EL CORRILLO DEL LIBERADO

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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PipelineR
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DESDE LOS APOSENTOS

#26 Mensaje por PipelineR »

tubularBells: Diana han intentado que yo lo fuera, claro, que funcionario, no se ha visto en la tesitura, de: mi culo o el tuyo..por lo tanto el tuyo... venga no me hagas reir, que aqui peinamos canas la gran mayoría...
¿Qué herramientas tiene el SJ cuando el RD de régimen disciplinario de los funcionarios al servicio de la Admon. De Justicia lo más que permite es dar parte a la CCAA y allí mueren todos los expedientes?

Del Juez, del último (ahora no estoy cerca de jueces ni SJ), mejor no hablo, pues no he visto cosa con mas desfachatez, poco hacer y menos entender...logicamente, no tenia mis respetos.
Aunque no te lo creas hay SJ que han defendido funcionarios delante del Juez.

Es una lástima que un Juzgado se hunda por gente que no sabe ni quiere saber. O tal vez no puede hacerlo mejor (lease, peor), y lo honesto sería-digo yo-renunciar.
Pero la avaricia es muy mala consejera.

Serán los jueces porque con el actual sueldo de los SJ ya me dirás qué avaricia.

Que hay buenos profesionales de la Justicia, no lo pongo en duda, lo que pongo en duda, es que no cualquiera que se hace llamar Señoria, lo sea de verdad.
Pues le duela a quién le quiera doler si la Ley dice que es Señoría pues así será, ¿o hacemos la revolución bolchevique?

Me has hecho salir de mis aposentos, para decir lo que todos sabemos... ¿o no ?
Di lo que piensas y el resto hará lo propio, la verdad absoluta no existe.

Modales

#27 Mensaje por Modales »

Siempre os pierden las formas...lástima.
Para el otro invitado, el anterior al que yo respondo...
(Entre tanto invitado esto parece una fiesta...de vanidades.)

PD:De verdad ¿tan dificil os resulta poner un nick, para poder personalizaros...o es precisamente se trata de eso...no personalizar?

tubularBells

modales

#28 Mensaje por tubularBells »

Disculpas: modales era el titulo, no el nick...es que me ponen de los nervios la falta de forma

tubularBells

Para PipelineR

#29 Mensaje por tubularBells »

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Qué herramientas tiene el SJ cuando el RD de régimen disciplinario de los funcionarios al servicio de la Admon. De Justicia lo más que permite es dar parte a la CCAA y allí mueren todos los expedientes? 
Generalizar, no es una postura inteligente PipelineR. No, no todos mueren , algunos siguen y siguen. Cuando todos sabemos que el 99,9 % de los expedientes disciplinarios que se intentan incoar, son rivalidades, antipatias, o falta de entendimiento, entre ambos implicados.

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 Del Juez, del último (ahora no estoy cerca de jueces ni SJ), mejor no hablo, pues no he visto cosa con mas desfachatez, poco hacer y menos entender...logicamente, no tenia mis respetos. 
Aunque no te lo creas hay SJ que han defendido funcionarios delante del Juez. 
 
Sí, posiblemente, alguno lo habrá hecho, sí.

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Es una lástima que un Juzgado se hunda por gente que no sabe ni quiere saber. O tal vez no puede hacerlo mejor (lease, peor), y lo honesto sería-digo yo-renunciar. 
Pero la avaricia es muy mala consejera. 
Serán los jueces porque con el actual sueldo de los SJ ya me dirás qué avaricia.

Lee bien antes de responder, hablo de Jueces, por lo tanto es obvia mi respuesta.

Código: Seleccionar todo

Que hay buenos profesionales de la Justicia, no lo pongo en duda, lo que pongo en duda, es que no cualquiera que se hace llamar Señoria, lo sea de verdad. 
Pues le duela a quién le quiera doler si la Ley dice que es Señoría pues así será, ¿o hacemos la revolución bolchevique? 
Una cosa es ser educado, y lo eres hasta con quien menos lo merezca, porque asi te parieron, y otra muy distinta, pensar que esa persona es respetable por ser Señoría.
Anda ya, PipelineR...

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Me has hecho salir de mis aposentos, para decir lo que todos sabemos... ¿o no ? 
Di lo que piensas y el resto hará lo propio, la verdad absoluta no existe.
Así es, nadie posee la verdad absoluta, cada uno tiene su Verdad y con ella vive . O lo intenta.

Blue

#30 Mensaje por Blue »

Discrepo: la verdad absoluta SÍ existe. Cosa diferente es que podamos llegar a conocerla, pero, como diría Mulder (expediente X): la verdad está ahí fuera.

En mi opinión, lo de la "intromisión" de los liberados sindicales en las Oficinas cuando lo consideren oportuno no constituye un derecho sindical. Efectivamente, los trabajadores tienen derecho a recibir información relativa a sus derechos en su lugar de trabajo, pero ello no puede repercutir de forma grave en el desempeño de sus funciones. ¿Alguien se imagina a un sindicalista parando la producción de una fábrica para reunir al personal para soltarles un discurso?. No, quizá en supuestos de grave conflicto con el empresario, pero en otras circunstancias no creo que se permita hacerlo así. Para eso tienen los trabajadores su media hora de decanso y sus horarios rígidos y flexibles. En consecuencia, si molestan al servicio público como Secretario responsable de la Oficina me veo legitimado para "invitar" al sindicalista para que vuelva fuera del horario de atención al público.

Por otra parte, me parece penoso ese afán que tienen los sindicatos de justicia de atacar la figura del Secretario. Decía el funcionario de los números que los Secretarios deberíamos besar el suelo que pisan los sindicalistas y los funcionarios porque, a grandes rasgos, dice que hacen "nuestro trabajo". Pues bien, yo creo que es precisamente al revés. Los funcionarios y sindicalistas no se dan cuenta de que SI A LOS SECRETARIOS NOS VA MAL, SE NOS DEGRADA, SE NOS MINUSVALORA... SUS OPCIONES DE MEJORA PROFESIONAL CORRERÁN LA MISMA SUERTE. ¿O qué se creen? ¿Quién va a contar con ellos si la referencia de la Oficina se convierte en alguien irrelevante?. Los funcionarios deberían LUCHAR POR DIGNIFICAR LA FIGURA DEL SECRETARIO y, utilizando la expresión del funcionario de los números, BESAR EL SUELO por donde pise el jefe para demostrar que es importante.

Por desgracia, en los sindicalistas sobra tanta bilis como falta inteligencia.

Salu2

Alvaro Espantaleon
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#31 Mensaje por Alvaro Espantaleon »

Bueno, ahora que estamos repartiendo culpas hay que hacer mención especial al factor térmico.

En el litoral mediterráneo el tradicional clima suave ha dado lugar a durísimas y adversas condiciones climatológicas (tornados, lluvías torrenciales y, en cuanto aquí interesa, temperaturas extremas)

Grandes oscilaciones térmicas y edificios poco preparados nos condenan a pasarnos los inviernos ateridos y sin casi poder musitar palabra y si sacamos las manos de los bolsillos no es para teclear sino para acercarlas a la estufa, sin embargo cuando llega el verano son los sofocos los que no nos permiten trabajar y consumimos nuestras exiguas fuerzas en abanicarnos y buscar una esquina fresquita dónde recostarnos a la bartola.

Invitado

#32 Mensaje por Invitado »

Discrepo: la verdad absoluta SÍ existe. Cosa diferente es que podamos llegar a conocerla, pero, como diría Mulder (expediente X): la verdad está ahí fuera.

En mi opinión, lo de la "intromisión" de los liberados sindicales en las Oficinas cuando lo consideren oportuno no constituye un derecho sindical. Efectivamente, los trabajadores tienen derecho a recibir información relativa a sus derechos en su lugar de trabajo, pero ello no puede repercutir de forma grave en el desempeño de sus funciones. ¿Alguien se imagina a un sindicalista parando la producción de una fábrica para reunir al personal para soltarles un discurso?. No, quizá en supuestos de grave conflicto con el empresario, pero en otras circunstancias no creo que se permita hacerlo así. Para eso tienen los trabajadores su media hora de decanso y sus horarios rígidos y flexibles. En consecuencia, si molestan al servicio público como Secretario responsable de la Oficina me veo legitimado para "invitar" al sindicalista para que vuelva fuera del horario de atención al público.

Por otra parte, me parece penoso ese afán que tienen los sindicatos de justicia de atacar la figura del Secretario. Decía el funcionario de los números que los Secretarios deberíamos besar el suelo que pisan los sindicalistas y los funcionarios porque, a grandes rasgos, dice que hacen "nuestro trabajo". Pues bien, yo creo que es precisamente al revés. Los funcionarios y sindicalistas no se dan cuenta de que SI A LOS SECRETARIOS NOS VA MAL, SE NOS DEGRADA, SE NOS MINUSVALORA... SUS OPCIONES DE MEJORA PROFESIONAL CORRERÁN LA MISMA SUERTE. ¿O qué se creen? ¿Quién va a contar con ellos si la referencia de la Oficina se convierte en alguien irrelevante?. Los funcionarios deberían LUCHAR POR DIGNIFICAR LA FIGURA DEL SECRETARIO y, utilizando la expresión del funcionario de los números, BESAR EL SUELO por donde pise el jefe para demostrar que es importante.

Por desgracia, en los sindicalistas sobra tanta bilis como falta inteligencia.

Salu2
brillante la intervención de blue que los dos invitados posteriores tratan de difuminar. La cuestión básica a delimitar es precisamente esa que el derecho sindical a la información tiene que ceder cuando colisiona con el derecho del público a recibir información pues este también forma parte del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

Otras cuestiones que me rondan por la cabeza son

¿Es cierto que los sindicatos de justicia también reciben subvenciones del Ministerio de Justicia? ¿Es, asimismo, cierto que los liberados se nutren del material de oficina de los Juzgados más próximos a su local sindical? ¿Es que no se manejan bien con las subvenciones o es que sus necesidades también las ha de alimentar el presupuesto del material del Juzgado que tengan más a mano?

¿Es cierto que también los ordenadores de cualquier Juzgado están permanentemente a disposición de los liberados, que los pueden utilizar a su libre albedrío?
¿Es lícito que te colapsen con spam de propaganda de las diferentes secciones sindicales la dirección del correo del Juzgado, de modo que tengas ue bucear entre la enorme cantidad de correos remitidos para encontrar el escrito que puntualmente haya remitido algún Letrado?
¿Es lícito que utilicen ´de manera habitual el fax y el teléfono del Juzgado para sus propios fines sindicales?
¿Hay algún medio para parar todos estos despropósitos?

Invitado

#33 Mensaje por Invitado »

Código: Seleccionar todo

¡y que me decís de utilizar el despacho de la Juez los días que esta no viene, para recibir las quejas que le quieran transmitir los funcionarios!
Si quieren estar de parranda que se vayan al local sindical.
Me han dicho que en los locales sindicales hasta dejan fumar y todo

BUITRENEGRO
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con lo que esta cayendo

#34 Mensaje por BUITRENEGRO »

Pues a mi, por dignidad y con lo que esta pasando con la gente, que ha perdido el empleo, con tanto paro, con alguin empresafrio como Ataulfo Dominguez pidiendo eld espie libre, la imagen que dan los liberados sindicales en la administracion, es de pura corrupcion. No hacen ms que dar argumentos, a los mas cavernicolas del pais, para acabar con unos minimos derecho laborales, tanto en lo publico, como en lo privado.
Nada mas hay que ver los foros de los peridodicos economicos, que si algo es preocupante, es el despilfarro publico, y estos son uno de los ejemplos. No trabajan ni unas horas, les ponen sustitutos, les dan cursos, etcc.

Invitado

#35 Mensaje por Invitado »

Tiene razón BUITRENEGRO. Yo creo que se tendria que publicar el dineral que se gastan los jueces en cursos,desplazamientos,hoteles ,sustitutos.... (y encima siempre suelen ser los mismos).Parece mentira que luego estén pensando de dónde nos pueden quitar un euro y estamos viendo el uso que están dando al dinero público. Yo propondria que se expusiera en el tablón de anuncios de cada juzgado al fin y al cabo es nuestro dinero y todo el mundo tiene derecho a saber en qué se utiliza. Me gustaría ver la cara de algunos.....así por lo menos cerrarían la boca. Todo es cuestión de exigirlo.

Invitado

seguro de responsabilidad civil

#36 Mensaje por Invitado »

¿Por qué yo me tengo que pagar de mi bolsillo un seguro de responsabilidad civil, y los sindicatos lo ofrecen gratis a sus afiliados?

Invitado

#37 Mensaje por Invitado »

Ah, pero los funcionarios responden de algo???????????????

FUNCIONARIO A SECAS

#38 Mensaje por FUNCIONARIO A SECAS »

Anonymous escribió:Ah, pero los funcionarios responden de algo???????????????
Ese es vuestro grave problema, algunos no os consideráis funcionarios, es rebajarse demasiado. Así como queréis que estemos con vosotros.

Ah, mis funcionarios, ah, mis funcionarios.

Yo no soy funcionario de ningún SJ ni de ningún juez.

De verdad, que viendo vuestras opiniones, de los pocos que veo que podría sacaros adelante, es el Sr. Valiña. Si le hicierais más caso...., pero quien soy yo para aconsejar, soy un "simple funcionario vuestro".

Saludos.

Invitado

#39 Mensaje por Invitado »

Insisto.... ( los funcionarios sean de quien sean y no los quiero para mí )responden de algo?

Oficial

INTERVENCIÓN PROVOCADA

#40 Mensaje por Oficial »

No respondemos de nada, ¿sabes por qué? Porque vosotros, o vuestras asociaciones, no habéis querido.

Los SJ habéis vivido como farmacéuticos a costa nuestra. Sí, sí, gracias a las delegaciones, habilitaciones, sustituciones, todo gratis o muy baratito (ahora se están inventando las supervisiones; espero que los sindicatos no traguen), y vosotros a poner la guinda. Eso tiene pinta de que se va a acabar, es más, los juicios civiles se graban porque lo de los Juzgados era un escándalo. No generalizo, últimamente existe un movimiento hacia adelante de SJ que reclaman y reivindican su trabajo (nos acordamos de Santa Bárbara cuando truena).

Además el mundo se mueve, cambian las fronteras, desaparecen profesiones; sólo sobrevive el que mejor se adapta a los cambios; es una ley natural.

Todo esto de las competencias, de lo procesal, lo jurisdiccional, no es más que oportunismo e ingeniería administrativa. Situaciones impensables en un tiempo, se hacen reales un día, y no pasa nada. Lo que pasa es que ahora con los jueces habéis topado.

Y no me va el rifi-rafe infantiloide que se ve a veces aquí, pero hace falta gallardía, altura de miras y también conocer el pasado reciente.

Invitado

#41 Mensaje por Invitado »

tu problema, Oficial, es que ya no puedes presumir en tu pueblo de que eres el Secretario porque antes cuando el Secretario cesaba por cambio de destino, tú, Oficial ocupabas la plaza y te pavonebas por el pueblo de tu cargo de Secretario. Ahora, que tu mismo te alegras de que no hay oprobiosas sustituciones de Oficiales por Secretarios, no podrías, aunque quisieras porque mientras permanece la plaza vacante, esta es ocupada por un Secretario sustituto, aunque en este caso sí que sigues suspirando por ocuparla. Lo que ocurre, que quizá, en tu caso carezcas de titulación.

Invitado

#42 Mensaje por Invitado »

Aclarado Oficiala: que no respondeis de nada.
Saludos.

dudoso

MARIONETAS SIN FIN

#43 Mensaje por dudoso »

Sí, es muy reconfortante saber que tu liberado se parte el pecho por ti. Además demuestran tener cojones pues a los secretarios les tiran a degüello y éstos no hacen nada por defenderse.
Pero en lo que nadie repara es en el papel del funcionariado de a pie, que se deja manejar mediante argumentación demagógica, emitida por el Ministerio, vehiculada por el liberado y transmitida a las bases a las que mueve cual marionetas de feria.
El próximo día 22 asistiremos a una nueva representación sindical:

Dado que han finalizado los carnavales, se convoca
Concurso de marionetas.-

Lugar: En el exterior del Palacio de Justicia
Movedores de los hilos: USO y CSIF
Marionetas.- Todos los funcionarios de la sede que se movilicen
Objetos de escarnio.- Secretarios Judiciales
Aplaudidores.- Magistrados y Fiscales.
Perjudicados.- Todos los ciudadanos
Beneficiados.- Ministerio de Justicia

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Terminatrix
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#44 Mensaje por Terminatrix »

Carlos Valiña escribió:Creo que como en otros muchos temas seria bueno ir aqui con pies de plomo y no olvidar por parte de Secretarios y Funcionarios que a pesar de nuestras diferencias tenemos un enemigo comun y mejor hariamos en estar unidos y no separados.

En mi experiencia los liberados se presentan en el Juzgado generalmente a ultima hora del dia (...)
En la actualidad porque tengo mas tablas porque no tengo ninguna jefatura y porque creo entender mejor las cosas, no solo me es completamente indiferente cuando vengan, sino que en ocasiones departo con ellos.

Por lo general somos mutuamente impermeables a las ideas pero aun asi yo trato de que circulen y ellos tambien.

La frecuencia con la que se presentan por lo general en nada interfiere el funcionamiento del Servicio que esta igual de j... con y sin ellos, y en los papeles que reparten por lo general se tira con saña contra los Secretarios, no obstante lo cual, lo cierto es que sus documentos son los unicos que te informan un poco de lo que se cuece ( ... ) .

No puedo estar más de acuerdo con Carlos .

Llevo toda mi vida profesional en juzgados asquerosos ( los llamados " de trinchera" ) y nunca he tenido problema alguno con los liberados . No sé si porque he fomentado el respeto mutuo o porque he tenido la suerte de encontrar gente normal y respetuosa. Cuando les he necesitado, me han echado un cable y al revés .
El caso es que siempre vienen fuera del horario de atención a profesionales y público , nunca han interferido en el trabajo de la plantilla , no suelen estar más de 15 minutos y , como bien dice Carlos , de su información nos valemos todos.

Añado que es la persona y no el adjetivo "liberado" lo que cuenta . Hay liberados que sólo se pasean por el juzgado para reclamar el voto cuando hay elecciones. Ya podéis imaginar el recochineo y el nulo respeto por parte de los funcionarios . Otros , se lo curran de verdad y no sólo porque nos visiten cada 15 días ...
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

Invitado

#45 Mensaje por Invitado »

Estos liberados están por todas partes. Claro como no tienen otra cosa que hacer que reclamar sus guardias que no realizan, así como soliviantar al personal sobre supuestas afrentas que los Secretarios les infligimos a diario, ahora también se han tomado la libertad de invadir este foro -iba a decir de Secretarios- . No, no lo diré no sea que el Administrador le entre la vena inquisitorial y me mande al limbo de la estupidez, como suele hacer cada vez que se hace cualquier ligera crítica hacia estos inútiles, que con la que está cayendo mejor estarían arrimando el hombro en los juzgados. Pero qué digo, no hombre no, el que entra en el Cuerpo de Liberados del Estado queda exento de trabajar de por vida.
Por supuesto cobrando.
Y además se permiten darnos lecciones con posts en los que se nos tilda de cobardes........ o llorones. Cuando ellos con todos los medios de que disponen nunca han conseguido mejorar las condiciones de trabajo de nadie sino únicamente las suyas personales.

Invitado

#46 Mensaje por Invitado »

leo en la prensa esta noticia http://www.abcdesevilla.es/20081218/and ... 81218.html
en la que no se especifica si el liberado cumple con su horario. ¿O el liberado no tiene tampoco la obligación de cumplir el horario?

chisli

#47 Mensaje por chisli »

Sobre este tema de los representantes sindicales a algunos os voy a dejar (creo) de pasta de boniato. Imaginad que un delegado sindical se dedica a ausentarse del trabajo, aportando los correspondientes justificantes de la central sindical conforme ha estado desarrollando actividad sindical. Y ahora imaginad que en esos ratos se ha estado dedicando a ir de compras y viajar con su familia. Ahora imaginad que la empresa, que sospecha, acude al único modo que tiene de demostrarlo: lo coloca un detective los siguientes 4 días que usa de crédito horario sindical. Y consigue pruebas de que, de actividad sindical, nada de nada. Imaginad que lo despiden, por transgresión de la buena fe contractual, y por abuso de confianza.Pues ahora viene lo bueno: ¿sabéis que el empleado tiene ganado el pleito de despido? Pues sí. Y ello porque el TS ha reiterado que las empresas no pueden practicar lo que denomina "vigilancia singular" de los delegados sindicales, es decir, no puede investigar específicamente lo que hacen en las horas sindicales. Se supone que con ello se impiden actitudes heredadas de otras épocas en las que el sindicalismo se miraba con malos ojos. Pero, ¿no parece excesiva la protección? La jurisprudencia "menor" (TSJ incluso ha considerado que es vigilancia singular, y por tanto prueba no válida en juicio, la vigilancia personal del empresario, o de sus empleados).
Así que cuidadín con los representantes sindicales, tienen derechos que no sospecharíamos.
Os pego la jurisprudencia, que se recoge compendiada en la sentencia del TSJExtremadura de 15/10/09, en los siguientes términos:

“1. Tiene dicho el TS que es conducta contraria a la buena fe contractual el empleo en beneficio propio del crédito de horas, pero también que la actividad en funciones de representación es multiforme, que, a veces, ha de realizarse en reuniones informales y en lugares de recreo, que ha de seguirse un criterio de flexibilidad en el cómputo del tiempo empleado, y que ha de preservarse la independencia del representante (Sentencias de 15 de noviembre de 1986, 14 de abril de 1987, y 2 de octubre y 2 de noviembre de 1989 ).
Conforme a la STS 28 junio 1990 "la Sala , como recoge la Sentencia de 15 de febrero de 1990 , saliendo al paso de una línea de abuso de vigilancia a los representantes de los trabajadores, que traba o impide el derecho del libre ejercicio del cargo representativo, y que conduce forzosamente a negar el valor a las pruebas obtenidas por la empresa con desconocimiento del derecho reconocido de no ser sometido a vigilancia singular -S. de 29 de septiembre de 1989 , Convenio núm. 135 de la OIT sobre protección y facilidad a los representantes de los trabajadores en la Empresa ratificado por España el día 8 de noviembre de 1972-, tiene declarado, que sin excluir que en excepcionales supuestos pueda el empresario ejercitar las facultades disciplinarias que correspondan, la inclusión de las tareas representativas dentro de los derechos básicos del art. 4.1 del Estatuto de los Trabajadores , como derechos diferenciados de los que el art. 4.2 del mismo, hace derivar de la propia relación de trabajo, permite afirmar la presunción de que las horas solicitadas son empleadas correctamente, lo que conduce a interpretar de modo restrictivo las facultades disciplinarias del empresario que sólo podrá alcanzar el despido en supuestos excepcionales, en los que, el empleo en propio provecho del crédito horario concedido por el art. 68 e) Estatuto de los Trabajadores , a los representantes de los trabajadores sea manifiesto y habitual, es decir, con una conducta sostenida que ponga en peligro el derecho legítimo de la empresa a que los representantes formen cuerpo coherente con los representados, debiendo esta conducta estar acreditada con pruebas en las que no se haya empleado en su obtención vigilancia que atenta a la libertad de su función (S. de 2 de noviembre de 1989, seguidas por la de 27 de noviembre del mismo mes y 5 de diciembre siguiente)"
En el ATS de 10 noviembre 1999 se recuerda:"del escrito de formalización puede deducirse que el motivo de casación planteado se refiere a una pretendida contradicción sobre la eficacia de la prueba de detectives en casos en los que tal medio ha sido utilizado por la empresa para demostrar la actividad realizada por un delegado sindical durante sus horas de crédito y que por ser ajena a funciones sindicales justifica el despido disciplinario. La Sentencia recurrida de la Sala de lo Social de Madrid de 3 de diciembre de 1998 , sin entrar en la valoración concreta de las imputaciones hechas al trabajador como justificadoras del despido, lo declara improcedente porque rechaza que la empresa pueda ejercer una vigilancia singular respecto del cumplimiento correcto por parte del delegado de sus funciones representativas. Esta solución es acorde con la doctrina de esta Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el sentido de que las pruebas obtenidas por la empresa con desconocimiento del derecho de los representantes de los trabajadores de no ser sometidos a vigilancia singular, han de tenerse por no aportadas. (STS 29-9-1989, 2-11-1989, 5-12-1989, 28-6-1990 )"
2. Se indicaba así, en aplicación de esa jurisprudencia, en la STSJ Cataluña de 27 de marzo de 2007: "De tal jurisprudencia resulta la interdicción de una vigilancia singular por parte de la empresa hacia los representantes de los trabajadores, de forma que el resultado de las pruebas obtenidas de este modo han de reputarse como no aportadas y existe la presunción de uso correcto de las horas sindicales. Por otra parte, en el ámbito de la aplicación de la norma, las facultades disciplinarias respecto de los representantes sindicales han de interpretarse de forma restrictiva, y ha de tenerse en cuenta principalmente que no pueden guiarse solo por apariencias externas. Ha de entenderse que tal vigilancia singular es lo que ha ocurrido en el presente caso, en que hasta tres veces según la propia declaración de los gerentes de la empresa acudieron a la puerta del Sindicato para ver si "había movimiento" en el mismo, acudieron con una cámara de fotografía, y llamaron acto seguido al Secretario General del Sindicato. Por otra parte, secundariamente, la sanción se impone en base a la apariencia externa de que la puerta principal del Sindicato estaba cerrada aquel día, -pues éste es el hecho base de la conclusión- aunque aparentemente al final de la sentencia se valora la posibilidad de que los trabajadores hubieran acudido a la reunión, pero sin que ésta durara la totalidad de la mañana hasta las 14 horas, sino hasta las 12 ó las 12,30, como los trabajadores declararon, con una discordancia entre su declaración y el certificado de asistencia. La conclusión ha de ser la de que no puede tenerse por válidamente acreditada la comisión de la falta que se imputa, con la gravedad necesaria para la imposición de una falta muy grave, por lo que la sanción ha de revocarse estimando en tal sentido el recurso".
Más recientemente, la STJ de Castilla La Mancha de 9 de julio de 2009, señalaba:
"Las imputaciones que la empresa realiza al trabajador en la comunicación de apertura del expediente contradictorio de 16/07/2008 se refieren al supuesto uso reiterado, abusivo y habitual del crédito horario de que disfruta por su función representativa en provecho propio. En dicha comunicación se detallan una serie de actividades realizadas por el trabajador durante los días que se indican, como resultado de un seguimiento llevado a cabo por detective privado, con la única finalidad de controlar el uso del crédito horario del demandante, durante un período comprendido entre el 17/04/08 y el 25/06/08.
Del examen de los datos que constan en la citada comunicación puede concluirse dos cosas.
Primero, el seguimiento a que ha sido sometido el demandante para controlar el uso del crédito horario excede del que puede considerarse legítimo en orden a determinar el adecuado uso del crédito horario, pudiendo calificarse de vigilancia especial e intensa, atendiendo tanto al periodo de duración en días, como en horas de cada uno de ellos (sin contar con la posibilidad de que sólo se haya consignado los días que más puedan favorecer la tesis de la empresa, y se haya omitido aquellos otros en los que el seguimiento resultó infructuoso), vigilancia que, a tenor de la doctrina jurisprudencial citada debe reputarse intromisión ilegítima en el ejercicio del derecho a la libertad sindical del demandante.
Segundo, atendiendo a la descripción llevada a cabo por la empresa en la comunicación dirigida al trabajador, puede concluirse que no se ha acreditado las condiciones precisas que exige la doctrina jurisprudencia de habitualidad manifiesta y abusiva. En ese sentido, a título de ejemplo, cabe señalar que no se ha apreciado habitualidad el empleo en provecho propio de parte del crédito horario durante dos días cuando consta que determinadas horas de dichos días fueron dedicados por el actor a su actividad sindical (SSTS 5-12-1989 y 31-05-1990 ), ni tampoco en la conducta sostenida de faltar varias jornadas por cometidos sindicales cuando, en realidad sólo se dedicó a éstas una pequeña parte del tiempo (STS 21-01-1991 )"

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Carlos Valiña
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#48 Mensaje por Carlos Valiña »

Vamos a ver, yo he trabajado codo con codo con los Sindicatos cuando hemos tenido un enemigo comun, y los Sindicatos me han denunciado en el Juzgado de Guardia por coaccionar la libertad sindical, de manera que creo poder demostrar que me encuentro en una posicion equidistante en este punto, entre la defensa de lo sindical y la defenestracion de lo mismo.

Lo cierto es que los Sindicatos estan reconocidos por la ley. Se podra argumentar cuanto se quiera, sobre si tienen sentido en la administracion de justicia, sobre si se han vendido al capital y a la administracion, etc, pero estan reconocidos.

Tambien esta reconocido un derecho a la intimidad.

Si yo soy empresario y tengo un representante sindical liberado, como vea que me solivianta a la gente, le alquilo un apartamento en Torrevieja a ver si hay suerte y no se dedica a su tema. (Esto en el caso de que en mi empresa se necesitara de su labor para tratar bien a la gente que lo dudo.).

Si esta empresa tiene que tener por ley X liberados sindicales pues se los tiene que comer. Que carajo le importan lo que hagan en esas horas. Si no esta de acuerdo que forme un partido para la abolicion de estos liberados y lo pelee, pero si estan en la ley se los come.

Sentado que se los tiene que comer y que para ella es mejor que esten en la playa que que esten velando por los derechos de los Trabajadores, hay algo profundamente espureo en esa persecucion, algo malsano, malnacido y de baja ralea, y el Supremo hace muy bien dandoles en la cabeza.

Luego solo hay que vestir el muñeco y punto.

Que la empresa pueda controlar los horarios de salida y entrada entra dentro de lo natural, que hasta cierto punto puede controlar lo que se hace en sus dependencias tambien, pero que se dedique a extender su brazo fuera de la sede y a hacer vigilancias de lo que hace en una persona en uso de su libertad de movimientos y horarios me parece una verguenza.

Y esto no significa estar a favor de los liberados como concepto, ni dejar de estarlo, sino ser consecuente con el estado de las cosas.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

chisli

#49 Mensaje por chisli »

Bueno, es un punto de vista, pero al final veo que el razonamiento es que "si están en la ley, se los come", pero es un planteamiento que hace aguas por algún sitio. El trabajador, lógicamente, tiene derecho legalmente a estar de baja, o lo que es lo mismo, a estar en situacion de incapacidad temporal (IT). Se lo reconoce el art. 128 TRLGSS. Según aquella tesis, ello impediría al empresari vigilar a su trabajador durante la baja. Y no es así. La jurisprudencia viene señalando, con reiteración, que el contrato de trabajo, como contrato sinalagmático que es, genera obligaciones recíprocas para ambas partes, básicamente por parte de uno la de trabajar y por parte del otro, la de pagar la retribución. Pero esas, y otras obligaciones, deben estar presididas por la buena fe que debe informar el desarrollo del contrato y su contenido. Por eso, cuando un empresario a través de detectives descubre que durante su IT el trabajador realiza actividades que, bien sean incompatibles con su realidad (vamos, que demuestren que la dolencia no existe, o no es tan grave) o bien puedan perjudicar la situación lesional, es correcto el despido amparado en la trasgresión de la buena fe contractual. O sea que, aunque estar de IT es un derecho legal, ello no quita para que durante la suspensión del contrato de trabajo que caracteriza a la baja, el empresario pueda fiscalizar lo que hace el trabajador. Pues bien, si respecto del crédito sindical la solución es diferente, es por la singular protección que se estima merece la libertad sindical. Nótese que durante el crédito sindical (a diferencia de lo que ocurre durante la baja) el contrato no está suspendido, y es el empresario quien abona la retribución (no así durante la IT, en que el empresario solo hace pago delegado, y se descuenta las cotizaciones) así que a priori su derecho a comprobar que aquel trabajador, que deja de prestar servicios un día, lo hace dentro de los dictados de la buena fe contractual, debería ser incluso superior. Sin embargo no es así. Yo cuestiono ese posicionamiento, porque me parece herencia de un tiempo en que las fuerzas estaban enormemente desequilibradas. Existe jurisprudencia en este sentido. Así, la sentencia del TSJValencia de 29/11/07 luce la siguiente y literal resultancia fáctica:

“HECHOS PROBADOS:
(...)
6.- El día 5 de octubre el actor comunicó por escrito a la empresa que los días 10 y 11 de octubre (martes y miércoles) no asistiría al trabajo por asuntos sindicales. Teniendo en cuenta que los días 9 y 12 de octubre eran festivos, no acudió al trabajo durante seis días consecutivos (del sábado 7 al jueves 12, ambos inclusive). El actor presentó en la empresa justificante expedido por la Federación Comarcal L'Horta Nord del Sindicato CGT (con sello del Sindicato y sin firma) en el que consta el nombre del trabajador, las fechas (10 y 11 de octubre de 2006) y, como motivo, "asuntos sindicales".
7.- El día 30 de octubre el actor comunicó por escrito a la empresa que los días 2 y 3 de noviembre (jueves y viernes) no asistiría al trabajo por asuntos sindicales. Teniendo en cuenta que el día 1 de noviembre anterior era festivo, no acudió al trabajo durante cinco días consecutivos (del miércoles 1 al domingo 5, ambos inclusive). El actor presentó en la empresa justificante expedido por la Federación Comarcal L'Horta Nord del Sindicato CGT (con sello del Sindicato y sin firma) en el que consta el nombre del trabajador, las fechas (2 y 3 de noviembre de 2006) y, como motivo, "asuntos sindicales".
8.- El día 20 de diciembre el actor comunicó por escrito a la empresa que el día 26 de diciembre (coloquialmente conocido como segundo día de Navidad) no asistiría al trabajo por asuntos sindicales. El actor presentó en la empresa justificante expedido por la Federación Comarcal L'Horta Nord del Sindicato CGT (con sello del Sindicato y sin firma) en el que consta el nombre del trabajador, la fecha (26 de diciembre, el motivo, "asuntos sindicales", la hora de salida del puesto de trabajo (8) y la hora término de la visita (18).
9.- En todas las fechas que se mencionan en los cuatro apartados precedentes el actor el actor no realizó actividad sindical alguna, ni dentro ni fuera de su jornada ordinaria de trabajo, dedicando todo el tiempo a fines particulares, incluidos viajes y estancia con su familia en una población de la provincia de Cuenca.


Y de ella se concluye jurídicamente lo siguiente:
“TERCERO.- A continuación se plantea un tercer motivo, con carácter subsidiario, en el que se censura a la sentencia la infracción del artículo 54.2 "a" y "d" del E.T., argumentando que todos los permisos estaban solicitados debidamente a la dirección empresarial, a cuenta del crédito horario de que disponía, sin que la empresa pueda controlar dicho uso, en todo caso serían los trabajadores representados quienes se lo podrían reprochar, al margen de que compensaba dichas ausencias con mayor presencia física en los locales sindicales.
Pero dicho reproche no es de recibo, pues la sentencia de instancia analiza con todo detalle la utilización con fines particulares, y además de manera habitual, del crédito horario sindical dispensado al actor en el artículo 68 del E.T ., uso indebido que consta se produjo prácticamente en todas las fechas en que desde agosto el recurrente hizo uso de esa prerrogativa sindical, como se pone de relieve en el inalterado hecho probado noveno, lo cual debe considerarse que entra de lleno en el supuesto previsto en el artículo 54.2 "d" del E.T ., en concordancia con el hecho de que dicha facultad disciplinaria tan solo puede producirse en supuestos excepcionales de manifiesto uso de dicho crédito en beneficio propio, lo que aquí tiene lugar, falseando además el recurrente dicha circunstancia merced la presentación a la empresa de justificantes, como dice la sentencia objeto de recurso, contrarios a la realidad material del hecho representativo que pretendía simular con los mismos.”


En todo caso, el debate es interesante y estimulante, y pone de relieve que la percepción acerca de la amplitud del derecho de libertad sindical, y sus límites y abusos, dista mucho de ser unitaria.

DIP BLU

#50 Mensaje por DIP BLU »

Está muy bien eso del derecho sindical y tal y tal. Desde luego que es necesario y que en ocasiones los sindicatos prestan una gran ayuda a los trabajadores, pero al menos lo que conozco en Justicia es impresentable.

De cuatro liberados (pertenecientes a tres sindicatos), uno se liberó nada más aprobar la oposición, el día que tomó posesión de su primer destino, cesó y hasta luego Lucas. Otros dos se liberaron al promocionar de auxiliar a oficial, para evitar destinos que no les gustaban. El caso es que los dos eran mayorcitos, de esos funcionarios de toda la vida, que no sintonizaban con los sindicatos, pero allí acabaron.

El cuarto, un oficial por turno libre, se liberó y se puso a estudiar. Sacó derecho y ahora oposita a secretario.

Solo se les ve cuando se acercan las elecciones, y cuando la huelga; la Junta de Personal se ha reunido dos veces en dos años. Si se les llama al móvil los coges en la calle, en sus parcelitas o tomando cafés y cañas.

Ahora con esto de la NOJ y demás negociaciones mandan los comunicados por fax, uno por sindicato.

Es así, aunque no digo que sea cosa generalizada. No sé cual sería la solución para evitar estos abusos, ni tan siquiera si tienen solución, sobre todo despues de leer eso de la "...intromisión ilegítima en el ejercicio del derecho a la libertad sindical del demandante". A ver que Gobierno se atreve a meterles mano.

Al menos los liberados no podrán optar a los puestos singularizados de las RPT, por mucha antigüedad que acumulen, pues en todos se necesita experiencia en el orden jurisdiccional correspondiente, y estos tienen experiencia en todo menos en eso.

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