicia y de los precedentes, todo lo que cabía esperar.
9) Entendemos igualmente que es prioritario encontrar un punto de equilibrio que aúne un mínimo de visualización de la huelga por parte de ciudadanos y profesionales, con el objetivo de minimizar al máximo cualquier posible perjuicio al ciudadano derivado de la misma. Por este motivo se convoca como primera jornada de huelga a tiempo completo el día 4 de mayo de 2010, (en el que es previsible que sea el propio desconcierto derivado de la entrada en vigor de las reformas procesales y de la improvisación reinante -ni siquiera se han remitido a los Juzgados los textos legales actualizados- el que paralice en la práctica los Juzgados y Tribunales), continuando en días sucesivos y con carácter indefinido, a razón de un mínimo de media hora de paro diario, y un máximo de una hora, a partir de las diez de la mañana (si no estuviera en curso en ese momento alguna actuación procesal, y tan pronto como finalice la misma, si se estuviera produciendo), de manera que esta medida extraordinaria de protesta, no genere un perjuicio efectivo al ciudadano al evitarse las suspensiones, suponga para el Ministerio un ahorro en retribuciones, en este momento de especial dificultad económica, y para la ciudadanía una llamada de atención profunda sobre lo tremendamente injusto de la situación a la que se nos está conduciendo.
10) En orden a los Servicios Mínimos, entendemos que no es necesario establecer servicio mínimo alguno, dado el estrecho marco temporal que marcamos para la protesta y la voluntad de evitar cualquier género de suspensión, por lo que estaremos a los que, en su caso, se adopten por la autoridad gubernativa competente, (con reserva del derecho a impugnarlos en el improbable caso de que fuere menester) y todo ello sin perjuicio de seguir abiertos a cualquier género de diálogo con la Administración a la que se dirige este preaviso, en la persona del Excmo. Sr. Ministro de Justicia, con el que dejamos nuevamente solicitada una reunión en orden a la defensa real de la defensa del colectivo, en la confianza de que será el primer interesado en conocer lo que piensa la parte del cuerpo de Secretarios cuyos temores, inquietudes y esperanzas hasta ahora nadie ha representado, y sin perjuicio de dejar sentado de antemano, que no será suficiente con promesas para que la huelga se desconvoque, ya que es hora de hechos y no de humo.
11) Que por lo que hace a las reivindicaciones de los convocantes se contraen en lo esencial a los siguientes apartados:
a. Equiparación de sueldos de los Secretarios con los Fiscales, (ambos grupo A) y aumento del sueldo base con vistas a la jubilación.
b. Atribución de Funciones Jurisdiccionales a los Secretarios, previos los cambios legales u orgánicos que se juzguen necesarios.
c. Mantenimiento de los Secretarios en las Salas de Vistas, para auto-documentar y dar Fe, exclusivamente, de los actos que presidan ejerciendo funciones jurisdiccionales.
d. Cobertura del enorme número de vacantes existente en el cuerpo de Secretarios, equiparando a partir de ese momento el sistema de acceso al Cuerpo con el de los Jueces.
e. Creación de un órgano de representación propio de los Secretarios Judiciales, del mismo rango y nivel normativo que el que representa a los demás Funcionarios de la Administración de Justicia e independiente de estos.
f. Equiparación de la responsabilidad disciplinaria de los Secretarios a la de los Fiscales y regulación de eximentes, por falta de medios materiales, por falta de personal cualificado, por sobrecarga inasumible de trabajo, o por falta de actuación de otros poderes públicos (en relación con los demás integrantes del órgano que de ellos dependan) cuando la actuación de estos haya incidido en la creación de la situación examinada en el expediente.
En orden a lo que justifica de manera especial estas reivindicaciones:
a) La equiparación retributiva con los Fiscales es coherente con la asunción de competencias resolutivas de carácter jurisdiccional que se solicitan.
b) La atribución de Funciones Jurisdiccionales es el único camino de futuro para el Cuerpo, potenciando nuestra formación jurídica, nuestra dignidad en el trabajo diario y evitando seguir derivando hacia la figura del Gestor y la transferencia.
c) Nada de lo que se nos promete otorgar compensa perder presencia en las Salas de Vistas, que es una conquista histórica del cuerpo de Secretarios.
d) Ningún cuerpo tiene un número de vacantes tan alto como el nuestro, ni tantas facilidades para el acceso desde profesiones radicalmente diferentes. La solución del actual problema generado por el Ministerio debe ser resuelto por quien lo ha creado, pero es lo cierto que, en el futuro, el acceso a un cuerpo de verdadero prestigio no puede seguir como hasta ahora.
e) No es posible continuar siendo el único cuerpo de la Administración que carece de ningún tipo de representación en las mesas de negociación. Del mismo modo que en la Policía Nacional existen varias Juntas de Personal para que el Cuerpo Superior de Policía, (con menos número de efectivos) pueda tener representación, pedimos para los Secretarios que se nos trate con igualdad, esto es, que se trate desigualmente a los desiguales.
f) En tanto en cuanto continuemos con el actual marco competencial asumiendo una responsabilidad muy superior a la de los Funcionarios (es decir, derivada de actos propios y de terceros), carece de todo sentido que se nos aplique la responsabilidad disciplinaria de los Funcionarios y debe atribuirse a los Secretarios la del otro cuerpo jerarquizado, los Fiscales, de manera que la falta grave, por ejemplo, se castigue como máximo con multa de 3000 euros, (cual le sucede a los Fiscales) y no con suspensión de empleo y sueldo o traslado forzoso (cual sucede a los Secretarios).
12) Que por parte de los convocantes no puede por menos que transmitirse el profundo pesar que les produce el tener que recurrir a este medio de protesta como única forma de ser escuchados. La huelga de los Funcionarios, al margen de lo que establezca la legalidad vigente, y de que sea legítima en aplicación del principio “qui iure suo utitur nemimen laedit”, no deja de ser una patología del sistema, porque el estado, o una parte de él, no puede ponerse en huelga contra sí mismo, y mucho menos aún, un cuerpo como el de Secretarios Judiciales, que tiene, al menos formalmente, “carácter de Autoridad”. Se acude por tanto a este medio extraordinario como último recurso y porque desde un punto de vista material, el Secretario no deja de ser un mero convidado de piedra en el pulso soterrado que mantienen la Judicatura, los Sindicatos de Funcionarios, la Administración Central y las Administraciones Autonómicas. El mero dato de que hayan convocado “elecciones” para un Consejo “consultivo” de Secretarios, a manera de coartada formal para la falta de voluntad real de negociación con nuestro colectivo, lo dice todo. Se negocia de verdad con las Asociaciones de Jueces, se negocia en las mesas de negociación con los Sindicatos de Funcionarios que incluyen al personal laboral, pero no se negocia nada con los Secretarios, que por una cuestión meramente numérica y siendo sus intereses en muchas ocasiones contrapuestos a los de los Sindicatos de Funcionarios, no sólo no ven asumidas sus posiciones por estos, sino que directamente asistimos en los últimos 30 años a una oposición más o menos directa por su parte a que prosperen las reivindicaciones del cuerpo de Secretarios. Si la huelga formalmente no es propia de quien es Funcionario y Autoridad, materialmente puede serlo de quien no cuenta para nada, de quien todos intentan manejar en su beneficio, de quien en definitiva es el único Funcionario dependiente del Ministerio de Justicia y con presencia en los órganos jurisdiccionales de todo el territorio del Estado, y que, una y otra vez, asiste a un proceso donde los golpes más dolorosos se le infligen por quien debería ser el principal valedor de sus derechos. Del mismo modo que el fracaso del alumno es el fracaso del profesor, el rotundo fracaso y arrinconamiento del Secretario es un mero trasunto del fracaso de su mentor.
13) Se podría escribir una enciclopedia de varios tomos, haciendo constar el “ninguneo” que a diario padecemos en nuestro trabajo, los dolorosos conflictos que hemos de sostener para tratar de defender las cutres funciones que se nos asignan, o las veces en que tenemos que tragar porque el tema no es claro, y la cuerda siempre se rompe por el lado más débil, pero somos conscientes de que estos “detalles” poco importan a los más altos responsables, (cual pudimos ver con ocasión de la lamentable puesta en marcha del nuevo Registro de Violencia Doméstica, o en estos días, cuando se advierte a los Secretarios que no quieren asistir al curso “obligatorio” de que se ha recibido orden de nombrarles un sustituto y no dejarles pasar a su despacho). Sin embargo, nosotros escribimos día a día un capítulo de esa enciclopedia, cada día acudimos al trabajo con el ánimo encogido temiendo por alguna nueva afrenta y para nosotros sí es importante y duele, lo que se va añadiendo a cada tomo de aquella, porque es letra de sangre y con esta nuestra protesta queremos dejar constancia de todas las injusticias, sinsabores, violencias, abusos, desprecios, y egolatrías que hemos de soportar día por día en el más profundo silencio, sin que nadie absolutamente salga en nuestra defensa, aún cuando se lo solicitemos por escrito.
14) Sentados sobre un barril de pólvora, rodeados por colectivos y administraciones más fuertes que sólo miran para sus intereses, empobrecidos por un trabajo muy inferior a nuestra real cualificación original, adormecidos por las falsas y hueras promesas que nos pretenden vender o transmitir algunos de los que dicen representarnos, creemos llegado el momento de decir ¡Basta ya! Esta convocatoria debe entenderse como lo que es, un último grito pidiendo una oportunidad antes de que la rueda de la historia y la ley de los más fuertes nos termine de destruir como cuerpo y como personas.
15) Hay mucha gente que merece la pena en este cuerpo y que, en unas condiciones de trabajo y anarquía lamentables, ha intentado aportar cuanto ha podido con profesionalidad, honradez y amor propio. Se merecen algo mejor. Puede que el estado español sea incapaz de reconocerles ese mérito, pero nosotros cumpliremos con nuestro deber de luchar porque se oiga la voz de los sin voz. Si al menos conseguimos que este mensaje atraviese las cotas de malla burocráticas que protegen a los máximos responsables de la autoridad, daremos por bien empleado el esfuerzo. Si además conseguimos una amplia movilización tendremos la seguridad de que el mensaje será oído.
16) Nos une una convicción profunda: lo que es bueno para los Secretarios es bueno para el país y un país que destruye instituciones forjadas a lo largo de siglos y que han prestado un gran servicio a la causa pública, está condenado al fracaso.
17) A efectos de constancia dejamos señalado que el Comité de Huelga viene integrado por los siguientes Secretarios:
Carlos Juan Valiña Reguera, Juzgado de lo Penal 4 de Santander. (2ª Categoría - 1990)
Angel de Alba y Vega, Juzgado de Primera Instancia número 10 de Murcia. (2ª Categoría - 1994)
Alejandro López Montes Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm. (3ª Categoría - 2004)
18) Se deja designado a efectos de domiciliaciones, la Secretaría del Secretario que preside el Comité de Huelga, con Teléfonos: 942-248109, 654-398754 y FAX 942-248120
19) La presente se remite por Fax al Gabinete del Excmo. Sr. Ministro de Justicia y por Correo certificado sellado con fecha 22-4-2010.
EN SANTANDER a 22-4-2010
Fdo: Carlos Valiña