Las Juntas de Jueces estableceran turnos de sabados:
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- Carlos Valiña
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Las Juntas de Jueces estableceran turnos de sabados:
Si no me he equivocado mucho, ha llegado a los juzgados una circular donde se pone en conocimiento que ante el problema que hay con los sabados el Consejo, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Ministerio, etc, ha considerado que la declaracion de inhabilidad de los sabados no es equiparable al cierre de los juzgados en sabado, en especial para actuaciones urgentes, y enumera una larga retahila de ellas, y que dadas las particularidades de cada partido judicial, seran las juntas de jueces las que fijaran los turnos de servicio en sabados.
Si yo no lo he entendido mal, esto significaria, incluso que la junta de jueces podria establecer que el sabador por ejemplo abran todos los juzgados de instruccion, que vengan dos funcionarios y que venga el Secretario.
Alguien podria arguir que esas no son competencias del Consejo, pero lo cierto es que hay un articulo en la LOPJ que dice que debemos atenernos a los Reglamentos (sin hacer distincion alguna de quien vengan) y yo no tengo claro que no se deba acatar ese Acuerdo REglamentario del Consejo.
Tampoco he tenido noticia de que ningun Secretario, "solo o en compañia de otros" haya recurrido dicho texto por este motivo en el caso de que tal cosa sea posible. ¿Como lo veis?
Saludos.
Si yo no lo he entendido mal, esto significaria, incluso que la junta de jueces podria establecer que el sabador por ejemplo abran todos los juzgados de instruccion, que vengan dos funcionarios y que venga el Secretario.
Alguien podria arguir que esas no son competencias del Consejo, pero lo cierto es que hay un articulo en la LOPJ que dice que debemos atenernos a los Reglamentos (sin hacer distincion alguna de quien vengan) y yo no tengo claro que no se deba acatar ese Acuerdo REglamentario del Consejo.
Tampoco he tenido noticia de que ningun Secretario, "solo o en compañia de otros" haya recurrido dicho texto por este motivo en el caso de que tal cosa sea posible. ¿Como lo veis?
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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Pienso que la Junta de Jueces podrá disponer el turno para que los Juzgados abran los sábados.
Si el Juzgado tal está abierto el sábado tendrá que ir el Secretario( si va un abogado un sábado a ver un expediente seguro que si no está el Secretario el funcionario no se lo enseña, con lo cual se frustraría uno de los motivos popr los que han considerado que debe arirse los sábados); pero para que vayan los funcionarios tendrán que recurrir a las CCAA donde estén transferidos y las que inmediatamente sacarán resoluciones diciendo que en sábado de horario flexible nada, que cuando le toque turno de sábado es obligatorio.
Razonablemente me temo lo peor.
Ahora el enfrentamiento no será con el CGPJ que se ha atrevido a reglamentar sobre algo en lo que no tienen competencia. El problema se lo han echado a los jueces, que están más cerca y serán los "responsables" que el Secretario Judicial y los funcionarios del Juzgado a que le toque en suerte tengan que acudir al trabajo el sábado que corresponda.
Bueno no hay que apurarse, como pronto vamos a estar destinados en servicios comunes y unidades de apoyo y en el Juzgado sólo quedará el Juez ("el Juzgado soy yo" podría decir)
si los juecesd quieren que se cumpla el acuerdo de los sábados tendrá que ir él a abrir el Juzgado.
Jajajajajajaja... es que me ha entrado la risa tonta y no puedo parar.
Si el Juzgado tal está abierto el sábado tendrá que ir el Secretario( si va un abogado un sábado a ver un expediente seguro que si no está el Secretario el funcionario no se lo enseña, con lo cual se frustraría uno de los motivos popr los que han considerado que debe arirse los sábados); pero para que vayan los funcionarios tendrán que recurrir a las CCAA donde estén transferidos y las que inmediatamente sacarán resoluciones diciendo que en sábado de horario flexible nada, que cuando le toque turno de sábado es obligatorio.
Razonablemente me temo lo peor.
Ahora el enfrentamiento no será con el CGPJ que se ha atrevido a reglamentar sobre algo en lo que no tienen competencia. El problema se lo han echado a los jueces, que están más cerca y serán los "responsables" que el Secretario Judicial y los funcionarios del Juzgado a que le toque en suerte tengan que acudir al trabajo el sábado que corresponda.
Bueno no hay que apurarse, como pronto vamos a estar destinados en servicios comunes y unidades de apoyo y en el Juzgado sólo quedará el Juez ("el Juzgado soy yo" podría decir)
si los juecesd quieren que se cumpla el acuerdo de los sábados tendrá que ir él a abrir el Juzgado.
Jajajajajajaja... es que me ha entrado la risa tonta y no puedo parar.
Pienso que la Junta de Jueces podrá disponer el turno para que los Juzgados abran los sábados.
Si el Juzgado tal está abierto el sábado tendrá que ir el Secretario( si va un abogado un sábado a ver un expediente seguro que si no está el Secretario el funcionario no se lo enseña, con lo cual se frustraría uno de los motivos popr los que han considerado que debe arirse los sábados); pero para que vayan los funcionarios tendrán que recurrir a las CCAA donde estén transferidos y las que inmediatamente sacarán resoluciones diciendo que en sábado de horario flexible nada, que cuando le toque turno de sábado es obligatorio.
Razonablemente me temo lo peor.
Ahora el enfrentamiento no será con el CGPJ que se ha atrevido a reglamentar sobre algo en lo que no tienen competencia. El problema se lo han echado a los jueces, que están más cerca y serán los "responsables" que el Secretario Judicial y los funcionarios del Juzgado a que le toque en suerte tengan que acudir al trabajo el sábado que corresponda.
Bueno no hay que apurarse, como pronto vamos a estar destinados en servicios comunes y unidades de apoyo y en el Juzgado sólo quedará el Juez ("el Juzgado soy yo" podría decir)
si los juecesd quieren que se cumpla el acuerdo de los sábados tendrá que ir él a abrir el Juzgado.
Jajajajajajaja... es que me ha entrado la risa tonta y no puedo parar.
Si el Juzgado tal está abierto el sábado tendrá que ir el Secretario( si va un abogado un sábado a ver un expediente seguro que si no está el Secretario el funcionario no se lo enseña, con lo cual se frustraría uno de los motivos popr los que han considerado que debe arirse los sábados); pero para que vayan los funcionarios tendrán que recurrir a las CCAA donde estén transferidos y las que inmediatamente sacarán resoluciones diciendo que en sábado de horario flexible nada, que cuando le toque turno de sábado es obligatorio.
Razonablemente me temo lo peor.
Ahora el enfrentamiento no será con el CGPJ que se ha atrevido a reglamentar sobre algo en lo que no tienen competencia. El problema se lo han echado a los jueces, que están más cerca y serán los "responsables" que el Secretario Judicial y los funcionarios del Juzgado a que le toque en suerte tengan que acudir al trabajo el sábado que corresponda.
Bueno no hay que apurarse, como pronto vamos a estar destinados en servicios comunes y unidades de apoyo y en el Juzgado sólo quedará el Juez ("el Juzgado soy yo" podría decir)
si los juecesd quieren que se cumpla el acuerdo de los sábados tendrá que ir él a abrir el Juzgado.
Jajajajajajaja... es que me ha entrado la risa tonta y no puedo parar.
Re: Las Juntas de Jueces estableceran turnos de sabados:
Los Jueces no tienen culpa de nada, la culpa sigue siendo, nuevamente, del Ministerio de Justicia, que es el competente en esta materia, y ni se ha pronunciado en materia de calendario laboral de justicia para este año, ni tampoco en materia de apertura de sábados como si lo han hecho determinadas CC.AA. con competencias transferidas. El CGPJ, ante la falta de pronunciamiento del M.J. y el pronunciamiento de las CC.AA. sin el informe previo del CGPJ, se pronuncia en la materia:
- primero recomendando la apertura de las oficinas judiciales los sábados (Acuerdo Plno 14-01-2004)
- y segundo, instando a las juntas de jueces la elaboración de turnos que garanticen la apertura de las oficinas judiciales los sábados (Acuerdo Pleno 17-07-2004), en tanto se pronuncien en legal forma los órganos competentes en la materia.
Consecuencia:
1º. Se debe garantizar la apertura de las oficinas los sábados para realizar las actuaciones urgentes y aquellas actuaciones que aunque no tengan contenido procesal, pueden realizarse ante lo órganos judiciales.
2º Al no estar determinada la jornada obligada mensual, con su parte fija y flexible, y determinándose por los Jueces qué órganos judiciales deben abrir los sábados, habrá que determinar en base a esto qué funcionarios y Secretario Judicial vienen los sábados.
3º Resulta obvio que en los Juzgados que no estén de guardia no se podrán realizar actuaciones judiciales urgentes los sábados ante la indisponibilidad de los Jueces, por lo que habrá que derivar directamente ese tipo de actuaciones
4º ¿Por qué siendo directamente afectados los Secetarios Judiciales por este Acuerdo del PLeno del CGPJ, como por tantos otros, ninguna organización representativa de los mismos insta al Ministerio de Justicia el pronunciamiento sobre apertura judicial de las oficinas judiciales los sábados?
5º ¿Qué pintan las asociaciones de secretarios?, ¿o acaso piensan que los Secretarios somos dioses como los jueces?.
Como siempre un auténtico desastre, tanto por el Ministerio de Justicia, como por las asociaciones de secretarios. Y todavía a estas alturas alguien puede estar contento con dichos "entes".
AMEN.
- primero recomendando la apertura de las oficinas judiciales los sábados (Acuerdo Plno 14-01-2004)
- y segundo, instando a las juntas de jueces la elaboración de turnos que garanticen la apertura de las oficinas judiciales los sábados (Acuerdo Pleno 17-07-2004), en tanto se pronuncien en legal forma los órganos competentes en la materia.
Consecuencia:
1º. Se debe garantizar la apertura de las oficinas los sábados para realizar las actuaciones urgentes y aquellas actuaciones que aunque no tengan contenido procesal, pueden realizarse ante lo órganos judiciales.
2º Al no estar determinada la jornada obligada mensual, con su parte fija y flexible, y determinándose por los Jueces qué órganos judiciales deben abrir los sábados, habrá que determinar en base a esto qué funcionarios y Secretario Judicial vienen los sábados.
3º Resulta obvio que en los Juzgados que no estén de guardia no se podrán realizar actuaciones judiciales urgentes los sábados ante la indisponibilidad de los Jueces, por lo que habrá que derivar directamente ese tipo de actuaciones
4º ¿Por qué siendo directamente afectados los Secetarios Judiciales por este Acuerdo del PLeno del CGPJ, como por tantos otros, ninguna organización representativa de los mismos insta al Ministerio de Justicia el pronunciamiento sobre apertura judicial de las oficinas judiciales los sábados?
5º ¿Qué pintan las asociaciones de secretarios?, ¿o acaso piensan que los Secretarios somos dioses como los jueces?.
Como siempre un auténtico desastre, tanto por el Ministerio de Justicia, como por las asociaciones de secretarios. Y todavía a estas alturas alguien puede estar contento con dichos "entes".
AMEN.
Ilusion
Lo que el CGPJ nos ha pedido en la circular es que fijemos el "Régimen de permanencias" para diligencias urgentes. Si se interpreta esa circular con sentido común ( El menos común d elos sentidos, como bien sabéis ) es claro que se refiere a la persona del Juez. Es decir, qué Juez firma y actúa en las diligencias urgentes en esos días. Pero no deberíamos meter las narices en el tema del personal, porque eso no es competencia nuestra. Creo que lo correcto es fijar nuestras permanencias, y después comunicarlas al CGPJ y a las CCAA. Cómo se las apañen ellos para que tengamos personal disponible para una de esas diligencias no es ni nuestro problema ni nuestra decisión, y yo así lo pienso defender en nuestra Junta del próximo lunes.
Saludos
Saludos
Pues igual Magistrado Granollers tiene razon. Porque yo plantee el tema hablando de memoria. Si recuerdo que lei varias veces el texto buscando a ver si se concretaba en algun parrafo a quien se referian esos turnos y tuve la impresion de una "ambiguedad calculada", es decir que se hablaba por todas partes de turnos o servicios, no recuerdo bien, pero no se acababa de definir el tema con rotundidad.
Sin perjuicio de que la postura del Magistrado me parece de logica elemental, asi es como deberia ser, tambien estoy con el compañero en que si se produce un vacio y nadie arregla nada no es de extrañar que el Consejo lo ocupe y no haria mal del todo porque alguien tiene que coger el timon, el fallo es de quien siendo timonel no timonea.
A ver si alguien puede escanear el documento o copiar las lineas que se refieren a los turnos y lo miramos un poco mas a fondo.
Saludos a todos.
Sin perjuicio de que la postura del Magistrado me parece de logica elemental, asi es como deberia ser, tambien estoy con el compañero en que si se produce un vacio y nadie arregla nada no es de extrañar que el Consejo lo ocupe y no haria mal del todo porque alguien tiene que coger el timon, el fallo es de quien siendo timonel no timonea.
A ver si alguien puede escanear el documento o copiar las lineas que se refieren a los turnos y lo miramos un poco mas a fondo.
Saludos a todos.
- Carlos Valiña
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El anterior invitado era yo.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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Aunque formalmente la resolución del Consejo está dirigida a los jueces es evidente que a quien realmente está dirigida es al personal al servicio de la Administración de Justicia, que no son ellos sino al personal "a su disposición" como dice el Magistrado Granollers aunque todos servimos el mismo fin, unos en un puesto y otros con distintas funciones (aunque ya es sabido que en muchas materias están tan interconectadas que se confunden).
Sí, los de contencioso y civil también tienen que acordar turnos de permanencia, porque sus respectivas leyes de enjuiciamiento tienen previsión de medidas urgentes en ámbos.
Reitero después de haber repasado la LOPJ y Reglamento que la Junta de Jueces sólo puede decidir sobre el Juez que tiene la permanencia, y eso es independiente de los medios personales que le facilite quien corresponda para cumplirla, no siendo ésto competencia de la Junta.
Por otra parte, hago la siguiente reflexión ( Es para Jueces, pero dependiendo del horario pactado por el personal con las CCAA afecta también a los demás ):
-Si el sábado es inhábil según la LOPJ , y si según ésta los Jueces y Tribunales señalarán un mínimo de 4 horas de audiencia pública diaria para la práctica de pruebas, etc, es evidente que en esta obligación de audiencia no se incluyen los sábados porque no valen para estos actos procesales. Ahora bien, si hay que acudir el sábado para estar disponible, entonces se está haciendo por encima del servicio común y ordinario, y por tanto es una GUARDIA que debe pagarse como tal. ¿O no?
Yo desde luego también lo voy a platear así, y pienso reclamar a gerencia el pago, a ver qué pasa. Si pagan a los de Instrucción por ir un sábado y un domingo, ya que estos días normalmente son inhábiles, tendrán que hacerlo también con los demás a los que les apliquen ese rasero, digo yo.
Saludos
Reitero después de haber repasado la LOPJ y Reglamento que la Junta de Jueces sólo puede decidir sobre el Juez que tiene la permanencia, y eso es independiente de los medios personales que le facilite quien corresponda para cumplirla, no siendo ésto competencia de la Junta.
Por otra parte, hago la siguiente reflexión ( Es para Jueces, pero dependiendo del horario pactado por el personal con las CCAA afecta también a los demás ):
-Si el sábado es inhábil según la LOPJ , y si según ésta los Jueces y Tribunales señalarán un mínimo de 4 horas de audiencia pública diaria para la práctica de pruebas, etc, es evidente que en esta obligación de audiencia no se incluyen los sábados porque no valen para estos actos procesales. Ahora bien, si hay que acudir el sábado para estar disponible, entonces se está haciendo por encima del servicio común y ordinario, y por tanto es una GUARDIA que debe pagarse como tal. ¿O no?
Yo desde luego también lo voy a platear así, y pienso reclamar a gerencia el pago, a ver qué pasa. Si pagan a los de Instrucción por ir un sábado y un domingo, ya que estos días normalmente son inhábiles, tendrán que hacerlo también con los demás a los que les apliquen ese rasero, digo yo.
Saludos
No es una cuestión de dinero. Es una cuestión de no dejarse tomar el pelo impunemente. En este foro he visto a mucha gente meterse con los Jueces diciendo que no pegan ni golpe y que tienen mucha cara endosando el trabajo suyo a la oficina. En buena parte de ello he estado de acuerdo, porque se hacen muchas cosas que no se debía, y en efecto hay quien tiene mucha jeta. Pero también es cierto que el que afronta su trabajo con seriedad y honradez se encuentra muchas veces sobrecargado y sobrepasado por culpa de unos políticos a los que sólo les importa el productivismo, y que abusan todo lo que pueden y mas de que no tenemos derecho de huelga. Y como ejemplo, las guardias de una semana de disponibilidad, que van en contra de varios convenios de la OIT, y que suponen que mas de una vez vayas a hacer juicios habiendo dormido 2 horas.
Que la respuesta a eso no puede ser delegar y endosar a los demás tus funciones, es algo en lo que siempre he estado de acuerdo con vosotros. Por eso creo que lo correcto es responder con legalidad en mano, y que paguen todo el servicio que quieran tener. Pero tomar el pelo, que se lo tomen a su madre.
Saludos
Que la respuesta a eso no puede ser delegar y endosar a los demás tus funciones, es algo en lo que siempre he estado de acuerdo con vosotros. Por eso creo que lo correcto es responder con legalidad en mano, y que paguen todo el servicio que quieran tener. Pero tomar el pelo, que se lo tomen a su madre.
Saludos