Hola a todos.
¿ Es necesario en la guardias de permanencia estar en el Juzgado de guardia de 9 a 14,00 horas y de 17,00 a 20,00 , incluidos fines de semana, sin que haya imputados o detenidos ?
¿ Es suficiente estar disponible con el móvil de la guardia y punto ?
En horario de guardia sólo se atiende a la guardia..................o se está obligado a aprovechar el tiempo y hacer cositas ordinarias del juzgado ????????
Saludos.
GUARDIA DE PERMANENCIAS
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
RE: GUARDIA DE PERMANENCIAS
Como oficina abierta al público, la oficina debe estar atendida en el horario de apertura.
El hecho de que haya 1 o 25 personas entiendo que no es determinante.
Tendrá que haber el personal necesario para atender las incidencias que puedan ocurrir.
Y si ocurre una incidencia que quienes están en la oficina no pueden solucionar, tendrán que llamar a quien haga falta.
Saludos, Luis
(con guardias de permanencia que cubre el horario completo personalmente)
El hecho de que haya 1 o 25 personas entiendo que no es determinante.
Tendrá que haber el personal necesario para atender las incidencias que puedan ocurrir.
Y si ocurre una incidencia que quienes están en la oficina no pueden solucionar, tendrán que llamar a quien haga falta.
Saludos, Luis
(con guardias de permanencia que cubre el horario completo personalmente)