ya vamos por la versión 2.0.
Visto lo que se cuece últimamente por aquí...:
"Actuaciones de gestión del cambio
Actuación 9: Actuaciones de gestión del cambio
La presente actuación, incluye, la elaboración de planes de gestión del cambio específicos a instancia del Ministerio de Justicia, con el objeto de concienciar sobre el cambio que supone para el colectivo de Secretarios, la nueva configuración organizativa de la Administración de Justicia, que en una parte fundamental recaerá sobre el ejercicio de funciones directivas definidas, así como de gestión de conflictos relacionados con su competencia, tanto desde el punto de vista procesal, como los interpersonales, derivados de la gestión de los recursos personales que de él dependen.
Ello significa, revisar el sistema de acceso y por tanto de de los temarios de la oposición y de los contenidos de los períodos en practicas, pero también de la formación continuada, que requiere y requerirá de un esfuerzo en la definición en los programas de formación anual, de contenidos que son prioritarios, para configurar el perfil de Secretario Judicial en su faceta no sólo de técnico procesal, sino también de director de los servicios comunes y gestor de los recursos personales. "...
PLAN ESTRATEGICO DE MODERNIZACION DEL MINISTERIO JUSTICIA
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- Guybrush Threepwood
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- Registrado: Dom 19 Jul 2009 11:34 pm
Parece que se quiere corregir la injusticia manifiesta de nuestro régimen disciplinario. ¿Lo permitirán los sindicatos?
· Actuaciones normativas:
Actuación 1. Promover la modificación del régimen previsto en el Libro V, Título II, Capítulo I y III; y del Título IX, de la LOPJ 19/2003
En concreto, dichas actuaciones consistirán:
o en promover la reforma de la regulación del régimen de licencias y permisos de los Secretarios, con la finalidad de preveer y dar cobertura a una serie de situaciones que obligan y aconsejan la adopción de medidas para conciliar la vida personal y laboral.
o en promover la modificación de la LOPJ 19/2003, Libro V, Título IX, para revisar el actual régimen disciplinario del Cuerpo de Secretarios Judiciales y adecuar el régimen de infracciones y sanciones al tratamiento previsto para Jueces y Magistrados.
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· Actuaciones normativas:
Actuación 1. Promover la modificación del régimen previsto en el Libro V, Título II, Capítulo I y III; y del Título IX, de la LOPJ 19/2003
En concreto, dichas actuaciones consistirán:
o en promover la reforma de la regulación del régimen de licencias y permisos de los Secretarios, con la finalidad de preveer y dar cobertura a una serie de situaciones que obligan y aconsejan la adopción de medidas para conciliar la vida personal y laboral.
o en promover la modificación de la LOPJ 19/2003, Libro V, Título IX, para revisar el actual régimen disciplinario del Cuerpo de Secretarios Judiciales y adecuar el régimen de infracciones y sanciones al tratamiento previsto para Jueces y Magistrados.
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