GUARDIAS Y DIA DE PERMISO

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Invitado

GUARDIAS Y DIA DE PERMISO

#1 Mensaje por Invitado »

¿ Tenemos los Secretarios al igual que los funcionarios derecho a un dia de permiso retribuido por la realización de las guardias de permanencia de 8 dias ? En caso afirmativo, ¿ donde está regulado ? Gracias de antemano.

BUHO

#2 Mensaje por BUHO »

No está regulado, por tanto no tenemos ese derecho.
Así de lamentable, pero el día de descanso por la guardia es una concesión de la respectiva Autonomia y, por tanto, sólo para su personal. Ni Juez ni Secretario tienen ese derecho.
Es una faena más, que se hace a los Secretarios, que para unas cosas somos funcionarios y para otras somos directivos. Pero siempre son las cosas que nos perjudican.
Saludos.

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

A eso en castellano se le llama condiciones de esclavitud.Indignante y vergonzoso. Y no protestamos ni reclamamos nada. Así que piesan con razón que somos idiotas.

ENRIQUE

#4 Mensaje por ENRIQUE »

A bote pronto creo que esta en el Reglamento de Aspectos Accesorios de las A. J. y tambien hay una instrucción o algo parecido en la Com. Valenciana, de la Dirección Generl de Justicia donde se regulan los horarios.

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