En una ejecucion provisional no dineraria de no hacer han presentado minuta para tasacion de costas aplicando el art. 26 de Aranceles de Procuradores sobre el importe de la obra que el ejecutado está impidiendo. Además, por el ejecutado se presentó oposicion a la ejecucion, la cual fue desestimada.
Cuál es la cuantía de una ejecucio no dineraria de no hacer? Cómo se aplica el art. 26.4 b de los Aranceles en este caso? Sobre qué cuantía se aplica el 50 % del artículo 1?
costas en ejecucion de no hacer
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Si, olvidé decir que ya recayó ejecucion definitiva. Ahora bien, sobre la cuantía del pleito principal , es correcto aplicar el importe concreto recogido en el art. 26 4 a) para la ejecucion no dineraria (Juicio Verbal en este caso) mas el el art. 26.4 b) 50 % de la aplicacion del art. 1 sobre la cuantía de declarativo?
La parte solicita, además, la aplicacion del art. 1 sobre una cuantia que no es la del pleito principal, sino una valoracion que hace referente a la obra que el ejecutado esta impidiendo realizar.
Saludos.
La parte solicita, además, la aplicacion del art. 1 sobre una cuantia que no es la del pleito principal, sino una valoracion que hace referente a la obra que el ejecutado esta impidiendo realizar.
Saludos.