Hola, me gustaría que alguien me informara acerca de si existe algún complemento por la práctica de una entrada y registro interesada por otro órgano judicial.
Creo que si, pero no estoy muy segura.
Si alguien me pudiera aclarar algo sobre esto.
Muchas gracias.
Complemento por Entrada y Registro pedida por otro juzgado.
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Yo no lo entiendo así. Según la norma tiene que ser fuera del servicio de guardia y, además, fuera del horario ordinario. Yo tengo guardias de disponibilidad por lo que tendría que ser una entrada y registro que se acordara no estando de guardia y a las seis de la tarde, por ejemplo, y por mi propio juzgado. El anterior supuesto nunca podrá producirse en mi juzgado. El otro supuesto es cuando sea en apoyo del juzgado de guardia distinto al tuyo o un juzgado exhortante y se practique una entrada y registro simultánea, en este último supuesto no especifica hora. Así me lo explicó no sé quién hace unos meses.
productividad por entradas y registros
Si estas de guardia, aunque lo acuerde otro juzgado,sea por exhorto o no, no cobras nada.
Si no estas de guardia, cobra productividad si:
- la entrada y registro la haces en apoyo del juzgado de guardia, cualquiera que sea el horario.
- la entrada y registro la haces porque la ha acordado tu juzgado que no esta de guardia pero siempre que la realices fuera del horario ordinario que para estos casos se entiende desde las 9,00 horas a las 15,00 horas.
Asi lo entiendo yo.
Si no estas de guardia, cobra productividad si:
- la entrada y registro la haces en apoyo del juzgado de guardia, cualquiera que sea el horario.
- la entrada y registro la haces porque la ha acordado tu juzgado que no esta de guardia pero siempre que la realices fuera del horario ordinario que para estos casos se entiende desde las 9,00 horas a las 15,00 horas.
Asi lo entiendo yo.